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SS - Resolución 500-6091 de 2008

Superintendencia de Sociedades

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Detalles

Título
SS - Resolución 500-6091 de 2008
Autor
Superintendencia de Sociedades
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Sociedades
Año
2008

Publicada en el Diario Oficial No. 47.219 del 31 de Diciembre de 2008 RESOLUCIÓN 500-06091 (26 de diciembre de 2008) Por la cual se modifica la Resolución 500-004736 del 30 de octubre de 2008 y se reasignan unas funciones. EL SUPERINTENDENTE DE SOCIEDADES En ejercicio de sus atribuciones legales, y CONSIDERANDO PRIMERO. Que de conformidad con el artículo 4º del Decreto 1080 de 1996, corresponde al Superintendente de Sociedades dirigir, orientar y coordinar la inspección, vigilancia y control que realiza la Superintendencia, así como los procesos concursales que ante la misma se deban tramitar; SEGUNDO. Que, mediante Resolución N° 500-004736 del 30 de Octubre de 2008 se suprimió el Grupo Financiero y se crearon el Grupo de Presupuesto, el Grupo de Contabilidad y el Grupo deTesorería. Que con mérito en lo anteriormente expuesto, este Despacho, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Modifíquense los numerales 5, 7 y 10 del ARTÍCULO TERCERO de la Resolución 500-004736 del 30 de Octubre de 2008, los cuales quedarán de la siguiente manera:

5. Preparar el acto administrativo de distribución del presupuesto de la Superintendencia de

Sociedades.

7. Gestionar ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público las modificaciones presupuestales que se requieran.

10. Coordinar las actividades de cierre presupuestal de cada vigencia y constituir las reservas presupuestales, que se requieran.

que se requieran.

10. Coordinar las actividades de cierre presupuestal de cada vigencia y constituir las reservas presupuestales, que se requieran.

ARTÍCULO SEGUNDO: Adicionar al ARTÍCULO SEPTIMO de la Resolución 500-004736 del 30 de

octubre de 2008, las siguientes funciones:

15. Elaborar los actos administrativos del Plan Anual Mensualizado de Caja PAC de la Superintendencia de Sociedades y gestionar las modificaciones que se requieran ante el Ministerio

de Hacienda y Crédito Público.

16. Coordinar las actividades de constitución de cuentas por pagar al cierre de cada vigencia.

ARTICULO TERCERO.- La presente Resolución rige a partir de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C.EL SUPERINTENDENTE DE SOCIEDADES

HERNANDO RUÍZ LÓPEZ

NIT 899.999.086-2

COD.TRAM. 1011

COD.DEP. 500

FOLIOS 2

COD.FUNC. A0636

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