SS - Resolución 2022-01-553147 de 28 de junio de 2022
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- SS - Resolución 2022-01-553147 de 28 de junio de 2022
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- 2022
SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES 2022-01-553147 RESOLUCIÓN 28 JUN 2022 Por la cual se prorroga la suspensión de términos ordenada mediante Resolución 2022-01-552947 del 24 de junio de 2022 EL SUPERINTENDENTE DE SOCIEDADES En uso de sus facultades legales, y CONSIDERANDO: Que el artículo 118 del Código de General de Proceso consagra: “Cuando el término sea de meses o de años, su vencimiento tendrá lugar el mismo día que empezó a correr del correspondiente mes o año. Si este no tiene ese día, el término vencerá el último día del respectivo mes o año. Si su vencimiento ocurre en día inhábil se extenderá hasta el primer día hábil siguiente. En los términos de días no se tomarán en cuenta los de vacancia judicial ni aquellos en que por cualquier circunstancia permanezca cerrado el juzgado”. Que el artículo 7 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, establece que le corresponde a la Administración, entre otros deberes, los de: “2. Garantizar atención personal al público, como mínimo durante cuarenta (40) horas a la semana, las cuales se distribuirán en horarios que satisfagan las necesidades del servicio (...) 6. Tramitar las peticiones que lleguen vía fax o por medios electrónicos, de conformidad con lo previsto en el numeral 1 del artículo 50 de este Código. (...) 8. Adoptar medios tecnológicos para el trámite y resolución de peticiones, y permitir el uso de medios alternativos para quienes no dispongan de aquellos. 9. Habilitar espacios idóneos para la consulta de expedientes y documentos, así como para la atención cómoda y ordenada del público”.
y permitir el uso de medios alternativos para quienes no dispongan de aquellos. 9. Habilitar espacios idóneos para la consulta de expedientes y documentos, así como para la atención cómoda y ordenada del público”. Que el artículo 4 del Decreto 1380 de 2021, modificatorio del articulo 7 del Decreto 1736 de 2020, señala: “La Superintendencia de Sociedades cumplirá las funciones generales establecidas en las leyes 222 de 1995; 363 de 1997; 446 de 1998; 550 de 1999; 603 de 2000; 640 de 2001; 1116 de 2006; 1173 de 2007; 1258 de 2008; 1314 de 2009; 1429 de 2010; 1445 de 2011; 1450 de 2011; 1527 de 2012: 1563 de 2012: 1676 de 2013; 1700 de 2013; 1708 de 2014; 1727 de 2014; 1762 de 2015; 1778 de 2016: 1870 de 2017; 1901 de 2018: 1902 de 2018; 1943 de 2018; 1955 de 2019: 1966 de 2019, 2069 de 2020 y en particular las determinadas en el Decreto Único Reglamentario Sectorial 1074 de 2015 (Decisión 292 de 1991 - Comisión del Acuerdo de Cartagena) y en los siguientes Decretos 1970 de 1979; 1941 de 1986; 410 de 1971; 1746 de 1991; 2116 de 1992; artículo 110, parágrafo 1, numeral 2 del Decreto 663 de
de Cartagena) y en los siguientes Decretos 1970 de 1979; 1941 de 1986; 410 de 1971; 1746 de 1991; 2116 de 1992; artículo 110, parágrafo 1, numeral 2 del Decreto 663 de 1993, Decreto 2153 de 1992; 1517 de 1998; 1818 de 1998; 2080 de 2000: 1844 de 2003; 4334 de 2008; 19 de 2012; 1510 de 2013; 1219 de 2014; 1835 de 2015; 2136 de 2015; 24 de 2016; 1348 de 2016; 119 de 2017; 2046 de 2019; 065 de 2020; 560 de 2020; 772 de 2020; 1008 de 2020; 1068 de 2020 y aquellas que modifiquen o adicionen SENS A o o q aa a a E RN Escaneado con CamScannerSUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES 2172 las anteriores, así como las demás que le señalen las normas vigentes y las que le delegue el Presidente de la República” Que el 24 de junio de 2022 se identificó la necesidad de realizar un mantenimiento a los sistemas tecnológicos de la entidad que impide la prestación de los servicios 2 plenitud, lo cual restringe la capacidad de atender las diferentes actividades de manera óptima, entre otras, la verificación de los expedientes judiciales y administrativos, 481 como la emisión de actos administrativos y providencias judiciales, que requieren de la utilización de diferentes herramientas tecnológicas Que en la fecha relacionada anteriormente, la entidad emitió la Resolución 2022-01como la emisión de actos administrativos y providencias judiciales, que requieren de la utilización de diferentes herramientas tecnológicas Que en la fecha relacionada anteriormente, la entidad emitió la Resolución 2022-01552947 con el fin de ordenar la suspensión de términos para los procesos judiciales de Procedimientos Mercantiles, de Procedimientos de Insolvencia y de Intervención, así como la suspensión de términos para los trámites y procedimientos administrativos y disciplinarios que se adelantan en la Superintendencia de Sociedades sede Bogotá y en todas sus intendencias, en el periodo comprendido entre los días 24 (inclusive) y el 28 de junio de 2022 (inclusive). Que habiéndose ejecutado la actividad de mantenimiento a los sistemas tecnológicos de la entidad indicada en la resolución anterior, se evidenció que la causa que conllevó al evento de mantenimiento, fue un incidente extraordinario en los sistemas informáticos de la entidad, hecho imprevisto que imposibilita la prestación de los servicios de la misma, por lo cual es absolutamente necesario iniciar una fase de mantenimiento correctivo extraordinario de los sistemas mencionados. La realización de las actividades necesarias que componen el mantenimiento extraordinario y que son requeridas para superar el referido imprevisto, generan la imposibilidad de prestar los servicios a cargo de la entidad. Que para continuar protegiendo los derechos de los usuarios, garantizando el acceso y concurrencia a los diferentes servicios que ofrece la entidad, y prestar el mejor servicio, se hace necesario prorrogar la suspensión de los términos objeto de la Resolución 2022-01-552947 del 24 de junio de 2022, para los procesos judiciales de Procedimientos Mercantiles, de Procedimientos de Insolvencia y de Intervención, así
Resolución 2022-01-552947 del 24 de junio de 2022, para los procesos judiciales de Procedimientos Mercantiles, de Procedimientos de Insolvencia y de Intervención, así como la suspensión de términos para los trámites y procedimientos administrativos y disciplinarios que se adelantan en la Superintendencia de Sociedades, hasta el día 5 de julio de 2022 (inclusive). Por lo tanto, la suspensión de términos en su conjunto comprende una duración que va desde el 24 de junio de 2022 (inclusive) hasta el 5 de julio de 2022 (inclusive). Que, con mérito en lo anteriormente expuesto, este Despacho, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO.- Modifíquese el artículo primero de la Resolución 2022-01. 552947 de 24 de junio de 2022, prorrogando la suspensión de términos ordenada por la entidad, para los procesos judiciales de Procedimientos Mercantiles. de Procedimientos de Insolvencia y de Intervención, así como la suspensión de términos para los trámites y seocadlenienios Acro laciia y Sl lL1AÍGn. UA DA AA 0 — FS pa 9999 efr Pace reecorn poM EEES a 1401 , a e" ed Escaneado con CamScannerSUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES a Supermiendencia de Sociedades sede Bogotá y en todas sus intendencias, hasta el 5 de julo de 2022 (inclusive) de conformidad con la parte motiva del presente acto acmimstrativo ARTÍCULO SEGUNDO..- Mociifíquese el artículo segundo de la Resolución 2022-01352047 vel 24 de junio de 2022, en el sentido de que los términos suspendidos en la
acmimstrativo ARTÍCULO SEGUNDO..- Mociifíquese el artículo segundo de la Resolución 2022-01352047 vel 24 de junio de 2022, en el sentido de que los términos suspendidos en la Suparmiendencia de Sociedades sede Bogotá y todas sus intendencias, mencionados en el artículo antenor, se reanudaran a partir del día 6 de julio de 2022 ARTÍCULO TERCERO.- La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica la Resolución 2022-01-552947 del 24 de junio de 2022, en lo que corresponde
PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
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BILLY ESCOBAR PÉREZ
Superintendente de Sociedades TRO NIT 393.398.085 Cos, Tramite 1004 Cuy. Dep 100 EN —— Ka ef sSEXuS ma ma de ción al clan, 0000 - 116310 e E Y al Sega 100 2201000 Colt Escaneado con CamScanner