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SUPERSALUD - Anexo 1 Resolución 20219200500179746 de 2021

Superintendencia de Salud

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Título
SUPERSALUD - Anexo 1 Resolución 20219200500179746 de 2021
Autor
Superintendencia de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2021

r:_.,. PROCESO GESTIÓN CONTABLE CÓDIGO GCFL01 , • i'\\

Supersalud fl''J FORMATO FICHA DE DEPURACIÓN VERSIÓN 3 CONTABLE FICHA DE DEPURÁClóN CONTABLE No. _4 __ Fecha: 30-de noviembre de 2021 Código Contable NIT ENTE TOTAL No. DE OBSERVACIO ASEGURADOR INCAPACIDADES N 138426 800130907 EPS SALUD 17 TOTAL 3.192.511,00 138426 800140949 EPS 3 CAFESALUD 17.725.862,00 138426 800251440 EPS SANITAS 19.236.497, 10 81 138426 805001157 S.O.S EPS 134.028,00 1 Diferencias por mayores EPS CRUZ valores 138426 830009783 BLANCA 3.029.985,00 1 líquidados en incapacidades 138426 830113831 EPS 20 de enfermedad ALIANSALUD 2.884.294,00 general y licencias Sector 138426 860066942 EPS 79 Público+ COMPENSAR 22.976.330,27 138426 900156264 NUEVA EPS 6.908.962,00 9 138426 901037916 ADRES 1 90.438,00

TOTAL 76.178.907,37 212

Código Contable NIT ENTE TOTAL No.DE OBSERVACIO ASEGURADOR INCAPACIDADES N 138426 800088702 EPS SURA 12.834.061,00 43 ' 138426 805000427 EPS COOMEVA 159.120,00 15 EPS Diferencias por 138426 830003564 FAMISANAR 4 947.758,00 23 menores valores ' 138426 860011153 ARL POSITIVA 29.524.140,33 32 registrados en

EPS Diferencias por 138426 830003564 FAMISANAR 4 947.758,00 23 menores valores ' 138426 860011153 ARL POSITIVA 29.524.140,33 32 registrados en Reintegros por EPS incapacidades y 138426 890303093 COMFENALCO 55.203,00 2 licencias.

VALLE TOTAL 47.520.282,33 115

El Director de Talento Humano de la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD CERTIFICA: Que con el fin de depurar la información financiera que produce el proceso de Recobro de incapacidades (Diferencias por m;3yores y menores valores liquidados en incapacidades de enfermedad general y licencias Sector Público )a cargo de la Dirección de Talento Humano, se han adelantado actividades y gestiones administrativas pertinentes tendientes a depurar las partidas que en esta ficha se presentan a consideración del Comité de Sostenibilidad Contable para recomendar su depuración en los Estados Financieros de la Superintendencia Nacional de Salud.

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PROCESO GESTIÓN CONTABLE CÓDIGO GCFL01

FORMATO FICHA DE DEPURACIÓN VERSIÓN 3 CONTABLE /DENTIFICACION DE LA CAUSAL DE DEPURACIÓN El numeral 3.2.15 de la Resolución 193 del 5 de mayo de 2016 expedida por la Contaduría General de la Nación adopta el

procedimiento para la evaluación de control interno contable aplicable a las Entidades Públicas bajo su ámbito, el cual establece: 3.2.15. "Depuración contable permanente y sostenible Las entidades cuya información financiera no refleje su realidad económica deberán adelantar las gestiones administrativas para depurar las cifras y demás datos contenidos en los estados financieros, de forma que cumplan las características fundamentales de la relevancia y presentación fiel. Así mismo, las entidades adelantaran las acciones pertinentes para depurar la información financiera e implementar los controles que sean necesarios a fin de mejorar la calidad de la información En todo caso, se deben adelantar las acciones administrativas necesarias para evitar que la información contable revele situaciones tales como:

Bienes y Derechos: a. Valores que afecten la situación patrimonial y no representen derechos, bienes u obligaciones para la entidad.

b. Derechos que no es posible hacer efectivo mediante la jurisdicción coactiva; c. Derechos respecto de los cuales no es posible ejercer su cobro, por cuanto opera alguna causal relacionada con su extinción. d. Derechos e ingresos reconocidos, sobre los cuales no existe posibilidad de flujo hacia la entidad. e. Valores respecto de los cuales no haya sido legalmente posible su imputación a alguna persona par la pérdida de los bienes o derechos que representan; Obligaciones f. Obligaciones reconocidas sobre las cuales no existe probabiHdad de salida de recursos, que incorporan beneficios económicos futuros o potencial de seNicios; g. Obligaciones reconocidas que han sido condonadas o sobre las cuales ya no existe derecho exigible de cobro h. Obligaciones que jurídicamente se ha extinguido, o sobre las cuales la ley ha establecido su cruce o eliminación."

g. Obligaciones reconocidas que han sido condonadas o sobre las cuales ya no existe derecho exigible de cobro h. Obligaciones que jurídicamente se ha extinguido, o sobre las cuales la ley ha establecido su cruce o eliminación." Las partidas presentadas a consideración del comité son sometidas a depuración de conformidad con lo dispuesto en el literal a) Valores que afecten la situación patrimonial y no representen derechos, bienes u obligaciones para la entidad en concordancia con lo previsto en el artículo 7 (Depuración de partidas contables) de la Resolución 52841 de 2021 expedida por la Superintendencia Nacional de Salud. ANÁLISIS DEL CASO EN CONCRETO "Como contexto general para el inicio de esta labor de depuración se precisa que antes de la expedición del Decreto 4023 de 2011, que entró en vigencia a partir del mes de agosto de 2012, los aportantes podian deducir de !as cotizaciones en salud los valores correspondientes a enfermedad general, licencia de maternidad, paternidad y accidentes laborales; en consecuencia, con la aplicación de este Decreto se presentó un cambio para las Entidades en lo relativo al recaudo efectivo vía recobro del pago de incapacidades, que generó un atraso importante en todo lo relacionado con el recobro de prestaciones económicas por estos criterios. El Grupo de Talento Humano, dentro de las actividades que debe desarrollar para la implementación del Nuevo Marco Normativo Contable, consolidó las incapacidades y licencias de los periodos en controversia, con el objeto de ejecutar el procedimiento legal respectivo para el reconocimiento de las mismas por parte de las EPS y ARL. Todo lo cual, fue objeto de reconstrucción en el año 2016, haciendo una verificación detallada de la historia laboral de cada uno de los funcionarios que presentaran incapacidad o

respectivo para el reconocimiento de las mismas por parte de las EPS y ARL. Todo lo cual, fue objeto de reconstrucción en el año 2016, haciendo una verificación detallada de la historia laboral de cada uno de los funcionarios que presentaran incapacidad o licencia, y como resultado de esta labor se levantó una base de datos en Excel que contiene la trazabilidad de las incapacidades y 1 Por la cual se crea el comité de sostenibilidad contable"

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1 .. ...... 1 . . .. . . 1 1 1' . PROCESO GESTIÓN CONTABLE CÓDIGO GCFL01

Supersalud f. FORMATO FICHA DE DEPURACIÓN VERSIÓN 3 CONTABLE las licencias desde e! año 2012 hasta !a fecha, a1'1mentada con la información obtenida de los actos admin'1strativos que re,conocen las incapacidades, licencias y accidentes laborales, los registros de los soportes con los cuales se solicita el reconocimiento y la información enviada por el Grupo de Tesoreria y la que se obtiene de los portales de información de cada asegurador y ARL. De acuerdo con lo anterior debe tenerse en cuenta que en concordancia con lo dispuesto en el artículo 206 de la Ley 100 de 1993, el subsidio por incapacidad en el sector público se reconoce conforme !os factores de liquidación señalados en el Decreto._1848 de 1969, por el cual se reglamenta el Decreto 3135 de 1968, donde se dispone que el subsidio por incapacidad se paga con(base en el salario devengado por el empleado incapacitado y los factores de liquidación son los determinados en el Decreto 1158 de 1994

"Por el cual se modifica el artículo 6° del Decreto 691 de 1994" en concordancia con lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley 1393 de 201 O originándose así el hecho económico de reconocimiento a cargo de la Entidad y el efecto en los estados financieros, situación derivada de la liquidación de la novedad radicada al grupo de Talento Humano y posteriormente liquidada: por los funcionarios responsables de nómina. De igual forma debe tenerse en cuenta que efectuado el recobro por parte de la Superintendencia a las EPS y ARL, estas c.onforme a la Ley, reconocen y pagan el subsidio por incapacidad o accidente con el IBC del mes anterior al reporte de la hovedad, calculados en proporción a los días de incapacidad o accidente efectivos durante el mes. De la misma forma se resalta que según el Parágrafo 1' del articulo 40 del Decreto 1406 de 1999, modificado por el Decreto 2943 de 2013, si la incapacidad del servidor es originada por enfermedad general, los dos (2) primeros días deben ser reconoc,idos por !a entidad empleadora y los días que excedan serán reconocidos por el Sistema de Seguridad Social en Salud Por todo lo anteríor es que, de acuerdo con la normatividad vigente, se generan diferencias entre lo liquidado y lo pagado afectando los estados financieros sobreestimando las cuentas por cobrar."

ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS ADELANTADAS

El grupo de Talento Humano presentó como área fuente la Ficha No.3 para aprobación ante el Comité Técnico de Sosten'ibilidad Contable, por concepto de diferencia en liquidación de factores salariales en incapacidades del sector Público, siendo aprQbada

El grupo de Talento Humano presentó como área fuente la Ficha No.3 para aprobación ante el Comité Técnico de Sosten'ibilidad Contable, por concepto de diferencia en liquidación de factores salariales en incapacidades del sector Público, siendo aprQbada mediante resolución No. 20218000012802-6 del 26 de agosto de 2021, a través de la cual se depuró la suma de $417.405 del periodo enero a abril de 2021 por concepto de Diferencias. por mayores y menores valores liquidados en incapacidadesde· enfermedad general y licencias Sector Público. Ahora bien, dando continuidad a la depuración de registros contables correspondientes a vigencias 2012-2020 se debe-.señalar que previo a la entrada en vigor el Decreto 4023 de 2011 (articulo 24), donde los aportantes podían deducir de las cotizaciones en salud los valores por concepto de Incapacidades por enfermedad general y laboral, licencias de maternidad y paternidad y accidentes laborales y ser pagadas al funcionario; en cumplimiento del citado Decreto, los empleadores deben tramitar'--ante la aseguradora el cobro y pago de las incapacidades reconocidas mediante acto administrativo. A continuación, se presentan las actuaciones administrativas previas a la elaboración de la presente ficha, partiendo de un resumen de actividades adelantadas en !a Dirección de Talento Humano y se ejemplifica las diferencias por mayores valorés liqüidados Sector Público. Inicialmente se registra en la base de datos de Grupo de Talento Humano por Acto Administrativo, Fecha Acto Administrativo, número de ·identificación y nombre de funcionario, fecha inicial y final de novedad, entidad aseguradora, valor reconoéido por

Sector Público. Inicialmente se registra en la base de datos de Grupo de Talento Humano por Acto Administrativo, Fecha Acto Administrativo, número de ·identificación y nombre de funcionario, fecha inicial y final de novedad, entidad aseguradora, valor reconoéido por empleador y valor a reconocer; este acto Administrativo es liquidado por el funcionario(a) encargado(a) de liquidar nómina, de acuerdo con la normatividad vigente expuesta anteriormente. De acuerdo con lo anterior, el pago del auxilio económico Se hace efectivo al funcionario por nómina afectando la contabilidad de la Entidad, creando una cuenta por cobrar al asegurador:(EPS o ARL). Posteriormente, se radica !a incapacidad ante el ente asegurador o ARL; una vez aceptada y reconocida por este último, se efectúa el reintegro a favor de la SNS; posteriormente se procede a la identificación de los pagos siendo informados al Grupo de Te·sorería, registrando el recaudo en SIIF y generando afectación contable automática. Como resultado del procedimiento del registro por incapacidades y 11cencias y los pagos efectuados por la entidades aseguradoras, se presentan diferencias en la liquidación por factores salariales del sector público, conforme al Decreto 1848 de 1969, por el cual 1 se reqlamenta el Decreto 3135 de 1968, en concordancia con el artículo 206 de la Lev 100 de 1993, donde se disnone nue el mismo FICHA DE DEPURACION CONTABLE Página 3°de 8 /"""Supersaludfi

PROCESO GESTIÓN CONTABLE CÓDIGO GCFL01

FORMATO FICHA DE DEPURACIÓN VERSIÓN 3 CONTABLE se paga con base en el salario devengado por el incapacitado y los factores de liquidación son los determinados en el Decreto 1158

PROCESO GESTIÓN CONTABLE CÓDIGO GCFL01

FORMATO FICHA DE DEPURACIÓN VERSIÓN 3 CONTABLE se paga con base en el salario devengado por el incapacitado y los factores de liquidación son los determinados en el Decreto 1158 de 1994 "Por el cual se modifica el articulo 6° del Decreto 691 de 1994" en concordancia con lo dispuesto en el articulo 33 de la Ley 1393 de 2010", para una mayor comprensión de estas diferencias se expone dos casos: 1er Caso Resolución 5882 del 05-dic-2017 a través de la cual se reconoce una licencia de maternidad del periodo comprendido entre el 03 de diciembre de 2017 al 7 de abril de 2017; el valor liquidado por la Superintendencia con base en la asignación básica salarial y sus factores para cobrar ante la entidad aseguradora fue de $25.67 7.810 Liquidación efectuada por SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD

Asignación Básica: Prima de Servicios: $2.934.606/12

Bonificación por. Servicios Prestados: $2.351.656/12

Prima de Vacaciones: $ Base para liquidar Valor día Días de incapacidad 126

$6.113.764 $ 203.792 $25.677.807 Liquidación efectuada por ENTIDAD ASEGURADORA $5.702.879 $ 244.551 $ 166.334 $ o El valor pagado por la entidad aseguradora fue de $20.990 886 diferencia no reconocida por $4.686.924

Asignación Básica: Días de incapacidad 126

Diferencia presentada por $4.686.924 $4.997.830 $20.990.886

Asignación Básica: Días de incapacidad 126

Diferencia presentada por $4.686.924 $4.997.830 $20.990.886 Como se evidencia en el caso anterior, se presenta una diferencia por $4.686.924 por lo tanto, se debe ajustar de acuerdo con la normatividad vigente, afectado contablemente el patrimonio por los mayores valores liquidados por factores salariales sector público, esta licencia de maternidad fue pagada por parte de la EPS COMPENSAR el dia 7 de septiembre de 2018. 2do Caso Resolución 7857 del 18-jun-2018 licencia de maternidad del periodo comprendido del 04 de abril de 2018 al 7 de agostó de 2018, el valor liquidado por la Superintendencia con base en la asignación básica salarial y sus factores para cobrar ante la entidad aseguradora fue de $14.473.370 Liquidación efectuada por SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD

Asignación Básica: Prima de Servicios: $1.518.859/12

Bonif.por.Ser.P rest: $1.033.070/12

Prima de Vacaciones: $1 .578.143/12

Base para liquidar Valor dia Días de incapacidad 126 $3.101.867 $ 126.572 $ 86.089 $ 131.512 $3.446.040 $ 144.868 $1 4.473.367 Liquidación efectuada por ENTIDAD ASEGURADORA El valor pagado por la entidad aseguradora fue de $18.912.348 diferencia pagada por mayor valor por $4.438.978 $4.502.940 FICHA DE DEPURACIÓN CONTABLE Página 4 de 8 ,fiI'-_¡____--,-------JI-·.· fi(fi PROCESO Super salud r,:,

$4.502.940 FICHA DE DEPURACIÓN CONTABLE Página 4 de 8 ,fiI'-_¡____--,-------JI-·.· fi(fi PROCESO Super salud r,:,

GE STIÓN CO NTABLE CÓDIGO GCFL01

FOR MATO FI CHA DE DEPUR ACIÓN VERSIÓN 3 CO NTABLE Días de incapacidad 126 $18.912.348

Diferencia presentada por $4.438.978 Como se evidencia en el caso anterior, se presenta una diferencia por mayor valor pagado de $4.438.978. Es de anotar, que la base para liquidar por parte de la EPS son los aportes en salud pagados por la Superintendencia reportados y cancelados por planilla SO!. Para este caso la Superintendencia tomó como base para liquidar: el sueldo básico y la bonificación por _servicios prestados, correspondiente a la fecha de inicio de la funcionaria, estos casos son esporádicos por lo anterior se debe ajustar de acuerdo con la normatividad vigente, afectado contablemente el patrimonio, por los mayores valores liquidados por factores salariales sector público, esta licencia de maternidad fue pagada por parte de la Aseguradora NU EVA EPS el día 5 de octubre de 2018. Adicionalmente se debe indicar que entre el Grupo de Talento Humano hoy Dirección de Talento Humano y la Dirección Financiera (Grupo de Contabilidad y el Grupo de Tesorería) se han llevado a cabo reuniones mensuales con el fin de conciliar las cifras por concepto de reintegros por incapacidades y accidentes de Trabajo, las actas levantadas en las reuniones se encuentran en la carpeta compartida con el link mencionado al fina! de la ficha. Adicionalmente, con e! acompañamiento de la Secretaria General, la Dirección Financiera y la Dirección de Talento Humano han

carpeta compartida con el link mencionado al fina! de la ficha. Adicionalmente, con e! acompañamiento de la Secretaria General, la Dirección Financiera y la Dirección de Talento Humano han efectuado sesiones de seguimiento a !a gestión adelantada frente a la depuración contable. Dentro de las actividades administrativas adelantadas desde !a Dirección de Talento Humano se reseñan las siguientes: Derecho de petición prestaciones económicas MEDIMAS Derecho de petición prestaciones económicas EPS SURA Derecho de petición prestaciones económicas ARL POSITIVA Derecho de petición prestaciones económicas EPS SANITAS Derecho de petición prestaciones económicas COMPENSAR 9-Nov.-20 9-Nov.-20 9-Nov.-20 9-Nov.-20 6-Nov.-20 9-Nov.-20 202080201394131 202080201394081 202080201393941 202080201393811 202080201392931 202080201394451 Derecho de petición prestaciones económicas SER VICIO OCCIDENTAL DE SALUD 9-Nov.-20 11-Nov. -20 202080201394461 202080201400341 Derecho de petición prestaciones económicas EPS COOMEVA Derecho de petición prestaciones económicas NUEVA EPS Asimismo, se elaboraron correos electrónicos a las entidades promotoras de salud y administradores de riesgos laborales, en los cuales se solicitó el detalle de pagos realizados a la Entidad. En el siguiente link se encuentran las respuestas dadas a los requerimientos realizados https://supersalu dmy .sh arepoint. com/:x :/g/persona l/alejand ro_ serrano_ su persal ud_gov _ co/Ef7 d HM m OUwVl mZzxlx DvrE8 B4eab4P RfA Y QogjXr905 KGg?e =lk5OTA Igualmente se procedió a la verificación de radicación de incapacidades y licencias en los portales WEB, consultando su ·estado, particularmente los pagos realizados.

CIRCULARIZACION DEL MES DE OCTUBRE DE 2021

En reunión sostenida con la Dirección Financiera y la Dirección de Talento Humano para determinar los saldos adeudados_ por las entidades aseguradoras por concepto de reintegros de incapacidades y licencias, se acordó adelantar una circularización Jrente a !as aseguradoras con mayor saldo en cartera proyectada por la Secretaría General con base a la coyuntura del decreto 10 80 de 2021 en la cual se requería el estado de las incapacidades radicadas por entidad aseguradora, la cuales se relaci_onan a continuación: 20219200001432161 del 14 de octubre de 2021 circularización de Cartera SURA EPS. 20219200001432171 del 14 de octubre de 2021 circularización de Cartera SANITAS EPS. 20219200001 432181 del 14 de octubre de 2021 circularización de Cartera POSITIVA ARL. 2021 9200001432211 del 14 de octubre de 2021 circularización de Cartera COMPENSAR EPS. 20219200001432261 del 14 de octubre de 2021 circularización de Cartera ALIANSALUD EPS. 20219200001432271 del 14 de octubre de 2021 circularización de Cartera ADRES 2021 9200001474731 del 14 de octubre de 2021 circularización de Cartera FAMISANAR EPS

20219200001432271 del 14 de octubre de 2021 circularización de Cartera ADRES 2021 9200001474731 del 14 de octubre de 2021 circularización de Cartera FAMISANAR EPS fifi0219200001474741 del 14 de octubre de 2021 circularización de Cartera COOMEVA EPS fi ) FICHA DE DEPURACIÓN CONTABLE Página 5 de 8 r ., . ·-·· 1 -¡ 2=]Supersaludfi

PROCESO GESTIÓN CONTABL E CÓDIGO GCFL01

FORMATO FICHA DE DE PURACIÓN VERSIÓN 3 CONTABLE De las anteriores 8 entidades aseguradoras se recibió respuesta de 5, asi: Compensar, Famisanar, Sanitas, Sura, y Positiva. De las entidades promotoras de salud que no se recibió respuesta descargándose de cada página los respectivos pagos, posteriormente se remitió correo electrónico a los asesores que !os representan ante la entidad, para este caso COOM EVA EPS, ADRES y ALIANSALU D., el cual se anexa en el lugar WEB destinado para ello. Por lo anterior la Dirección Finan ciera designo a! funcionario Rodolfo Murillas para elaborar un análisis, cruce de registros, confrontación y validación de cifras en donde se validaron los pagos efectuados por las entidades aseguradoras que allegaron sus estados de cuenta en dicha circularización y se confrontaron con la base de datos ( Incapacidades ) de la Dirección de Talento Humano, (se anexa presentación en PDF y excel que resume la gestión) como soporte y papeles de trabajo efectuado por la Dirección FinancieraGrupo de contabilidad y la Dirección de Talento Humano), del cual se concluyó que las cifras registradas en

Humano, (se anexa presentación en PDF y excel que resume la gestión) como soporte y papeles de trabajo efectuado por la Dirección FinancieraGrupo de contabilidad y la Dirección de Talento Humano), del cual se concluyó que las cifras registradas en la base de excel ( incapacidades) se ajusta a los reportes y reintegros enviados por parte de las Aseguradoras). En concordancia con ello, se debe proceder a realizar el ajuste contable de las cuentas por cobrar por incapacidades contra e! patrimonio o las cuentas de la vigencia actual sea ingreso o gasto en un valor de $ 28.658.6 25,04. ANALJSIS JÚRIDICO El decreto 1 406 de 19 99, "por el cual se adoptan unas disposiciones reglamentarias de la ley 100 de 1993, se reglamenta parcialmente el arlículo 91 de la ley 488 de diciembre 24 de 1998, se dictan disposiciones para la puesta en operación del registro único de aportantes al Sistema de Seguridad Social Integral, se establece el régimen de recaudación de aportes que financian dicho sistema y se dictan otras disposiciones" En el parágrafo 1 del articulo 40, modificado conforme al decreto No 2943 del 17 de diciembre de 2013, dispone que estarán a cargo de los respectivos emplea dores las prestaciones económicas correspondientes a los (2) primeros días de incapacidad originada por enfermedad general y de las entidades promotoras de salud a partir del (3) día y de conformidad con la normatividad vigente" Por su parte la Al normatividad contable para las entidades del Gobierno reglamentada por la Resolución 533 de 2015 dispone en su Marco Conceptual, en relación con los principios de contabilidad, "(.,.) a fin de preparar infonnación financiera que cumpla con

vigente" Por su parte la Al normatividad contable para las entidades del Gobierno reglamentada por la Resolución 533 de 2015 dispone en su Marco Conceptual, en relación con los principios de contabilidad, "(.,.) a fin de preparar infonnación financiera que cumpla con estas características cualitativas las entidades observan pautas básica o macro - reglas orientan el proceso contable, las cuales se conocen como principios de contabilidad. Los principios de contabilidad se aplican en las diferentes etapas del proceso contable, por tal razón hacen referencia a los criterios que se deben tener en cuenta para reconocer, medir, revelar y presentar los hechos económicos en los estados financieros de la entidad(. . .) Devengo: los hechos económicos en el momento que en que suceden, con independencia del instante en que se produce el flujo de efectivo o equivalentes al efectivo que se deriva de estos, es decir el reconocimiento se efectúa cuando surgen los derechos y obligaciones, o cuando fa transacción u operación originada por el incide en los resultados del periodo" Esta misma norma en relación con los componentes de los estados financieros define los activos como, ''son recursos controlados por la enUdad que resulta de un evento pasado y de los cuales se espera obtener un potencial de servicio o generar beneficios económicos futuros ( ... )" que será incorporado en el estado de situación financiera cuando un hecho económico cumple con la probabilidad de generar una entrada de beneficios económicos y tiene valor que pueda medirse con fiabilidad. Por consiguiente, la Contaduría General de la Nación emitió los siguien tes conceptos 1) 20182 000046081 de 12 -septiembre-2018 donde el tema conceptuado es el tratamiento contable de las diferencias por mayores valores o menores valores liquidados por la

Por consiguiente, la Contaduría General de la Nación emitió los siguien tes conceptos 1) 20182 000046081 de 12 -septiembre-2018 donde el tema conceptuado es el tratamiento contable de las diferencias por mayores valores o menores valores liquidados por la EPS o ARL, respecto a la cuenta por cobrar reconocida inicialmente y 2) 201 9200036891 del 23-agosto-201 9 por mayores valores o menores valores liquidados por la EPS o ARL, respecto a la cuenta por cobrar reconocida inicialmente y reconocimiento contable de reintegros de pagos por concepto de licencias de maternidad. Finalme nte, y en relación con la respuesta de la Contaduría General de la Nación, a las consultas que presenta !os usuarios, la fi 1 Corte Constitucional exoreso a través de la sentencia C-487 de 19 97 aue "Las decisiones aue en materia contable adoote la \l • FICHA DE DEPURACION CONTABLE Pagina 6 de 8/fi

PROCESO GESTIÓN CONTABLE CÓDIGO GCFL01

Supersalud f: ; FORMATO FICHA DE DEPURACIÓN VERSIÓN 3 CONTABLE Contaduría de conformidad con la ley, son obligatorias para las entidades del Estado, y lo son porque ellas irradian en e/ejercicio general, afectando de manera sustancial los "productos finales': entre ellos el balance General, los cuales son definitivos para el manejo de las finanzas del Estado. Es decir que por mandato directo del Constituyente le corresponde al Contador General de la Nación, máxima autoridad contable de fa administración, determinar las normas contables que deben regir en el país"

CONCLUSION.

Por lo expuesto anteriormente, la Dirección de Talento Humano presenta para análisis y recomendación de depuracióí), de los

Nación, máxima autoridad contable de fa administración, determinar las normas contables que deben regir en el país"

CONCLUSION.

Por lo expuesto anteriormente, la Dirección de Talento Humano presenta para análisis y recomendación de depuracióí), de los miembros del comité la depuración de $ 28.658.6 25,04 correspondiente a la conciliación de las cifras por mayores valores liquidados (Tabla No 1) y menor es valores contabilizados Tabla No 2 MENORES VALORES CONTABI LIZADOS Tabla No 1: Cuadro resumen por concepto de diferencias por mayores valores liquidados por la SUPERSALUD en auxilio incapacidades de enfermedad general y licencias remuneradas del Sector Público correspondientes a incapacidades generadas, durante el periodo comprendido entre enero de 2012 a octubre de 2021 , generando diferencias por ajustar por valor de $76.1 78.907,37 así:

TABLA No 1

CIFRAS POR MAYORES VALORES LIQU IDADOS Código ENTE No. DE VIGENCIAS 2012VIGENCIAS NIT TOTAL INCA PACIDA OBSERVACION Contable ASEGURADOR DES 2020 2021 13 8426 800130907 EPS SALUD TOTAL 3.192 .51 1 ,00 17 3.1 06.280,00 86.231,00 13 8426 800140949 EPS CAFESALUD 17 .725.862,00 3 17.725.862,0013 8426 800251440 EPS SANITAS 1 9.236.497, 1 O 81 14.515.85 7,10 4.720.640,00 Diferencias por

13 8426 80500115 7 S O,S EPS 134.028,00 1 134.028,00 - mayores valores 13 8426 830009783 EPS CRUZ BLANCA 3.029.985,00 1 3.029.985,00 liquidados en - incapacidades 13 8426 830113831 EPS ALIANSALUD 2.884.294,00 20 1.708.553,00 1.17 5.741,00 de enferníedad general y 13 8426 860066942 EPS COMPENSAR 22.976.330,27 79 20.407. 512,27 2568.818,00 licenctas Sector 138426 9001 56264 NUEVA EPS 6.908.962,00 9 6.908.962,00 Públic'o+ - 13 8426 901037916 ADRES 90.438,00 1 90.438,00TOTAL 76.178.907,37 212 67.627.477,37 8.551.430,00 Fuente. Dlrección de Talento Humano. NOTA El siguiente cuadro de análisis corresponde a la contabilización de cuentas por cobrar por concepto de Reintegro de incapacidades, soportadas con la base de Talento Humano. Tabla No 2. Cuadro resumen, que evidencia diferencias por menores valores contabilizados durante el periodo comprendido entre enero de 2019 a octubre de 2021 las cuales fueron reconocidos por la Dirección de Talento Humano generando diferencias por fi ar por valor de $47.520.282,33 detallados así: FICHA DE DEPURACIÓN CONTABLE Página 7 de / · . -1------1--------------+-I fi --'-----+----'Supersaludfi

PR OCESO GESTIÓN CONT ABLE CÓDIGO GCFL 01

FORMATO FIC HA DE DEPUR ACIÓN VERSIÓN 3 CONTAB LE

· . -1------1--------------+-I fi --'-----+----'Supersaludfi

PR OCESO GESTIÓN CONT ABLE CÓDIGO GCFL 01

FORMATO FIC HA DE DEPUR ACIÓN VERSIÓN 3 CONTAB LE

TABLA No 2

MENORES VALORES CONTABILIZADOS Código NIT ENTE TOTAL VIGENCIAS OBSER VACION Contable ASEGURADOR 13 8426 800088702 EPS SURA 12.834.0 61 ,00 13 8426 805000427 EPS COOMEVA 159.12 0,00 Diferencias por 13 8426 830003564 EPS FAMISANAR 4.947.758,00 2018 -201 9-2020menores valores 2021 registrados en 13 8426 86001 11 53 ARL POSITIVA 29.524.14 0,33 Reintegros por incapacidades y EPS COMFENALCO 13 8426 890303093 55.203,00 licencias. VALLE

TOTAL 47.520,282,33

Fuente. Dirección de Talento Humano. Se anexa link donde se puede encontrar la base de datos detallada para consulta y actos adminis trativos de reconocimiento de incapacidades y licencias, base de datos de revisión por parte del Grupo de Contabilidad, casos ejemplificados por factores salariales. https:1/supersaludmy.sharepo!nt.c_om/:f:/g/persona!/alejandro serrano sugersalud gov co/Evcgu36N kKpFv_¡:,_J_¡;,Qiikns8Bvm nwV8TtzSF6B8EFiL31g ?e=214Vcg La presente certificación se expide con destino a! Dirección Fi ne raGrupo de Contabilidad - de la Sup erintendencia Nacional de Salud.

SF6B8EFiL31g ?e=214Vcg La presente certificación se expide con destino a! Dirección

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