SS - Resolución 100-016288 de 2026
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- SS - Resolución 100-016288 de 2026
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- 2026
Sz TIPO: INTERNA FECHA: 1303-2026 01839 TRAMITE: 1013ACTO ADMINISTRATIVO EXTERNO P SOCIEDAD: 899999086 - SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES RESOLUCION REMITENTE: 100 - DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE s Superintendencia 2026-01-108679 de Sociedades
TIPO DOCUMENTAL: Resolucion
CONSECUTIVO: 100-016288
Por la cual se decreta la suspension de términos jurisdiscionales para los asexos no procesos de Procedimientos Mercantiles, Procedimientos de Insolvencia y de Intervencion Judicial que se tramitan en la Superintendencia de Sociedades y se decreta la suspension de términos administrativos para los tramites y procedimientos administrativos y disciplinarios que se adelantan en la Superintendencia de Sociedades EL SUPERINTENDENTE DE SOCIEDADES En uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO Que el numeral 2 del articulo 7 del Cédigo de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo consagra que le corresponde a los organismos y entidades que conforman las ramas del poder publico en sus distintos drdenes, sectores y niveles, a los drganos auténomos e independientes del Estado y a los particulares, cuando cumplan funciones administrativas, entre otros, el deber de “Garantizar atencién personal al publico, como minimo durante cuarenta (40) horas a la semana, las cuales se distribuirén en horarios que satisfagan las necesidades del servicio”. Que el articulo 7 de Decreto 1736 de 2020, modificado por el articulo 4 del Decreto 1380 de 2021, sefal6: “La Superintendencia de Sociedades cumpliré
distribuirén en horarios que satisfagan las necesidades del servicio”. Que el articulo 7 de Decreto 1736 de 2020, modificado por el articulo 4 del Decreto 1380 de 2021, sefal6: “La Superintendencia de Sociedades cumpliré las funciones generales establecidas en las leyes 222 de 1995; 363 de 1997; 446 de 1998; 550 de 1999; 603 de 2000; 640 de 2001; 1116 de 2006; 1173 de 2007; 1258 de 2008; 1314 de 2009, 1429 de 2010; 1445 de 2011; 1450 de 2011; 1527 de 2012; 1563 de 2012; 1676 de 2013; 1700 de 2013; 1708 de 2014, 1727 de 2014; 1762 de 2015; 1778 de 2016; 1870 de 2017; 1901 de 2018; 1902 de 2018; 1943 de 2018; 1955 de 2019; 1966 de 2019, 2069 de 2020 y en particular las determinadas en el Decreto Unico Reglamentario Sectorial 1074 de 2015 (Decisién 292 de 1991 - Comision del Acuerdo de Cartagena) y en los siguientes Decretos 1970 de 1979; 1941 de 1986, 410 de 1971; 1746 de 1991; 2116 de 1992; articulo 110, pardgrafo 1°, numeral 2 del Decreto 663 de 1993, Decreto 2153 de 1992; 1517 de 1998; 1818 de 1998;
1971; 1746 de 1991; 2116 de 1992; articulo 110, pardgrafo 1°, numeral 2 del Decreto 663 de 1993, Decreto 2153 de 1992; 1517 de 1998; 1818 de 1998; 2080 de 2000; 1844 de 2003; 4334 de 2008, 19 de 2012; 1510 de 2013; 1219 de 2014; 1835 de 2015; 2136 de 2015; 24 de 2016, 1348 de 2016; 119 de 2017; 2046 de 2019; 065 de 2020; 560 de 2020; 772 de 2020; 1008 de 2020; 1068 de 2020 y aquellas que modifiquen o adicionen las anteriores, asi como las demds que le sefialen las normas vigentes y las que le delegue el Presidente de la Republica”. Que segln lo dispuesto en el numeral 27 del articulo 8 del Decreto 1736 de 2020, modificado por el articulo 5 del Decreto 1380 de 2021, corresponde al Superintendente de Sociedades “Dirigir, orientar, coordinar y controlar el ejercicio de las facultades jurisdiccionales asignadas por ley.” Que el articulo 118 del Cdédigo General del Proceso consagra “(...) Cuando el término sea de meses o de afios, su vencimiento tendrd lugar el mismo dia que empez6 a correr del correspondiente mes o afio. Si este no tiene ese dia, el término vencerd el dltimo dia del respectivo mes o afio. Si su vencimiento - ocurre en dia inhabil se extenderé hasta el primer dia habil siguiente. En los
que empez6 a correr del correspondiente mes o afio. Si este no tiene ese dia, el término vencerd el dltimo dia del respectivo mes o afio. Si su vencimiento - ocurre en dia inhabil se extenderé hasta el primer dia habil siguiente. En los Pégina: | 1 Ena Superintendencia de Sociedades trabajamos para promover empresas innovadoras, productivas y sosteibles wwwsupersociedades gov.co ‘webmaster@supersociedades.gov.co Linea inica de atencidn al ciudadano: 01-8000 - 11 43 10 Tel Bogotd: (601) 2201000 Colombia efrSuperintendencia de Sociedades Resolucion 2026-01-108679 SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES términos de dias no se tomardn en cuenta los de vacancia judicial ni aquellos en que por cualquier circunstancia permanezca cerrado el juzgado.” Que de conformidad con los articulos 5y 6 de la Ley 1801 de 2016 se entiende por convivencia, la interacciéon pacifica, respetuosa y armoénica entre las personas, con los bienes, y con el ambiente, en el marco del ordenamiento juridico, y sefiala como una de las categorias de convivencia del ambiente, de manera que se favorezca la proteccion de los recursos naturales, el patrimonio ecoldgico, el goce y la relacion sostenible con el ambiente. Que mediante Decreto 500 de 2024, el Gobierno Nacional declaré “como “Dia Civico de la Paz con la Naturaleza” el tercer viernes del mes de abril de cada afio, con motivo de la proteccion de los recursos naturales”, y ordend que las “entidades publicas de la Rama Ejecutiva del orden nacional, tanto del nivel
Civico de la Paz con la Naturaleza” el tercer viernes del mes de abril de cada afio, con motivo de la proteccion de los recursos naturales”, y ordend que las “entidades publicas de la Rama Ejecutiva del orden nacional, tanto del nivel central como descentralizado, impartirdn y adoptarén las instrucciones pertinentes que permitan a sus servidores publicos suspender las diferentes actividades laborales y de atencion al publico, de manera que el tercer viernes del mes de abril de cada afio sea considerado como un dia No Habil, laboralmente.”. Que en vista de la normativa vigente, resulta necesario para la atencion de las necesidades del servicio y de los usuarios, la seguridad juridica y el debido proceso, que se suspendan los términos en los procesos jurisdiccionales que se adelantan ante las Delegaturas de Procedimientos Mercantiles y de Procedimientos de Insolvencia, en las Intendencias Regionales y en la Direcciéon de Intervencién Judicial y su grupo adscrito de la Delegatura de Intervenciéon y Asuntos Financieros Especiales, asi como la Secretaria Administrativa - Grupo de Apoyo Judicial de esta Superintendencia, durante el dia Civico del 17 de abril de 2026. Que asi mismo, es imperativo, proporcionado y adecuado a las necesidades del servicio y a las de los usuarios la suspension de términos para los tramites y procedimientos administrativos y disciplinarios que se adelantan en la Superintendencia de Sociedades, en ejercicio de sus funciones administrativas, durante el dia Civico del 17 de abril de 2026. Que en mérito de lo expuesto, el Superintendente de Sociedades, RESUELVE ARTICULO PRIMERO. Ordenar la suspensién de términos en todos los
durante el dia Civico del 17 de abril de 2026. Que en mérito de lo expuesto, el Superintendente de Sociedades, RESUELVE ARTICULO PRIMERO. Ordenar la suspensién de términos en todos los procesos jurisdiccionales que se adelantan ante la sede de Bogotd y ante las Intendencias Regionales de la Superintendencia de Sociedades, asi como la suspensién de términos para todos los tramites y procedimientos administrativos y disciplinarios que se adelantan en la Superintendencia de Sociedades sede Bogotd y en todas sus intendencias, el dia 17 de abril de 2026, de conformidad con lo indicado en la parte motiva del presente acto administrativo.
Pégina: | 2 En la Superintendencia de Sociedades trabajamos para promover empresas innovadoras, productivas y sostenibles. wwwsupersociedades gov.co B ‘webmaster@supersociedades.gov.co > Linea nica de atencién al ciudadano: 01-8000 - 11 43 10 o] (i) (1] (e Tel Bogot: (601) 2201000 Colombia efrs &) Superintendencia de Sociedades
Resolucion 2026-01-108679 SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES PARAGRAFO. Con ocasién de la suspension de términos aqui ordenada, en la fecha indicada no habré atencion al publico en el Grupo de Apoyo Judicial en la sede Bogot4d, ni en las Intendencias Regionales, en relacién con los procesos jurisdiccionales que se gestionan, ni por parte del Grupo de Relacién Estado — Ciudadano de la sede Bogotd, en relacion con las funciones administrativas que le estén asignadas. ARTICULO SEGUNDO. Disponer la reanudacién de los términos suspendidos
Ciudadano de la sede Bogotd, en relacion con las funciones administrativas que le estén asignadas. ARTICULO SEGUNDO. Disponer la reanudacién de los términos suspendidos a partir del dia 20 de abril de 2026. ARTICULO TERCERO. La presente resolucién rige a partir de la fecha de su publicacion.
PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
BILLY ESCOBAR PEREZ
Superintendente de Sociedades
TRD: CONSECUTIVO RESOLUCIONES
ELABORADOR(ES):
NOMBRE: J8933
CARGO: Funcionario del Grupo de Asesoria y Doctrina Societaria
REVISOR(ES) :
NOMBRE: A3870
CARGO: Jefe Oficina Asesora Juridica
APROBADOR(ES) :
NOMBRE: BILLY ESCOBAR PEREZ CARGO: Superintendente de Sociedades En la Superintendencia de Sociedades trabajamos para promover empresas innovadoras, productivas y sostenibles. www.supersociedades.gov.co
(Great blace g 1o Linea tinica de atencién al ciudadano: 01-8000 - 11 43 10 . Tel Bogot: (601) 2201000 webmaster@supersociedades gov.co Colombia Pégina: | 3