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SUPERFINANCIERA - Carta Circular 44 de 2026

Superintendencia Financiera de Colombia

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Detalles

Título
SUPERFINANCIERA - Carta Circular 44 de 2026
Autor
Superintendencia Financiera de Colombia
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2026

Superintendencia Financiera de Colombia

CARTA CIRCULAR 44 DE 2026

(Julio 16 ) Sefiores REPRESENTANTES .LEGALES Y REVISORES FISCALES DE LAS SOCIEDADES ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE PENSIONES Y DE CESANTIA Referencia: Instrucciones relativas al cálculo de la rentabilidad mínima obligatoria para el Fondo Especial de Retiro Programado.

Apreciados señores: De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 2.6.1, Capítulo II, Título 111 de la Parte II de la Circular Básica Juridica (CBJ), esta Superintendencia estableció los índices de mercado a utilizar para el cálculo de la rentabilidad mínima obligatoria para el Fondo Especial de Retiro Programado.

Por lo anterior, esta Superintendencia se permite informar:

1. De conformidad con el numeral 2.6.1.1., el Índice representativo del mercado de renta variable local a utilizar será el Índice Agregado de Renta Variable Local (IARVL), establecido en el subnumeral 1.10.2.3 del Capítulo III, Titulo 111, Parte II de la CBJ.

Al respecto, el valor del indice IARVL y las ponderaciones a tener en cuenta a 30 de junio de 2026 son las siguientes: Composición Ponderaciones S&P 50,00% COLCAP 50,00% Valor Índice 139,57 11.De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 2.6.2, Capítulo II, Titulo III de la Parte II de la CBJ, los porcentajes de ponderación de las inversiones a tener en cuenta en el cálculo de las rentabilidades de los índices del mercado serán los siguientes:

Parte II de la CBJ, los porcentajes de ponderación de las inversiones a tener en cuenta en el cálculo de las rentabilidades de los índices del mercado serán los siguientes:

Dirección: Calle 7 No. 4 - 49 Bogotá D.C., Colombia Página | 1

Conmutador: (+57) 601 594 0200 - 601 594 0201 www, superfinanciera.gov.coSuperintendencia

Financiera de Colombia

  1. Ponderación de Inversiones:

Ponderación Promedio saldos Índice de Mercado Acciones emisores nacionales y fondos de (A) inversión colectiva representativos de indices 3,69% TARVL accionarios locales Acciones emisores extranjeros, fondos de inversion internacionales representativos Gg (8) indices accionarios y activos alternativos del 16,11% MSCI ACWI exterior (C) Demás Inversiones Admisibles 80,20% COLTES UVR Total Portafolio 100,00% Las rentabilidades del indice MSCI ACWI serán calculadas tanto en dólares estadounidenses como en pesos colombianos, las cuales serán ponderadas de acuerdo con los criterios establecidos a continuación: (D) Inversión en Moneda Extranjera 20,14% . (E) Inversion en Moneda Extranjera Sin Cobertura 13,70% (F) — Inversión en moneda extranjera con cobertura 6,44% % ACWI USD = min((B),(E),15% 13,70% % ACWLCOP = min((B)-%ACWI USD),20% 2,41% Para el efecto, se tomó el promedio simple de las participaciones del período comprendido entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026,

% ACWLCOP = min((B)-%ACWI USD),20% 2,41% Para el efecto, se tomó el promedio simple de las participaciones del período comprendido entre el 1 de julio de 2025 y el 30 de junio de 2026, Los porcentajes de ponderación de las participaciones regirán para el período de acumulación comprendido entre el 1 de julio de 2026 y el 30 de junio de 2027.

  1. Cálculo de la rentabilidad de los índices: a) Índice IACWI USD: Vice, TRMy Y 3/7 © © ACW = j(— - RIACWIysp (Ge mo) 1

Donde: RIACWI USD = Rentabilidad del Índice en términos efectivos anuales VI (t) = Valor del Indice al cierre, del día final del periodo de cálculo TRM (t) = Valor de la Tasa Representativa del mercado al cierre, del dia final del periodo de cálculo VI () = Valor del Índice al cierre, del día inicial del periodo de cálculo

Dirección: Calle 7 No. 4 - 49 Bogotá D.C., Colombia Página | 2

Conmutador: (+57) 601 594 0200 - 601 594 0201

www.superfinanciera.gov.coSuperintendencia Financiera de Colombia Valor de la Tasa Representativa del mercado al cierre, del día inicial del periodo de cálculo It TRM (i) n = Numero de dias del periodo de calculo b) Índice IACWI COP : Vie 365/n RIACWleop = The —-1 1

Donde: RIACWI COP = Rentabilidad del Índice en términos efectivos anuales VI (t) = Valor del Índice al cierre, del día final del periodo de cálculo

Vie 365/n RIACWleop = The —-1 1

Donde: RIACWI COP = Rentabilidad del Índice en términos efectivos anuales VI (t) = Valor del Índice al cierre, del día final del periodo de cálculo VI( = Valor del Índice al cierre, del día inicial del periodo de cálculo n = Numero de días del periodo de cálculo

Cordialmente,

MARCO FIDEL MARTINEZ ALBARRACIN

SUPERINTENDENTE DELEGADO PARA PENSIONES

411000

Elaboró: SESP s6

Revisó: HDVM éuéa

Aprobó: MFMA

Dirección: Calle 7 No. 4 - 49 Bogotá D.C., Colombia Página | 3

Conmutador: (+57) 601 594 0200 - 601 594 0201

www.superfinanclera.gov.co

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