SUPERFINANCIERA - Resolución 0081 de 2025
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SUPERFINANCIERA - Resolución 0081 de 2025
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2025
S “2 Superintendencia <d) Financiera de Colombia DINA TL Finonricra de Colombia po: 0/0 (2005 11:52 AN ai ite: 240ERTURA O CIERRE Anexos: No
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LA e 'Cuperintendencia —. Radicación 20240090.13-028-000 , + a Les ado: NO pedi A 200040 O00O1O-GRUPO DE AUTOR! Soñtcttad: RESOLUCION DOBI -020 Reaiten i jo: CHO DEL SUPERIN Teléfono: 584 02 00 MM e e IDE RESOLUCIÓN NÚMERO 0081 g8fDE2025 (20 ENE 2025 ) Por medio de la cual se autoriza la apertura de una Oficina de Representación en Colombia de la entidad del exterior SARDONA CAPITAL S.A., para realizar actos de promoción y publicidad de sus productos y servicios del mercado de valores del exterior EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO En ejercicio de sus facultades legales y, en especial, de las que le confiere el numeral 15 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010 y CONSIDERANDO PRIMERO. Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 4.1.1.1.2 del Decreto 2555 de 2010, las instituciones del mercado de valores del exterior que pretendan promover y publicitar productos y servicios del mercado de valores en Colombia o a sus residentes, deben establecer una oficina de representación o celebrar un contrato de corresponsalía con una sociedad comisionista de bolsa de valores o con una corporación financiera. SEGUNDO. Que corresponde al Superintendente Financiero de Colombia autorizar el establecimiento en el país de oficinas de
con una sociedad comisionista de bolsa de valores o con una corporación financiera. SEGUNDO. Que corresponde al Superintendente Financiero de Colombia autorizar el establecimiento en el país de oficinas de representación de instituciones del mercado de valores del exterior, de acuerdo con lo previsto en el numeral 15 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, así como ejercer la inspección, vigilancia y control sobre dichas oficinas, de. conformidad con lo previsto en el artículo 4.1.1.1.12 del mismo decreto. TERCERO. Que mediante comunicación radicada bajo el número 2024009013-000-000 del 26 de enero de 2024, Gilberto Enrique Amaya García, actuando en calidad de apoderado especial de Sardona Capital S.A. sociedad con domicilio en la ciudad de Panamá, República de Panamá, solicitó autorización para la apertura de una oficina de representación de esa entidad en Colombia, con el fin de promocionar ROy a e
- Superintendencia
Financiera de Colombia
V0g8: RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2025 HOJA No. 2
Por la cual se autoriza a la institución del mercado de valores del exterior SARDONA CAPITAL S.A., para realizar actos de promoción y publicidad de sus productos o servicios a través de la Oficina de Representación en Colombia. sus productos y servicios del mercado de valores en el mercado colombiano o a sus residentes. CUARTO. Que para tales efectos se allegó la información requerida en el artículo 4.1.1.1.4 del Decreto 2555 de 2010, así como en la lista de chequeo M-LC-AUT-024, implementada por esta Superintendencia de
CUARTO. Que para tales efectos se allegó la información requerida en el artículo 4.1.1.1.4 del Decreto 2555 de 2010, así como en la lista de chequeo M-LC-AUT-024, implementada por esta Superintendencia de acuerdo con lo previsto en el Capítulo 1, Título 1, Parte 1 de la Circular Básica Jurídica. QUINTO. Que Sardona Capital S.A. es una entidad del exterior constituida y existente bajo las leyes de la República de Panamá, autorizada para llevar a cabo actividades del mercado de valores, y, en tal condición, sometida a la supervisión de la Superintendencia del Mercado de Valores de Panamá. SEXTO. Que la actividad en Colombia de las oficinas de representación se limita exclusivamente a promocionar los productos y servicios que constituyen el objeto social de la respectiva institución del exterior, según las reglas establecidas en los artículos 4.1.1.1.7 y 4.1.1.1.8 del Decreto 2555 de 2010, y en los términos de la autorización específica otorgada para el efecto por esta Superintendencia. SÉPTIMO. Que, de acuerdo con el Plan General de Funcionamiento allegado, la Oficina de Representación de Sardona Capital S.A. en Colombia promocionará: Servicios de asesoría de inversión, y estructuración de emisiones de títulos valores, para aquellos inversionistas institucionales que así lo requieran. Y la cuenta de inversión a través de la cual los consumidores financieros podrán adquirir los siguientes productos: Producto Bolsa de Valores oO|Jurisdicció | Entidad Sistema n Supervisora de Negociación Fondos New York Stock | Estados Securities €
financieros podrán adquirir los siguientes productos: Producto Bolsa de Valores oO|Jurisdicció | Entidad Sistema n Supervisora de Negociación Fondos New York Stock | Estados Securities € Cotizados - Exchange Unidos Exchange ETF“s- (Renta | (NYSE), National Commission fija y Association (SEC) Renta variable | of Securities Dealers en Automated Quotation mercados de los | (NASDAQ) Estados Unidos) Fondos de | Frankfurt Stock | Unión European Inversión Exchange, Europea, | Securities and UCITS - (Renta | London Stock Exchange, fija y SIX Swiss Exchange;
Dirección: Calle 7 No. 4 - 49 Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 594 0200 - 601 594 0201
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HOJA No. 3
Por la cual se autoriza a la institución del mercado de valores del exterior SARDONA CAPITAL S.A., para realizar actos de promoción y publicidad de sus productos o servicios a través de la Oficina de Representación en Colombia. + Renta variable ¡ Luxemburg Stock | Reino Markets en Exchange, Unido, Authority, mercados Euroclear, Clearstream Suiza Financial Europeos) Conduct Authority (FSA), Swiss Financial Market Supervisory Authority, The Commission de Surveillance du Secteur -Financier Acciones New York Stock | Estados Securities 8 Exchange Unidos, Exchange (NYSE), National | Unión Commission Association | Europea, |(SEC) -, of Securities Dealers Reino European Automated Quotation Unido, Securities and (NASDAQ), London Stock | Suiza, Markets
Acciones New York Stock | Estados Securities 8 Exchange Unidos, Exchange (NYSE), National | Unión Commission Association | Europea, |(SEC) -, of Securities Dealers Reino European Automated Quotation Unido, Securities and (NASDAQ), London Stock | Suiza, Markets Exchange; Frankfurt | Luxembur | Authority, Stock go, Financial Exchange, SIX Swiss Panamá Conduct Exchange, Luxemburg Authority Stock (FCA), Swiss Exchange, Euroclear, Financial Clearstream, Latinclear | Market Supervisory Authority, The Commission de Surveillance du Secteur Financier Bonos New York Stock | Estados Securities 4 Soberanos Exchange Unidos, Exchange (NYSE), Treasury Direct, | Unión Commission Bolsa Europea, (SEC), Latinoamericana de | Panamá European | Valores Securities and (LATINEX), Euroclear, Markets Clearstream, Latinclear Ip o” Calle 7 No. 4 - 49 Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 594 0200 - 601 594 0201 - Wwww.superfinanciera.gov.co
Q-RESOLUCIÓN NÚMERO
Superintendencia Financiera de Colombia —
FE DE 2025 HOJA No. 4
Por la cual se autoriza a la institución del mercado de valores del exterior SARDONA CAPITAL S.A., para realizar actos de promoción y publicidad de sus productos o servicios a través de la Oficina de Representación en Colombia. Authority, | Superintende ncia del Mercado de Valores de Panamá (SMV) Bonos New York Stock | Estados Securities € Corporativos Exchange Unidos, Exchange (NYSE), Bolsa Unión Commission Latinoamericana de | Europea, (SEO), Valores Panamá European
del Mercado de Valores de Panamá (SMV) Bonos New York Stock | Estados Securities € Corporativos Exchange Unidos, Exchange (NYSE), Bolsa Unión Commission Latinoamericana de | Europea, (SEO), Valores Panamá European (LATINEX), Euroclear, Securities and Clearstream, Latinclear Markets Authority, Superintende ncia del Mercado de Valores de Panamá (SMV) Productos London Stock Exchange; | Unión European Estructurados Frankfurt Stock | Europea, Securities and Exchange; SIX Reino Markets Swiss Exchange; | Unido, Authority, Luxemburg Suiza, Financial Stock Exchange, | Luxembur | Conduct Euroclear, go AuthorityClearstream, Latinclear (FCA), Swiss Financial Market Supervisory Authority, The Commission de Surveillance du Secteur Financier OCTAVO. Que en desarrollo de las facultades previstas en el numeral 3 del artículo 11.2.1.4.46 y en el numeral 3 del artículo 11.2.1.4.42, ambos del Decreto 2555 de 2010, el Superintendente Delegado para Intermediarios de Valores y la Superintendente Delegada Adjunta para Mercado de Capitales, propusieron autorizar el establecimiento en Colombia de la Oficina de Representación de Sardona Capital S.A., y Dirección: Calle 7 No. 4 - 49 Bogotá D.C., Colombia Conmutador; (+57) 601 594 0200 - 601 594 0201 www.superfinanciera.gov.co yr e al + 422 Superintendencia 2; Financiera de Colombia 0 . ES o
RESOLUCIÓN NÚMERO 6L 2025 HOJA No. 5
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RESOLUCIÓN NÚMERO 6L 2025 HOJA No. 5
Por la cual se autoriza a la institución del mercado de valores del exterior SARDONA CAPITAL S.A., para realizar actos de promoción y publicidad de sus productos o servicios a través de la Oficina de Representación en Colombia. previa validación del cumplimiento de los requisitos aplicables. NOVENO. Que, en atención a lo señalado en la Resolución número 2100 del 1 de diciembre de 2023, el Comité Asesor de Autorizaciones del Superintendente Financiero, en sesión celebrada el 13 de enero de 2025, evaluó la solicitud y aconsejó autorizar la apertura de la Oficina de Representación de Sardona Capital S.A., para realizar actos de promoción de los productos del mercado de valores del exterior señalados en el Plan General de Funcionamiento.
DÉCIMO: Que de conformidad con el artículo 11.2.1.4.46 del Decreto 2555 de 2010 corresponde al Superintendente Delegado para Intermediarios de Valores y Otros Agentes, además de las funciones previstas en los numerales 1 al 10 del citado artículo, las demás que se le asignen y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
DÉCIMO PRIMERO. Que según lo previsto en el numeral 1.1.3 de la Capítulo 11, Título 11, Parte 1 de la Circular Básica Jurídica, para la promoción o publicidad de productos o servicios diferentes o adicionales a los autorizados por la Superintendencia Financiera de Colombia se requiere la autorización previa de este ente de control. En virtud de lo expuesto, este Despacho,
promoción o publicidad de productos o servicios diferentes o adicionales a los autorizados por la Superintendencia Financiera de Colombia se requiere la autorización previa de este ente de control. En virtud de lo expuesto, este Despacho, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR la apertura de la Oficina de Representación en Colombia de Sardona Capital S.A., sociedad con domicilio en Panamá, República de Panamá, para que promueva y publicite en el territorio colombiano, única y exclusivamente los productos descritos en el considerando SEPTIMO del presente acto administrativo. En consecuencia, la Oficina de Representación deberá disponer las medidas pertinentes para que, a través de los canales que empleará para realizar sus labores de promoción y publicidad y para acceder a los productos respectivos, los residentes colombianos única y exclusivamente tengan acceso a los productos descritos en el citado considerando.
PARÁGRAFO PRIMERO: La presente autorización se entiende concedida únicamente frente a los productos del mercado de valores del exterior antes indicados, los cuales se encuentran señalados en el Plan
e birección: Calle 7 No, 4 - 49 Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 594 0200 - 601 594 0201 www.superfinanciera.gov.coSuperintendencia Financiera de Colombia
RESOLUCIÓN a 0 8 dos HOJA No. 6
Por la cual! se autoriza a la institución del mercado de valores del exterior SARDONA CAPITAL S.A., para realizar actos de promoción y publicidad de sus productos o servicios a través de la Oficina de Representación en Colombia. General de Funcionamiento de la Oficina de Representación. Por esta razón, la promoción y publicidad de productos o servicios distintos a los
S.A., para realizar actos de promoción y publicidad de sus productos o servicios a través de la Oficina de Representación en Colombia. General de Funcionamiento de la Oficina de Representación. Por esta razón, la promoción y publicidad de productos o servicios distintos a los señalados en el considerando SEPTIMO de la presente resolución requerirá autorización previa y expresa de esta Superintendencia.
PARÁGRAFO SEGUNDO: La autorización para la promoción de los productos descritos en esta resolución se otorga bajo el entendido de que las condiciones que han sido acreditadas serán mantenidas durante la vigencia de la Oficina de Representación, sin perjuicio del cumplimiento de las normas aplicables a las operaciones celebradas entre residentes y agentes del exterior, conforme al régimen cambiario colombiano.
ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER que la autorización previa y expresa de productos y/o servicios adicionales a los descritos en el considerando séptimo del presente acto administrativo sea impartida por el Superintendente Delegado para Intermediarios de Valores y Otros
Agentes.
ARTÍCULO TERCERO: ADVERTIR que para desarrollar campañas que tengan por objeto promover y/o publicitar en el país a la entidad representada y sus servicios, se debe atender el régimen de publicidad establecido en el numeral 1.1.7 del Capítulo II del Título II de la Parte 1
de la Circular Básica Jurídica.
ARTÍCULO CUARTO: ADVERTIR a la Oficina de Representación de Sardona Capital S.A. que es su deber dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4.1.1.1.9 del Decreto 2555 de 2010, frente a los potenciales inversionistas colombianos o residentes en Colombia a
Sardona Capital S.A. que es su deber dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4.1.1.1.9 del Decreto 2555 de 2010, frente a los potenciales inversionistas colombianos o residentes en Colombia a quienes se les promocionen o publiciten los productos señalados de manera expresa en el presente acto administrativo, independientemente de que los mismos se vinculen efectivamente o no a la entidad del exterior. En tal sentido, la Oficina de Representación deberá solicitar a los potenciales inversionistas constancia del cumplimiento del suministro de la información mencionada en el artículo citado anteriormente, cuyo contenido deberá concordar con los productos autorizados que fueron señalados en el considerando SEPTIMO de esta resolución.
ARTÍCULO QUINTO: ADVERTIR que la autorización que imparte esta Superintendencia no implica ni opinión ni valoración respecto de las condiciones y los riesgos relacionados con los productos que se promocionarán y publicitarán a través de la Oficina de Representación, ni acerca de la institución del exterior, así como tampoco respecto a las demás entidades del exterior que intervienen en su administración,
A A Calle 7 No. 4 - 49 Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 594 0200 - 601 594 0201 www.superfinanciera.gov.co IA ¡ EY Superintendencia /; Financiera de Colombia 00 81 E ; RESOLUCIÓN NÚMERO 5 HOJA No. 7, Por la cual se autoriza a la .... del mercado de valores del exterior SARDONA CAPITAL S.A., para realizar actos de promoción y publicidad de sus productos o servicios a través de la Oficina de Representación en Colombia. gestión y distribución, las cuales se encuentran sujetas a su propia
Por la cual se autoriza a la .... del mercado de valores del exterior SARDONA CAPITAL S.A., para realizar actos de promoción y publicidad de sus productos o servicios a través de la Oficina de Representación en Colombia. gestión y distribución, las cuales se encuentran sujetas a su propia supervisión en las jurisdicciones de origen.
ARTÍCULO SEXTO: ADVERTIR que la Oficina de Representación de Sardona Capital S.A. no podrá operar hasta tanto su representante legal se haya posesionado ante la Superintendencia Financiera de Colombia, quien deberá cumplir con las calidades y requisitos previstos en -el artículo 4.1.1.1.11 del Decreto 2555 de 2010.
Así mismo, procede indicar que de conformidad con lo previsto en el numeral 2.1 del Capítulo 1V del Título IV de la Parte 1 de la Circular Básica Jurídica, deberá designarse un funcionario, con su respectivo suplente, responsable de la administración de las medidas de prevención y control diseñadas para prevenir que la realización de sus operaciones puedan ser utilizadas como instrumento para el ocultamiento, manejo, inversión o aprovechamiento en cualquier forma de dinero u otros bienes provenientes de actividades delictivas o destinados a su financiación, o para dar apariencia de legalidad a las actividades delictivas o a las transacciones y fondos vinculados con las mismas.
PARÁGRAFO: El representante legal de la Oficina de Representación tendrá como responsabilidad el diligenciamiento y envío a la SFC de la información relativa al nombre, número de identificación, teléfono y correo electrónico de los funcionarios responsables, a través de los canales dispuestos para tal efecto, dentro de los 15 días calendario siguientes a su nombramiento.
información relativa al nombre, número de identificación, teléfono y correo electrónico de los funcionarios responsables, a través de los canales dispuestos para tal efecto, dentro de los 15 días calendario siguientes a su nombramiento.
ARTÍCULO SÉPTIMO: ADVERTIR que de conformidad con lo - establecido en el parágrafo tercero del artículo 4.1.1,1.2 del Decreto e 2555 de 2010, la Oficina de Representación autorizada deberá cumplir con los deberes de todo comerciante, atendiendo las particularidades propias de su naturaleza. En desarrollo de lo anterior, dicha Oficina deberá registrarse como establecimiento de comercio en la Cámara de Comercio correspondiente y copia de dicha actuación deberá remitirse al Grupo de Notificaciones y Registro de esta Superintendencia, para las certificaciones a que haya lugar.
ARTÍCULO OCTAVO: ORDENAR que, por conducto de la Secretaría General de esta Superintendencia, se notifique personalmente la presente resolución al apoderado especial de Sardona Capital S.A., o a quien haga sus veces, entregándole copia de esta, y advirtiéndole que contra lo resuelto procede el recurso de reposición ante el Superintendente Financiero, que deberá ser interpuesto dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.
Dirección: Calle 7 No. 4 - 49 Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 594 0200 - 601 594 0201
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Por la cual se autoriza a la institución del mercado de valores del exterior SARDONA CAPITAL
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Por la cual se autoriza a la institución del mercado de valores del exterior SARDONA CAPITAL S.A., para realizar actos de promoción y publicidad de sus productos o servicios a través de la Oficina de Representación en Colombia.
ARTÍCULO NOVENO: REMITIR copia de esta Resolución al Grupo de Notificaciones y Registro de la Superintendencia Financiera de Colombia para los efectos pertinentes.
ARTÍCULO DÉCIMO: ORDENAR, una vez en firme, la publicación de esta resolución en el Boletín del Ministerio de Hacienda y Crédito Público,
Capítulo Superintendencia Financiera.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D. C., alos 20 ENE 2025
EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO,
CÉSAR FERRARI, Ph.D.
Notificación: Doctor : sfe Euperintendencia SERVICIO
Gilberto Amaya García de Colombia AL CIUDADANO
Apoderado Especial DOCUNENES: IGÍNAL RETIRADO AMANO
Oficina de Representación Sardona Capital S.A. NOMBRE: OL FECHA; LE == Email: abogadosempGgmail.com ; al 000040
Trámite: 2024009013
Revisó: - Angela Cristina Silva Rojas. Coordinadora Grupo de Autorizaciones
Juan Guillermo Aguilar Rivera. Superintendente Delegado para Intermediarios de Valores. - Magda a Vásquez Wilches. Superintendente Delegada Adjunta para Mercado de Capitales. Mario Alberto Sánchez García. Director Jurídico. Ay” talia Carolina Guerrero. Presidente del Comité de Autorizaciones.
Valores. - Magda a Vásquez Wilches. Superintendente Delegada Adjunta para Mercado de Capitales. Mario Alberto Sánchez García. Director Jurídico. Ay” talia Carolina Guerrero. Presidente del Comité de Autorizaciones.
Elaboró: Felipe Carrizosa Borda. Asesor Grupo de A E
Dirección: Calle 7 No. 4 - 49 Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 594 0200 - 601 594 0201
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