SUPERFINANCIERA - Resolución 1343 de 2026

Superintendencia Financiera de Colombia

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Detalles

Título
SUPERFINANCIERA - Resolución 1343 de 2026
Autor
Superintendencia Financiera de Colombia
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Financiero
Año
2026

Radicación: xxxxxx Página | 1 _____________________________________________________________________________________________

Dirección: Calle 7 No. 4 - 49 Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 594 0200 - 601 594 0201

www.superfinanciera.gov.co Radicación:2026212406-000-000

Fecha: 2026-09-15 21:39 Sec.día2728

Anexos: No

Trámite::980-RESOLUCIONES EXPEDIDAS SBC

Tipo doc::31-31 REMISION DE INFORMACION

Remitente: 000000-DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE FINANCIERO

Destinatario: :DEP_0-DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE FINANCIERO RESOLUCIÓN NÚMERO 1343 DE 2026 ( 15 SEP 2026 ) Por medio de la cual deroga la Resolución 2100 de 2023, mediante la cual se creó el Comité Asesor de Autorizaciones del Superintendente Financiero y se regula su funcionamiento

EL SUPERINTENDENTE FINANCIERO DE COLOMBIA

En ejercicio de sus facultades legales, en especial, las conferidas por el numeral 23 del artículo 11.2.1.4.2., del Decreto 2555 de 2010, modificado por el artículo 2 del Decreto 2399 de 2019 y

CONSIDERANDO

PRIMERO: Que mediante la Resolución No. 2100 del 1 de diciembre de 2023 se creó el Comité Asesor de Autorizaciones del Superintendente Financiero, la cual fue modificada por las Resoluciones Nos. 0116, 0438, 1023 y 2280 de 2024, 0112 y 1460 de 2025 y 1232 de 2026.

de Autorizaciones del Superintendente Financiero, la cual fue modificada por las Resoluciones Nos. 0116, 0438, 1023 y 2280 de 2024, 0112 y 1460 de 2025 y 1232 de 2026.

SEGUNDO: Que, de conformidad con el numeral 23 del artículo 11.2.1.4.2 del Decreto 2555 de 2010, modificado por el artículo 2º del Decreto 2399 de 2019, corresponde al Superintendente Financiero organizar los grupos internos de trabajo, comités, comisiones e instancias de coordinación interna que requiera la Superintendencia Financiera de Colombia para el adecuado cumplimiento de sus funciones.

TERCERO: Que, en ejercicio de las facultades de organización interna y atendiendo las necesidades actuales de la Superintendencia Financiera de Colombia, se revisaron los mecanismos institucionales de análisis, coordinación y apoyo relacionados con los trámites de autorización de competencia del Superintendente Financiero, concluyéndose que los objetivos que motivaron la creación del Comité Asesor de Autorizaciones pueden ser atendidos en la actualidad y de manera adecuada mediante los mecanismos de coordinación institucional existentes y el ejercicio de las competencias asignadas a las distintas dependencias y funcionarios de la Entidad. En consecuencia, y en procura de una gestión administrativa más ágil y eficiente de los procesos de autorización se considera procedente derogar la Resolución 2100 del 1 de diciembre de 2023, mediante la cual se creó el Comité Asesor de Autorizaciones del Superintendente Financiero.Radicación: xxxxxx Página | 2 _____________________________________________________________________________________________

Dirección: Calle 7 No. 4 - 49 Bogotá D.C., Colombia

Autorizaciones del Superintendente Financiero.Radicación: xxxxxx Página | 2 _____________________________________________________________________________________________

Dirección: Calle 7 No. 4 - 49 Bogotá D.C., Colombia Conmutador: (+57) 601 594 0200 - 601 594 0201

www.superfinanciera.gov.co CUARTO: Que los trámites de autorización que se encuentren en curso al momento de la entrada en vigencia de la presente resolución continuarán siendo atendidos por las dependencias y funcionarios competentes, de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias aplicables.

Que, en mérito de lo expuesto,

RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. DEROGAR la Resolución 2100 del 1º de diciembre de 2023, mediante la cual se creó el Comité Asesor de Autorizaciones del Superintendente Financiero y se regula su funcionamiento, y las demás resoluciones que la modificaron por las razones señaladas en la parte motiva de la presente resolución. ARTÍCULO SEGUNDO. CONTINUIDAD DE LOS TRÁMITES. Los trámites de autorizaciones que se encuentren en curso a la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución continuarán siendo tramitados y decididos por las dependencias y funcionarios competentes, de conformidad con las disposiciones legales y reglamentarias vigentes. ARTÍCULO TERCERO. CONSERVACIÓN DOCUMENTAL. Las actas, documentos, expedientes y demás antecedentes relacionados con el funcionamiento del Comité Asesor de Autorizaciones del Superintendente Financiero serán conservados y administrados de conformidad con las disposiciones aplicables en materia de gestión documental y archivo. ARTÍCULO CUARTO VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

aplicables en materia de gestión documental y archivo. ARTÍCULO CUARTO VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los

SUPERINTENDENTE FINANCIERO DE COLOMBIA

PABLO ANDRÉS RIVAS HERAZO

RESOLUCIÓN NÚMERO 1343 DE 2026

PABLO ANDRES RIVAS HERAZO

Superintendente Financiero

DESPACHO DEL SUPERINTENDENTE FINANCIERO

Elaboró:LYDA PATRICIA CAIZA ROSERO

Revisó y aprobó: PABLO ANDRES RIVAS HERAZO

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