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SSPD - Boletin de decisiones AAA 1 2019

Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios

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Detalles

Título
SSPD - Boletin de decisiones AAA 1 2019
Autor
Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Servicios Públicos
Año
2019

Boletín de Sanciones Superintendencia Delegada Para Acueducto, Alcantarillado y Aseo Edición I Enero - Marzo 2019El Boletín de Sanciones de la Superintendencia Delegada para Acueducto, Alcantarillado y Aseo presenta un resumen de las actuaciones administrativas del primer trimestre de 2019, en desarrollo de sus funciones de inspección, vigilancia y control. En este documento podrán consultar las sanciones y procesos en recurso de apelación del período comprendido entre enero 1 y marzo 31 de 2019. 1Boletín de Sanciones AAAContenido 2Boletín de Sanciones AAA Superintendente Delegado para Acueducto, Alcantarillado y Aseo Milton Bayona Bonilla Directora de Investigaciones Martha Eugenia García Jaimes

Fuente: Aplicativo Sancionados-ORFEO

Sanciones 1.Empresa De Servicios Publicos Domiciliarios De Lebrija E.S.P 2.Empresa De Servicios Públicos De Pamplona S.A. E.S.P 3.NEPSA del Quindío Empresa Regional de Servicios Públicos S.A. ESP. 4.Aguas Del Morrosquillo S.A E.S.P. 5.Empresa De Obras Sanitarias De Pasto Empopasto S.A. E.S.P. Recursos 1.Central Colombiana De Aseo S.A E.S.P. 2.Biorgánicos Del Sur Del Huila S.A. E.S.P. En Restructuración 3.Empresas Públicas de la Ceja E.S.P. - EE. PP De La Ceja E.S.P 4.Servicios Ambientales S.A. E.S.P 5.Empresa De Acueducto, Alcantarillado Y Aseo De Chimichagua E. S. P. 6.Empresa de Servicios Publicos de Acueducto y Saneamiento Basico de El Colegio Cundinamarca

4.Servicios Ambientales S.A. E.S.P 5.Empresa De Acueducto, Alcantarillado Y Aseo De Chimichagua E. S. P. 6.Empresa de Servicios Publicos de Acueducto y Saneamiento Basico de El Colegio Cundinamarca 7.Empresas Publicas de Garzon E.S.P. 8.Empresa Prestadora del Servicio Público de Aseo E.S.P. 9.Empresa Ibaguereña de Acueducto y Alcantarillado S.A E.S.P. Oficial 10.Empresa Regional de Aguas del Tequendama S.A. 11.Pro-Ambientales S.A E.S.P. 12.Empresa Municipal de Servicios Públicos de Tauramena S.A. E.S.P. 13.Empresa Servicios Integrales Efectivos S.A. E.S.P. 14.Empresas Municipales De Cali E.I.C.E E.S. P. 15.Instituto de Servicios Varios de Ipiales 16.Serviaseo Popayan S.A. E.S.P. (SERVIASEO) 17.Alcaldia Municipal de ASTREA 4 3 7 4 5 5 6 8 8 10 9 11 13 13 14 14 16 16 17 19 18 19 20 20Sanciones Boletín de Sanciones AAAEl Superintendente Delegado para Acueducto, Alcantarillado y Aseo, mediante Resolución SSPD No. 20194400000355 del 14 de enero de 2019, sancionó a la EMPRESA DE SERVICIOS PUBLICOS DOMICILIARIOS DE LEBRIJA E.S.P. por un valor de $14.062.356,00, por los siguientes cargos: A la fecha de publicación de este boletín, y en desarrollo del debido proceso, la Superintendencia Delegada para Acueducto, Alcantarillado y Aseo estudia el

de $14.062.356,00, por los siguientes cargos: A la fecha de publicación de este boletín, y en desarrollo del debido proceso, la Superintendencia Delegada para Acueducto, Alcantarillado y Aseo estudia el recurso de reposición presentado por el prestador frente a esta Resolución. Cargo 1: Omisión a la obligación de reportar información en el Sistema Único de Información de Servicios PúblicosSUI para el año 2015. Cargo 2: Cargue extemporáneo de información en el Sistema Único de Información de Servicios PúblicosSUI.

1. Empresa de Servicios Públicos Domiciliarios

de Lebrija E.S.P El Superintendente Delegado para Acueducto, Alcantarillado y Aseo, mediante Resolución SSPD No. 2194400003355 del 18 de febrero de 2019, sancionó a la EMPRESA DE SERVICIOS PÚBLICOS DE PAMPLONA S.A. E.S.P. por un valor de $8.437.413,00, por el siguiente cargo: A la fecha de publicación de este boletín, y en desarrollo del debido proceso, la Superintendencia Delegada para Acueducto, Alcantarillado y Aseo estudia el recurso de reposición presentado por el prestador frente a esta Resolución.

Cargo único: la omisión en la obligación de reportar información en el Sistema Único de Información para el año 2015.

2. Empresa De Servicios Públicos De

Pamplona S.A. E.S.P 4Boletín de Sanciones AAAEl Superintendente Delegado para Acueducto, Alcantarillado y Aseo, mediante Resolución SSPD No. 20194400003425 del 19 de febrero de 2019, sancionó a

4Boletín de Sanciones AAAEl Superintendente Delegado para Acueducto, Alcantarillado y Aseo, mediante Resolución SSPD No. 20194400003425 del 19 de febrero de 2019, sancionó a NEPSA DEL QUINDIO EMPRESA REGIONAL DE SERVICIOS PÚBLICOS S.A. ESP. por un valor de $14.062.356,00, por los siguientes cargos: A la fecha de publicación de este boletín, y en desarrollo del debido proceso, la Superintendencia Delegada para Acueducto, Alcantarillado y Aseo estudia el recurso de reposición presentado por el prestador frente a esta resolución. Cargo 1: Omisión a la obligación de reportar información en el Sistema Único de Información de Servicios Públicos, año 2015. Cargo 2: Cargue extemporáneo de información en el Sistema Único de Información de Servicios PúblicosSUI. Cargo 1: Omisión a la obligación de reportar información en el Sistema Único de Información de Servicios Públicos, año 2015. Cargo 2: Presunto incumplimiento a la obligación de actualizar en el Registro Único de Prestadores de Servicios PúblicosRUPS, año 2016.

3. NEPSA del Quindío Empresa Regional

de Servicios Públicos S.A. ESP. El Superintendente Delegado para Acueducto, Alcantarillado y Aseo, mediante Resolución SSPD No. 20194400003615 del 2 de febrero de 2019, sancionó a AGUAS DEL MORROSQUILLO S.A E.S.P. por un valor de $14.062.356,00, por los siguientes cargos: A la fecha de publicación de este boletín, y en desarrollo del debido proceso, la

AGUAS DEL MORROSQUILLO S.A E.S.P. por un valor de $14.062.356,00, por los siguientes cargos: A la fecha de publicación de este boletín, y en desarrollo del debido proceso, la Superintendencia Delegada para Acueducto, Alcantarillado y Aseo estudia el recurso de reposición presentado por el prestador frente a esta resolución.

4. Aguas Del Morrosquillo S.A E.S.P.

5Boletín de Sanciones AAAEl Superintendente Delegado para Acueducto, Alcantarillado y Aseo, mediante Resolución SSPD No. 20194400003635 del 2 de febrero de 2019, sancionó a la EMPRESA DE OBRAS SANITARIAS DE PASTO EMPOPASTO S.A. E.S.P. por un valor de $ 331.244.000,00, por los siguientes cargos: A la fecha de publicación de este boletín, y en desarrollo del debido proceso, la Superintendencia Delegada para Acueducto, Alcantarillado y Aseo estudia el recurso de reposición presentado por el prestador frente a esta resolución. Cargo 1: Omisión de realizar macromedición según el artículo 86 de la Resolución 1096 de 2000 RAS. Cargo 2: Incumplir con lo dispuesto en los artículos 147 y 148 de la Ley 142 de 1994, por emitir facturación que no cumple con los requisitos señalados en la Ley. Cargo 3: No realizar el adecuado tratamiento y manejo de lodos resultantes del proceso de potabilización, según el artículo 119 de la Resolución 1096 de 2000.

5. Empresa de Obras Sanitarias de Pasto

Empopasto S.A. E.S.P. 6Boletín de Sanciones AAARecursos Boletín de Sanciones AAA8Boletín de Sanciones AAA

ción 1096 de 2000.

5. Empresa de Obras Sanitarias de Pasto

Empopasto S.A. E.S.P. 6Boletín de Sanciones AAARecursos Boletín de Sanciones AAA8Boletín de Sanciones AAA El Superintendente Delegado para Acueducto, Alcantarillado y Aseo, mediante Resolución SSPD No. 20184400023125 del 8 de marzo de 2018, sancionó a la empresa CENTRAL COLOMBIANA DE ASEO S.A E.S.P. por un valor de $27.343.470,00, por los siguientes cargos: “ARTÍCULO PRIMERO. – CONFIRMAR la Resolución 20184400023125 del 8 de marzo de 2018, proferida por la Superintendencia Delegada para Acueducto, Alcantarillado y Aseo, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.” La empresa prestadora interpuso recurso de reposición el cual fue resuelto mediante Resolución SSPD No. 20194400003315 el 15 de febrero de 2019, en el siguiente sentido: Cargo 1: Omisión a la obligación de reportar información en el Sistema Único de Información de Servicios PúblicosSUIaños 2014 y 2015. Cargo 2: Cargue extemporáneo de información en el Sistema Único de Información de Servicios PúblicosSUI. Cargo 1: Falla en la prestación del servicio de aseo, en las actividades de aprovechamiento y disposición final, de conformidad con lo establecido en el artículo 136 de la Ley 142 de 1994.

1. Central Colombiana De Aseo S.A E.S.P.

El Superintendente Delegado para Acueducto, Alcantarillado y Aseo, mediante

aprovechamiento y disposición final, de conformidad con lo establecido en el artículo 136 de la Ley 142 de 1994.

1. Central Colombiana De Aseo S.A E.S.P.

El Superintendente Delegado para Acueducto, Alcantarillado y Aseo, mediante Resolución SSPD No. 20184400011795 del 16 de febrero de 2018, sancionó a la empresa BIORGÁNICOS DEL SUR DEL HUILA S.A. E.S.P. EN RESTRUCTURACIÓN por un valor de $160.154.610,00, por los siguientes cargos:

2. Biorgánicos Del Sur Del Huila S.A. E.S.P.

En Restructuración9Boletín de Sanciones AAA “ARTÍCULO PRIMERO: CONFIRMAR la Resolución No 20184400011795 del 2 de febrero de 2018, por las razones expuestas en la parte considerativa del presente acto administrativo”. La empresa prestadora interpuso recurso de reposición el cual fue resuelto mediante Resolución SSPD No. 20194400002065 del 7 de febrero de 2019, en el siguiente sentido: Cargo 2: Incumplimiento a las especificaciones técnicas previstas en las normas para aprovechamiento, establecidas en el Decreto 2981 de 2013. Cargo 3: Incumplimiento a las especificaciones técnicas previstas en las normas para la disposición final de residuos sólidos, establecidas en el Decreto 838 de 2005.”. El Superintendente Delegado para Acueducto, Alcantarillado y Aseo, mediante Resolución SSPD No. 20184400017455 del 26 de febrero de 2018, sancionó a la empresa EMPRESAS PÚBLICAS DE LA CEJA E.S.P. - EE. PP DE LA CEJA E.S.P. por un

Resolución SSPD No. 20184400017455 del 26 de febrero de 2018, sancionó a la empresa EMPRESAS PÚBLICAS DE LA CEJA E.S.P. - EE. PP DE LA CEJA E.S.P. por un valor de $ 20.312.292,00, por el siguiente cargo: “ARTÍCULO SEGUNDO: CONFIRMAR en su totalidad la Resolución SSPD 20184400017455 del 26 de febrero de 2018, por las razones expuestas en la parte considerativa del presente acto administrativo”. La empresa prestadora interpuso recurso de reposición el cual fue resuelto mediante Resolución SSPD No. 20194400001505 del 31 de enero de 2019, en el siguiente sentido: Cargo Único: Incumplimiento al haber efectuado presuntamente más de un cobro por concepto del cargo fijo, vulnerando lo establecido en el artículo 90.2 de la Ley 142 de 1994.

3. Empresas Públicas de la Ceja E.S.P. - EE. PP

De La Ceja E.S.P10Boletín de Sanciones AAA El Superintendente Delegado para Acueducto, Alcantarillado y Aseo, mediante Resolución SSPD 20184400046315 del 24 de abril de 2018, sancionó a la empresa SERVICIOS AMBIENTALES S.A. E.S.P por un valor de $ 26.562.228,00, por los siguientes cargos: “ARTÍCULO PRIMERO: REPONER PARCIALMENTE EL ARTÍCULO SEGUNDO de la 20184400046315 del 24 de abril de 2018, por las razones expuestas en la parte considerativa del presente acto administrativo. En consecuencia, MODIFICAR EL ARTÍCULO SEGUNDO de la Resolución No. 20184400046315 del 2018-04-24, el cual quedará así:

expuestas en la parte considerativa del presente acto administrativo. En consecuencia, MODIFICAR EL ARTÍCULO SEGUNDO de la Resolución No. 20184400046315 del 2018-04-24, el cual quedará así: La empresa prestadora interpuso recurso de reposición el cual fue resuelto mediante Resolución SSPD No. 20194400007215 del 20 de marzo de 2019, en el siguiente sentido: Cargo 1: Omisión en la obligación de reportar información en el Sistema Único de Información de Servicios Públicos –SUI– años 2014 y 2015, respecto del Servicio de Aseo. Cargo 2: Cargue extemporáneo de información en el sistema único de información de servicios públicos –SUI– años 2014 y 2015, respecto del Servicio de Aseo.

ARTÍCULO SEGUNDO: IMPONER sanción de MULTA a SERVICIOS AMBIENTALES S.A. E.S.P. a favor de la Nación, por la suma de VEINTICUATRO MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS CINCUENTA PESOS ($24,374,750.00) equivalente aproximadamente TREINTA Y UN SALARIOS MÍNIMOS LEGALES MENSUALES VIGENTES (31 SMLMV) para el año 2018,

por las siguientes infracciones:

4. Servicios Ambientales S.A. E.S.P11Boletín de Sanciones AAA ARTÍCULO SEGUNDO: Los demás artículos de la Resolución Sancionatoria 20184400046315 del 24 de abril de 2018 quedan incólumes”

2.1. Por el primer cargo relacionado por la omisión en la obligación de reportar información en el Sistema Único de Información de servicios públicos –SUIaño 2015, respecto del servicio de aseo MULTA de DIECINUEVE MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO PESOS CON CERO CENTAVOS ($19.687.298), equivalentes aproximadamente a VEINTICINCO SALARIOS MÍNIMOS LEGALES MENSUALES VIGENTES (25 SMLMV) para el año 2018. 2.2. Por el segundo cargo relacionado al cargue extemporá- neo de información en el Sistema Único de Información de servicios públicos -SUIaños 2014 y 2015, respecto del servicio de aseo MULTA por valor de CUATRO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS PESOS ($4.687.452,00) equivalentes a SEIS SALARIOS MÍNIMOS LEGALES MENSUALES VIGENTES (6 SMLMV), para el año 2018. El Superintendente Delegado para Acueducto, Alcantarillado y Aseo, mediante Resolución SSPD No. 20184400013645 del 20 de febrero de 2018, sancionó a la EMPRESA DE ACUEDUCTO, ALCANTARILLADO Y ASEO DE CHIMICHAGUA E. S. P. por un valor de $ 21.874.776,00, por los siguientes cargos: Cargo 1: Omisión a la obligación de contar con el catastro de usuarios completo y actualizado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto 302 de 2000.

5. Empresa De Acueducto, Alcantarillado

Cargo 1: Omisión a la obligación de contar con el catastro de usuarios completo y actualizado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 del Decreto 302 de 2000.

5. Empresa De Acueducto, Alcantarillado Y Aseo De Chimichagua E. S. P.12Boletín de Sanciones AAA Cargo 2: Omisión en contar con trabajadores certificados de conformidad con lo previsto en el artículo 11 de la Resolución 1076 de 2003, modificado por el artículo 2 de la Resolución 1570 de 2004 del Ministerio de

Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. Cargo 3: Incumplimiento de la obligación de contar con un Plan de Contingencia ajustado, para la prestación de los servicios de acueducto, alcantarillado y aseo, y presunta omisión de la obligación de reportar dicha información en el Sistema Único de Información de Servicios Pú- blicos –SUIde conformidad con lo establecido en los artículos 3 y 5 de la Resolución 154 de 2014, expedida por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio. Cargo 4: Falla en la prestación del servicio de acueducto por falta de continuidad. Cargo 5: Incumplimiento de realizar la micromedición y macromedición del consumo mediante instrumentos tecnológicos apropiados. Cargo 6: Incumplimiento de la obligación de materializar los puntos para la toma de muestras de control y vigilancia de la calidad del agua, de acuerdo con lo establecido en el artículo 6° de la Resolución Conjunta 811 de 2008, expedida por los entonces Ministerios de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, y de la Protección Social. Cargo 7: Omisión en la actualización de información ante el Registro

ta 811 de 2008, expedida por los entonces Ministerios de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, y de la Protección Social. Cargo 7: Omisión en la actualización de información ante el Registro Único de PrestadoresRUPS año 2014 y actualización de manera extemporánea para el año 2015”. “ARTÍCULO PRIMERO. - CONFIRMAR la Resolución 20184400013645 del 20 de febrero de 2018, proferida por la Superintendencia Delegada para Acueducto, Alcantarillado y Aseo, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente resolución”. La empresa prestadora interpuso recurso de reposición el cual fue resuelto mediante Resolución SSPD No. 20194400000075 del 8 de enero de 2019.Boletín de Sanciones AAA 13 El Superintendente Delegado para Acueducto, Alcantarillado y Aseo, mediante Resolución SSPD No.20184400014765 del 21 de febrero de 2018, sancionó a la EMPRESA DE SERVICIOS PUBLICOS DE ACUEDUCTO Y SANEAMIENTO BASICO DE EL COLEGIO CUNDINAMARCA por un valor de $ 23.437.260,00, por el siguiente cargo: “Artículo primero. - Confirmar la resolución 20184400014765 del 21 de febrero de 2018, proferida por la superintendencia delegada para acueducto, alcantarillado y aseo, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente resolución”.

La empresa prestadora interpuso recurso de reposición el cual fue resuelto mediante Resolución SSPD No. 20194400001425 del 30 de enero de 2019.

Cargo Único: Omisión en la obligación de reportar información en el Sistema Único de Información de Servicios Públicos –SUI– años 2013 y

2014”.

6. Empresa de Servicios Publicos de Acueducto

y Saneamiento Basico de El Colegio Cundinamarca El Superintendente Delegado para Acueducto, Alcantarillado y Aseo, mediante Resolución SSPD No.20184400021055 del 2 de marzo de 2018, sancionó a las EMPRESAS PUBLICAS DE GARZON E.S.P. por un valor de $22.656.018,00, por los siguientes cargos: Cargo 1: Omisión en la obligación de reportar información en el Sistema Único de Información de Servicios Públicos –SUI– años 2013 y 2014, respecto de los servicios de acueducto y alcantarillado. Cargo 2: Incumplimiento a la obligación de actualizar la inscripción en el Registro Único de Prestadores de Servicios Públicos – RUPSpara el año 2015 y por haber presentado extemporáneamente la solicitud de actualización en el Registro Único de Prestadores de Servicios PúblicosRUPSpara el año 2014”.

7. Empresas Publicas de Garzon E.S.P.14Boletín de Sanciones AAA “Artículo primero. - Confirmar la resolución 20184400021055 del 2 de marzo de 2018, proferida por la superintendencia delegada para acueducto, alcantarillado y aseo, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente resolución”.

marzo de 2018, proferida por la superintendencia delegada para acueducto, alcantarillado y aseo, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente resolución”. La empresa prestadora interpuso recurso de reposición el cual fue resuelto mediante Resolución SSPD No.20194400001995 del 6 de febrero de 2019. El Superintendente Delegado para Acueducto, Alcantarillado y Aseo, mediante Resolución SSPD No.20184400023565 del 8 de marzo de 2018, sancionó a la EMPRESA PRESTADORA DEL SERVICIO PÚBLICO DE ASEO E.S.P. por un valor de $22.656.018,00, por el siguiente cargo: El Superintendente Delegado para Acueducto, Alcantarillado y Aseo, mediante Resolución SSPD No.20184400028855 del 23 de marzo de 2018, sancionó a la EMPRESA IBAGUEREÑA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO S.A E.S.P OFICIAL, por un valor de $95.311.524,00, por los siguientes cargos: “Artículo primero. - Confirmar la resolución 20184400023565 del 8 de marzo de 2018, proferida por la superintendencia delegada para acueducto, alcantarillado y aseo, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente resolución”. La empresa prestadora interpuso recurso de reposición el cual fue resuelto mediante Resolución SSPD No.20194400003285 del 15 de febrero de 2019.

Cargo Único: Omisión en la obligación de reportar información en el Sistema Único de Información de Servicios Públicos –SUI– años 2014 y

2015”.

8. Empresa Prestadora del Servicio Público de Aseo E.S.P.

Cargo Único: Omisión en la obligación de reportar información en el Sistema Único de Información de Servicios Públicos –SUI– años 2014 y

2015”.

8. Empresa Prestadora del Servicio Público de Aseo E.S.P.

9. Empresa Ibaguereña de Acueducto y Alcantarillado S.A E.S.P. Oficial15Boletín de Sanciones AAA “ARTÍCULO PRIMERO. – MODIFICAR el ARTÍCULO SEGUNDO de la Resolución 20184400028855 del 23 de marzo de 2018, en el sentido de eximir del pago de la multa impuesta por el segundo cargo en la suma de catorce millones ochocientos cuarenta y tres mil quinientos noventa y ocho pesos ($14.843.598,00), al haber acreditado que contaba con el manual de operación y de mantenimiento del sistema de alcantarillado de conformidad con lo expuesto en la parte motiva

de la presente resolución, el cual quedará así: IMPONER sanción de MULTA a EMPRESA IBAGUEREÑA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO S.A E.S.P OFICIAL a favor de la Nación, por la suma de OCHENTA MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS VEINTISEIS PESOS ($80.467.926,00) equivalentes a

CIENTO TRES SALARIOS MÍNIMOS LEGALES MENSUALES VIGENTES (103

SMMLV) por la siguiente infracción correspondiente al primer cargo relacionado con la falla en la prestación del servicio de alcantarillado en la ciudad de Ibagué por falta de mantenimiento en las redes e instalaciones”. La empresa prestadora interpuso recurso de reposición el cual fue resuelto mediante Resolución SSPD No.20194400003305 del 15 de febrero de 2019.

en la ciudad de Ibagué por falta de mantenimiento en las redes e instalaciones”. La empresa prestadora interpuso recurso de reposición el cual fue resuelto mediante Resolución SSPD No.20194400003305 del 15 de febrero de 2019. Cargo 1: : Falla en la prestación del servicio público de alcantarillado en la ciudad de Ibagué por falta de mantenimiento en las redes e instalaciones. Cargo 2: Incumplimiento al no contar con un manual de operación y de mantenimiento del sistema de alcantarillado de conformidad con lo establecido en los artículos 199 y 202 de la Resolución 1096 de 2000 expedida por el Ministerio de Desarrollo Económico”.16Boletín de Sanciones AAA El Superintendente Delegado para Acueducto, Alcantarillado y Aseo, mediante Resolución SSPD No.20184400040025 del 17 de abril de 2018, sancionó a la EMPRESA REGIONAL DE AGUAS DEL TEQUENDAMA S.A. por un valor de $52.975.648,00, por el siguiente cargo: “Artículo primero. - Confirmar la resolución 20184400040025 del 17 de abril de 2018, proferida por la superintendencia delegada para acueducto, alcantarillado y aseo, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente resolución”. La empresa prestadora interpuso recurso de reposición el cual fue resuelto mediante Resolución SSPD No.20194400001985 del 6 de febrero de 2019.

Cargo Único: Omisión en la obligación de reportar información en el Sistema Único de Información de Servicios Públicos –SUI– años 2014 y

2015”.

10. Empresa Regional de Aguas del Tequendama S.A.

Cargo Único: Omisión en la obligación de reportar información en el Sistema Único de Información de Servicios Públicos –SUI– años 2014 y

2015”.

10. Empresa Regional de Aguas del Tequendama S.A.

El Superintendente Delegado para Acueducto, Alcantarillado y Aseo, mediante Resolución SSPD No.20184400046215 del 24 de abril de 2018, sancionó a la empresa PRO-AMBIENTALES S.A E.S.P. por un valor de $ 32.030.922,00, por los siguientes cargos:

11. Pro-Ambientales S.A E.S.P.

Cargo 1: Omisión en la publicación en la página web de las rutas y horarios de las actividades de recolección y transporte y barrido y limpieza de las vías y áreas públicas de conformidad con lo establecido en el artículo 2.3.2.2.2.3.33 y 2.3.2.2.4.2.112 del Decreto 1077 de 2015. Cargo 2: Incumplimiento de la empresa al no tener detalladas las macrorrutas y microrrutas de los vehículos de recolección y transporte de residuos sólidos de conformidad con lo establecido en el artículo 2.3.2.2.2.3.30 del Decreto 1077 de 2015.Boletín de Sanciones AAA “Artículo primero. - Confirmar la resolución 20184400046215 del 24 de abril de 2018, proferida por la superintendencia delegada para acueducto, alcantarillado y aseo, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente resolución”. La empresa prestadora interpuso recurso de reposición el cual fue resuelto mediante Resolución SSPD No.20194400007345 del 22 de marzo de 2019.

parte motiva de la presente resolución”. La empresa prestadora interpuso recurso de reposición el cual fue resuelto mediante Resolución SSPD No.20194400007345 del 22 de marzo de 2019. La empresa prestadora interpuso recurso de reposición el cual fue resuelto mediante Resolución SSPD No.20194400007625 del 27 de marzo de 2019. El Superintendente Delegado para Acueducto, Alcantarillado y Aseo, mediante Resolución SSPD No.20184400096595 del 18 de julio de 2018, sancionó a EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PÚBLICOS DE TAURAMENA S.A. E.S.P. por un valor de $26.562.228,00, por los siguientes cargos:

12. Empresa Municipal de Servicios Públicos

de Tauramena S.A. E.S.P. Cargo 1: Omisión en la obligación de reportar información en el Sistema Único de Información de Servicios Públicos –SUI– años 2014 y 2015. Cargo 2: Cargue extemporáneo de información al Sistema Único de Información de Servicios Públicos – SUIaños 2014 y 2015”. Cargo 3: Omisión en el monitoreo de la actividad de recolección de residuos sólidos, de conformidad con lo previsto en el artículo 2.3.2.2.2.3.49 del Decreto 1077 de 2015. Cargo 4: Incumplimiento al no cumplir con las especificaciones técnicas de los vehículos de recolección y transporte de residuos sólidos, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.3.2.2.2.3.36 del Decreto 1077 de 2015”. 1718Boletín de Sanciones AAA

cas de los vehículos de recolección y transporte de residuos sólidos, de conformidad con lo establecido en el artículo 2.3.2.2.2.3.36 del Decreto 1077 de 2015”. 1718Boletín de Sanciones AAA “ARTÍCULO PRIMERO. – CONFIRMAR la Resolución No. 20184400023505 del 8 de marzo de 2018, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente Resolución.”. “ARTÍCULO PRIMERO.- MODIFICAR el ARTÍCULO SEGUNDO de la Resolución 20184400096595 del 18 de julio de 2018, en el sentido de disminuir el monto de la multa impuesta por el primer cargo a la suma de CIECINUEVE MILLONES SESCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS NOVENTA OCHO PESOS ($19.687.298.00) equivalentes a 25 SMLMV, y confirmar el valor de la multa impuesta por el segundo cargo en la suma de CUATRO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS PESOS ($4.687.452) equivalentes a 6 SMLMV. En consecuencia, se sancionará a la EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIOS PUBLICOS DE TAURAMENA S.A. E.S.P en la suma de VEINTICUATRO MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS CINCUENTA PESOS ($24.374.750,00) equivalentes a 31 SMLMV, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente resolución”. La empresa prestadora interpuso recurso de reposición el cual fue resuelto mediante Resolución SSPD No. 20194400003595 del 20 de febrero de 2019, en el

conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente resolución”. La empresa prestadora interpuso recurso de reposición el cual fue resuelto mediante Resolución SSPD No. 20194400003595 del 20 de febrero de 2019, en el siguiente sentido: El Superintendente Delegado para Acueducto, Alcantarillado y Aseo, mediante Resolución SSPD No. 20184400023505 del 08 de marzo de 2018, sancionó a la EMPRESA SERVICIOS INTEGRALES EFECTIVOS S.A. E.S.P., por un valor de $23.437.260,00, por el siguiente cargo:

13. Empresa Servicios Integrales Efectivos S.A. E.S.P.

Cargo Único: Omisión en la obligación de reportar información en el Sistema Único de Información de Servicios Públicos –SUI– años 2014 y 2015.19Boletín de Sanciones AAA “ARTÍCULO PRIMERO: CONFIRMAR la Resolución N° 20184400044655 del 23 de abril de 2018, por las razones expuestas en la parte considerativa del presente acto administrativo.” La empresa prestadora interpuso recurso de reposición el cual fue resuelto mediante Resolución SSPD No. 20194400007725 del 27 de marzo de 2019, en el

siguiente sentido: El Superintendente Delegado para Acueducto, Alcantarillado y Aseo, mediante Resolución SSPD No. 20184400044655 del 23 de abril de 2018, sancionó a EMPRESAS MUNICIPALES DE CALI E.I.C.E E.S.P. por un valor de $ 156.248.400,00, por el siguiente cargo:

14. Empresas Municipales de Cali E.I.C.E E.S. P.

EMPRESAS MUNICIPALES DE CALI E.I.C.E E.S.P. por un valor de $ 156.248.400,00,

por el siguiente cargo:

14. Empresas Municipales de Cali E.I.C.E E.S. P.

Cargo Único: Incumplimiento de la obligación de medir los consumos, en los términos establecidos en el numeral 9.1 del artículo 9 de la ley 142 de 1994 concordante con el artículo 146 de la misma normatividad”.

La empresa prestadora interpuso recurso de reposición el cual fue resuelto mediante Resolución SSPD No. 20194400007605 de 26 de 2019, se confirmó íntegramente la Resolución Sancionatoria y denegó por improcedente el Recurso de Apelación. El Superintendente Delegado para Acueducto, Alcantarillado y Aseo, mediante Resolución SSPD No. 20184400075815 de junio 18 de 2018, impuso una sanción a INSTITUTO DE SERVICIOS VARIOS DE IPIALES (en adelante ISERVI) por un valor de $25.780.986, por el siguiente cargo:

15. Instituto de Servicios Varios de Ipiales Cargo Único: Omisión en la obligación de reportar información en el Sistema Único de Información de Servicios Públicos (SUI) correspondiente a los años 2014 y 2015.20Boletín de Sanciones AAA La empresa prestadora interpuso recurso de reposición el cual fue resuelto mediante Resolución No. 20194400005075 de marzo 7 de 2019, la resolución sancionatoria fue confirmada íntegramente.

El Superintendente Delegado para Acueducto, Alcantarillado y Aseo, mediante Resolución SSPD No. 20184400012635 de febrero 19 de 2018, impuso una

sancionatoria fue confirmada íntegramente. El Superintendente Delegado para Acueducto, Alcantarillado y Aseo, mediante Resolución SSPD No. 20184400012635 de febrero 19 de 2018, impuso una sanción de multa a SERVIASEO POPAYAN S.A. E.S.P. (SERVIASEO) por un valor de $50.780.730, por el siguiente cargo: El Superintendente Delegado para Acueducto, Alcantarillado y Aseo, mediante Resolución SSPD No. 20184400012635 de febrero 19 de 2018, impuso una sanción a la ALCALDIA MUNICIPAL DE ASTREA (ASTREA) por valor de $49.218.246,00, por los siguientes cargos:

16. Serviaseo Popayan S.A. E.S.P. (SERVIASEO) Cargo Único: Incumplimiento al numeral 7 del artículo 28 y numeral 6 del ar

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