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SS - Resolución 500-004595 de 2019

Superintendencia de Sociedades

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Detalles

Título
SS - Resolución 500-004595 de 2019
Autor
Superintendencia de Sociedades
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Sociedades
Año
2019

RESOLUCIÓN

Por la cual se establece el reglamento de la Biblioteca Pública Edwin W. Kemmerer de la Superintendencia de Sociedades

LA SECRETARIA GENERAL DE LA SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES

En uso de sus fa cultades legales, en especial, las conferidas por el Decreto 1023 de 2012, articulo 19 numeral 13 y 18 y el parágrafo segundo artículo 31.3 de la resolución 100-003114 del 05 de marzo de 2019 y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley 1379 d e 2010, “ Por la cual se organiza la Red Nacional de Bibliotecas Públicas y se dictan otras disposiciones ”, en el artículo 2, numeral 12, define la Biblioteca Pública así: “Es aquella que presta servicios al público en general, por lo que está a disposición de todos los miembros de la comunidad por igual, sin distinción de raza, nacionalidad, edad, sexo, religión, idioma, discapacidad, condición económica y laboral o nivel de instrucción”.

Que el Decreto 1023 de 2012, por el cual se modifica la estructura de la Superintendencia de Sociedades, establece en su artículo 19 numerales 13 y 18, que son funciones de la Secretaría General fijar las directrices para garantizar la oportuna y efectiva atención al ciudadano, así como dirigir el desarrollo del proceso de gestión documental y la memoria institucional de la Superintendencia.

De igual forma , establece en su artículo 20 numerales 4 y 7, que corresponde a la Subdirección Administrativa, supervisar la implementación de los procesos para la gestión documental y la memoria institucional de la Superintendencia, así como verificar

De igual forma , establece en su artículo 20 numerales 4 y 7, que corresponde a la Subdirección Administrativa, supervisar la implementación de los procesos para la gestión documental y la memoria institucional de la Superintendencia, así como verificar la implementación y ejecución de procedimientos para garantizar la oportuna y efectiva atención al ciudadano.

Que mediante Resolución 100-003113 del 05 de marzo de 2019, se definieron l os grupos internos de trabajo en la Superintendencia de Sociedades , adscritos a la Secretaría General y a las dependencias de ese despacho , dejando al Grupo de Atención al Ciudadano, adscrito a la Subdirección Administrativa con la función de “ garantizar el adecuado manejo de la biblioteca y la prestación de su servicio”.

Que la Superintendencia de Sociedades, en la sede de Bogotá, cuenta con la Biblioteca Pública Edwin W. Kemmerer, la cual dispone de documentos históricos, culturales y es la memoria bibl iográfica de la entidad e igualmente posee material especializado en temas de derecho societario, gobierno corporativo, economía, administración de empresa, finanzas, contabilidad, derecho comparado, derecho procesal y derecho administrativo así como toda la jurisprudencia y doctrina que la Superintendencia produce2/6

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de acuerdo con sus funciones, información que puede ser abiertamente consultada por los interesados.

Que en mérito de lo expuesto, la Secretaria General de la Superintendencia de Sociedades,

RESUELVE

Artículo 1. Finalidad. Adoptar el reglamento de la Biblioteca Pública Edwin W.

los interesados.

Que en mérito de lo expuesto, la Secretaria General de la Superintendencia de Sociedades,

RESUELVE

Artículo 1. Finalidad. Adoptar el reglamento de la Biblioteca Pública Edwin W. Kemmerer de la Superintendencia de Sociedades , en el que se consignan las disposiciones de administración para el manejo de las colecciones y los servicios que se ofrece.

La Biblioteca Pública Edwin W. Kemmerer de la Superintendencia de Sociedades, brinda, promueve, facilita y suministra servicios de alta calidad , a través de la conformación de una colección que contribuye en el desarrollo de la ciudadanía en general, así como en el fortalecimiento de la investigación y la construcción de conocimiento en los servidores públicos.

Artículo 2. Deberes. Son deberes de los funcionarios encargados de la Biblioteca:

a. Administrar los procesos y procedimientos llevados a cabo por la Biblioteca de la Superintendencia de Sociedades.

b. Velar por el cumplimiento del reglamento, procedimientos e instructivos para la utilización eficiente y eficaz de los recursos a su cargo, co n el fin de garantizar el funcionamiento adecuado de la biblioteca.

c. Gestionar los adecuados procesos y procedimientos de localización, adquisición, compilación y conservación de la memoria bibliográfica institucional.

d. Diseñar y proponer planes de acción y programas de desarrollo que fortalezcan el funcionamiento de la Biblioteca y velar por su eficiente cumplimiento.

e. Desarrollar parámetros normalizados para el tratamiento, análisis y divulgación de información conforme a las técnicas y normas legales vig entes de Bibliotecología a nivel nacional e internacional.

e. Desarrollar parámetros normalizados para el tratamiento, análisis y divulgación de información conforme a las técnicas y normas legales vig entes de Bibliotecología a nivel nacional e internacional.

f. Controlar y asegurar la conservación del material bibliográfico de la Superintendencia de Sociedades en sus diferentes soportes y tipos de material.

g. Analizar y registrar en sistemas automatizados la información bibliográfica que posee la Biblioteca de la Superintendencia de Sociedades.

h. Divulgar y promover el desarrollo de las colecciones bibliográficas que administra la Biblioteca, con el fin de dar a conocer de manera pública la información que se posee.3/6

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  1. Atender y buscar mediante los servicios que presta la Biblioteca, la satisfacción de los requerimientos de información de los usuarios internos y externos.

Artículo 3. Colecciones. Las colecciones son el conjunto de libros, documentos, diccionarios, enciclopedias y publicaciones seriadas que componen el acervo bibliográfico de la Biblioteca con el fin de suplir las necesidades de información y poner a disposición de los usuarios. En la Biblioteca Edwin W. Kemmerer se encuentran las siguientes colecciones:

a. Colección Patrimonial: Material bibliográfico de alto valor histórico e institucional tales como: publicaciones editadas por la Superintendencia de Sociedades, colecciones antiguas con que cuenta la Biblioteca conservadas desde su inicio como: Diario Oficial desde 1920 a 2012, Gaceta Judicial desde 1887 a 1994, Anales del Consejo de Estado desde 1915 a 1992 y el Índice del proyecto del Código de

como: Diario Oficial desde 1920 a 2012, Gaceta Judicial desde 1887 a 1994, Anales del Consejo de Estado desde 1915 a 1992 y el Índice del proyecto del Código de Comercio presentado al Congreso Nacional el 28 de julio de 1958, entre otras.

b. Colección General : Material bibliográfico especializado en Derecho Societario, Insolvencia, Economía, Finanzas, Contabilidad, Derecho Procesal y Derecho Administrativo, Jurisprudencia y Doctrina emitida por la Entidad.

c. Colección de Referencia : Obras que proporcionan la información deseada o que remiten a otras obras para conocer o ampliar un tema determinado. Está compuesta por diccionarios, enciclopedias, que únicamente pueden ser consultados en sala.

d. Colección d e Reserva : Material o documentos inéditos, ejemplares únicos o ediciones agotadas que por su valor y demanda de la información que contienen , sólo pueden ser consultados en sala.

e. Colección Hemeroteca: Integrada por publicaciones seriadas las cuales incluy en: revistas, anuarios, boletines, periódicos, entre otros. Sólo serán consultadas en sala.

Artículo 4. Usuarios. Se define como usuario, aquella persona que requiere información para el desarrollo de sus actividades ya sean académicas, de investigación, laboral o personal. La Biblioteca Pública Edwin W. Kemmerer , clasifica a sus usuarios de la siguiente forma:

a. Usuarios Internos: Todo aquel que labore o preste servicios en la Superintendencia de Sociedades como: servidores públicos, contratistas directos, judicantes y practicantes.

b. Usuarios Externos: Aquellas personas, instituciones o entidades externas a la Superintendencia de Sociedades.

Superintendencia de Sociedades como: servidores públicos, contratistas directos, judicantes y practicantes.

b. Usuarios Externos: Aquellas personas, instituciones o entidades externas a la Superintendencia de Sociedades.

Artículo 5. Servicios. Es la disposición de los recursos , con el propósito de llevar la información a los u suarios de forma clara, completa y oportuna con el fin de satisfacer4/6

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sus necesidades de información. La Biblioteca Pública Edwin W. Kemmerer , pone a disposición de sus usuarios los siguientes servicios:

a. Consulta en Sala : Todas las colecciones podrán ser c onsultadas en la sala de la Biblioteca, adicionalmente serán de consulta en sala la colección de referencia, de reserva, las publicaciones periódicas o seriadas y todo el material que se vaya identificando como tal dentro del catálogo.

b. Préstamos: Serán de préstamo los libros y textos de la colección general y los que así se disponga en el catálogo de la Biblioteca, para lo cual, los usuarios deberán firmar un control de préstamos para permitir el retiro del material bibliográfico solicitado. El préstamo externo del material de colección general se rá de hasta por 5 días hábiles.

c. Renovación del Material: Los usuarios internos y externos podrán ampliar el tiempo del préstamo del material bibliográfico máximo dos veces y cada renovación se realizará por el mismo lapso del préstamo inicial.

d. Catálogo en Línea: Sistema de información bibliográfico que permite la consulta de los recursos de información con los cuales cuenta la Biblioteca.

se realizará por el mismo lapso del préstamo inicial.

d. Catálogo en Línea: Sistema de información bibliográfico que permite la consulta de los recursos de información con los cuales cuenta la Biblioteca.

e. Reserva de material: Para la reserva del material bibliográfico , los usuarios internos deberá n tener en cuenta que el material se separará por 24 horas no hábiles, en caso de no ser reclamado por el usuario que realizó la reserva , se prestará a quien tenga la siguiente reserva o quedará disponible para préstamo.

Artículo 6. Derechos y deberes de los usuarios.

a. Derechos: Los usuarios de la Biblioteca Pública Edwin W. Kemmerer, tendrán derecho a:

1. Recibir un trato amable y cordial por parte del personal de la Biblioteca.

2. Recibir asesoramiento y colaboración en la localización y acceso a fuentes bibliográficas y documentales.

3. Recibir atención oportuna y satisfactoria en la prestación de los servicios de la

Biblioteca.

4. Disponer de espacios que reúnan las condiciones idóneas para el trabajo intelectual, la lectura y la investigación.

5. Derecho a expresar respetuosamente sus sugerencias y reclamos a la Superintendencia de Sociedades sobre los servicios de la Biblioteca.

6. Acceder a la información mediante los documentos institucionales y las colecciones.5/6

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b. Deberes: son deberes de los usuarios de la Biblioteca Pública Edwin W.

Kemmerer:

1. Respetar la integridad y el buen estado de las instalaciones, colecciones y recursos con que cuenta la Biblioteca.

b. Deberes: son deberes de los usuarios de la Biblioteca Pública Edwin W.

Kemmerer:

1. Respetar la integridad y el buen estado de las instalaciones, colecciones y recursos con que cuenta la Biblioteca.

2. En el momento del préstamo revisar el estado del material que se presta, si encuentra novedades debe informar con el fin de realizar las anotaciones del caso. Todo aquello q ue no sea informado en el momento del préstamo será responsabilidad del usuario.

3. Devolver el material bibliográfico en la fecha indicada, sin daños, tachones, subrayados, resaltados o mutilaciones.

El usuario que no realice la entrega del material que a dquirió en préstamo deberá justificar ante la Biblioteca las razones de manera escrita. Si el motivo es la pérdida o el robo, el usuario deberá entregar una copia de la denuncia interpuesta ante las autoridades competentes y seguir las previsiones del artículo 9 – Control y Sanciones.

4. Abstenerse de realizar actividades diferentes a la lectura, investigación o consulta del material.

5. No fumar, ni consumir alimentos en las instalaciones de la Biblioteca.

6. Retirarse de la sala de consulta cuando deba atender una llamada telefónica.

7. Acatar las normas de seguridad establecidas por el personal encargado del área, a fin de mantener el orden y protección tanto de los funcionarios como de los mismos usuarios. Para realizar toma de fotografías y videos debe rá contar con autorización previa.

8. Cumplir con los protocolos para consulta y uso de la Biblioteca.

Artículo 7. Control y sanciones. Con el fin de mantener un adecuado control por parte

contar con autorización previa.

8. Cumplir con los protocolos para consulta y uso de la Biblioteca.

Artículo 7. Control y sanciones. Con el fin de mantener un adecuado control por parte de la Biblioteca, se deben tener en cuenta los siguientes aspectos:

a. Se debe registrar el préstamo en el sistema automatizado , con lo cual el usuario se hace responsable del bien y en caso de pérdida deberá proceder con la reposición.

b. Todo usuario que pierda, mutile o deteriore el material prestado , deberá reponer a la Biblioteca el mismo ejemplar en original, en buen estado, de una edición igual o más reciente, en un plazo no mayor a 15 días hábiles , después de vencido el tiempo de préstamo. Si un usuario reincide en esta falta le será suspendido el servicio por 6 meses y una tercera reincidencia acarreará la suspensión definitiva de los servicios.6/6

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De no encontrarse en el mercado el título a reponer , deberá solicitar por escrito la asignación de un nuevo título sugerido por la Coordinación del Grupo de Atención al Ciudadano y adquirirlo en el plazo establecido.

c. En los eventos en que incurra en demoras en la entrega del material en préstamo, le será suspendido al usuario este servicio hasta por 30 días.

Artículo 8. Publicaciones de la Superintendencia de Sociedades. De las obras que publique, edite o coedite la Superintendencia, emitidas de forma electrónico se deberá enviar a la Biblioteca en formato pdf, cuando la publicación se realice en formato físico,

Artículo 8. Publicaciones de la Superintendencia de Sociedades. De las obras que publique, edite o coedite la Superintendencia, emitidas de forma electrónico se deberá enviar a la Biblioteca en formato pdf, cuando la publicación se realice en formato físico, se deberán enviar a la Biblioteca 6 ejemplares distribuidos de la siguiente manera:

a. Depósito Legal: 4 ejemplares en los términos que dispone el Decreto 460 de 1995, los cuales serán enviados por la Biblioteca para cumplir con el depósito legal.

b. Producción Institucional: 2 ejemplares con el fin de conservar, difundir y permitir el acceso a las publicaciones producidas por la entidad.

Artículo 9. Horario de atención y canales de comunicación directos. La Biblioteca se encuentra a disposición de sus usuarios, en horario de lunes a viernes de 8 a.m. a 5 p.m., en jornada continua y brinda canales de comunicación directos , en el correo electrónico Biblioteca@supersociedades.gov.co

Artículo 10. Vigencia y d erogatoria: la presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,

DANERY BUITRAGO GÓMEZ

Secretaria General

TRD: M4390

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