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SS - Resolución 221-000770 de 2018

Superintendencia de Sociedades

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Detalles

Título
SS - Resolución 221-000770 de 2018
Autor
Superintendencia de Sociedades
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Sociedades
Año
2018

, SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES

\/ BOGOTA

,_-_._3-:- - ) Ti po: interna Facha: 19/09/2018 16:51:05

Tramite: 1013ACTO ADMINiSTRATIVO EXTERNO

- .• - SocIedad: 899999086SUPERINTENDENCIA DE 0... Exp. 36241

  • -

RemItente: 221 - GRUPO DE DEFENSA JUDICIAL

- Destino. 221 - GRUPO DE DEFENSA JUDICIAL

Folios: 9 Anexos: NO .SUPERTNTrNDNCA OCIEr3ApES - Tipo Documental: RESOLUCION SIN... ConsecutIvo: 221-000770 D - RESOLUCIÓNPor la cual se adopta la Política de Prevención del Daño Antijurídico de la Superintendencia de Sociedades para el año 2018

EL SUPERINTENDENTE DE SOCIEDADES En uso de las atribuciones legales, reglamentarias y en especial las conferidas en los numerales 60 y 15 del artículo 80 del Decreto 1023 del 18 de mayo de 2012, y CONSIDERANDO Que conforme al artículo 10 del Decreto 1023 del 18 de mayo de 2012, la Superintendencia de Sociedades es un organismo técnico, adscrito al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio, mediante el cual el Presidente de la República ejerce la inspección, vigilancia y control de las sociedades mercantiles, así como las facultades que le señala la ley en relación con otros entes personas jurídicas y personas naturales.

administrativa y patrimonio propio, mediante el cual el Presidente de la República ejerce la inspección, vigilancia y control de las sociedades mercantiles, así como las facultades que le señala la ley en relación con otros entes personas jurídicas y personas naturales. Que en los términos del artículo 1.2.1.1 del Decreto 1074 del 26 de - mayo de 2015 'Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo', la Superintendencia de Sociedades tiene como objetivo la preservación del orden público económico a través del ejercicio de las funciones de fiscalización gubernamental sobre las sociedades comerciales y de las facultades jurisdiccionales previstas en la ley, tanto en el ámbito de la insolvencia como en el de los conflictos societarios. Que en ejercicio de sus atribuciones y competencias, y particularmente con fundamento en la Circular Externa 3 de 20 de junio de 2014 de la Agencia -Nacional de la Defensa Jurídica del Estado y el Decreto 1716 del 14 de mayo de 2009, la Superintendencia de Sociedades profirió la Resolución No. 100-000179 del 19 de marzo de 2015, en la que estableció las políticas generales de prevención del daño antijurídico, que -orientan la defensa de los intereses de la Entidad, para lo cual analizó la totalidad de las causas generadoras de litigios a la En Ii de - ir b n .I , . 1 nr t ,

1, 1 JI -, ': s ••2/9 SUP P4TL4DLrCIA DE SOÇILI:r Lt fecha y determinó una serie de medidas a adoptar por parte de las diferentes

1, 1 JI -, ': s ••2/9 SUP P4TL4DLrCIA DE SOÇILI:r Lt fecha y determinó una serie de medidas a adoptar por parte de las diferentes dependencias, entre las que se destacan la articulación del trámite de notificación de los actos administrativos, el fortalecimiento de la reglamentación en materia de auxiliares de la justicia, la adopción de mecanismos para imprimir mayores celeridad y transparencia a los procesos de liquidación, y la revisión y unificación de los criterios para la tasación de sanciones en materia de inversión y deuda externa. Que las medidas adoptadas mediante la citada resolución tuvieron un impacto importante en el quehacer de la Entidad y redundaron en la disminución del número de demandas incoadas por las causas señaladas. Que en 2015 la Superintendencia de Sociedades fue notificada de 75 demandas con pretensiones por la suma de $614.487.805.378,74 y de 1 sentencia de condena por $434.750.00000; 11 las demandas con pretensiones por $6.545.344.769,00, tuvieron origen en la subcausa 'ilegalidad de acto administrativo que impone sanciones derivadas de la facultad de inspección, vigilancia y control'. Que durante el 2016 esta Entidad fue notificada de 69 demandas con pretensiones por la suma de $72.887.338.183,22 y de 3 sentencias de condena por $1.555.406.650,00; 17 de las demandas con pretensiones por $1.167.805.888,00, igualmente tuvieron origen en la subcausa 'ilegalidad de acto administrativo que impone sanciones derivadas de la facultad de inspección,

$1.167.805.888,00, igualmente tuvieron origen en la subcausa 'ilegalidad de acto administrativo que impone sanciones derivadas de la facultad de inspección, vigilancia y control'.. Que en el 2017 se presentaron 101 demandas con pretensiones por la suma de $21.876.664.896,61 y 2 sentencias de condena por valor de $20.623.716: De estas demandas, 19 son de nulidad y restablecimiento del derecho por valor de $1.253.719.522, y 1 de reparación directa por valor de $1.019.630.527, por la subcausa Ilegalidad de acto administrativo que impone sanciones derivadas de la facultad de inspección, vigilancia y control'. El anterior análisis permite formular la siguiente política de prevención del daño antijurídico. En la $ l-d" cfl ir,t,d () IP : :3/9

SUPER1NTDrrJCA

DE SOCtEAD[S

RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: Adoptar la siguiente Política de Prevención del Daño Antijurídico de la Superintendencia de Sociedades: INTRODUCCIÓN El artículo 90 de la Constitución Política consagra el principio general de responsabilidad patrimonia.l del Estado 'por los daños antijurídicos que le sean imputables causados por la acción o la omisión de las autoridades públicas', esto es, por el menoscabo que sufre la víctima en su patrimonio o en sus derechos personalísimos, sin tener el deber jurídico de soportarlo, como consecuencia de una acción u omisión imputable al Estado'.

Aunque no todo daño antijurídico supone una conducta irregular de la

personalísimos, sin tener el deber jurídico de soportarlo, como consecuencia de una acción u omisión imputable al Estado'. Aunque no todo daño antijurídico supone una conducta irregular de la administración, los artículos 16 del Decreto 1716 del 14 de mayo de 2009 'Por el cual se reglamenta el artículo 13 de la Ley 1285 de 2009, el artículo 75 de la Ley 446 de 1998 y del Capítulo Vde la Ley 640 de 2001', y 2.2.4.3.1.5 del Decreto 1069 del 26 de mayo de 2015 'Por medio del cual se expide el Decreto Único' Reglamentario de! Sector Justicia y del Derecho', determinan que corresponde al Comité de Conciliación y Defensa Judicial de cada Entidad formular y ejecutar la política de prevención del daño antijurídico, así como diseñar las políticas generales para la orientación de la defensa de sus intereses. P.ara este efecto, la Agencia Nacional para la Defensa Jurídica del Estado ha expedido la Guía para la Generación, de Política de Prevención del Daño Antijurídico y el Manual para la Elaboración de Políticas de Prevención del Daño Antijurídico, con la finalidad de identificar las falencias administrativas, por acción u omisión, que dan lugar a la formulación de demandas contra la Entidad; formular soluciones a aquellas, mediante la configuración de un plan de acción, el financiamiento de las soluciones y el calendario respectivo, así como definir unos indicadores para el seguimiento y evaluación de las medidas adoptadas. Corte Constitucional. Magistrado Ponente Dr. Jorge Iván Palacio Palacio. Sentencia C-644 del 31 de 'agosto de 2011.

E. la de Sociedades

indicadores para el seguimiento y evaluación de las medidas adoptadas. Corte Constitucional. Magistrado Ponente Dr. Jorge Iván Palacio Palacio. Sentencia C-644 del 31 de 'agosto de 2011.

E. la de Sociedades it¿bajip ,il con intzi, r .H () ( , 1T ,,. t, , . -4/9 ' r.r. NTrJr,L , C A

)E SOMUADES 1.- IDENTIFICACIÓN DEL PROBLEMA A RESOLVER Descripción de¡ análisis realizado por el Comité. De acuerdo con la metodología indicada, el Comité de Conciliación de la Superintendencia de Sociedades identificó las demandas notificadas a la Entidad durante 2016; estableció las causas jurídicas con base en los hechos que dieron lugar a cada una, la frecuencia y las cuantías de las pretensiones; evaluó la razonabilidad de los argumentos formulados en las contestaciones de las mismas, y determinó si el accionar de la Entidad en cumplimiento de su misión institucional fue determinante en la causación de¡ daño. Listado de posibles causas generadoras de la problemática a resolver. En el año 2016 la Entidad fue notificada de 69 demandas, cuyas pretensiones ascienden a la suma de $72.887.338.183,22, y de 3 sentencias de condena, en cuantía de $1 .555.406.650,00, así:

ENTIDAD: SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES 1 NIVEL DE LITIGIOSIDAD: ALTO

PASO 1: IDENTIFICACION DE LA ACTIVIDAD LITIGIOSA

PERIODO ANALIZADO: 2016 1 DESDE: Enero 1 1 HASTA,: Diciembre31

TIPO DE

INSUMO

PASO 1: IDENTIFICACION DE LA ACTIVIDAD LITIGIOSA

PERIODO ANALIZADO: 2016 1 DESDE: Enero 1 1 HASTA,: Diciembre31

TIPO DE

INSUMO

TIPO DE

ACCION

CAUSA GENERAL FRECUENCIA VALOR Demand as Nulidad y Restablecimiento del Derecho Desmejora de las condiciones laborales 5 30.988.947 legalidad de acto administrativo que impone sancionei derivadas de la facultad de inspección, vigilancia y control 17 1.167.805.888 Daños derivados de la actividad legislativa 8 /02.832.198,7 5 Demand as Reparación Directa _______ Error judicial 9 39.790.156.70 8 Captación ilegal de dineros 2 2.240.768.580 )misión en las funciones de inspección, vigilancia y control 5 3.049.581.169 Demand as Acción de Cumplimiento Desmejora de las condiciones laborales 7 000 Omisión en las funciones de inspección, vigilancia y control 2 000 Demand as Acción Popular Violación o amenaza a los derechos de los consumidores y usuarios 9 000 Demand as Ordinario Laboral No reconocimiento de pensión de vejez 2 45.249.481 Demand as Declarativo Especial Prescripción adquisitiva de dominio 1 000 Demand as Verbal Prescripción de la acción ordinaria 1 000 Vía de hecho de la Administración (rendición de Cuentas) 1 5.859.955.21 1,47 Sentenci as Nulidad y

Demand as Verbal Prescripción de la acción ordinaria 1 000 Vía de hecho de la Administración (rendición de Cuentas) 1 5.859.955.21 1,47 Sentenci as Nulidad y Restablecimiento de] Derecho legalidad de acto administrativo que impone sanciones derivadas de la facultad de inspección, vigilancia y control 2 345.406.650 Sentenci as Reparación Directa Error judicial 1 1.210.000.000 En el total de procesos aparece muy relevante el 'error judicial', a razón de 9 demandas de reparación directa, con pretensiones en cuantía de E. di 5,,ciidades con Ing -dçr ún lFás . sin tvi NCFf I1 ,,5/9 SUPERtNTENA E SOCILbADES $39.790.156.708,00, sobre lo cual se estima que las contingencias dentro de los procesos liquidatorios que las determinaron ya fueron conjurados por esta Entidad mediante las medidas adoptadas en la Resolución No. 100-000179 de¡ 19 de marzo de 2015. Además se demandó la 'vía de hecho de la administración', a razón de 1 demanda de rendición de cuentas, con pretensiones en cuantía de $25.859.955.211,47, pero los hechos objeto de la misma derivan de la liquidación forzosa administrativa bajo legislación anterior. También se encuentran actuaciones por 'omisión en las funciones de inspección, vigilancia y control', a razón de5 demandas de reparación directa y 2 acciones de cumplimiento, con pretensiones en cuantía de $3.049.581.169,00, pero no se

vigilancia y control', a razón de5 demandas de reparación directa y 2 acciones de cumplimiento, con pretensiones en cuantía de $3.049.581.169,00, pero no se consideran relevantes para estos efectos en razón a que los perjuicios reclamados derivan de la intervención y toma de posesión adelantada por la Superintendencia Financiera de Colombia, o de la actuación de sociedades respecto de los cuales esta Entidad carece de la facultad de supervisión. De igual manera se advierten procesos por 'captación ilegal de dineros', con 2 demandas y pretensiones en cuantía de $2.240.768.580,00, aunque no hay lugar a su análisis para estos efectos ante la total ausencia de responsabilidad, dado que la Entidad no contaba entonces con la facultad de intervención sobre actividades de captación másiva y habitual no autorizada de recursos de¡ público, posteriormente conferidas mediante el Decreto 4334 de¡ 17 de noviembre de 2008, y a que la conducta de la víctima pudo ser determinante en la causación de¡ daño. Así mismo se tienen expedientes por 'ilegalidad de acto administrativo que impone sanciones derivadas de la facultad de inspección, vigilancia y control', con 17 demandas y pretensiones por $1.167.805.888,00. De otra parte, se indica que la Entidad recibió 3 sentencias de condena, por valor total de $1.555.406.650,00, de las cuales 2 tuvieron como causa la 'ilegalidad de acto administrativo que impone sanciones derivadas de la facultad de inspección, Er. la a

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acto administrativo que impone sanciones derivadas de la facultad de inspección, Er. la a

con lnilg, idd P ar SM6/9 svprR?NTrNcIA DE 5OCIL0AD$ vigilancia y control', por la suma de $345.406.650,00, y 1 derivó de 'error judicial', por la suma de $1.210.000.000,00. Finalmente se evidenciá que por la misma subcausa de 'ilegalidad de acto administrativo que impone sanciones derivadas de la facultad de inspección, vigilancia y control', en el año 2017 se presentaron 19 demandas de nulidad y restablecimiento del derecho, por valor de $1.253.719.522, y 1 demanda de reparación directa, por valor de $1.019.630.527, al tiempo que se recibió 1 sentencia de condena por valor de $20.623.716. En consecuencia, para la formulación de la política de prevención del daño antijurídico para el año 2018 la Entidad tendrá en cuenta las demandas incoadas por la causa 'ilegalidad de acto administrativo que impone sanciones derivadas de la facultad de inspección, vigilancia y control', como se determina a continuación. c.- Identificación de las causas primarias prevenibles. En atención al peso específico de la 'ilegalidad de acto administrativo que impone sanciones derivadas de la facultad de inspección, vigilancia y control', en el alto nivel de litigiosidad de la Superintendencia de Sociedades, se analizaron las subcausas, con el fin de establecer si las mismas tuvieron o no origen en su accionar, y por ende, si eran prevenibles a través de cambios institucionales.

nivel de litigiosidad de la Superintendencia de Sociedades, se analizaron las subcausas, con el fin de establecer si las mismas tuvieron o no origen en su accionar, y por ende, si eran prevenibles a través de cambios institucionales. Para ello se revisaron los hechos y se reconocieron las siguientes subcausas:

ENTIDAD: SUPERINTENDENCIA DE NIVEL DE LITIGIOSIDAD: ALTO SOCIEDADES PASO 2: ANÁLISIS DE LAS CAUSAS PRIMARIAS O SUBCAUSAS DE LAS DEMANDAS

CAUSA HECHOS CAUSAS ,:RECUENCIA VALOR ÁREA ¿PREVEN PRIORIDA

GENERAL PRIMARIAS O GENERADORA BLE? D

PRIORIZADA SUBCAUSAS DE LA CONDUCTA Se impuso multa a la 4 883.621.74 Si Baja Ilegalidad de sociedad . 4,00 acto por Desactualización de Delegatura administrativo infracción la regulación del para que impone al régimen ejercicio de la Inspección, sanciones cambiario competencia de Vigilancia y derivadas de supervisión de las Control Se imPuuo —la la facultad de o la 000leded por no regiutrar sociedades 6 336596.000,00 S MedIa inspección, la °d0CÓ0de comerciales en lo vigilancia y 500trol, atinente a la 9 262.994.794.00 SI Media 1 control Se Impuso multe g 500ledod y/O imposicion . e al represeotante sanciones rralo ltipetintiridenii di. Sócifdadeo urin itigr..dsot por orn pás ,uin'ms. .y70'u, rs7/9

al represeotante sanciones rralo ltipetintiridenii di. Sócifdadeo urin itigr..dsot por orn pás ,uin'ms. .y70'u, rs7/9 SUPEF,INTrNrENCIA lSOC1UA S irregularidades administrativas Efectuado el análisis de estas subcausas, se advierte que todas ellas derivan de la regulación de¡ ejercicio de la competencia de supervisión de las sociedades comerciales en lo atinente a la imposición de sanciones. Así las cosas, es oportuno revisar y actualizar el Manual de Actuaciones Administrativas para precisar o ajustar la secuencia de los trámites y procedimientos que al efecto deben adelantar las Delegaturas para Inspección, Vigilancia y Control y de Asuntos Económicos y Contables. 2.- Medidas para corregir el problema. Para reducir el número de demandas contra la Superintendencia de Sociedades por 'ilegalidad de acto administrativo que impone sanciones derivadas de la facultad de inspección, vigilancia y control', se propuso revisar los procedimientos de¡ Manual de Actuaciones Administrativas, específicamente en lo atinente a la imposición de sanciones, a partir de los resultados de¡ estudio de diagnóstico realizado de con anterioridad, en el que se identificaron las mejoras a realizar. Con ello se pretende ajustar el Manual de Actuaciones Administrativas, en el sentido de mejorar los procedimientos y lograr que los funcionarios encargados de proferir los actos administrativos sancionatorios en el ejercicio de la competencia de inspección, vigilancia y control de las sociedades comerciales, lo hagan con sujeción a las actualizaciones realizadas.

proferir los actos administrativos sancionatorios en el ejercicio de la competencia de inspección, vigilancia y control de las sociedades comerciales, lo hagan con sujeción a las actualizaciones realizadas. Con este propósito se pretende tener, a 31 de diciembre de 2018, no sólo la adopción de las modificaciones al Manual de Actuaciones Administrativas, mediante un acto administrativo debidamente divulgado, sino también la capacitación de los funcionarios comprometidos en su aplicación, y los indicadores que permitan medir su cumplimiento. El plan de acción a ejecutar es el siguiente: 1, vur., Iveltdidei tntr'g t r nt3rt ' tun rs t'r, r8/9

ENTIDAD: SUPERINTENDENCIA DE NIVEL DE LITIGIOSIDAD: ALTO

SOCIEDADES

PASO 3: PLAN DE ACCION Causas Medida Mecanismo Cronogram Responsabl Recursos Divulgación Primarias o ¿Qué hacer? ¿Cómo a e ¿Con qué lo va Subcausas hacerlo? ¿Cuándo ¿Quién lo a hacer? hacerlo? va_a_hacer? Dos (2) mesas Actualizar el internas de Agosto de Manual de trabajo en la 2018 La esactualización Actuaciones Delegatura Delegatura implementación Reuniones, de la regulación Administrativa para la para de la medida se correo el ejercicio de la s en relación Inspección, Inspección, hará con los electrónico y competencia de con los Vigilancia y Vigilancia y recursos publicación en la supervisión de procedimiento Control Control humanos, página web de las sociedades s para el Revisión de¡ Septiembre administrativos y la Entidad omerciales en lo ejercicio de la proyecto con de 2018 financieros de atinente a la competencia la que dispone la

supervisión de procedimiento Control Control humanos, página web de las sociedades s para el Revisión de¡ Septiembre administrativos y la Entidad omerciales en lo ejercicio de la proyecto con de 2018 financieros de atinente a la competencia la que dispone la imposición de de supervisión Delegatura Delegatura sanciones de las de Asuntos responsable sociedades Económicos comerciales, y Contables en especial en Expedición y Octubre de lo atinente a la publicación 2018 imposición de de¡ manual sanciones actualizado Dos (2) Noviembre y capacitacion Diciembre es sobre el de 2018 manual actualizado 3.- Seguimiento y evaluación de¡ mecanismo. Para determinar la efectividad de¡ mecanismo antes anunciado, el Comité de Conciliación analizará los actos administrativos sancionatorios proferidos en aplicación de¡ Manual de Actuaciones Administrativas debidamente actualizado, frente a la totalidad de los actos administrativos proferidos en ejercicio de la competencia de supervisión de las sociedades comerciales.

ENTIDAD: SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES 1 NIVEL DE LITIGIOSIDAD: ALTO

PASO 4: SEGUIMIENTO Y EVALUACION

ISUMO DEL PLAN DE ACCION EVALUACION

Causas Mecanismo Indicador de Gestión Indicador de Indicador de Impacto Primarias o Sub —Sugerido ANDJE Resultado —Sugerido ANDJE causas Dos (2) mesas No. de mesas realizadasinternas de trabajo Desactualización en la Delegatura No. de mesas programadas Manual de de la regulación para la Actuaciones de¡ ejercicio de la Inspección, Administrativas competencia de Vigilancia y actualizado

internas de trabajo Desactualización en la Delegatura No. de mesas programadas Manual de de la regulación para la Actuaciones de¡ ejercicio de la Inspección, Administrativas competencia de Vigilancia y actualizado supervisión de las Control ((No. Demandas por la Revisión de[ sociedades causa Ilegalidad de acto comerciales en lo proyecto con la Proyecto revisado administrativo que atinente a la Delegatura de impone sanciones en imposición de Asuntos ejercicio de la sanciones Económicos y competencia de Contables supervisión de las Acto administrativo contentivo No. de actos sociedades comerciales Expedición y de¡ Manual de Actuaciones administrativos 2019/ No. Demandas publicación de¡ Administrativas expedido y sancionatorios por la misma causa en manual publicado proferidos en el la vigencia 2016) —1) actualizado ejercicio de la 100. () cSUP NTr?tC1A ØE SOCILD competencia de Dos (2) No. de capacitaciones supervisión de las capacitaciones realizad as sociedades sobre el manual comerciales actualizado No. de capacitaciones aplicando programadas debidamente el manual actualizado No. total de actos - administrativos proferidos en el ejercicio de la competencia de supervisión de las sociedades comerciales El impacto de¡ plan adoptado se establecerá en consideración al número de demandas por la causa ilegalidad de acto administrativo que impone sanciones en ejercicio de la competencia de supervisión de las sociedades comerciales en 2019 entre el número de demandas por la misma causa, la cual debe arrojar la reducción de¡ número de demandas.

ARTÍCULO SEGUNDO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación

entre el número de demandas por la misma causa, la cual debe arrojar la reducción de¡ número de demandas.

ARTÍCULO SEGUNDO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

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