SS - Resolución 100-010928 de 12 de septiembre de 2023
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- SS - Resolución 100-010928 de 12 de septiembre de 2023
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- 2023
Página: | 1 ________________________________________________________________________ RESOLUCIÓN Por medio de la cual se asignan unas funciones y facultades para suscribir ciertos actos en la Superintendencia de Sociedades en virtud de la expedición del Decreto 326 de 2023.
EL SUPERINTENDENTE DE SOCIEDADES En ejercicio de sus facultades legales, en particular las conferidas en los artículos 209 y 211 de la Constitución Política, artículos 13 y 115 de la Ley 489 de 1998 y el Decreto 1736 de 2020 en sus numerales 40, 46y 48 del artículo 8, modificado por el artículo 5 del Decreto 1380 de 2021, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 209 de la Constitución Política, la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Que el artículo 211 de la Constitución Política señala que la ley fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar sus funciones en sus subalternos o en otras autoridades administrativas. Que el artículo 13 de la Ley 489 de 1998 dispuso que el señor Presidente de la República, podrá delegar en los ministros, directores de departamento administrativo, representantes legales de entidades descentralizadas, superintendentes, gobernadores, alcaldes y agencias del Estado el ejercicio de las funciones a que se refieren el artículo 129 y los numerales 13, 18, 20, 21, 22, 23, 24, 26, 27 y 28 del artículo 189 de la Constitución Política, estocon el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir
129 y los numerales 13, 18, 20, 21, 22, 23, 24, 26, 27 y 28 del artículo 189 de la Constitución Política, estocon el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas del organismo o Entidad. Que el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 establece que el director del organismo distribuirá los cargos de acuerdo con la estructura, las necesidades de organización y sus planes y programas. Que mediante el artículo 1 del Decreto 326 de 2023 se delega en el Superintendente de Sociedades, el ejercicio de las funciones de inspección, vigilancia y control sobre las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia. Que en virtud de lo establecido en el artículo 74 de la Ley 1437 de 2011, no habrá apelación de las decisiones de los Ministros, Directores de Departamento Administrativo, Superintendentes y representantes legales de las entidades descentralizadas ni de los directores u organismos superiores de los órganos constitucionales autónomos. Que en el marco de los principios de eficiencia y celeridad que se predican de la actuación administrativa, es necesario garantizar el desarrollo adecuado de las funciones asignadas al Señor Superintendente de Sociedades, estableciendo los Grupos Internos de Trabajo que prestarán apoyo al Superintendente para desempeñar la función que le ha sido delegada por el Presidente de la República a través del artículo 1 del Decreto 326 de 2023. Que los numerales 40, 46 y 48 del artículo 8 del Decreto 1736 de 2020, modificado por el artículo 5 del Decreto 1380 de 2021, señalan que son funciones del despacho del
del Decreto 326 de 2023. Que los numerales 40, 46 y 48 del artículo 8 del Decreto 1736 de 2020, modificado por el artículo 5 del Decreto 1380 de 2021, señalan que son funciones del despacho del Superintendente de Sociedades expedir los actos administrativos que le corresponden como Jefe del Organismo, crear, organizar y suprimir grupos internos de trabajo y, Digitally signed byESCOBAR PEREZBILLY RAULANTONIODate: 2023.09.1209:56:10 -05:00Reason: Firma DigitalLocation: ColombiaRESOLUCION 2023-01-736115 SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES Página: | 2________________________________________________________________________ asignar o distribuir, dentro de la estructura definida en el decreto antes mencionado, las competencias que le correspondan a la Superintendencia de Sociedades cuando esto sea necesario para el mejor desempeño en la prestación del servicio. Que en virtud de la función que le ha sido delegada al Superintendente de Sociedades por medio del artículo 1 del Decreto 326 de 2023 y por razones de eficiencia de la administración, se hace necesario realizar ladelegación de firmascontenida en la presente resolución,haciendo claridad que no se realiza con ello una transferencia de las competencias que fueron delegadas por parte del Presidente de la República al Superintendente, sino únicamente, con el ánimo de dinamizar y agilizar el ejercicio de las funciones de la Superintendencia y permitir así el cumplimiento misional y funcional
en forma expedita, siendo este un fin valido para la administración. Que, con base en las anteriores consideraciones, el Superintendente de Sociedades, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO.-Asignar al Director de Cumplimiento, las siguientes funciones con motivo de organizar y coordinar las facultades delegadas mediante el Decreto 326 de 2023:
1. Hacer seguimiento a la política de supervisión aprobada por el Superintendente de Sociedades en lo que tiene que ver con su competencia, respecto de las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en
Colombia.
2. Ordenar la práctica de visitas para verificar el cumplimiento de las instrucciones impartidas por la Superintendencia de Sociedades en materia de prevención del riesgo de lavado de activos, financiación del terrorismo y financiación de la proliferación de armas de destrucción masiva, y en materia de Programas de Transparencia y Ética Empresarial y demás que se requieran cumplir tendientes a prevenir los actos de corrupción, de las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia.
3. Emitir las medidas y órdenes que se requieran para el cumplimiento cabal en materia de prevención del riesgo de lavado de activos, financiación del terrorismo y financiación de la proliferación de armas de destrucción masiva, y en materia de Programas de Transparencia y Ética Empresarial, y demás que se requieran cumplir tendientes a prevenir los actos de corrupción, de las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en
Colombia.
4. Formular cargos, archivo de las actuaciones y, en general, todas las decisiones que se requieran para el cumplimiento cabal en materia de prevención del
entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia.
4. Formular cargos, archivo de las actuaciones y, en general, todas las decisiones que se requieran para el cumplimiento cabal en materia de prevención del riesgo de lavado de activos, financiación del terrorismo y financiación de la proliferación de armas de destrucción masiva, y en materia de Programas de Transparencia y Ética Empresarial, y demás que se requieran cumplir tendientes a prevenir los actos de corrupción de las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia.
5. Proponer, ejecutar y hacer seguimiento a la política de supervisión en los asuntos de su competencia frente a las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia.
6. Apoyar la adopción de las decisiones que correspondan en desarrollo de las actuaciones administrativas que se adelanten frente a las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia.
7. Apoyar la emisión de las decisiones que impongan sanciones o multas, en los asuntos de su competencia, a quienes incumplan las órdenes de la Superintendencia de Sociedades o que quebranten la ley o los estatutos, respecto de las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia.RESOLUCION
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8. Apoyar las decisiones que sobre los recursos de reposición, revocatorias directas o la pérdida de ejecutoria contra los actos proferidos en sede administrativa se deban tomar, de acuerdo con sus competencias en materia de entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en
Colombia.
directas o la pérdida de ejecutoria contra los actos proferidos en sede administrativa se deban tomar, de acuerdo con sus competencias en materia de entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia. La asignación de cargas de trabajo contenida en el presente artículo no implica una delegación de las funciones delegadas mediante Decreto 326 de 2023 en cabeza del Superintendente de Sociedades. ARTÍCULO SEGUNDO.- Asignar al Director de Información Empresarial y Estudios Económicos y Contables, las siguientes funciones con motivo de organizar y coordinar las facultades delegadas mediante el Decreto 326 de 2023:
1. Hacer seguimiento a la política de supervisión aprobada por el Superintendente de Sociedades en lo que tiene que ver con su competencia, respecto de las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en
Colombia
2. Coordinar el proceso de recepción de información financiera solicitada o requerida a las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia.
3. Ordenar la práctica de visitas para verificar el cumplimiento de las instrucciones impartidas por la Superintendencia de Sociedades en los asuntos de su competencia, a las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia.
4. Dirigir el procesosancionatorio por el no envío de la información empresarial
(financiera y no financiera) porparte de las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia y proferir la respectiva decisión sobre la sanción o archivo.
5. Diseñar alertas financieras, contables y jurídicas, entre otras, que permitan evaluar el cumplimiento de las normas generales, especiales, de contabilidad y
decisión sobre la sanción o archivo.
5. Diseñar alertas financieras, contables y jurídicas, entre otras, que permitan evaluar el cumplimiento de las normas generales, especiales, de contabilidad y demás, respecto de las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia, producto del análisis de la información requerida.
6. Proponer, a partir de los informes nacionales, regionales, sectoriales y subsectoriales, medidas apropiadas para que las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia implementen acciones de gestión del riesgo.
7. Evaluar el cumplimiento de las normas de contabilidad con base en la presentación periódica de la información financiera de las entidades, y ordenar los correctivos necesarios cuando corresponda.
8. Apoyar la emisión de las decisiones que impongan sanciones o multas, en los asuntos de su competencia, a quienes incumplan las órdenes de la Superintendencia de Sociedades o que quebranten la ley o los estatutos, respecto de las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia.
9. Apoyar las decisiones que sobre los recursos de reposición, revocatorias directas o la pérdida de ejecutoria contra los actos proferidos en sede administrativa se deban tomar, de acuerdo con sus competencias en materia de entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en
Colombia. La asignación de cargas de trabajo contenida en el presente artículo no implica una delegación de las funciones delegadas mediante Decreto 326 de 2023 en cabeza del Superintendente de Sociedades. ARTÍCULO TERCERO.- Asignar al Grupo de Informes Empresariales las siguientes funciones con motivo de organizar y coordinar las facultades delegadas mediante el
cabeza del Superintendente de Sociedades. ARTÍCULO TERCERO.- Asignar al Grupo de Informes Empresariales las siguientes funciones con motivo de organizar y coordinar las facultades delegadas mediante el Decreto 326 de 2023:RESOLUCION 2023-01-736115
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1. Realizar los estudios necesarios para apoyar al Director de Información Empresarial y Estudios Económicos y Contables en la determinación de los informes y parámetros más adecuados para la solicitud y recepción de la información financiera y no financiera de las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia.
2. Coordinar junto con la Dirección de Información Empresarial y Estudios Económicos y Contables las actividades necesarias para facilitar la recepción de información financiera y no financiera solicitada a las entidades sin ánimo de lucro extrajeras con negocios permanentes en Colombia.
3. Determinar las entidades sin ánimo de lucro extrajeras con negocios permanentes en Colombia, obligadas a reportar información financiera que no enviaron o que diligenciaron erróneamente la información requerida en los plazos y condiciones determinados.
4. Practicar las vistas ordenadas por el Director de Información Empresarial y Estudios Económicos y Contables,para verificar el cumplimiento de las instrucciones impartidas por la Superintendencia de Sociedades en los asuntos de su competencia, a las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia.
5. Las demás que sean necesarios para el desarrollo de sus funciones asignadas.
La asignación de cargas de trabajo contenida en el presente artículo no implica una delegación de las funciones delegadas mediante Decreto 326 de 2023 en cabeza del Superintendente de Sociedades.
5. Las demás que sean necesarios para el desarrollo de sus funciones asignadas.
La asignación de cargas de trabajo contenida en el presente artículo no implica una delegación de las funciones delegadas mediante Decreto 326 de 2023 en cabeza del Superintendente de Sociedades.
ARTÍCULO CUARTO: - Asignar al Grupo de Análisis y Regulación Contable las siguientes funciones con motivo de organizar y coordinar las facultades delegadas
mediante el Decreto 326 de 2023:
1. Apoyar a la Dirección de Información Empresarial y Estudios Económicos y Contables en la realización de los estudios y actividades necesarias para la expedición de normas técnicas especiales, interpretaciones y guías en materia de contabilidad, de información financiera y seguimiento de la información aplicables a las entidades sin ánimo de lucro extrajeras con negocios permanentes en Colombia, dentro de los límites fijados por la regulación que sobre la materia se encuentren vigentes para estas.
2. Apoyar a la Dirección de Información Empresarial y Estudios Económicos y Contables en la determinación de las alertas financieras y contables, aplicables en la evaluación de la situación financiera de las entidades sin ánimo de lucro extrajeras con negocios permanentes en Colombia.
3. Apoyar a la Dirección de Información Empresarial y Estudios Económicos y Contables en la realización de los estudios y actividades necesarias para presentar observaciones y recomendaciones a los Ministerios de Comercio, Industria y Turismo y de Hacienda y Crédito Público y al Consejo Técnico de la Contaduría Pública, en relación con los principios y normas de contabilidad que deban regir en el país referidas a las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia.
Contaduría Pública, en relación con los principios y normas de contabilidad que deban regir en el país referidas a las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia.
4. Revisarla información contable y financiera de las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia que sean requeridas.
5. Las demás que sean necesarios para el desarrollo de sus funciones asignadas.
La asignación de cargas de trabajo contenida en el presente artículo no implica una delegación de las funciones delegadas mediante Decreto 326 de 2023 en cabeza del Superintendente de Sociedades.
ARTÍCULO QUINTO: Asignar al Grupo de Estudios Empresariales, las siguientes funciones con motivo de organizar y coordinar las facultades delegadas mediante el Decreto 326 de 2023:RESOLUCION
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1. Gestionar los aplicativos tecnológicos que administran los modelos de riesgo para la supervisión de las entidades sin ánimo de lucro extrajeras con negocios permanentes en Colombia.
2. Apoyar a la Dirección de Información Empresarial y Estudios Económicos y Contables en la revisión de mecanismos idóneos para la medición, administración y cobertura de riesgos frente a las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia.
3. Identificar, a partir de los informes nacionales, regionales, sectoriales y subsectoriales, posibles medidas para que las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia implementen acciones de gestión del riesgo empresarial.
4. Las demás que sean necesarios para el desarrollo de sus funciones asignadas.
La asignación de cargas de trabajo contenida en el presente artículo no implica una
extranjeras con negocios permanentes en Colombia implementen acciones de gestión del riesgo empresarial.
4. Las demás que sean necesarios para el desarrollo de sus funciones asignadas.
La asignación de cargas de trabajo contenida en el presente artículo no implica una delegación de las funciones delegadas mediante Decreto 326 de 2023 en cabeza del Superintendente de Sociedades. ARTÍCULO SEXTO.Asignar al Director de Supervisión Empresarial, las siguientes funciones con motivo de organizar y coordinar las facultades delegadas mediante el Decreto 326 de 2023:
1. Hacer seguimiento ala política de supervisión aprobada por el Superintendente de Sociedades en lo que tiene que ver con su competencia, respecto de las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en
Colombia.
2. Solicitar, confirmar y analizar de manera ocasional, y en la forma, detalle y términos que determine, la información que requiera sobre la situación jurídica, contable, económica y administrativa de cualquier entidad sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia o sobre operaciones específicas de la misma, con el fin de verificar que sus rentas se conserven y sean debidamente aplicadas y para que en todo lo esencial se cumpla con la voluntad de los fundadores.
3. Ordenar la práctica de visitas para verificar el cumplimiento de las instrucciones impartidas por la Superintendencia de Sociedades en los asuntos de su competencia, a las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia.
4. Proferir órdenes y en general, adoptar las medidas a que hubiere lugar, para que se subsanen las irregularidades que se hayan observado durante las visitas o solicitudes de información realizadas a las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia.
que se subsanen las irregularidades que se hayan observado durante las visitas o solicitudes de información realizadas a las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia.
5. Verificar, con base en la información que se recaude, que las actividades que desarrollen las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia estén dentro del objeto social y ordenar la suspensión de los actos no comprendidos dentro del mismo.
6. Decretar la disolución, y ordenar la liquidación rápida y progresiva de las operaciones realizadas por las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia, cuando se cumplan los supuestos previstos en la ley y en los estatutos, y adoptar las medidas a que haya lugar.
7. Formular cargos y en general adelantar todo el correspondiente procedimiento administrativo sancionatorio contra las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia, sus administradores o revisores, por infracción a la ley o los estatutos, o a las órdenes impartidas.
8. Apoyar la adopción de las decisiones que impongan sanciones o multas, en los asuntos de su competencia, a quienes incumplan las órdenes de la Superintendencia de Sociedades o que quebranten la ley o los estatutos, respecto de las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia.RESOLUCION
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9. Apoyar las decisiones que sobre los recursos de reposición, revocatorias directas o la pérdida de ejecutoria contra los actos proferidos en sede administrativa se deban tomar, de acuerdo con sus competencias en materia
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9. Apoyar las decisiones que sobre los recursos de reposición, revocatorias directas o la pérdida de ejecutoria contra los actos proferidos en sede administrativa se deban tomar, de acuerdo con sus competencias en materia de entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en
Colombia. La asignación de cargas de trabajo contenida en el presente artículo no implica una delegación de las funciones delegadas mediante Decreto 326 de 2023 en cabeza del Superintendente de Sociedades. ARTÍCULO SÉPTIMO.-Asignar al Grupo de Investigaciones Administrativas, adscrito a la Dirección de Supervisión Empresarial las siguientes funciones con motivo de organizar y coordinar las facultades delegadas mediante el Decreto 326 de 2023:
1. Proyectar las solicitudes de información dirigidas a las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia, con el fin de verificar que sus rentas se conserven y sean debidamente aplicadas y para que en todo lo esencial se cumpla con la voluntad de los fundadores.
2. Practicar las visitas ordenadas por el Director de Supervisión Empresarial,a las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en
Colombia.
3. Proyectar las órdenes y en general, las medidas a que hubiere lugar, para que se subsanen las irregularidades que se hayan observado durante las visitas o solicitudes de información realizadas a las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia.
4. Verificar, analizar y comprobar, con base en la información que se recaude, que las actividades que desarrollen las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia estén dentro del objeto social, así como
4. Verificar, analizar y comprobar, con base en la información que se recaude, que las actividades que desarrollen las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia estén dentro del objeto social, así como impartir las órdenes de suspensión de los actos no comprendidos dentro del mismo.
5. Proyectar el acto administrativo mediante el cual se decreta la disolución, y se ordena la liquidación rápida y progresiva de las operaciones realizadas por las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia, cuando se cumplan los supuestos previstos en la ley y en los estatutos, y las medidas a que haya lugar.
6. Proyectar los cargos y en general todos los actos que deban proferirse dentro correspondiente procedimiento administrativo sancionatorio contra las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia, sus administradores o revisores, por infracción a la ley o los estatutos, o a las órdenes impartidas.
La asignación de cargas de trabajo contenida en el presente artículo no implica una delegación de las funciones delegadas mediante Decreto 326 de 2023 en cabeza del Superintendente de Sociedades. ARTÍCULO OCTAVO.- Asignar al Director de Supervisión de Asuntos Especiales las siguientes funciones con motivo de organizar y coordinar las facultades delegadas mediante Decreto 326 de 2023:
1. Hacer seguimiento a la política de supervisión aprobada por el Superintendente de Sociedades en lo que tiene que ver con su competencia, respecto de las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en
Colombia.
2. Ordenar la práctica de visitas para verificar el cumplimiento de las instrucciones
de Sociedades en lo que tiene que ver con su competencia, respecto de las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia.
2. Ordenar la práctica de visitas para verificar el cumplimiento de las instrucciones impartidas por la Superintendencia de Sociedades en los asuntos de su competencia, a las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia.RESOLUCION
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3. Pronunciarse sobre las investigaciones administrativas tendientes a determinar la existencia de situaciones de control o de grupos empresariales, así como a determinar su adecuada inscripción en el registro mercantil de las entidades extranjeras sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en
Colombia.
4. Apoyar la emisión de las decisiones que impongan sanciones o multas, en los asuntos de su competencia, a quienes incumplan las órdenes de la Superintendencia de Sociedades o que quebranten la ley o los estatutos, respecto de las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia.
5. Apoyar las decisiones que sobre los recursos de reposición, revocatorias directas o la pérdida de ejecutoria contra los actos proferidosen sede administrativa se deban tomar, de acuerdo con sus competencias en materia de entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en
Colombia.
6. Emitir las decisiones mediante las cuales se tomen las medidas a que haya lugar en los asuntos afines a sus cargas de trabajo respecto de las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia objeto de una acción de extinción de dominio.
6. Emitir las decisiones mediante las cuales se tomen las medidas a que haya lugar en los asuntos afines a sus cargas de trabajo respecto de las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia objeto de una acción de extinción de dominio.
La asignación de cargas de trabajo contenida en el presente artículo no implica una delegación de las funciones delegadas mediante Decreto 326 de 2023 en cabeza del Superintendente de Sociedades. ARTÍCULO NOVENO. - Asignar al Grupo de Supervisión Especial, con motivo de organizar y coordinar las facultades delegadas mediante el Decreto 326 de 2023, la función de adelantar las actividades de supervisión de las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia, que se encuentren inmersas en procesos de extinción de dominio. La asignación de cargas de trabajo contenida en el presente artículo no implica una delegación de las funciones delegadas mediante Decreto 326 de 2023 en cabeza del Superintendente de Sociedades. ARTÍCULO DÉCIMO.-Asignar al Director de Supervisión de Procedimientos Especiales las siguientes funciones con motivo de organizar y coordinar las facultades delegadas mediante el Decreto 326 de 2023:
1. Proponer la política de supervisión y cumplimiento de las normas relacionadas con el tema de régimen cambiario, en materia de inversión extranjera en Colombia, inversión colombiana en el exterior de las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia, así como de las operaciones de endeudamiento externo efectuadas por las mismas, en desarrollo de la normatividad vigente.
2. Hacer seguimiento a la política de supervisión, en cuanto a su competencia respecto de las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia.
desarrollo de la normatividad vigente.
2. Hacer seguimiento a la política de supervisión, en cuanto a su competencia respecto de las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia.
3. Decidirsobre los recursos de reposición, revocatorias directas o la pérdida de ejecutoria contra los actos proferidos en sede administrativa, de acuerdo con sus competencias en materia de entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia.
4. Formular cargos y en general adelantar todo el correspondiente procedimiento administrativo sancionatorio, de acuerdo con sus competencias, contra las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia, sus administradores o revisores, por infracción a la ley o los estatutos, o a las órdenes impartidas.
5. Apoyar la emisión delas decisiones que impongan sanciones o multas, en los asuntos de su competencia, a quienes incumplan las órdenes de laRESOLUCION
2023-01-736115 SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES Página: | 8________________________________________________________________________ Superintendencia de Sociedades o que quebranten la ley o los estatutos, respecto de las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia.
6. Emitir las certificaciones sobre el valor del cálculo actuarial de las entidades sin ánimo de lucro extranjeras con negocios permanentes en Colombia, que así lo soliciten para los efectos tributarios a que haya lugar.
La asignación de cargas de trabajo contenida en el presente artículo no implica una delegación de las funciones delegadas mediante Decreto 326 de 2023 en cabeza del Superintendente de Sociedades.
soliciten para los efectos tributarios a que haya lugar. La asignación de cargas de trabajo contenida en el presente artículo no implica una delegación de las funciones delegadas mediante Decreto 326 de 2023 en cabeza del Superintendente de Sociedades. ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO. Asignar al Grupo de Régimen Cambiario, las siguientes funciones con motivo de organizar y coordinar las facultades delegadas mediante el Decreto 326 de 2023:
1. Adelantar las investigacio
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