SSPD - Manual de contratación
Detalles
- Título
- SSPD - Manual de contratación
- Autor
- Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Servicios Públicos
- Año
- —
MANUAL DE CONTRATACIÓN
Código AS-M-001 Versión 13
Noviembre, 2023MANUAL DE CONTRATACION
TABLA DE CONTENIDO
1. OBJETIVO........................................................................................................................................... 7
2. ALCANCE............................................................................................................................................ 7
3. FUNDAMENTO LEGAL....................................................................................................................... 7
4. NATURALEZA JURÍDICA DE LA SUPERSERVICIOS Y SU UBICACIÓN EN LA ESTRUCTURA DEL ESTADO.............................................................................................................................................. 8
5. DEFINICIONES.................................................................................................................................... 8
6. CONTENIDO...................................................................................................................................... 18 6.1. TITULO I. GENERALIDADES Y DISPOSICIONES COMUNES..................................................... 18 6.1.1. Principios de la Contratación Estatal ................................................................................. 19 6.1.2. Competencia para Contratar y Delegación.......................................................................... 19 6.1.3. Comités y Gestores del Proceso.......................................................................................... 19 6.1.3.1. Comité Institucional de Gestión y Desempeño - Equipo de Trabajo Temático Compras y Contratación Pública...................................................................................................................................... 19 6.1.3.2. Intervinientes en el Proceso de Contratación................................................................................. 20
Conformación............................................................................................................................................. 22 Funciones.................................................................................................................................................... 22 6.1.4. Mecanismos de Participación Ciudadana............................................................................ 24 6.1.5. Reglas de Subsanabilidad y aclaración de Ofertas............................................................. 24 6.1.6 Lineamientos de Colombia Compra Eficiente..................................................................... 24 6.1.7. SISTEMA ELECTRÓNICO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA SECOP......................................................... 25 6.2. TITULO II. DE LOS PROCESOS DE SELECCIÓN SUJETOS AL ESTATUTO GENERAL DE LA CONTRATACIÓN PÚBLICA.................................................................................................................. 25 6.2.1. DEL PROCESO CONTRACTUAL............................................................................................... 25 6.2.1.1. DE LA PLANEACIÓN.........................................................................................................................25
CONTRATACIÓN PÚBLICA.................................................................................................................. 25 6.2.1. DEL PROCESO CONTRACTUAL............................................................................................... 25 6.2.1.1. DE LA PLANEACIÓN.........................................................................................................................25 6.2.1.1.1. Etapa de Planeación.................................................................................................................. 25 6.2.1.1.2. Plan Anual de Adquisiciones - PAA..........................................................................................27 6.2.1.1.3. Estudio de Mercado y Análisis del Sector............................................................................... 27 6.2.1.1.4. Estudios Previos.........................................................................................................................29 6.2.1.1.5. Requisitos mínimos para iniciar un Proceso de Contratación.............................................. 35 6.2.1.1.6. Pliego de Condiciones............................................................................................................... 35 6.2.1.2. DE LAS MODALIDADES DE SELECCIÓN........................................................................................ 36 6.2.1.2.1. Licitación Pública....................................................................................................................... 37 6.2.1.2.2. Selección Abreviada...................................................................................................................37 6.2.1.2.3. Concurso de Méritos.................................................................................................................. 40 6.2.1.2.4. Mínima Cuantía........................................................................................................................... 40 6.2.1.2.5. Contratación Directa.................................................................................................................. 41 6.2.1.2.6. Criterios de Desempate..............................................................................................................43 6.2.1.2.7. Adquisición de Bienes y Servicios a través de la Tienda Virtual del Estado Colombiano..44 6.2.1.2.8. Adquisición de Bienes y Servicios en Grandes Superficies.................................................. 44 6.2.1.2.9. Convenios................................................................................................................................... 44 6.2.1.2.9.1. Tipología de convenios a suscribir........................................................................................ 46 6.2.1.3. DE LA GESTIÓN CONTRACTUAL....................................................................................................46
6.2.1.2.9. Convenios................................................................................................................................... 44 6.2.1.2.9.1. Tipología de convenios a suscribir........................................................................................ 46 6.2.1.3. DE LA GESTIÓN CONTRACTUAL....................................................................................................46 6.2.1.3.1. Clausulado Contractual............................................................................................................. 47 6.2.1.3.2. Requisitos de Perfeccionamiento y Ejecución........................................................................ 48 6.2.1.3.2.1. Requisitos de Perfeccionamiento.......................................................................................... 48 6.2.1.3.2.2. Requisitos de Ejecución..............................................................................................................49 6.2.1.3.3. Modificaciones Contractuales................................................................................................... 51 6.2.1.3.4. Cesión.......................................................................................................................................... 55 6.2.1.3.5. Suspensión del Contrato y Reactivación................................................................................. 56 6.2.1.3.6. Reconocimientos que no Implican modificaciones................................................................ 56 6.2.1.3.7. Reconocimientos que implican modificaciones.....................................................................57 6.2.1.3.8. Equilibrio Económico del Contrato...........................................................................................58 Código MI-F-005. V.2 Página deMANUAL DE CONTRATACION 6.2.1.3.9. Régimen Sancionatorio Contractual De Los Contratos Sometidos Al EGCAP....................60 6.2.1.4. DE LA ETAPA POSTCONTRACTUAL.......................................................................................... 61 6.2.1.4.1. DE LA TERMINACIÓN Y LIQUIDACIÓN DE LOS CONTRATOS Y CONVENIOS................... 61 6.2.1.4.1.1. Liquidación...............................................................................................................................62
6.2.1.4.1.2. Tipos de Liquidación............................................................................................................... 64 6.2.1.4.1.3. Términos de liquidación de los contratos y/o convenios del estatuto general de contratación de la administración pública (EGCAP)...............................................................................65 6.2.1.4.1.4. Seguimiento posterior a la liquidación..................................................................................66 6.2.1.4.1.5. Salvedades............................................................................................................................... 67 6.2.1.4.1.6. Contenido mínimo del acta de liquidación............................................................................67 6.2.1.4.1.7. Responsables en la liquidación y terminación de contratos y convenios........................ 67 6.2.1.4.2. Cierre del expediente contractual................................................................................................. 68
7. OTRAS DISPOSICIONES.................................................................................................................. 69 7.1. POLÍTICA CERO PAPEL...................................................................................................................... 69 7.2. APLICACIÓN SISTEMA INTEGRADO DE GESTIÓN Y MEJORA (SIGME)................................................... 70
8. ANEXOS............................................................................................................................................ 70 8.1. CRITERIOS A TENER EN CUENTA FRENTE A LOS SISTEMAS DE GESTIÓN IMPLEMENTADOS EN LA ENTIDAD ............................................................................................................................................................... 70
Código MI-F-005. V.2 Página deMANUAL DE CONTRATACION
1. OBJETIVO El presente Manual de Contratación es un instrumento de gestión estratégica que tiene como propósito principal servir de apoyo al cumplimiento del objetivo misional de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, en adelante SUPERSERVICIOS, bajo un enfoque de gestión por procesos y procedimientos.
El Manual de Contratación está orientado a garantizar los objetivos del Sistema de Compra Pública en la gestión contractual incluyendo los principios de eficacia,
bajo un enfoque de gestión por procesos y procedimientos. El Manual de Contratación está orientado a garantizar los objetivos del Sistema de Compra Pública en la gestión contractual incluyendo los principios de eficacia, eficiencia, economía, promoción de la competencia, rendición de cuentas, manejo del riesgo, publicidad, transparencia y planeación. A través de este documento se conoce de manera integral cómo funciona la actividad contractual de la SUPERSERVICIOS y sus responsables, así como el desarrollo del Proceso de “Adquisición de Bienes y Servicios” de la Entidad.
2. ALCANCE Las disposiciones establecidas en este documento son de obligatorio cumplimiento para la totalidad de los procesos de adquisición de bienes, servicios y obras que adelante la SUPERSERVICIOS. Sus lineamientos deben ser observados y acogidos por todos los servidores públicos y contratistas que presten sus servicios a la SUPERSERVICIOS y que intervengan en sus procesos de contratación, desde la identificación de la necesidad hasta el cierre del expediente contractual.
Este documento no transcribe las disposiciones legales o reglamentarias aplicables a la Contratación Estatal, en consecuencia, no exonera de responsabilidad al servidor público o contratista del cumplimiento de la ley o sus reglamentos. En todo caso, el funcionario o contratista deberá consultar directamente la normativa pertinente.
3. FUNDAMENTO LEGAL Los contratos estatales se sujetarán a las normas y principios que regulan la
Contratación Pública en especial la Constitución Política, Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, la Ley 1474 de 2011, el Decreto 19 de 2012, Decreto 1082 de 2015, Decreto 92 de 2017, Ley 1882 de 2018, Decreto 392 de 2018 y demás disposiciones que las reglamenten, complementen, modifiquen, adicionen, reformen o sustituyan. (Ver Normograma del Proceso Adquisición de Bienes y Servicios que se encuentra publicado en la plataforma del Sistema Integrado de Gestión y Mejora - SIGME). El Gobierno Nacional expidió el Decreto 1082 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Planeación, mediante el cual se compilaron las normas reglamentarias relacionadas con la contratación pública. Mediante el Decreto 4170 de 2011 se creó la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, como ente rector en materia de contratación pública, con Código MI-F-005. V.2 Página deMANUAL DE CONTRATACION el objetivo de desarrollar e impulsar políticas públicas y herramientas para los procesos de compra y contratación estatal, con el fin de generar una mayor eficiencia, transparencia y optimización de los recursos del Estado. En cumplimiento del artículo 2.2.1.2.5.3 del Decreto 1082 de 2015, Colombia Compra Eficiente establece los lineamientos generales que las Entidades Estatales deben acatar para la expedición de sus manuales de contratación. Teniendo en cuenta que la SUPERSERVICIOS hace parte de las entidades estatales
Eficiente establece los lineamientos generales que las Entidades Estatales deben acatar para la expedición de sus manuales de contratación. Teniendo en cuenta que la SUPERSERVICIOS hace parte de las entidades estatales sujetas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, los contratos celebrados por la SUPERSERVICIOS se sujetarán a las normas y principios que regulan la Contratación de la Administración Pública, en especial la Constitución Política, las Leyes 80 de 1993, 1150 de 2007, 1474 de 2011, Ley 1882 de 2018,los Decretos 19 de 2012, 1082 de 2015, 392 de 2018, y las demás disposiciones que las reglamenten, complementen, modifiquen, adicionen, reformen o sustituyan.
4. NATURALEZA JURÍDICA DE LA SUPERSERVICIOS Y SU UBICACIÓN EN LA ESTRUCTURA DEL ESTADO La Constitución Política señala que corresponde al presidente de la República señalar, con sujeción a la ley, las políticas generales de administración y control de eficiencia de los servicios públicos domiciliarios y ejercer por medio de la SUPERSERVICIOS, el control, la inspección y vigilancia de las entidades que los presten.
La SUPERSERVICIOS, fue creada como un organismo de carácter técnico, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonial y, actualmente, se encuentra adscrita al Departamento Nacional de Planeación. Así las cosas, puede afirmarse que la SUPERSERVICIOS es una Entidad descentralizada, del orden nacional, adscrita al Departamento Nacional de Planeación,
adscrita al Departamento Nacional de Planeación. Así las cosas, puede afirmarse que la SUPERSERVICIOS es una Entidad descentralizada, del orden nacional, adscrita al Departamento Nacional de Planeación, clasificada orgánicamente en la Rama Ejecutiva.
5. DEFINICIONES ACTA DE INICIO. Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en el cual se estipula la fecha de inicio para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza el inicio de su plazo de ejecución, cuando así se ha fijado esta condición en el contrato.
ACTO ADMINISTRATIVO. Manifestación unilateral de la voluntad de la administración pública que crea, modifica o extingue situaciones jurídicas de carácter general o particular. ACTO DE APERTURA. Resolución motivada a través del cual la Entidad, posterior a la etapa de proyecto de pliego de condiciones, da inicio al proceso de selección y señala el término del mismo, en los casos en que los procedimientos de la respectiva Código MI-F-005. V.2 Página deMANUAL DE CONTRATACION modalidad lo exijan. ACTO DE ADJUDICACIÓN. Resolución motivada a través de la cual se le adjudica el contrato al proponente que ha presentado la propuesta más favorable a la Entidad conforme a las reglas del pliego de condiciones del proceso de selección. ACTA DE SUSPENSIÓN. Es el documento mediante el cual la Entidad y el contratista
acuerdan la suspensión del contrato, cuando se presenten situaciones de fuerza mayor o caso fortuito, que impidan la ejecución del mismo. Este documento será firmado por el supervisor y/o interventor, el contratista y el ordenador del gasto. ACUERDOS COMERCIALES. Son tratados internacionales vigentes celebrados por el Estado colombiano, que contienen, entre otros, derechos y obligaciones en materia de compras públicas y en los cuales existe como mínimo el compromiso de trato nacional para proveedores, bienes y servicios originados en los países suscriptores de los mismos. ACUERDOS DE INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN CON PERSONAS JURÍDICAS CON ÁNIMO DE LUCRO . Estos acuerdos corresponden a los que se celebren entre la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios -SUPERSERVICIOS y personas jurídicas con ánimo de lucro para el cumplimiento de las obligaciones constitucionales, legales y reglamentarias de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios –
SUPERSERVICIOS.
ACUERDOS DE INTEROPERATIVIDAD PARA EL ACCESO A LA INFORMACIÓN.
Es el marco de colaboración armónica entre la SUPERSERVICIOS y ciudadanos, empresas y otras entidades que podrán entregar y/o recibir información o datos en el marco de sus procesos misionales o de negocio para interactuar hacia objetivos mutuamente beneficiosos.
ACUERDOS MARCO DE PRECIOS. Es el contrato celebrado entre uno o más
proveedores y Colombia Compra Eficiente, o quien haga sus veces, para la provisión a las entidades estatales de bienes y servicios de características técnicas uniformes, en la forma, plazo y condiciones establecidas en este. ADENDA. Documento que aclara, modifica o adiciona el pliego de condiciones definitivo de un proceso de selección. ADJUDICATARIO. Es el proponente a quien se le adjudica el proceso, por haber presentado una propuesta que cumple con lo requerido en el Pliego de Condiciones y se considera en relación con las demás, la propuesta más conveniente en el proceso de selección. AGREGACIÓN DE DEMANDA. Son mecanismos establecidos por Colombia Compra Eficiente que permiten al Estado obtener optimizar los recursos públicos en el sistema Código MI-F-005. V.2 Página deMANUAL DE CONTRATACION de contratación pública al eliminar costos de intermediación y al hacer más ágil y simple los procesos de contratación, la Superservicios actúa como compradora a través del Sistema. ANTICIPO. Es la suma de dinero que se entrega al contratista para facilitarle el cumplimiento del objeto contractual. El anticipo es una medida excepcional en razón a la naturaleza del contrato y no se podrá realizar por un valor superior al 50% del valor del contrato, no se considera pago y, por tanto, no extingue las obligaciones a cargo de la entidad ni de contratista. Continúa siendo de propiedad del contratante y, por ende, tienen la condición de fondos públicos hasta el momento que sean amortizados
mediante su ejecución. Los dineros provenientes del anticipo deben ser empleados o aplicados de acuerdo con el programa de inversiones debidamente aprobado por el supervisor o interventor del contrato. El contratista se obliga a amortizar los recursos del anticipo, en la forma prevista en el contrato. En los contratos de obra, concesión, salud, o los que se realicen por licitación pública, el contratista deberá constituir una fiducia o un patrimonio autónomo irrevocable para el manejo de los recursos que reciba a título de anticipo, según se opte por una u otra figura en el contrato, con el fin de garantizar que dichos recursos se apliquen exclusivamente a la ejecución del mismo, salvo que el contrato sea de menor o mínima cuantía. El costo de la comisión fiduciaria será cubierto directamente por el contratista.
AÑO. Plazo de tiempo correspondiente a 365 días calendario.
APROBACIÓN. Las palabras aprobación, aceptación, firma y otras de significado análogo se refieren a la constancia escrita y firmada por la SUPERSERVICIOS, y/o el Supervisor sobre la entrega a satisfacción de los bienes, obras o servicios, siempre y cuando se cumplan los requisitos exigidos.
AUDIENCIA PÚBLICA. Es la reunión en la que se adelantan actividades relacionadas con el proceso de contratación, en las modalidades en las cuales aplica de manera expresa, según el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, y a la que pueden asistir todos los interesados en un proceso de selección de contratistas. BIENES Y SERVICIOS DE CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS UNIFORMES Y DE COMÚN UTILIZACIÓN. Son los bienes y servicios de común utilización con
BIENES Y SERVICIOS DE CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS UNIFORMES Y DE COMÚN UTILIZACIÓN. Son los bienes y servicios de común utilización con especificaciones técnicas y patrones de desempeño y calidad iguales o similares, que en consecuencia pueden ser agrupados como bienes y servicios homogéneos para su adquisición a través de las modalidades de selección establecidas para tal fin.
CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL (CDP). Es el documento mediante el cual se acredita que existe una apropiación suficiente en el presupuesto de la vigencia fiscal respectiva, para amparar la obligación proyectada dentro del proceso de contratación.
Código MI-F-005. V.2 Página deMANUAL DE CONTRATACION CERTIFICADO DE REGISTRO PRESUPUESTAL (CRP). Es el documento que certifica la operación mediante la cual se afecta en forma definitiva la apropiación de los recursos, por un valor equivalente al que se celebró el convenio o contrato. CLÁUSULA. Es toda estipulación o acuerdo incluido en el contrato y relacionado con las condiciones y obligaciones de las partes para dar cumplimiento al objeto contratado. CLÁUSULAS EXCEPCIONALES. Son prerrogativas con que cuentan las entidades estatales frente a los particulares contratistas y ajenas al derecho privado, que tienen su fundamento en que el Estado es el garante del interés general. Estas cláusulas se encuentran en la ley y solamente pueden pactarse y hacerse efectivas en los casos previstos en las mismas. Se conocen como cláusulas excepcionales la de caducidad, la de reversión, así como aquellas de interpretación, modificación y terminación unilaterales.
previstos en las mismas. Se conocen como cláusulas excepcionales la de caducidad, la de reversión, así como aquellas de interpretación, modificación y terminación unilaterales. COLOMBIA COMPRA EFICIENTE. Se trata de la Unidad Administrativa Especial – Agencia Nacional de Contratación Pública, creada como ente rector para el desarrollo y promoción de políticas públicas y herramientas orientadas a la organización y articulación de los partícipes en la contratación pública, encaminadas a lograr mayor eficiencia, transparencia y la optimización de los recursos del Estado. COMITÉ DE CONTRATACIÓN. Instancia a través de la cual se realiza una valoración de los estudios previos y del procedimiento de contratación que corresponde para cada proceso de contratación. COMITÉ DE EVALUACIÓN. Instancia encargada de evaluar las propuestas que se presentan en los diferentes procesos de contratación, en sus aspectos económico, financiero, técnico, jurídico y los demás definidos en el Pliego de Condiciones. CONSORCIO. Se entiende por Consorcio cuando dos a más personas naturales y/o jurídicas en forma conjunta presentan una misma propuesta para la adjudicación, celebración y ejecución de un contrato, respondiendo solidariamente de todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato; en consecuencia, las actuaciones, hechos y omisiones que se presenten en desarrollo de la propuesta y del contrato afectarán a los miembros que lo conforman.
CONTRATISTA. Persona Natural o Jurídica, Consorcio, Unión temporal o cualquier tipo de asociación reconocido en la ley, a quien se le adjudica el contrato o con quien se celebre el respectivo contrato.
contrato afectarán a los miembros que lo conforman.
CONTRATISTA. Persona Natural o Jurídica, Consorcio, Unión temporal o cualquier tipo de asociación reconocido en la ley, a quien se le adjudica el contrato o con quien se celebre el respectivo contrato.
CONTRATO. Es todo acto jurídico o acuerdo de voluntades que sea generador de obligaciones, sin importar que esté previsto en el derecho público o privado, que sea típico o atípico, o que se derive del ejercicio de la autonomía de la voluntad. Estos acuerdos de voluntad implican el cumplimiento de obligaciones de dar, hacer o no hacer a cargo de las partes y una equivalencia entre prestaciones. Código MI-F-005. V.2 Página deMANUAL DE CONTRATACION
CONVENIO. Es un acuerdo de voluntades celebrado con personas de derecho público o privado mediante el cual se establece una relación de cooperación o asociación, vinculante jurídicamente para las partes con el propósito de ejecutar un proyecto un programa que permita el logro de fines comunes, funciones, deberes con el fin de alcanzar objetivos institucionales
CONVENIOS MARCO. Son aquellos mediante los cuales las partes establecen compromisos e intenciones generales de cooperación, sin que estos impliquen compromisos de recursos. Estos convenios se ejecutan a través de convenios específicos.
CONVENIOS ESPECÍFICOS. Son aquellos mediante los cuales, las partes establecen compromisos determinados de cooperación; estos acuerdos surgen de un convenio marco.
CONVENIOS INTERADMINISTRATIVOS. Éstos corresponden a los que suscriba la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios -SUPERSERVICIOS y otra
marco.
CONVENIOS INTERADMINISTRATIVOS. Éstos corresponden a los que suscriba la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios -SUPERSERVICIOS y otra Entidad Pública para coordinar, cooperar, colaborar siempre que las obligaciones derivadas de los mismos tengan relación directa con el objeto de la entidad ejecutora señalado en la ley o en sus reglamentos.
CONVENIOS EXCLUSIVOS PARA EL INTERCAMBIO DE INFORMACIÓN ENTRE ENTIDADES PÚBLICAS. Éstos corresponden a los que suscriba la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios -SUPERSERVICIOS y/o otra Entidad Pública que requieran información para el ejercicio de una función administrativa, en el marco del principio de colaboración armónica entre entidades del Estado, conocida como relaciones interorgánicas, en las que las entidades actúan en una situación de igualdad, en contraposición a las relaciones usuario-prestador como las que se presentan entre el Estado y los administrados. CONVENIOS DE ASOCIACIÓN. Éstos corresponden a los que suscriba la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios -SUPERSERVICIOS y entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo conjunto de actividades relacionadas con los cometidos que a la Superintendencia le asigna la Ley.
COOPERACIÓN INTERNACIONAL. Éstos corresponden a los suscritos entre la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios -SUPERSERVICIOS y Organismos Internacionales, Agencias de Cooperación Internacional, estados, y en general personas jurídicas extranjeras.
Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios -SUPERSERVICIOS y Organismos Internacionales, Agencias de Cooperación Internacional, estados, y en general personas jurídicas extranjeras. DÍAS. Espacio de tiempo de 24 horas. Donde quiera que se mencione la palabra “día” o “días” se entenderá que se trata de días hábiles, a menos que se indique cosa diferente.
Código MI-F-005. V.2 Página deMANUAL DE CONTRATACION DÍA(S) CORRIENTE(S) O DÍA(S) CALENDARIO. Es cualquier día del calendario, sin tener en cuenta si se trata o no de un día hábil.
DÍA(S) HÁBIL(ES). Son los días comprendidos entre los lunes y los viernes de cada semana, excluyendo de estos los fines de semana y los días feriados determinados en la Ley.
DEBIDA DILIGENCIA. Proceso para evaluar con mayor detalle la naturaleza y alcance del riesgo de soborno y para ayudar a las organizaciones a tomar decisiones en relación con transacciones, proyectos, actividades, socios de negocios y personal específicos. DECLARATORIA DE DESIERTO DE UN PROCESO DE SELECCIÓN. Decisión de no adjudicar dentro del proceso de selección ya sea porque ninguno de los proponentes cumplió con las condiciones técnicas mínimas exigidas en el pliego de condiciones o porque no se presentaron proponentes al proceso. DESIGNACIÓN DE SUPERVISIÓN. Memorando a través del cual el jefe de la dependencia designa a un funcionario que ejercerá de conformidad con la ley y el
porque no se presentaron proponentes al proceso. DESIGNACIÓN DE SUPERVISIÓN. Memorando a través del cual el jefe de la dependencia designa a un funcionario que ejercerá de conformidad con la ley y el manual de supervisión e interventoría de la entidad el seguimiento, técnico, administrativo, financiero y jurídico al contrato respecto del cual se designó la supervisión ESTUDIOS DE MERCADO. Es el análisis previo a la contratación que se debe realizar sobre la oferta y la demanda del mercado del bien o servicio a contratar, en el que se realiza una comparación de cotizaciones para tener un estimado de costos, proveedores, unificación de características del producto/servicio a contratar y que permita establecer el valor del contrato. ESTUDIOS PREVIOS. Son todos aquellos análisis y gestiones, adecuadamente documentados por la Entidad, que fundamentan la contratación y dan cuenta del alcance u necesi
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