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SS - Resolución 511-012231 del 10 de agosto de 2022

Superintendencia de Sociedades

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Detalles

Título
SS - Resolución 511-012231 del 10 de agosto de 2022
Autor
Superintendencia de Sociedades
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Sociedades
Año
2022

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. o . ntestar cte: SUPERINTENDENCIA 2022.0160204 O DE SOCIEDADES Feda 101082022 1 2 :15:58

Tipo: Trmit Exp.382410 neern DMINISTRATIVO INTERNO Soead: 899989088 SJPERN TALENTO HUMANO Rmitente: 511 - GRUPO DE D

Destino: 511GRUPO DE DESARROLLO DEL TALENTO HUrvtANO Folios: 2 Anexos: NO consecutivo: 511-012231

Tipo Documental: RESOLUCION RESOLUCIÓNPor medio de la cual se adoptá el Manual de Trabajo en Casaen la Sup&intendencia de Sociedades l 0

EL SUPERINTENDENTE DE SOCIEDADES En ejercicio de sus facultades légales y en especial last conferidas en el numeral 40 del articulo 8 del Decreto 1736 de.2020,modificado por el articulo 5 del Decreto 138 .0 de 2021, y en desarrollo de lo previsto en la Ley 2088 de 2021, el Decreto 1662 de 2021 y :CÓNSIDERANDO: PIMERO.. Que la Ley 2088 de 2021 "Por la cual se regula el trabajo en casa y se dictan otras dispásiciones",det9né el trabajo en casa como' una forma de prestación del servicio y habilitación al servidor público para desempeñar transitoriamente sus funciohes o actividades., laborales por fuera del sitio donde hábitualtnente las realiza, en circubstancias ocasionales, excepciónalesó éspeciales que mpiden que el servidor público piiéda.realiza'r sus funcions

laborales por fuera del sitio donde hábitualtnente las realiza, en circubstancias ocasionales, excepciónalesó éspeciales que mpiden que el servidor público piiéda.realiza'r sus funcions en su lugar de trabajó y que se preentan en el marco de una reladión laboral, legal y reglamentaria ton el Estado, sin que esto conlleve la variación de las óondiciones laborales estáblecidas o pactadas al inicio de la relación laboral. SEGUÑDO. Que el Decreto 1662 de 2021, por el cual se adiciona el Decreto 1083 de 2015 Unico Reglamentario del Séctor de la Función Pública, en relación con la habilitación del trabajo en casa para los servid&es públicos de los organisrtios y entidades que conforman las ramas del poder públicoen sus distinto6rdertes, sectores ynisieles, órganos de control. óroanos aútónomos e independientss del Estado, define como "situación TERCERO. Que considerando la cirtificación de la Superintendencia de Sociedades como una Entidad Familiarmente Responsable y la aØlicación.de disosi piones normativas, 62 particularmente las señaladas en la Ley 2088 de 2021 y Decreto 16 de 2021, se hace necesario adoptar el Manual de Trabajo en Casá en el cual se establecn los .térrninos, caraóterísticas y condiciones de esta modalidad de trabajo en la Superinténdencia de Sociedades - - Que, en mérito de lo expuesto, el Superintendente de Sociedades RESU EL VE ARTÍCULO PRIMERO. Adopción Manual de Trabajo en Casa. La SuperiMendencia de Sociedades, con el objetivo de promover un en'torno laborál que contribuya a la

RESU EL VE ARTÍCULO PRIMERO. Adopción Manual de Trabajo en Casa. La SuperiMendencia de Sociedades, con el objetivo de promover un en'torno laborál que contribuya a la flexibilidad temporal y espacial,.yque áporte e impacte positivamente a los grupos deinterés de la Entidad,' a tiavés de la cónçiliación de la vida laboral, familiar y persoQal, adopta el presente Manual, en donde se establecen los términos, características y condiciones de la SopviM.ndrnüa de $odtdades Smos pve ceS .. ....... er i Urn úrica di nncióS dod,dane 01-8W)- it U 10 • . a.s, TttBo$tái60U 1201010 (socebla -oSUPERINTENDENCIA

DE SOCIEDADES

2/4 Por medio de la cual se adopta el Manual de Trabajo en Casa en la Superintendencia de Sociedades modalidad de trabajo en casa, como una forma excepcional de prestación del servicio por parte de los servidores públicos de la entidad. ARTÍCULO SEGUNDO. Coordinación para Revisión, Seguimiento y Control del Trabajo en Casa. La coordinación del Trabajo en Casa en la entidad, estará bajo la responsabilidad de la Dirección del Talento Humano, el Grupo de Desarrollo del Talento Humano y el Grupo de Seguridad y Salud en el Trabajo. Esta coordinación implicará la revisión, seguimiénto, contról y mejoramiento continuo a la modalidad del trabajo en casa. De manera especial, las Direcciones Administrativa, Financiera y la Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de esta entidad, prestarán todo su apoyo en la atención de los requerimientos operativos, fuiancieros y técnicos, que sean necesarios para la

De manera especial, las Direcciones Administrativa, Financiera y la Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de esta entidad, prestarán todo su apoyo en la atención de los requerimientos operativos, fuiancieros y técnicos, que sean necesarios para la adecuada implementación del trabajo en casa en la Entidad. ARTÍCULO TERCERO. Delegaciónes. Se delega en la Dirección de Talento Humano de la Superintendencia de Sociedades la función de conceder, suspender o la terminación de la modalidad de trabajo en casa a los servidores públicos de la Entidad, según decisión del Comité de Estudio y Seguimiento de las Modalidades de Trabajo. ARTÍCULO CUARTO. Desarrollo y Difusión de la Modalidad de Trabajo en Casa. La Entidad dispondrá jornadas de sensibilización a los servidores públicos, donde se informarán los pormenores de la modalidad, lbs procesos y procedimientos establecidos y la forma de inclusión a la modalidad; así como las diferencias entre esta y el teletrabajo. ARTÍCULO QUINTO. Registro de Trábajadores en Casa. La Dirección de talento Humano a través .de los Grupos de Desarrollo del Talento Humano y el Grupo de Seguridad y Salud en el Trabajo, llevará el registro y actualización de los servidores públicos que se encuenfren trabajándo en casa al servicio de la entidad y lo pondrá en conocimiento del Ministerio del Trabajo, acorde con las disposiciones normativas vigentes que regulan la materia. ARTÍCULO SEXTQ. Remítase copia del presente acto administrativo á la Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, a la Dirección Administrativa, Dirección Financiera y a la Dirección de Talento Humano, para lo de su competencia.

ARTÍCULO SEXTQ. Remítase copia del presente acto administrativo á la Dirección de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, a la Dirección Administrativa, Dirección Financiera y a la Dirección de Talento Humano, para lo de su competencia. ART ÍCULO SÉPTIMO. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de expedición. COMUNÍQUES 1 1PLASE LLY1Sc5W%REZ perinte e tede lociedades yo. Bo. victor Raúl Hugueth Olarte - Direct& Talento Humano. yo. Bo. Maria Fernanda Solando Dumar - coordinadora Grupo de Desarrollo de Talento Humano. Nit. 899.999.086 Radicación. SIN cod Dep. 100 Folios . 4 CodTram. 1012 cod Fun. Anexo O TRD. Documentos vados (ab Supnint.affiS de $odedadn flbzjaras pan cenen enn empresas nsasns rr ífjl - __________ webffaeCsvptdnwvco LfrnútbitnSnMd,dadO1.BXO.1II3IO — 11r ti . .- , ')d TelBepti; SG)) 22t1000 Co(ombb

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