SS - Resolución 510-010756 de 4 de septiembre de 2023
Superintendencia de Sociedades
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Detalles
- Título
- SS - Resolución 510-010756 de 4 de septiembre de 2023
- Autor
- Superintendencia de Sociedades
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Sociedades
- Año
- 2023
(4 COLOMBIA POTENCIA DE LA SUPERINTENDENCIA
VIDA - DE SOCIEDADES
Ø
SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES
BOGOTA
I 11111111111111 Al contestar cite: 2023-01-703922
Tipo: Interne Fectia:4109fl023 10:59:45
TrámIte: 1011ASIGNACION Y DELEGACIÓN DE FUNCIONES
Sociedad: 999999096SUPERINTENDENCIA DE 5... Exp. O
RemItente: 510. GRUPO ADMINISTRACION DEL TALENTO HUMANO
DestIno: 5101 -ARCHIVO RECURSOS HUMANOS
FolIos: 4 Mexos: NO
Tioo Documental: RESOLUCION ConsecutivO: 510-010756
RESOLUCIÓN Por medio de la cual se modifica el artículo 20 de la Resolución 100-00004 1 del 8 de enero de 2021 EL SUPERINTENDENTE DE SOCIEDADES En uso de sus atribuciones legales, reglamentarias y, en especial, las conferidas por el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, y por el artículo 8 del Decreto 1736 de 2020 modificado por el Decreto 1380 de 2021, CONSIDERANDO Que de conformidad con el artículo 209 de la Constitución Política, ¡a función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento Si los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funcic5nes. Que el artículo 211 de la Constitución Política señala que la ley fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar SLIS funciones en sus subalternos o en
la descentralización, la delegación y la desconcentración de funcic5nes. Que el artículo 211 de la Constitución Política señala que la ley fijará las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar SLIS funciones en sus subalternos o en otras autoridades administrativas. Que el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, acorde con el artículo 211 de la Constitución Política, prevé que las autoridades administrativas podrán transferir mediante acto de delegación el ejercicio de sus funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones finS y complementarIas, así cómo la atención y decisión de los asuntos a ellos conferidos por la léy y los aótos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente. - Que de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 489 de 1998, la delegación requiere de un acto formal, en el cual se exprese la decisión del deIegant, ei objeto de la delegación, el delegatario y las condiciones de tiempo, modo y lugar para el ejercicio de la delegación. Que él artículo 12 de la Ley 489 de 1998, por la cual edictan nórmas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional establece lo siguiente: - En la SoperintcndQnda de sci6dadns t'abojamoo cara promover cmirt-st innovaor3s. prodocti as y sostenlbtes www.syperccied,des.go"co - - - - - Línea única de atención aL ciudadano: 01-8000 -.1143 10 TaL Bogot!: (601 22010009 71111
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TaL Bogot!: (601 22010009 71111 S -' téwF.1 COLOMBIA POTENCIA DE LA VIDA oSUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES "ARTICULO 12. REGIMEN DE LOS ACTOS DEL DELEGA TAPIO. Los actos expedidos por las autoridades delegatarias estarán sometidos á los mismos requisitos establecidod para su expedición por la autoridad o entidad delegante y serán susceptibles de los recursos procedentes contra los actos de ellás. La delegación exime de responsabilidad al delegante, la cual corresponderá exclusivamente al dele gatario, sin perjuicio de que en virtud de lo dispuesto en el artículo 211 de la Constitución Política, la autoridad delegante pueda en cualquier tiempo reasumir la competencia y revisar los actos expedidos por el delegatario, con sujeción a las disposiciones del Código Contencioso Administrativo". Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 115.de la Ley 489 de 1998, con el finde atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas del organismo o Entidad, su representante legal podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo. Que la Ley 489 de 1998, en su artículo 9, inciso 1 establece que "Las autoridades administrativas en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias". Que de conformidad con artículo Bel Decreto 1736 de 2020 modificado por el artículo 5 del Decreto 1380 de 2021, son funciones del Superintendente de Sociedades, entre otras:
colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias". Que de conformidad con artículo Bel Decreto 1736 de 2020 modificado por el artículo 5 del Decreto 1380 de 2021, son funciones del Superintendente de Sociedades, entre otras:
40. Expedir los actos administrativos que le corresponden como Jefe del Organismo;
48. Asignar o distribuir; dentro de la estructura definida en este decreto, las competencias que le correspondan a la Superintendencia de Sociedades cuando esto sea necesario para el mejor desempeño en la prestación del servicio o para la adecuada ejecución de funciones de competencia residual;" Que, los parágrafos del 1 al 3 del artículo 8 del Decreto 1736 de 2020 modificado por el artículo 5 del Decreto .1 380 de 2021, establecen lo siguiente: "Parágrafo 1.-,«Todas/as funciones administrativas.no asignadas de manera explícita por la ley o, los reglarñentos a una dependencia o funcionario específico de la Superintendencia de Sociedades, corresponden al Superintendente.
Parágrafo 2.- Las funciones asignadas a las diferentes dependencias de la Superintendencia, podrán ser ejercidas en cualquier tiempo por el Superintendente dé Sociedadés. En la Superintendencia de Sociedades trabajamos para promover empresas innovadoras, productivas y sestenibtes. www.supersociedades.gov.co ' . .. éfr webmaster@supersociedades.gov.co . . ¡ '' L(nea única de atención al ciudadano: 01-8000 - 1143 10
Tel Bogotá: (601) 2201000 . a
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VIDA o SUPERINTEÑOENCIA
DE SOCIEDADES
L(nea única de atención al ciudadano: 01-8000 - 1143 10
Tel Bogotá: (601) 2201000 . a
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VIDA o SUPERINTEÑOENCIA DE SOCIEDADES Parágrafo 3.- El ejercicio de lás funciones asignadas a las diferentes dependencias de la Superintendencia podrá ser reglamentado por el Superintendente de Sociedades". Que en la Resolución No. 100-000040 de¡ 2021 y sus modificaciones, se han definido las funciones y competencias que corresponden a cada uno de los grupos internos de trabajo de las diferentes dependencias de la Superintendencia de Sociedades. Que, para el cabal búmplimiento de las funciones asignadas por la ley a la Superintendencia de Sociedades, y en virtud de la creación de las Secretarias Administrativas adscrita al Grupo de Requerimientos Empresariales de la Dirección de información Empresarial y Estudios Económicos y Contables, resulta necesario expedir el acto administrativo para de!egar las facultades precisas para el adecuado funcionamiento de estas mismas. Que ií el marcode los principios descritos en el pdrner párrafo de¡ presente acto administrativo, es hecesario garantizar el desarrollo adecuado de las funciones asignadas a la SÜerintendenáia de Sociedades y a sus Grupos Internos de Trabajo, con lo cual se modificará el contenido de¡ artículo 20 de la Resolución 100-000041 de¡ 8 de enero de 2021 1: En rt-iéhto dé lo expuesto el Superintendente de Sociedades, RESUELVE ARTICULO PRIMERO. Modificár el artículo 20 de la Resolución No. 100-000041 de 8 de enero de 2021, cuyo contenido será el siguiente:
En rt-iéhto dé lo expuesto el Superintendente de Sociedades, RESUELVE ARTICULO PRIMERO. Modificár el artículo 20 de la Resolución No. 100-000041 de 8 de enero de 2021, cuyo contenido será el siguiente: "ARTiCULO 20 Grupo deRequeri/nientos Ernpresadales. AsignaraÍ Cóordinadórdel Grupo deRequeririientos Empresariales,la faáultad de suscribir los siguiéntes actos: 20:1Las sanciones a las ehtidadés que sin justificación omitn el óumplimiehto de/ envio de la información financiera. 20.2 Las sanciones alas entidades que sin justificación omitan Pl cumplimiento del envío de la información requerida por la Delegatura de Asuntos Éconómicos y Societariós. • 20.3 Las sanciones a los contadores y a los revisores fiscales que incumplan las órdenes de la Superintendencia o quebranten las leyes o los estatutos. 20.4 La citación y el .acta correspondiente a las diligencias de interrogatorio bajo jurmentd a cuakjuierpéraona sujeta o no a Su supervisión, con el objeto de confirmar o aclarar las informaciones recibidas. 20.5 Los requerimientos a las sociedades que incumplan con el envio oporti.ino y completo de los estados financieros de fin de ejercicio, o cualquier otra - información contable, financiera, ecoñómica o jurídica a que óstón obligadbs o sean requeridos a remitir. 'Por medio de la cual se haceasignan unas competéncias y facultades para ¿uscribir ciertos actos en la Superintendencia de Sociedades. En la Superintender.da de Socleidados trabajamos oara promover
o sean requeridos a remitir. 'Por medio de la cual se haceasignan unas competéncias y facultades para ¿uscribir ciertos actos en la Superintendencia de Sociedades. En la Superintender.da de Socleidados trabajamos oara promover el r Línea inica de atención atriudadano: C1-8000 -114310
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CoLombiaOW COLOMBiA
L POTENCIA DE LA
VIDA OSUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES 20.6 Los oficios, comunicaciones, resoluciones, relacionados con actuaciones administrativas, investigaciones que deban ser adelantadas para el ejercicio de facultades sancionatorias por el incumplimiento de órdenes, obligaciones, deberes, infracciones e irregularidades y cualquier anormalidad que presenten las personas naturales o personas jurídicas, en relación con las competencias y materias asignadas a la Dele gatura de Asuntos Económicos y Societarios. PARÁGRAFO PRIMERO. Las facultades de suscribir multas relacionados con el incumplimiento en el envío de información financiera quedarán en cabeza de las intendencias regionales, en el caso de las sociedades qué se encuentren en su circunscripción. Los recursos de apelación y las solicitudes de revocatoria directa que se interpongan contra tales decisiones serán decididos por el Superintendente Delegado de Asuntos Económicos y Societarios. PARÁGRAFO SEGUNDO. Asignar a los senjidores públicos que cumplan con la designación de Secretarios Administrativos, la facultad de suscribir los siguientes actos: Los relacionados con el trámite de notificación de los actos administrativos proferidos en los procedimientos administrativos sancionatorios PAS.
designación de Secretarios Administrativos, la facultad de suscribir los siguientes actos: Los relacionados con el trámite de notificación de los actos administrativos proferidos en los procedimientos administrativos sancionatorios PAS. Los que decidan sobre el desglose y traslado de documentos. Los relacionados con la expedición de copias de los documentos en los procedimientos de competencia de la Dependencia. La constancia de ejecutoria y de notificación de los actos administrativos proferidos en los procedimientos administrativos sancionatorios PA S". Los que resuelven solicitudes de certificaciones y copias de los actos administrativos en los procedimientos de competencia del grupo. ARTÍCULO SEGUNDO. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y modifica en lo pertinente la Resolución No. 100-000041 del 8 de enero de 2021.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Billy Escbir Pé1e9 Supejintei eite de Sociedades Aprobó: Nicolas Martinez Devia - Secretario General Aprobó: Jorge Eduardo Cabrera Jaramillo - Superintendente Delegado de Asuntos Económicos y Societarios Aprobó: Rodrigo Lupercio Riaño PinedaDirector de Talento Humano Revisó: Héctor Manuel Játiva Garcia Coordinador Grupo Administración del Talento Humano Nit. 899.999.086 Radicación. Sin Cod. Trám 1011 Cod. Dep. 510
Destino: 5101 - Folios 4
Cod, Fun. 52503 TRO. Historia laboral Meso O En La Superintondencia de Sociedades trabajamos para promover smpresas innovadoras, productivos y sostenibles. . .. ( www.supersociedades.gov.co '
Cod, Fun. 52503 TRO. Historia laboral Meso O En La Superintondencia de Sociedades trabajamos para promover smpresas innovadoras, productivos y sostenibles. . .. ( www.supersociedades.gov.co ' webmaster@superaociedades.gnv.co . Linee unica de atenc,on al ciudadano 01 8000 1143 10
TelBogotá: (601) 2201000 u-n'vri n-nu:sc:
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