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SUPERSALUD - Circular 0001 de 2012

Superintendencia de Salud

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Detalles

Título
SUPERSALUD - Circular 0001 de 2012
Autor
Superintendencia de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2012

PARA: DE:

ASUNTO:

FECHA:

CIRCULAR EXTERNA

000001

CODIGO: rl-COMU-610102

VERSIÓN: 02

COPIA CONTROLADA

GOBERNADORES, ALCALDES, REPRESENTANTES LEGALES DE EMPRESAS

PRODUCTORAS DE LICORES DEI. SECTOR üFICIAL Y, DE OPERADORES DE

.OTERÍA

SUPERINTEN DENTE NACIONAL DE SALUD

AMPLIACIÓN DEL PLAZO DE TRAN SMISIÓN Dt.: LA INFORMAC1ÓN FINANCIERA CON CORTE A DICIEMBRE DE 2011 1 O ENE. 2D\'2

1. OBLIGACIÓN DE REPORTAR INFORMACIÓN A LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE

SALUD. En el marco del numeral 23 del artículo 6º del Decreto l 018 DE 2007, lo Superintendencia Nac,onol de Salud. tiene dentro de sus funciones entre otros, lo de emitir 1nstruccion9s a los vigilados sobre la manera como deben cumplirse los disposiciones que regulan su acl1vidod, fijor los criterios técnicos y jurídicos que faciliten el curnplim,ento de toles normas y señalar los procedimientos paro su cabal aplicación, así como aplicar las sonciones respectivos relacionados con aquellos asuntos que son objeto de su competencia, de acuerdo con las normas legales y 1 ➔glamentorias. Lus c.,rdc, h./, e instrucciones impurtidos por lu Superin 13ndencio Nocional de Salud, se dirigen a hacer efectivos los objetivos que se buscan o través de las actividades de inspección, vigilancia y control que se ejerce en el sistema de salud colombiano, por consigu,enre su incumplimiento puede dar lugar a la imposición de sanciones, pues su

dirigen a hacer efectivos los objetivos que se buscan o través de las actividades de inspección, vigilancia y control que se ejerce en el sistema de salud colombiano, por consigu,enre su incumplimiento puede dar lugar a la imposición de sanciones, pues su inobservancia obstruye el cumplimiento ce las funciones otorgados a este órgano de control. (Sentencia C -921 de 2001) / /" COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS QUE REQUIEREN FIRMA DIGITAL. / Lo Circular ún,co, modificado por las Circulares 48, 49, 50, 51, 52 de 2008; 57 y 58 de /fi1 • 2009; 059. 060, 06 l y 062 de 201 O; y 000002 y 000005 de 2011, expedidas por esta : Superintenjencia Nocior1ai. establece entre otros aspectos, lo siguiente: ' i \ "CAPÍTULO PRIMERO / SEGURIDAD TÉCNICA Y JURÍDICA PARA LAS COMUNICACIONES ELECTRÓNICAS DE LA i /)¡ (t) l-- Página i de 3 \y,..,.,._ t o,:'l.'.)l..Jd "lCv C-0 . ns:►- ls-upersaluJ?f) i l _______ _____LI __________ -----'------ - -- --,--- ------ -------- ---------------,--- -------,

CIRCULAR EXTERNA

CODIGO:

FI-COMU-610102

VERSIÓN: 02

000001 COPIA CONTROLADA

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SAi.UD QUE REQUIEREN FIRMA DIGITAL.

Con el fin clo garant1zor un intercombio seguro y eficiente do los dolos entre los

FI-COMU-610102

VERSIÓN: 02

000001 COPIA CONTROLADA

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SAi.UD QUE REQUIEREN FIRMA DIGITAL.

Con el fin clo garant1zor un intercombio seguro y eficiente do los dolos entre los vi•Jlh1lfoc; v lo enticlacf, v <;orun/111r los ntnbul )•; de 111tenticido f, inregridad y no r2n11.f.J e/A lo 1nhrmac10n. lo <;11[JorintendP.·1cx1 Nnc1onol de Salud, incorpora la opjicqción de nuevas tecnologías de seguridad en sus comunicaciones electrónicas, cJ,,. ( cnrorm'cfod con lo eslub1ecir:fo nn lo ley 5?7 efe 1999, el decreto reglamentario l /47 di? 2000 que ,1,?fine11 y r<?{)lom1.-,nton el ocrGso y uso de los mensajes de datos, así como Ju firmo <1iuitol y lm en/id, 1t.iDs de certlf1crn,1cJn. En f)Orficulc,r, se busco, en'ra ot;os objetivos, reducir al mínimo posible la utilización y flujlJ ch; ciocumentos en s<.porle corotulur (papel), osE'fJUrondo la iclentificoción plena cln /ne; ernisores cía docwne/ilos o!ectrónicos. certifíconcio la recepción efectiva y 0,001 runo ele los c.1otos p )r porte del verdor/ero dest1notorio y gor< ntizondo lo :;eguucud récnico y jurídico (douo su volar om/Jotono) do lo informoc1ón. Dicho

0,001 runo ele los c.1otos p )r porte del verdor/ero dest1notorio y gor< ntizondo lo :;eguucud récnico y jurídico (douo su volar om/Jotono) do lo informoc1ón. Dicho scou•1 ,.-1cf en los entorno\ elec)r(lnicos se reflejo en atributos juríclicos como lo outcn1 fi,doc.t, intogri.-Jod y no repurno. El sí'5fc?'Y;O <Jo cerlificoción, 1:gi!ol prvmifr, t stobler;Gr lo identidad y otras cualidades de uno µersono (¡U(" actúo e, través Ci(' un 1 rl ·c.1 infnrmótira, un sistema de informoc,ón y, en (Jc-:.nfirol, cuolqu,ur mecfio d1::1 cornun1coción vio información electrónico. De esta formu In certiticución di9t!ul garantizo: lo 1dentiticoción y copoc,dod de 10s portes que rrolun untrc' .< sin conocers,:: (o,nis,,r f' r0replor cíe! menso;e): la confidencialidad de los cnntr-n,fio: a.: los mensaj2s (ni leidos, ni escucli< idos por terceros); la integridad de lo lron::occión (no munipulocla por tercer ,s) y lo irrefutalJilidad de los compromisos oocrwndos (no repudiación). Teniencío on cuento lo anterior, los archivos reportados o lo Superintendencia vía ;3/, Llr,ínico detJerón lleg,Jr debidamente outenr1cados, o través de la utilización de

oocrwndos (no repudiación). Teniencío on cuento lo anterior, los archivos reportados o lo Superintendencia vía ;3/, Llr,ínico detJerón lleg,Jr debidamente outenr1cados, o través de la utilización de firmri riíoitn!. ín c:nns,-'cur'ncin, /,,., 1-'l1ti,i,,c/ 'S 1.,:, ¡il, ,,. /,·::,; cid),"?rón utAonor un ccrlificadc u,gi,ul 12xµGrJ1dc, pur unu onii<iuu ele c01 li/1(.,oción c..ligitol abierto debidamente autorizado por lo Superintender ,e o de Industrio y Comercio. Esta firmo digital deberá ser ad-fi¡u1rida y administrado por los diferentes entidades vigilados. Las condiciones, reshcc,ones y el proceduniento técnico poro el uso de esto firma )JJQito' estará determinado por los características que brinde la entidad de / fiP'.tif,cación digilol a trovós de su Declaración de Practicas de Certificación." (s•Jbro¡odo y negrillo nuestro) fi 1 a Circular lJn1ca determina c:¡ue los medidos necesarios por<J lo admisión del fifirti'1c:ido d1g tal, p0r porte; de los vigilados son los s,guient'3s: • El cerlifico-jo digital es de corócr0r p·:::rsarial o ,n·ronsferible. • No se jébG permrn ::iue otros personas cc,nozcar el número de identificación person:::il clove de protección de acceso al certificado digital. fi (/' Pagina 2 de 3 Supe saluc/flfi f¡- -·- 1 -·- - --- - ----· --.----·---------,

person:::il clove de protección de acceso al certificado digital. fi (/' Pagina 2 de 3 Supe saluc/flfi f¡- -·- 1 -·- - --- - ----· --.----·---------, 1 ·íi)J 1 Su per salud f#:, - -· --- --- --

CIRCUL AR EXTERNA

0000 01

CODIGO: rl-COMU-610102

VF.RSIÓN: 02

COPIA CONTROLADA • S1 el c,..,r+iflcodo digital sn E:.:·ncuentro olmocenodo en un dispositivo seguro, éste cl::bG üncont ror:io siempre en poder eje su titular o almacenado de manero S8·JUíi....1. '° Se det1en 1c ner en cuento lt 1s políticos do sPguriJo, l asociados con lo clave de protección oe acceso ol cer tificado digital.

AhorCl bir: n. tenisndo en cuento <71 1e r:i portir del 1 de enero de 2012 se posesionaron nuevos Gobe rnadores y r'\lcoldes poro el pmiodo 201 2-20 15 , lo Su¡-x;rintr::;n -Jcmci, .J Nocional d::) Solucl, consideru necesario y oportuno ampliar el pkJI.O de tronsmisión de lo in formación financiera, con el propósito de que el represe nt, 1nie legal ele lm entidodes territor1 Jles. los empresas productoras de 1icorps clr;fiI sector oficial y los empm sos operadoras de lc)terío adquieran el cer l 1ficode i digi1ol respectivo.

3. IN TRUCCIÓN OE LA SUPl.RINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD

1icorps clr;fiI sector oficial y los empm sos operadoras de lc)terío adquieran el cer l 1ficode i digi1ol respectivo.

3. IN TRUCCIÓN OE LA SUPl.RINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD Arnplior por ur.0 única vez. hosto el 10 de febrero de 201 2, el pla7' ) fijado paro los f<epresen 'cnt0s legales de las Entidades Territoriales, de las empresas productoras de licores del sector of1uul y de los &rnpresos operadoras de lotería, reporten la ,rformuc1ón r1nanc10ra con corte o 31 ele c1c1eMbre de 20 11 , sin que dicho ampliación consntuyo en moclo algu no, modificoc1ón del término legalment e sstoblec ,je) poro los próximas transmisiones.

4. VIGENC'IA fir I pre ,r,11 ,(J , ::rculur ri[j<' r1 r,,firlrr d i •,--i JJl !r)itc· ,. iún un , :1 Diurii• Oliciul.

Dado en Bogotá, a los tJESE Y CÚM PLASE --fi CONRADO fit>OLFO GOMEZ VELEZ Superinte finte Nac ional de Salud _____ ,,,,,, 1 O ENE. 2fi12 Pagina 3 de 3 "'""'..., r:.E'!.Ci... n ,-. ce

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