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SS - Resolución 510-00477110-03-2010

Superintendencia de Sociedades

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Detalles

Título
SS - Resolución 510-00477110-03-2010
Autor
Superintendencia de Sociedades
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Sociedades
Año
2010

RESOLUCIÓN 510-004771 (10 de marzo de 2010)

Por la cual se convoca a la programación de créditos para vivienda

EL PRESIDENTE DEL COMITÉ DE CRÉDITO PARA VIVIENDA DE LA

SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES

En uso de las atribuciones conferidas en el Estatuto de Vivienda de la Superintendencia de Sociedades, contemplado en la Resolución 512-4530 del 25 de febrero de 2010 y

CONSIDERANDO

PRIMERO: Que de conformidad con el Artículo Decimoprimero del Estatuto de Crédito para Vivienda, corresponde al Presidente del Comité la función de convocar la programación de créditos para vivienda.

SEGUNDO: Que mediante certificado de disponibilidad presupuestal No.562 del 09 de marzo de 2010, expedido por el Coordinador (e) del Grupo d e Presupuesto, existe apropiación por la suma de DOS MIL MILLONES DE PESOS M/CTE ($2.000.000.000.00), para adelantar la convocatoria de crédito para vivienda para la vigencia fiscal de 2010.

Con mérito en lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO: DE LA C ONVOCATORIA. Ordenar la apertura del programa de créditos para vivienda para la vigencia fiscal de 2010, por la suma de DOS MIL MILLONES DE PESOS M/CTE ($2.000.000.000.00), el cual se adelantará según los parámetros a que se refiere esta resolución y las disposiciones previstas en el Estatuto de Crédito de Vivienda.

ARTICULO SEGUNDO: DEL PROCEDIMIENTO Y CRONOGRAMA. El

adelantará según los parámetros a que se refiere esta resolución y las disposiciones previstas en el Estatuto de Crédito de Vivienda.

ARTICULO SEGUNDO: DEL PROCEDIMIENTO Y CRONOGRAMA. El procedimiento para otorgar el crédito será el señalado en el Estatuto de Crédito para Vivienda y estará sujeto al siguiente cronograma:2/2

Por la cual se convoca a la programación de créditos para vivienda

ACTIVIDAD FECHA Apertura convocatoria 10 de marzo de 2010 Cierre convocatoria 19 de marzo de 2010 Estudio y valoración 23 de marzo - 14 de abril de 2010 Publicación de los resultados del estudio y valoración de las solicitudes y presentación de reclamaciones 15 - 21 de abril de 2010

Respuestas a las reclamaciones 22 - 26 de abril de 2010 Adjudicación de los créditos 3 de mayo de 2010 Entrega oficio de aprobación 6 de mayo de 2010

ARTICULO TERCERO: DEL FORMULARIO DE SOLICITUD DE CRÉDITO. Se aplicará lo dispuesto en los Artículos Decimosegundo y Decimocuarto del Estatuto de Vivienda, atendiendo los términos del presente cronograma. Junto con el formulario, los solicitantes deberán radicar la totalidad de los documentos requeridos en dicho estatuto.

ARTICULO CUARTO: VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de expedición.

Comuníquese y cúmplase,

ARNULFO ROJAS PASCUAS

Presidente Comité de Crédito para Vivienda

NIT 899.999.086-2

fecha de expedición.

Comuníquese y cúmplase,

ARNULFO ROJAS PASCUAS

Presidente Comité de Crédito para Vivienda

NIT 899.999.086-2 Trámite 68001 Dep. 510

Folios: 2

Fun. T4425

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