SS - Resolución 130-000475 de 2016
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- SS - Resolución 130-000475 de 2016
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- 2016
® SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES BOGOTA ' 1 111111' III 11111 111011
Al oontesr cite. Hl 1 Mliii 1 2016-0123465 E Ø
Tipo: Interna Feoha: 2210412016 15:15:28
Trámite: 1013-ACTO ADMINISTRATIVO EXTERNO Sociedad: 899999086SUPERINTENDENCIA DE 5,,. Exp. 36241
Remitente: 130GRUPO DE REGISTRO DE ESPECIALISTAS
Destino: 130GRUPO DE REGISTRO DE ESPECIALISTAS
Folios: 3 Anexos: NO
Tipo Documental: RESOLUCION SIN... Conseoutivo: 130-000475
SUPERINTENDENCIA
DE SOCIWADES RESOLUCIÓN Por la cual se establecen la fecha y los requisitos de inscripción de la convocatoria de aspirantes para la conformación de la lista de auxiliares de la justicia creada y administrada por la Superintendencia de Sociedades El Superintendente de Sociedades En uso de sus atribuciones legales y reglamentarias, CONSIDERANDO PRIMERO: Que la Superintendencia de Sociedades, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de¡ Decreto 1023 de 2012, debe conocer y dirigir los procesos concursales y de insolvencia, en ejercicio de las funciones jurisdiccionales otorgadas por la ley y lograr que se cumplan las finalidades de los mismos, así como aplicar las medidas de intervención tendentes a suspender de manera inmediata las operaciones o negocios de personas naturales o jurídicas, que a través de captaciones o recaudos no autorizados, den lugar a un abuso de¡ derecho y fraude a la ley.
intervención tendentes a suspender de manera inmediata las operaciones o negocios de personas naturales o jurídicas, que a través de captaciones o recaudos no autorizados, den lugar a un abuso de¡ derecho y fraude a la ley.
SEGUNDO: Que el artículo 67 de la Ley 1116 de 2006, dispone que el juez de¡ concurso es el encargado de designar al auxiliar de la justicia, el cual debe ser escogido de la lista elaborada por la Superintendencia de Sociedades, así como de removerlo de¡ cargo por el acaecimiento de las causales previstas en las normas vigentes.
TERCERO: Que la Superintendencia de Sociedades está facultada para designar agentes interventores, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de¡ Decreto 4334 de 2008.
CUARTO: Que conforme a lo anterior, es imperativo disponer de las herramientas legales necesarias para promover la participación efectiva de personas idóneas, que reúnan los requisitos académicos, profesionales y personales para actuar como liquidadores, promotores y agentes interventores.
QUINTO: Que se debe garantizar que los liquidadores, promotores y agentes interventores que sean admitidos a la lista de auxiliares de la justicia y que sean seleccionados para acceder a los mencionados cargos cumplan con los más estrictos
(TT TODOSPORUN En la Superintendencia de Sociedades trabajamos con integridad por un País sin corrupción. IONet
- Entidad No. 1. en el Índice de Transparencia de las Entidades Públicas, ITEP.
MINCIT
www.supersociedades.gov.co/ webmazter@supersociedades.gov.co - Colombiaestándares y que las actuaciones de los auxiliares de la justicia se ajusten a lo dispuesto
MINCIT
www.supersociedades.gov.co/ webmazter@supersociedades.gov.co - Colombiaestándares y que las actuaciones de los auxiliares de la justicia se ajusten a lo dispuesto en la ley y en el reglamento.
SEXTO: Que por medio del Decreto 2130 de 2015 se reglamentaron y modernizaron algunos aspectos de los procedimientos empleados para la conformación de la lista, selección y designación de liquidadores, promotores y agentes interventores.
SÉPTIMO: Que el artículo 2.2.2.11.2.1 del Decreto 2130 de 2015, establece que para conformar la lista de auxiliares de la justicia, la Superintendencia de Sociedades puede abrir convocatorias para la inscripción de aspirantes.
OCTAVO: Que el artículo 2.2.2.11.2.2 del Decreto 2130 de 2015, establece que la Superintendencia de Sociedades realizará una convocatoria pública para la inscripción de aspirantes a integrar la lista de auxiliares de la justicia creada y administrada por la Superintendencia de Sociedades, por lo menos una vez al año.
NOVENO: Que en el parágrafo del artículo 2.2.2.11.2.11 del Decreto 2130 de 2015, se dispone que las personas inscritas en la lista de auxiliares de la justicia vigente, tendrán como requisito para permanecer en la lista cuatro meses contados a partir de la fecha en que se abra la convocatoria para actualizar su información y acreditar el cumplimiento de los requisitos previstos en el referido Decreto para permanecer en la lista.
DÉCIMO: Que en el parágrafo transitorio del artículo 2.2.2.11.2.2 del Decreto 2130 de
los requisitos previstos en el referido Decreto para permanecer en la lista.
DÉCIMO: Que en el parágrafo transitorio del artículo 2.2.2.11.2.2 del Decreto 2130 de 2015 se establece que la Superintendencia de Sociedades debe fijar la fecha para la primera convocatoria pública para la inscripción de aspirantes en la lista de auxiliares de la justicia creada y administrada por la Superintendencia de Sociedades, RESUELVE: Artículo 1. Fecha de la convocatoria pública. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 67 de la Ley 1116 de 2006, en concordancia con el artículo 2.2.2.11.2.2. del Decreto 2130 de 2015, la Superintendencia de Sociedades abre convocatoria pública para la inscripción correspondiente a la lista de auxiliares de la justicia creada y administrada por la Superintendencia de Sociedades. El término de la convocatoria se iniciará el 30 de junio de 2016 y expirará el 30 de octubre del mismo año.
Artículo 2. lnscripción de aspirantes. El aspirante a ser incluido en la lista deberá solicitar su inscripción en ella, para lo cual diligenciará en su totalidad y remitirá el formato electrónico de hoja de vida y el formulario electrónico de inscripción. La información relativa al diligenciamiento de los mencionados formatos estará disponible en la página web de la Superintendencia de Sociedades. Artículo 3. Actualización de información de los auxiliares de la justicia inscritos en la lista vigente. De acuerdo con lo establecido en el parágrafo del artículo 2.2.2.11.2.11 del Decreto 2130 de 2015, a partir del 30 de junio de 2016, fecha de inicio de la
la lista vigente. De acuerdo con lo establecido en el parágrafo del artículo 2.2.2.11.2.11 del Decreto 2130 de 2015, a partir del 30 de junio de 2016, fecha de inicio de la convocatoria mencionada anteriormente, quienes estén inscritos en la lista vigente, dispondrán de 4 meses, contados a partir de la fecha en que se abra la primera TODOS PORUN En la Superintendencia de Sociedades trabalamos con
CJNUEvOPA$S integridad por un País sin corrupción. -H Oj o ojo 11 G MINCIT - Entidad No. len el Índice de Transparencia de las Entidades Públicas, ITEP. 1-7 rsoci edades.gov.co 1 webn,aseer@eupereociedadee.govco - Colombiaconvocatoria, para actualizar su información y acreditar el cumplimiento de los requisitos de que trata el Decreto 2130 de 2015. Por lo tanto, los auxiliares de la justicia que actualmente están inscritos en la lista contarán con un plazo que se extenderá desde el 30 de junio de 2016 hasta el 30 de octubre del mismo año, para actualizar su información.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Francisco Reyes'11ami ' -L 1 Superintendente de Sockçlades
TRD: Nit. 899.999.086
Cód Dep. 130 cód Fun. J3063 cód Tram.1013 TODOS POR UN NUEVOPAIS En la Superintendencia de Sociedades trabajamos con integridad por un País sin corrupción. Entidad No. len el Índice de Transparencia de las Entidades Públicas, ITEP.
TODOS POR UN NUEVOPAIS En la Superintendencia de Sociedades trabajamos con integridad por un País sin corrupción. Entidad No. len el Índice de Transparencia de las Entidades Públicas, ITEP. www.supersociedadengov.co / webmaster@supersociedades.gov.co - Colombia