SUPERSALUD - Circular 0004 de 2013
Superintendencia de Salud
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Detalles
- Título
- SUPERSALUD - Circular 0004 de 2013
- Autor
- Superintendencia de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2013
1 i CODIGO: Supersalud fi
CIRCULAR No.000004 1
VERSIÓN: 02
COPIA CONTROIADA
PARA: DE:
•
ENTIDADES TERRITORIALES, AGENTES ESPECIALES LIQUIDADORES
Y AFILIADOS DE EPS y EPSS OBJETO DE INTERVENCIÓN FORZOSA
ADMINISTRATIVA PARA LIQUIDAR.
SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD.
ASUNTO: TRASLADOS DE LA POBLACIÓN AFIUADA A LAS EPS Y EPSS
OBJETO DE INTERVENCIÓN FORZOSA ADMINISTRATIVA PARA
LIQUIDAR.
FECHA: 24 DE MAYO DE 2012.
De conformidad con lo dispueslo en los artículos 48 y 49 de la Constilución Político y conforme al artículo 'Z' del Decreto 806 de 1998. el Estado debe garantizar el acceso o los servicios de salud y regu lar el conjunto de beneficios que tíenen como derecho IOs afiliados como servicio plblico esencial de carácter obligatorio. En virtud del artículo 154 de lo ley 100 de 1993. el Estado inte1Vendró en et sel\licio púb6co de seguridad social en salud. con el fin de garantiza, los principios consagrados en lo Constitución Políllco y en los artículos 2 y 153 de lo citado Ley. Lo Constitución Polít ico. reitero que el derecho o lo salud. se troto de un servicio público o cargo del Estado. el cuol debe organizar. cflligir y reglamentar su prestación de manero universal. esto es, garantizando o todos los habitantes del territorio nocional o todos los personas el acceso efectivo o los servicios en salud. bien seo poro lo promoción. lo protección o lo recuperación de lo mismo.
reglamentar su prestación de manero universal. esto es, garantizando o todos los habitantes del territorio nocional o todos los personas el acceso efectivo o los servicios en salud. bien seo poro lo promoción. lo protección o lo recuperación de lo mismo. Corresponde o lo Super intendencia Nocional de Salud, vigior et cumplimiento de los normas que regulan el Sistema General de Seguñdod Social en Salud y promover el mejorami ento integral. medionle lo inspección. vigilancia y control sobre los sujetos que tienen o su cargo lo gestión de recursos públicos destinados o lo prestación de servicios de salud. Lo Superintendencia Nocional de Salud. como cabezo del Sistema de Inspección. Vigilancia y Control del Sistema General de Seguridad Social i j 1 1 l 1 11 il J u 1 l 1 1 1 f
lCOOIGO:
CIRCULAR No.000004
VERSIÓN:02
Supersolud fi COPIA CONTilO\AOA en Salud. tiene entre sus pñncifi objelivos. el proteger los derechos de los usuoios. en especiol. su derecho ol aseguramiento y ol acceso d servido de olención en SOlvd. individual y colectivo. en condiciones de fiaccesibidod, oceptobifidod y esl6ndores de cofidod en las foses de promoci6n. prevención. trotomienlo y rehobilitoción en salud' Y supeMSQr lo coidod de lo olención de lo solud. mediante lo inspección. v;gioncio y control del osegurorrienlo. lo ofilioci6n. lo coidod de lo p,estod6n oe los seMdOS y lo p,olección de los usuoños?
v;gioncio y control del osegurorrienlo. lo ofilioci6n. lo coidod de lo p,estod6n oe los seMdOS y lo p,olección de los usuoños? B numerol 35 del atíc1Ao 6° del Decrelo 1018 de '2007. dispuso que dentro de los lundones encomendados o lo Supeñnlendencio Nocional de Salud se encuenlro: • Avtorilcr los •-s entre tos enlidoaes asegurodoros sin tene< en cuento el 1iempo de permonencio cvondo se ho menoscoboáo el derecho o fb<e escogeo6c:, de nstrruc,one,s A'eifodoros de seMciOS de Salud o cygndo se i'lc.Ul'J'!e'9: lq promHO de obtener ,se,yiclos en uno dete;rmlnoda red de egk-,doí"es. &las otribyciopes podrón deleqoqe en las enHdodei ie,,...-._. (Sub<O)'Odo fuero de texto/ 1.05 orñcuos 43. 44 y AS de lo ley 715 de 2001. consagraron los fifencios en sokJd de los Dismtos y ó.spvsieron que les conesponderó gesfiona y sur,eMSa el acceso o lo p,estoción de los servicios de salud poro lo poOIOCió<l de su ju1sdicción. De confonnidod con lo expuesto. y en oros de gorontizor lo adecuado p,esioción de los se,vicios de salud y lo protección de lo vido de lo poOIOCió<l afaodO o los EPS y EPSS objeto de intervención forzoso oátil istrafivo poro liq..idor y siemp<e y cuando se incumplo lo p,omeso
poOIOCió<l afaodO o los EPS y EPSS objeto de intervención forzoso oátil istrafivo poro liq..idor y siemp<e y cuando se incumplo lo p,omeso de oblener servicios en fi delem-inodo red de prestod0<es. lo Supemlendencio NoCionof de Salud emile las siguienles ins1Tvcciones: 1. 1..a5 EnfidodeS Territoriales. en su calidad de goronles de lo protección de 10 p,estoción de los servidos de salud en condiciones dgnas y poro cfior hechos lesivos o lo población. tienen el deber legal de adoptar medd<lS de fondo poro minimizar lo ocurrencia de e,,entos odve<"SOS que puedan vvlne<or los derechos lundomentoleS o to SolJd y lo Vida de los o!iiodos. .her3 fi c:irío.JD:Jt-. ...., l122de11X:il': fi t,•, Cl'lic\Jofi. 0.0.,o 1018de 21:1)7. : M..rWo r ortc..to :r. [)ecA10 1 o 1 a o. 2CD7. T 1 11
CODIGO: Supersalud fi
V{RSIÓN:01
CIRCULAR No.000004
COPIA COHTIIOlAl>A Por lo onteñor, deberán proceder de manero INMEDIATA o electua los traslados correspondientes de lo población ofiliodO o loS EPSS objeto de intervención forzoso odministrofivo poro iquidor, en cumplimiento o lo señalado en el Acuerdo 415 de 2009, cuando constole que dicho EPSS no cumple lo promesa de oblener se<Vicios en uno determinado red de preslodores.
cumplimiento o lo señalado en el Acuerdo 415 de 2009, cuando constole que dicho EPSS no cumple lo promesa de oblener se<Vicios en uno determinado red de preslodores.