SS - Resolución 300-002789 de 2011
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- SS - Resolución 300-002789 de 2011
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- 2011
~eridad ar.a~os Superinlendenclo de Sociedades RESOLUCIÓN
SUPERSOCIEDADES - BOGOTA Radicación: 2011-01-170614
POR FAVOR RESPONDA A ESTE NUMERO NIT: 899999086 Exp: 36241
Soc: SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
Remite: 300-DELEGATURA PARA LA INSPE
· Trm: 1011-ASIGNACION Y DELEGÁCION DE
Folios: 4 Anexos: NO SALIDA Fecha: 2011/05/18 Hora: 08:51:58
Número: 300-002789 RESOLUCION Por la cual se derogan las resoluciones que establecen competencias para suscribir actos administrativos en los grupos de trabajo adscritos a la Delegatura ~raInspección, Vigilancia y Control ·y se asignan nuevas funciones de suscripción . . .-._... .• . ···-·· . . ..
EL SUPERINTENDENTE DE SOCIEDADES en ejer_cicio d_e sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con lc:f dispuesto por el artículo 4, numeral 16 del Decreto 1080 de 1996, corresponde al . Superintendente asignar y distribuir las competencias de las distintas dependencias administrativas de la Superintendencia para el mejor desempeño. en la prestación del servicio; ·. - RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO.- DEROGATORIAS. Derógase el CAPÍTULO SEGUNDO, artículos Décimo a Vigésimo de la Resolución 100-4359 de 2007, los actos administrativos que lo han modificado, adicionado o .sustituido y todas las disposiciones que sean contrarias a la presente decisión, relacionadas con firmas
artículos Décimo a Vigésimo de la Resolución 100-4359 de 2007, los actos administrativos que lo han modificado, adicionado o .sustituido y todas las disposiciones que sean contrarias a la presente decisión, relacionadas con firmas de los coordinadores de la Delegatura para Inspección, Vigilancia y Control. · ARTÍCULO SEGUNDO.- ASIGNACION DE FUNCIONES DE SUSCRIPCION.- A los siguientes funcionarios se les asignarán las funciones de ·suscripción de documentos que a continuación se describen: •:-,,
A. Superintendente de Sociedades.-. Serán competencia privativa del Superintendente de Sociedades la _suscripción de los siguientes actos:
a. Los que se pronuncien sobre el reconocimiento de presupuestos que den lugar a la sanción de ineficacia. b. Los que resuelven los recursos de reposición interpuestos contra las decisiones expedidas por el Superintendente Delegado para Inspección, Vigilancia y Control. c. Los que establecen plazos para que la sociedad reembolse las cuotas, acciones o partes de interés a quien ejerce el derecho de retiro de la sociedad. · d. Los que someten, o exoneran, al control de la Superintendencia de Sociedades a lasempresas que presentan· situación crítica de carácter jurídico, económico, administrativo o contable, en los términos del artículo 85 de la Ley 222 de 1995. e. Los que ordenan la declaratoria de situación de control o grupo empresarial en los términos de los artículos 26 y siguientes de la Ley 222 de 1995. f. Los que autorizan - las disminuciones de capital que proyecten los grupos de trabajo de la Delegatura. g. Las demás que le estén asignadas de manera específica en norma·
222 de 1995. f. Los que autorizan - las disminuciones de capital que proyecten los grupos de trabajo de la Delegatura. g. Las demás que le estén asignadas de manera específica en norma· especial. · · ,j · B. Superintendente Delegado para Inspección, Vigilancia Y Control.- el J Superintendente Delegado para Inspección, Vigilancia y Control tendrá la J facultad de suscribir todo acto administrativo, comunicación, oficio o J BOGOTA o. C.: AVENIDA EL oonAOO No. 51-80, PBX: 3245777 - 2201000, LINEA GRATUITA ~t. r:-:• 1 1 1 ·:1 01800011-1319. Cantro de Fax 2201000 OPCIÓN 2 / 3245000, BARRANOUILLA: CRA 57 lf 79-10 TEL; .ie'".'..~:::.,~. ~ o· 953r454495/454fi06, MEDELLIN: CAA 49 lf 53·19 PISO 3 TEL: 942·5115218/5113663, MANIZALES: CLL 21 ff :1/'&_ ""'f.. , ···~ 22·<2 PISO 4 TEL: 91l8-S,,7393-841_987. CALI: CLL 10 # 4-40 OF 201 EDF. BOLSA DE OCCIDENTE PISO 2 TEL: '! ' •\ -,.-, - '' G880t.Oi1. CARTAGENA: TORRE Rf:1.0,J CA. 7 #1 32·39PISO 2 Tl:L. 056·f>'1Ci051/6'12429, CUCUTA~ AV O \ 1! . ¡i,, 1-.,:N~t_jij ... -
((':rnn1 ,., 11 'JJ,1•1 lrl· ,,,,,·,u:1••fl!fl/'IH', n11r.,t1.•lAMAMf"",/'I• 1•,,r11 ,t t-1,- ••• , ... ••1 -·•··•··••· '' '' -. ,_ --·- •Superintendencio de Sociedode1 2/4 RESOLUCION documento, correspondiente a los trámites inherentes a dicha delegatura, los recursos interpuestos contra los actos administrativos qüe expidan los __ · intendentes regionales· y las disminuciones de capital que proyeéten las mismas intendencias. ··e.·i=~ncié:m~s de süscripció'ii comunes a·ios··éocirdinádores cielos grupos· de Control, Conglomerados, Conflicto Societario, Trámites Societarios, Supervisión Especial, Sociedades en Administración Delegada y Análisis y Seguimiento Financiero: a. Las declaraciones juramentadas en tomas de información y visitas. b. Actas de visita y de asistencia a reuniones del máximo órgano social.. c. Informes de vfsitas. d. Las resoluciones que decretan pruebas. e. Las credenciales para tomas de información y visitas. f. Las res~luciones que reconocen personería. g. Las certificaciones, autenticaciones y solicitud de fotocopias y desgloses. h. Los oficios de segui~iento al cumplimiento de órdenes;
- Los oficios que contengan solicitud de información.
C. Funciones de suscripción del coordinador del grupo de Análisis y
Seguimiento Financiero: ·
a. Los oficios que spÍiciten explicaciones por no presentación de estados financieros.·
- Los oficios que contengan solicitud de información.
C. Funciones de suscripción del coordinador del grupo de Análisis y
Seguimiento Financiero: ·
a. Los oficios que spÍiciten explicaciones por no presentación de estados financieros.· b. Las resoluciones que corren cargos por no presentación de estados financieros y conceden término para rendir explicaciones y presentar pruebas. c. Las resoluciones que imponen sanciones por no presentación de estados financieros e imparten las ordenes respectivas. d. Las resoluciones que imparten órdenes relacionadas con la no presentación de estal:los financieros y las que van encaminadas a corrección de los mismos.
D. Funciones de Suscripción en el Grupo de Inversión-y Deuda Externa: Corresponde al coordinador del grupo la competencia de suscribir los
siguientes actos: a. Los relacionados con las acciones tendientes a vigilar el cumplimiento de las disposiciones cambiarías que regulan laSuperlnlendencla ~e Sociedades 3/4 RESOLUCION - - .. invers1on extranjera e'n Colombia y la inversión colombiana en el exterior de personas naturales y jurídicas, así como las operaciones -·· de endeudamiento externo efectuadas por empresas o sociedades públicas o privadas; . b." ºLos autos - por los cualés se resüelvei" qúe no existe mérito para continuar la investigación; c. Los autos de formulación de cargos; d. Los que ordenan la práctica de una inspección adm(nistrativa para determinar la actualización del registro y el· giro de utilidades al ~e~~ . e. Los que resuelven los· recursos interpuestos contra los autos que
d. Los que ordenan la práctica de una inspección adm(nistrativa para determinar la actualización del registro y el· giro de utilidades al ~e~~ . e. Los que resuelven los· recursos interpuestos contra los autos que rechazan la práctica de pruebas y niegan personería jurídica; f. Los que deciden de ·tondo sobre los procesos administrativos por violación del. régimen cambiario, excepto los que declaren la caducidad de -ia acción del Estado; g. Los relacionados con solicitud de documentación, y h. Los que reporten, de conformidad con el artículo 1o del Decreto 1497 de 2002, a la Unidad de información y· Análisis Financiero sobre las operaciones que puedan estar vinculadas al lavado de activos de las que tengan conocimiento por virtud de sus funciones. • PARÁGRAFO PR.IMERO: Asignar a LOS PONENTES DEL GRUPO DE INVERSIÓN Y DEUDA EXTERNA, encargados de sustanciar los negocios, la facultad de suscribir los s·iguientes actos: a. Los autos de apertura de diligencias pre!iminare~ en los procesos por violación al régimen cambiario; , b. Los autos de sustanciación que ordenen la práctica de pruebas, de acuerdo con los artículos 8 y 34 del Código Contencioso Administrativo; c. Los oficios mediante los cuales se requiera información o documentos necesarios para adelantar las investigaciones propias de sus respectivos procesos, así como los qué concedan prórrogas para el cumplimiento de aquellos, y d. Los de reconocimiento de personería en los procesos por violación al régimen cambiario de su conocimiento.
PARÁGRAFO SEGUNDO: El grupo de inversión y deuda externa contará
para el cumplimiento de aquellos, y d. Los de reconocimiento de personería en los procesos por violación al régimen cambiario de su conocimiento.
PARÁGRAFO SEGUNDO: El grupo de inversión y deuda externa contará con una Secretaría Administrativa a la que se le asigna la facultad de suscribir los siguientes actos:.
a. Los que citen a los interesados a notificarse de cualquier providencia que implique notificación personal; OOOITT• O e, •~"'~ e ~•oo ~ ;,~, eo< a,,sm , m,ooo, e.ea m,M,s r•:'J 018000114319, Centro de Fax 2201000 OPCIÓN 2 / 3245000, BARRANOUILLA: CRA 57 # 79·10 TEL: #'!:,"~·.~~ {, o . 953•454495/454506. MEOELLIN: CílA 49 • 53·19 PISO 3 TEL: 942-5115218/5113GG3, MANIZALES: CLL 21 # •r t,· ',-. . . ; l 22-42 PISO 4 TEL: 968·647393·847987. CALI: CLL 10 • 4-40 OF 201 EDF. BOLSA DE OCCIDENTE PISO 2 TEL: 'l ' f~ . _ Jr"lNet _, 1 6880'104, CARTAGENA: TOARE RELOJ CR. 7 lf 32·30 PISO 2 TEL: 956-646051/642429, CUCUTA: AV O -\ ] B.'...::l.....-.JJ1 rc~.RO) A JJ 21-111 TEL: 97!~-71íi1!l0'717!lR~. BUC.4RAMANGA: C::/\II.F 111 N..-.. 17-R? TFI !"17'>-~?~r;,111,l,t _-,. - -, .. • . . '' · · •.Superinlendencia
de Saciedade$ :, ·-- - ' b. Los autos relacionados con acumulación de procesos; . . . . ' : 4/4
RESOLUCION
c. Los que orden~.n corregir la.notificación de una pr9viden9ia; ••.• •• :· • • ·:,:: •• ·;, ' ' • • 7. • .... ~ .... ;.._;, ., i:.-.. ::-- ... e. Los de desglose de documentos en los procesos de su área, y f. Los relacionados con ,la expedición y autenticación de copias de los documentos y expedientes de los procesos de competencia del Grupo de Inversión y Deuda Externa, que reposan en dicha dependencia. · ARTÍCULO TERCERO.- Funciones de suscripc1on de los intendendentes regionale.s en materia de inspección, vigilancia y control.- Corresponde a los intendentes regionales la suscripción de los actos administrativos que en materia de inspección, vigilancia y control deban ser expedidos en el ámbito de su competencia, con excepción. de, los actos administrativos de competencia del Superintendente de Sociedades y del Superintendente Delegado para Inspección, Vigilancia y Contro. ARTÍCULO CUARTO.- La' presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.