SUPERFINANCIERA - Resolución 0279 de 2025
Superintendencia Financiera
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Detalles
- Título
- SUPERFINANCIERA - Resolución 0279 de 2025
- Autor
- Superintendencia Financiera
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Financiero
- Año
- 2025
ya ñ ránite: 240 AA El Doc: O RESPUESTA ¡NAL E Superintendencia amas | ade Cotemibiaya : po PM WA O CIERRE OFICIN ad No Sal "e ie: 000040 0O0040-GRUPO DE AUTORI NerE FS: opten FEB 2025 intendencia peeticatario" A JOE HERNANDO ME eli: dl 02 sa de Colombia RESOLUCIÓN NÚMERO (279 DE2025.t (— .14FEB 205 —) Por medio de la cual se autoriza que las sociedades del exterior STONEX SECURITIES INC. y STONEX ADVISORS INC. realicen actos de promoción y | publicidad de sus productos y servicios en Colombia a través de la oficina de representación STONEX FINANCIAL INC. y STONEX MARKETS, LLC. por tener matriz común EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO En ejercicio de sus facultades legales y, en especial, de las que le confiere el numeral 15 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, CONSIDERANDO PRIMERO: Que de conformidad con el numeral 3 del artículo 4.1.1.1.2 del Decreto 2555 de 2010, las instituciones del mercado de valores del exterior que pretendan promover y publicitar productos y servicios del mercado de valores en Colombia o a sus residentes, deben establecer una oficina de representación o celebrar un contrato de corresponsalía con una sociedad comisionista de bolsa de valores o con una corporación financiera.
SEGUNDO: Que corresponde al Superintendente Financiero autorizar el establecimiento en el país de oficinas de representación de instituciones del mercado de valores del exterior, de acuerdo con lo previsto en el numeral 15 del
de valores o con una corporación financiera.
SEGUNDO: Que corresponde al Superintendente Financiero autorizar el establecimiento en el país de oficinas de representación de instituciones del mercado de valores del exterior, de acuerdo con lo previsto en el numeral 15 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, así como ejercer la inspección, vigilancia y control sobre dichas oficinas, de conformidad con lo previsto en el artículo 4.1.1.1.12 del mismo Decreto.
TERCERO: Que mediante comunicación radicada bajo el número 2024123025000-000, el apoderado especial de STONEX SECURITIES INC, y de STONEX ADVISORS INC., sociedades con domicilio en Birmingham, Alabama, Estados Unidos de América, solicitaron autorización para que dichas entidades puedan realizar la promoción y publicidad de sus productos y servicios en Colombia a través de la oficina de representación STONEX FINANCIAL INC. y STONEX MARKETS, LLC., la cual se encuentra debidamente autorizada por esta Superintendencia para operar desde el año 2014. Lo anterior, en virtud de lo dispuesto en el parágrafo primero del artículo 4.1.1.1.4 del Decreto 2555 de 2010. 1 Mediante Resolución No. 0826 del 28 de mayo de 2014 la SFC autorizó que mediante oficina de representación en Colombia FCSTONE LLC e INTL FCSTONE MARKETS LLC promocionaran única y exclusivamente los productos y servicios señalados en la mencionada resolución. Posteriormente mediante Resolución No. 0007 del 7 de enero de 2021, la SFC autorizó el cambió de razón social de la oficina de representación a STONEX
FINANCIAL INC. Y STONEX MARKETS, LLC.
del 7 de enero de 2021, la SFC autorizó el cambió de razón social de la oficina de representación a STONEX
FINANCIAL INC. Y STONEX MARKETS, LLC.
Página 1 de 6 Dirección; Calle 7 No. 4 - 49 Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 594 0200 - 601 594 0201 www.superfinanciera.gov.coSuperintendencia Financiera de Colombia RESOLUCIÓN NÚMERO () 2 7 9 De) 025:f7 HOJA No. 2 Por medio de la cual se autoriza que las” sociedades del exterior STONEX SECURITIES INC. y STONEX ADVISORS INC. realicen actos de promoción y publicidad de sus productos y servicios en Colombia a través de la oficina de representación STONEX FINANCIAL INC. y STONEX MARKETS, LLC. por tener matriz común CUARTO: Que STONEX SECURITIES INC. y STONEX ADVISORS INC. son sociedades constituidas en Delaware, Estados Unidos de América y se encuentran registradas ante la "Securities and Exchange Commission (SEC)” y ante la “Financial Industry Regulatory Authority (FINRA)”.
QUINTO: Que de acuerdo con el parágrafo 1 del artículo 4.1.1.1.4 del Decreto 2555 de 2010: “Una misma oficina de representación o la entidad matriz, filial o subsidiaria establecida en el país, que haga sus veces, de conformidad con el artículo 4.1.1.1.5 del presente decreto podrá representar a varias instituciones del exterior, siempre y cuando las mismas se encuentren relacionadas mediante vínculos de subordinación o tengan una matriz común”.
SEXTO: Que, a través de la documentación allegada, se acreditó que STONEX
del exterior, siempre y cuando las mismas se encuentren relacionadas mediante vínculos de subordinación o tengan una matriz común”.
SEXTO: Que, a través de la documentación allegada, se acreditó que STONEX SECURITIES INC., STONEX ADVISORS INC., STONEX FINANCIAL INC, y STONEX MARKETS, LLC., comparten una matriz común, que es la sociedad StoneX Group Inc. cuyo domicilio se encuentra en Nueva York, Estados Unidos. En cada caso, se allegó la información de las entidades que pretenden promover sus productos y servicios a través de la oficina de representación. Lo anterior, en cumplimiento de lo dispuesto en el parágrafo 1 del artículo 4.1.1.1.4 del Decreto 2555 de
2010.
SÉPTIMO : Que para tales efectos se allegó la información requerida en el artículo 4.1.1.1.4 del Decreto 2555 de 2010, así como en la lista de chequeo MLC-AUT-024, implementada por esta Superintendencia de acuerdo con lo previsto en el Capítulo 1, Título 1, Parte I de la Circular Básica Jurídica (CBJ).
OCTAVO: Que la actividad en Colombia de las oficinas de representación se limita exclusivamente a promover o publicitar los productos y servicios que constituyen el objeto social de la institución del exterior representada en Colombia, según las reglas establecidas en los artículos 4.1.1.1.7 y 4.1.1.1.8 del Decreto 2555 de 2010, y en atención a la autorización específica otorgada para el efecto por esta Superintendencia.
NOVENO: Que de acuerdo con el plan genera! de funcionamiento la oficina de
representación STONEX FINANCIAL INC, y STONEX MARKETS, LLC.,
el efecto por esta Superintendencia.
NOVENO: Que de acuerdo con el plan genera! de funcionamiento la oficina de representación STONEX FINANCIAL INC, y STONEX MARKETS, LLC., promocionará y publicitará los siguientes productos y/o servicios: Organismo de
Prnpucho Pola Meraato Supervisión Jurisdicción Acciones 8l ETFs (Exchange Traded Funds) cotizados en Me ata / SEC /FINRA USA el mercado estadounidense Euronext College of Euronext Exchanges: Regulators: Eurozone: Acciones 8 Ucit ETFs | + Amsterdam = AFM =- Netherlands Cotizando en los . Brussels a FSMA » Belgium mercados Globales Dublin « Central Bank of = Ireland « Lisbon Ireland » Portugal . Paris « CMVM France = AMF Página 2 de 6
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Y? www.superfinanciera.gov.coSuperintendencia Financiera de Colombia RESOLUCIÓN NúmERO Ú) 2 7 9 DE¡2 025. Por medio de la cual se autoriza que las sociedades del exterior STONEX SECURITIES INC. y STONEX ADVISORS INC. realicen actos de promoción y publicidad de sus productos y servicios en Colombia a través de la oficina de representación STONEX FINANCIAL INC. y STONEX MARKETS, LLC. por tener matriz común
HOJA No. 3
London Stock Financial Conduct Fondos Mutuos de Exchange Authority [FCA] Eran Federal Financial Deutsche Bourse Supervisory Authority Germany [BaFin]_ Swiss Financial SIX Swiss Exchange | Markets Supervisory Switzerland , Authority [FINMA] pa Comisión Nacional de
Fondos Mutuos de Exchange Authority [FCA] Eran Federal Financial Deutsche Bourse Supervisory Authority Germany [BaFin]_ Swiss Financial SIX Swiss Exchange | Markets Supervisory Switzerland , Authority [FINMA] pa Comisión Nacional de EA. Banca 8. Valores México
[CNBV]
Brasil Stock Comissao de Valores Brasil Exchange Mobilarios [CVM] Toronto Stock > E Exchange Canadian e e rities Canadá Securities Exchange diia Luxemburg Exchange CCSSsF Luxemburg » Central Bank of " Ireland Exchange AA = Ireland Guernsey Financial =« Currency Linked = Commodity Linked Inversión " Channel Islands Seiwices = Channel Islands Commission Productos de
Colocación Privada: » Plataforma CAIS
Plataforma Fondos de Cobertura iCapital (Hedge Funds) » Plataforma SEC /NFA/CFTE USA Crystal Capital Partners » Plataforma ALLFUNDs Productos de
Colocación Privada: " Plataforma CAIS dm e . Plataforma SEC Bajo Marco
(Private Capital ¡Capital Regulatorio Reg. D; USA Funds) " Plataforma Rule 504 € 506 Crystal Capital Partners « Plataforma ALLFUNDs Productos estructurados; " Equity Linked Notes Credit Linked Notes Productos de « Market Linked colocación privada SEC FINRÁ / CTF USA Notes = Interest Rate Linked DÉCIMO: Que en desarrollo de las facultades previstas en el numeral 3 del artículo 11.2.1.4.46 y en el numeral 3 del artículo 11.2.1.4.42, ambos del Y Decreto 2555 de 2010, el Superintendente Delegado para Intermediarios de Página 3 de 6
artículo 11.2.1.4.46 y en el numeral 3 del artículo 11.2.1.4.42, ambos del Y Decreto 2555 de 2010, el Superintendente Delegado para Intermediarios de Página 3 de 6
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www.superfinanciera.gov,coSuperintendencia Financiera de Colombia resoLución Número) 2 7902025 >" HOJA No. 4 Por medio de la cual se autoriza que les sociedades del exterior STONEX SECURITIES INC. y STONEX ADVISORS INC. realicen actos de promoción y publicidad de sus productos y servicios en Colombia a tra vés de fa oficina de representación STONEX FINANCIAL INC, y STONEX MARKETS, LLC, por tener matriz común Valores y la Superintendente Delegada Adjunta para Mercado de Capitales, propusieron al Superintendente Financiero autorizar que STONEX SECURITIES INC. y STONEX ADVISORS INC. realicen actos de promoción de sus productos y servicios en Colombia a través de la oficina de representación STONEX FINANCIAL INC, y STONEX MARKETS, LLC., previa validación del cumplimiento de los requisitos aplicables.
DÉCIMO PRIMERO: Que, en atención a lo señalado en la Resolución número 2100 del 1 de diciembre de 2023, el Comité Asesor de Autorizaciones del Superintendente Financiero, en sesión celebrada el 10 de febrero de 2025, evaluó la documentación asociada al presente trámite administrativo y le aconsejó sobre la viabilidad de otorgar la autorización formulada por los solicitantes.
Superintendente Financiero, en sesión celebrada el 10 de febrero de 2025, evaluó la documentación asociada al presente trámite administrativo y le aconsejó sobre la viabilidad de otorgar la autorización formulada por los solicitantes.
DÉCIMO SEGUNDO: Que de conformidad con el artículo 11.2.1.4.46 del Decreto 2555 de 2010 corresponde al Superintendente Delegado para Intermediarios de Valores, además de las funciones previstas en los numerales 1 al 10 del citado artículo, las demás que se le asignen y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
DÉCIMO TERCERO: Que según lo previsto en el numeral 1.1.3 del Capítulo Il, Título II, Parte 1 de la CBJ, para la promoción o publicidad de productos o servicios diferentes o adicionales a los autorizados por la Superintendencia Financiera de Colombia se requiere la autorización previa de este ente de control.
En virtud de lo expuesto, este Despacho,
RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO: AUTORIZAR que STONEX SECURITIES INC. y STONEX ADVISORS INC. realicen actos de promoción de sus productos y servicios en Colombia a través de la oficina de representación STONEX FINANCIAL INC. y
STONEX MARKETS, LLC.
En consecuencia, la Oficina de Representación podrá promocionar y publicitar única y exclusivamente los productos descritos en el considerando noveno del presente acto administrativo. Así mismo, deberá disponer las medidas pertinentes para que, a través de los canales que empleará para realizar sus labores de promoción y publicidad y para acceder a los productos respectivos, los residentes colombianos única y exclusivamente tengan acceso a los
pertinentes para que, a través de los canales que empleará para realizar sus labores de promoción y publicidad y para acceder a los productos respectivos, los residentes colombianos única y exclusivamente tengan acceso a los productos y/o servicios descritos en el considerando noveno del presente acto administrativo.
PARÁGRAFO PRIMERO: La autorización para la promoción de los productos y/o servicios antes mencionados, se entiende sin perjuicio del cumplimiento de las normas aplicables a las operaciones celebradas entre residentes colombianos con agentes del exterior, contenidas en el régimen cambiario.
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www.superfinanciera.gov.coSu parintendendia Financiera de Colombia resoLución número O 2 79 02025 HOJA No. 5 Por medio de la cual se autoriza que las sociedades del exterior STONEX SECURITIES INC. y STONEX ADVISORS INC. realicen actos de promoción y publicidad de sus productos y servicios en Colombia a través de la oficina de representación STONEX FINANCIAL INC. y STONEX MARKETS, LLC, por tener matriz común PARÁGRAFO SEGUNDO: La presente autorización se entiende concedida únicamente frente a los productos del mercado de valores del exterior antes indicados, los cuales se encuentran señalados en el plan de funcionamiento. Por esta razón, la promoción de productos o servicios distintos a los señalados en el considerando noveno de la presente resolución requerirá autorización previa y expresa de esta Superintendencia.
PARÁGRAFO TERCERO: La autorización que se imparte a través del presente acto administrativo no implica calificación ni responsabilidad alguna por parte de
considerando noveno de la presente resolución requerirá autorización previa y expresa de esta Superintendencia.
PARÁGRAFO TERCERO: La autorización que se imparte a través del presente acto administrativo no implica calificación ni responsabilidad alguna por parte de la Superintendencia Financiera de Colombia acerca de la entidad del exterior, las personas naturales o jurídicas vinculadas a esta, ni sobre la bondad o seguridad de las inversiones en los productos que serán objeto de promoción, así como tampoco respecto a las demás entidades del exterior que intervienen en su administración, gestión y distribución.
ARTÍCULO SEGUNDO: DISPONER que la autorización previa y expresa de productos y/o servicios adicionales a los descritos en el considerando noveno del presente acto administrativo sea impartida por el Superintendente Delegado para Intermediarios de Valores.
ARTÍCULO TERCERO: ADVERTIR que para desarrollar campañas que tengan por objeto promover y/o publicitar en el país a la entidad representada y sus servicios, se debe atender el régimen de publicidad establecido en el numeral 1.1.7 del Capítulo 11, Título 11, Parte 1 de la Circular Básica Jurídica de este
Organismo de Supervisión.
ARTÍCULO CUARTO: ADVERTIR a la Oficina de Representación STONEX FINANCIAL INC. y STONEX MARKETS, LLC., que es su deber dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 4.1.1.1.9 del Decreto 2555 de 2010, frente a los potenciales inversionistas colombianos o residentes en Colombia a quienes se les promocionen los productos señalados de manera expresa en el presente acto administrativo, independientemente de que los mismos se vinculen efectivamente o no a la entidad del exterior.
potenciales inversionistas colombianos o residentes en Colombia a quienes se les promocionen los productos señalados de manera expresa en el presente acto administrativo, independientemente de que los mismos se vinculen efectivamente o no a la entidad del exterior. En tal sentido, la Oficina de Representación deberá solicitar a los potenciales inversionistas constancia del cumplimiento del suministro de la información mencionada en el artículo citado anteriormente, el cual deberá concordar con los productos autorizados que fueron señalados en el considerando noveno de esta resolución.
ARTÍCULO QUINTO: ADVERTIR que de conformidad con lo previsto en el numeral 2.1 del Capitulo 1V, Título IV, Parte 1 de la CBJ, deberá designarse un funcionario, con su respectivo suplente, responsable de la administración de las medidas de prevención y control diseñadas para prevenir que la realización de sus operaciones puedan ser utilizadas como instrumento para el ocultamiento, manejo, inversión o aprovechamiento en cualquier forma de dinero u otros bienes provenientes de actividades delictivas o destinados a su financiación, o para dar apariencia de legalidad a las actividades delictivas o a las transacciones y fondos vinculados con las mismas. ¡a «y Página 5 de 6 .-
A zirección: Calle 7 No, 4 - 49 Bogotá D.C., Colombia WNconmutador: (+57) 601 594 0200 - 601 594 0201. www.superfinanciera.gov.coSuperintendencia ”
Financiera de Colombia RESOLUCIÓN NÚMERO () 902025 ts. HOJA No. 6 Por medio de la cual 20 au Lenl, 9 las AARE del exterior STONEX “SECURITIES INC. y STONEX
Financiera de Colombia RESOLUCIÓN NÚMERO () 902025 ts. HOJA No. 6 Por medio de la cual 20 au Lenl, 9 las AARE del exterior STONEX “SECURITIES INC. y STONEX ADVISORS INC. realicen actos de promoción y públicidad de sus productos y servicios en Colombia a través de la oficina de representación STONEX FINANCIAL INC. y STONEX MARKETS, LLC. por tener matriz común PARÁGRAFO: .El representante legal de la Oficina de Representación en Colombia tendrá como responsabilidad el diligenciamiento y envío a la Superintendencia Financiera, de la información relativa al nombre, número de identificación, teléfono y correo electrónico de los funcionarios responsables, a través de los canales dispuestos para tal efecto, dentro de los 15 días calendario siguientes a su nombramiento.
ARTÍCULO SEXTO: ORDENAR que, por conducto de la Secretaría General de esta Superintendencia, se notifique personalmente la presente resolución al apoderado especial de STONEX SECURITIES INC. y STONEX ADVISORS INC., o a quien haga sus veces, entregándole copia de esta, y advirtiéndole que contra lo resuelto procede el recurso de reposición ante el Superintendente Financiero, que deberá ser interpuesto dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.
ARTÍCULO SÉPTIMO: ORDENAR que, por conducto de la Secretaría General de esta Superintendencia se remita copia de esta Resolución al Grupo de Notificaciones y Registro para los efectos pertinentes.
ARTÍCULO OCTAVO: ORDENAR, una vez en firme, la publicación de esta resolución en el Boletín del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Capítulo
Superintendencia Financiera.
Notificaciones y Registro para los efectos pertinentes.
ARTÍCULO OCTAVO: ORDENAR, una vez en firme, la publicación de esta resolución en el Boletín del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Capítulo
Superintendencia Financiera.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D. C., a los i 4 FEB 2095,
EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO,
CÉSAR FERRARI, Ph.D.
Notificación: Doctor
Jorge Mendoza Apoderado especial Oficina de Representación STONEX FINANCIAL INC. y STONEX MARKETS, LLC. AV. Carrera 92 + 115-06/30, Oficina 902, Edificio Tierra Firme, Bogotá D.C. jomendozaGQOcmmilegal.co 000040
Trámite: 2024123025-000-000
Elaboró: María Carolina Jáuregui Camacho. Grupo de Autorizaciones, Mido Revisó: Magda Fernanda Vásquez Wilches. Superintendente Delegada Adjunta para Mercado de Capitales. ya Juan Guillermo Aguilar Rivera. Superintendente Delegado para Intermeggiarios de Valores, le
Angela Cristina Silva Rojas. Coordinadora Grupo de Autorizaciones. Mario Sánchez García. Director Jurídico. Álvaro Eduardo Atencia Martínez. Presidente Comité de Autorizaciones. A8 7 £ógina 6 de 6 , Superintendencia SERVICI
Dirección: Calle 7 No. 4 - 49 Bogotá D.C., Colombia de Colombia Conmutador: (+57) 601 594 0200 - 601 594 0201 DOCUMENTO ORIGINAL RETIRADO A MANO «
www.superfinanciera.gov.co nomere: AMEÉSIO/S 14: PYR DY
Conmutador: (+57) 601 594 0200 - 601 594 0201 DOCUMENTO ORIGINAL RETIRADO A MANO «
www.superfinanciera.gov.co nomere: AMEÉSIO/S 14: PYR DY FECHA: ¿y 7 5) = LS €.C.: