SUPERSALUD - Circular 0005 de 2011
Superintendencia de Salud
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Detalles
- Título
- SUPERSALUD - Circular 0005 de 2011
- Autor
- Superintendencia de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2011
o
CODIGO:
Supersaludfi 000005
CIRCULA EXTERNA No.
, DE 2011
FI-COMU-610102
VERSIÓN: 02
COPIA CONTROLADA
PARA: DE:
ASUNTO: FECHA: l
REPRESENTANTES LEGALES, REVISORES FISCALES, CONTADORES
DE. ENTIDADES AD INISTRADORAS U OPERADORAS DEL JUEGO DE
LOTERÍA TRADICIO AL, OPERADORES DE APUESTAS PERMANENTES,
OPERADORES E JUEGOS LOCALIZADOS, ENTIDADES
TERRI TORI ALES .
SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD
MODIFICACIÓN CIR ULAR ÚNICA - CAPÍTULO JUEGOS DE SUERTE Y AZAR 2 4 OCT. 211
En cumplimiento de lo estipulado en el artículo 3° del Decreto 1018 del 30 de marzo del 2007 (Diario Oficial 46.586), la Superintendencia Nacional de Salud, tiene como función: "Velar por la eficiencia en la generación, rec udo, flujo, administración, custodia y aplicación de los recursos con destino a la prestación de los servicios de salud'. El artículo 15 del Decreto 1 O 18 e tablece como unas de las funciones de la Dirección General para la Inspección y Vigilan ia de los Generadores de Recursos de Salud:
1. Adelantar las acciones de ins ección y vigilancia sobre la liquidación, el recaudo y el giro de los recursos de los onopolios de juegos de suerte y azar y de licores, de conformidad con el artículo 33 de la Constitución Política.
2. Adelantar las acciones de i spección y vigilancia sobre la liquidación, el recaudo,
giro de los recursos de los onopolios de juegos de suerte y azar y de licores, de conformidad con el artículo 33 de la Constitución Política.
2. Adelantar las acciones de i spección y vigilancia sobre la liquidación, el recaudo, transferencia y el giro de los i puestos con destino a la prestación de los servicios de salud; ( ... )
5. Vigilar el cumplimiento de la I y del régimen propio y de los reglamertos de las distintas modalidades de juego de su rte y azar, así como el mantenimiento del margen de solvencia.
Con el fin de dar cumplimiento a I s funciones de inspección, vigilancia y control sobre los recursos correspondientes a las re ervas técnicas y de los recursos por concepto de premios en poder del público no reclamado de los que trata el artículo 12 de la Ley 1393 de 20'1 O, se realizan las siguientes modificacion s a la Circular Externa Única Nº 047 de 2007: (
TÍTULO III GENERADORES DE RECURSOS.
CAPÍTULO PRIMERO - PERADORES DE JUEGOS DE SURTE Y AZAR tituir la tabla de periodicidad plazos del Capítulo Primero Numeral 1. Juego Lotería T a icional, así: 1 ,., tf : CALIDAD ES DEFENDER LO DERECHOS DE LOS USUARIOS EN SALUD Si este documento se encuentra impreso no se garantiza su vigencia, por lo tanto es copia NO CONTROLADA. La versión actual se encuentra en la INTRANET . ..í TIPO 200 201 202 203 204 205 206
CIRCULAR EXTERNA No. 0 Q Q Q:Q,5,,
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DEL 2011 HOJA No. 2
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DEL 2011 HOJA No. 2
MODIFICACIÓN CIRCULAR ( NICA - CAP_ÍTULO Jl}EGOS DE SUERTE Y AZAR
REPORTES Informe de Ventas y Sorteos Informe . Premios Obtenidos por el Público Premios pagados en el mes Resultado de los sorteos Billetería Vendida Informe de Transferencias Estados Financieros " PERIODICIDAD 7 días calendario siguientes a la realización de cada sorteo 7 días calendario siguientes a la realización de cada sorteo 1 O primeros días de cada mes Dentro de la hora siguiente a la realización del Sorteo Treinta (30) minutos antes del sorteo del primer premio. 10 primeros días de cada mes 30 días calendario siguientes al corte trimestral y 15 primeros días calendario del mes de febrero de cada año 218 Reserva Técnica para Pago de Premies 10 primeros días de cada mes 219 Premios No Reclamados 15 primeros días de cada mes
NUMERAL 1.
J • Modificar el numeral 1.1. del Capítulo 1 - Operadores del Juego de Lotería Tradicional del Título 111 - Generadores de Recursos, el cual quedará así: 1.1. Los Estados Financieros deben enviarse en archivo plano, implementando las cuentas listadas en el anexo técnico denominado "Plan de Cuentas Operadores de Lotería", con saldos exclusivamente de la Unidad de Negocio de Lotería. Se debe remitir en medio impreso, los estados financieros de la empresa ( detallados por unidad por negocio) con las
con saldos exclusivamente de la Unidad de Negocio de Lotería. Se debe remitir en medio impreso, los estados financieros de la empresa ( detallados por unidad por negocio) con las correspondientes notas a los estados financieros, la certificación de los mismos y el dictamen del Revisor Fiscal, en el marco de las normas legales vigentes. Los operadores de lotería remitirán mensualmente, en medio físico, la información detallada de los recursos correspondientes al valor de la reserva técnica para pago de premios, incluido copia de los extractos bancarios que acrediten la creación y mantenimiento de dichos recursos, de acuerdo con leas normas legales. De igual forma se deben remitir los libros auxiliares correspondientes y un anexo consolidado donde se detalle los registros de la reserva técnica, conforme lo deter11ina la Contaduría General de la Nación y el Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar mediante el Acuerdo No. 52 del 17 de junio de 2010, incluyendo los movimientos cuando se haga uso de la misma, para pago de premios durante el período de análisis. La informacion debe detallar los siguientes grupos y cuentas: / 111 O - Depósitos en lnstitucic nes Financieras. 12 - Inversiones e lnstrumer tos Derivados (si el total o parte de los recursos están respaldos en inversiones). 2465 - Premios por pagar, ide!ntificada cada subcuenta. 271 O - Provisión para Continfi Iencias. 6420 - Juegos de Suerte y P zar - subcuentas de pago de premios y reserva técnica para pago de premios. '-\ fi acuerdo con los conceptos de le Contaduría General de la Nación a través de la "Doctrina ntfible Pública", es necesario establecer los recursos de la reserva técnica para el pago de
para pago de premios. '-\ fi acuerdo con los conceptos de le Contaduría General de la Nación a través de la "Doctrina ntfible Pública", es necesario establecer los recursos de la reserva técnica para el pago de p emIos. Adicionalmente los operadores de juego de lotería deben reportar la información relacionada con la reserva técnica pa·ra pago de premios en el archivo tipo 218, incorporado en el siguiente anexo: 2.. íl\l \ 1 fi G J i
CIRCULAR EXTERNA No. C00005. DEL 2011 HOJA No. 3
MODIFICACIÓN CIRCULAR ( NICACAPÍTULO J{!EGOS DE SUERTE Y AZAR
(I .. Reserva Técnica para Pago de Premios Archivo Tipo 218 Campo Dato Desc,ripción • Longitud Registro máxima oermitido 1 Nit Numero dE NIT 16 Solo díaitos 2 Diaito Verificación Numero dE 1 diaito de verificación del Nit 1 Solo díQitos 3 Código entidad Código en idad asignado por la Superintendencia Nacional 10 Alfanumérico de Salud 4 Periodo de corte Periodo de corte para la presentación de la información 2 VER TABLA PERIODOS 5 Año Año de co te oara la presentación de la información 4 Solo díaitos 6 Tioo de Reaistro Escriba 218 3 Solo díQitos Cálculo de la Reserva Diferencia entre el valor de los premios en poder del público 7 T écntca del periodo y el 40% e le las ventas brutas, de cada sorteo jugado en el 16 Solo dígitos trimestre Saldo depósito 8 financiero Reserva Valor den Técnica
7 T écntca del periodo y el 40% e le las ventas brutas, de cada sorteo jugado en el 16 Solo dígitos trimestre Saldo depósito 8 financiero Reserva Valor den Técnica ecursos depositados en entidades financieras 16 Solo dígitos Títulos Valores 9 inversión Reserva Valor de r ecursos invertidos en entidades financieras 16 Solo dígitos Técnica . 10 Código Entidad Código de la Entidad bancaria donde se depositan los 3 Solo dígitos bancaria recursos, seQú_n tabla Entidades bancarias Número de cuenta f 11 bancaria Número d e cuenta bancaria 16 Solo dígitos 12 Saldo provisión Saldo cue nta de pasivo estimado para contingencia pago 16 Solo dígitos contable de premie 5 trimestre reportado 13 Saldo cuenta Costo Saldo cue nta de costo reserva técnica para pago de 16 Solo dígitos premios tr imestre reportado 14 Usos de la Reserva Valores p emios pagados con cargo a la reserva técnica 16 Solo dígitos para pam de premios • Adicionar el numeral 1.3. Incorporando el siguiente texto: Los operadores del juego de loterh l tradicional enviarán a la Superintendencia Nacional de Salud, dentro de los cinco (5) días e alendario siguientes a su aprobación, el plan de premios, con la discriminación dispuesta en E l siguiente anexo técnico (archivo tipo 222). Estructura Plan de Premios Archivo Tipo 222 (;(fi;;P.fifi; ttR11ttf:fip,fifi111tjtfifi !;'.,·::.:,·,fi .. :j.,::lllltii;ifiripfifi_fi¡f;;fil\.it'•'.Ut:· .. :fi':·'J •• ,,,,f:.:r;¡.
1 Nit Númerp del Nit < e la Entidad 2 Diqito verificación Número diQito d1 e verificación del Nit 3 Código Entidad Código entidad , asignado por la Superintendencia Nacional de Sal1 ad 4 Fecha de envío Fecha de envío fie información 5 Número de Series Cantidad de ser es por emisión 6 Fracciones por Cantidad de frai ciones por billete billete 7 Valor de la Fracción Valor en pesos fie cada fracción 8 Fracciones emitidas Cantidad de frai ciones emitidas 9 Valor de la Emisión Valor en pesos fie la emisión Código del tipo fie premio de acuerdo con la tabla 10 Tipo Premio Premios establE cida por la Superintendencia Nacional de Salud 11 Descripción Nombre asigna, o por la lotería a cada premio establecido en 1 fiI olan de premios 12 Cantidad Cantidad por tifi o de premio, establecida por la lotería 13 Valor Bruto Premio Valor bruto por fiada premio establecido en el plan de premios 14 Valor Plan de Valor del plan d fi premios Premios 15 Valor Neto Premio Valpr neto por e ada premio establecido en el plan de premios 16 Fecha desde Fecha inicial de la vigencia del plan 17 Fecha Hasta Fecha final de 1 a vigencia del plan t'fi9;'piffififit ;t;f '.fiCyaífifi.fi·fifi;,wfifi--·_,;,·-•· •·.: 16 ' Sólo dígitos 1 Sólo díQitos 3 Alfanumérico 10 Formato fecha dd/mm/aaaa 15 Sólo díQitos 3 Sólo dígitos 15 Sólo dígitos 15 Sólo díaitos 16 Sólo díQitos Tabla premios 10 establecida en la Circular Única
dd/mm/aaaa 15 Sólo díQitos 3 Sólo dígitos 15 Sólo dígitos 15 Sólo díaitos 16 Sólo díQitos Tabla premios 10 establecida en la Circular Única 100 Alfanumérico 15 Sólo díQitos 16 Sólo dígitos 16 Sólo dígitos 16 Sólo dígitos 10 Formato fecha dd/mm/aaaa 10 Formato fecha dd/mm/aaaa 3, ', /
CIRCULAR EXTERNA No. ( 1 Q Q Q Q 5 , DEL 2011 HOJA No. 4
MODIFICACIÓN CIRCULAR ÚNICA - CAPÍTULO JUEGOS DE SUERTE Y AZAR Adicionar el siguiente subnumer¡il: 1.6. En cumplimiento al artículo fi 2 del Decreto 2975 de 2004, los operadores de lotería conjuntamente con el envío que se debe surtir ante el Ministerio de la Protección Social, y con el fin de realizar ajustes al sistema de información de la Superintendencia Nacional de Salud, para la recepción de los , rchivos contentivos de datos relacionados con venta, resultados y premiación de los sort 30S se solicita diligenciar la información correspondiente al calendario de sorteos a ejecutar Efin la siguiente vigencia en el archivo adjunto en el anexo técnico (archivo tipo 220). Estructura Calendario de Sorteos Archivo Tipo 220 1 Código Entidad 2 Tipo Entidad 3 Número de Sorteo 4 Año del Sorteo 5 Día de Sorteo 6 Fecha de Sorteo 7 Hora de Sorteo 8 Fecha de Envío 9 Fecha Limite envío 10 Hora Límite de Envío Código entidad asignado por la Superintendencia
4 Año del Sorteo 5 Día de Sorteo 6 Fecha de Sorteo 7 Hora de Sorteo 8 Fecha de Envío 9 Fecha Limite envío 10 Hora Límite de Envío Código entidad asignado por la Superintendencia Nacional de Sa1ud Escriba Generé 1 i Número de Sorteo Año correspon fiente al Sorteo Día de lunes a sábado programado para jugar Fecha progran ada para realizar el sorteo Hora programé da para realizar el sorteo Fecha de enví1 D archivo Calendario de Sorteos a la Superintenden cia Nacional de Salud. Fecha límite d a envío del Archivo Tipo 204 "Reporte de billetería ve ndida por sorteo• Hora Límite dE envío del Archivo Tipo 204 "Reporte de billetería ve ndida por sorteo• a Supersalud 3 Alfanumérico 8 Alfanumérico 5 Sólo dígitos 4 Sólo dígitos 10 Sólo texto 10 Formato fecha dd/mm/aaaa 5 Formato hora hh:mm "Hora Militar· 10 Formato fecha dd/mm/aaaa 10 Formato fecha dd/mm/aaaa 5 Formato hora hh:mm "Hora Militar• • Suprimir el texto del Nu1neral 2. Juego Apuestas Permanentes - Estudio de Mercado y reemplazarlo por el siguiente:
2. Premios No Reclamados Con el fin de ejercer las funcicfines de inspección, vigilancia y control respecto a la destinación de premios de los juefi os de suerte y azar no reclamados dentro de los términos que trata el artículo 12 de la Ley 1393 de 201 O, a partir del 12 de julio de 2011 todos los
destinación de premios de los juefi os de suerte y azar no reclamados dentro de los términos que trata el artículo 12 de la Ley 1393 de 201 O, a partir del 12 de julio de 2011 todos los operadores de juegos de suerte y azar deben reportar el valor total de los premios no reclamados una vez operado el término. de prescripción o de caducidad judicial (archivo 219), que se vayan causando durante el período (mes) a reportar y efectuar la transferencia respectiva en el archivo tipo 205 - reporte de transferencias. ·._ / Los ope . radores de lotería, remitir¿ n mensualmente, en medio físico la información detallada •.. de los recursos correspondientes , fiI valor de los premios que han caído en poder del público \ y no han sido reclamados, incluida copia de los extractos bancarios que acrediten la creación fi fi mantenifiento de dichos fiecursc s, de acuerdo con las normas legales. Se deben enviar los \.__....,- _ j libros auxiliares correspondientes. ) fi l/ ( ' L 1 1 1 '
1 •• CIRCULAR EXTERNA No. q Q Q Q o 5 • DEfi 2011 HOJA No. ____ 5fi_
MODIFICACIÓN CIRCULAR qNICA - CAPÍTULO J{JEGOS DE SUERTE Y AZAR
,. Premi_os No Reclamados (Lofierífis, Concesionarios de Apuestas Permanentes, Operadores de Juegos Localizados y la Empresa Territorial para la Salud - ETESA En Liquidación y/o quien haga sus veces. Archivo Tipo 219 Campo 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 • • Dato Nit
Archivo Tipo 219 Campo 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 • • Dato Nit Dígito Verificación Código entidad Periodo de corte Año Tipo de Registro Código Departamento 1 Código Municipio Monto acumulado premios no reclamados Código Entidad bancaria Número de cuenta bancaria Descripción Numero de· NIT Numero del digi o de verificación del Nit Código entidad asignado por la Superintendencia Nacional de Salud Periodo de corto para la presentación de la información Año de corte para la presentación de la información Escriba 219 Código del Departamento al cual se le transfiere el impuesto, segú 1 tabla DANE Código del Mur icipio al cual se le transfiere el impuesto, segú fi tabla DANE ' Monto Acumulado en el mes reportado de los premios no reclamados Código de la Emtidad bancaria donde se depositan los recursos, SE gún tabla Entidades bancarias Número de cuenta bancaria Longitud máxima 16 10 2 4 3 2 5 16 3 16 Registro permitido Solo dígitos Solo dígitos Alfanumérico . VER TABLA PERIODOS Solo dígitos Solo dígitos Solo dígitos Solo dígitos Numéricos Solo dígitos Solo dígitos
EL CAPÍTULO SEGUNDO - OPERADORES DEL JUEGO DE APUESTAS
PERMANENTES - CHANCE, quedará así:
1. Normatividad Aplicable
Solo dígitos Numéricos Solo dígitos Solo dígitos
EL CAPÍTULO SEGUNDO - OPERADORES DEL JUEGO DE APUESTAS
PERMANENTES - CHANCE, quedará así:
1. Normatividad Aplicable La Ley 643 de 2001, respecto al Régimen del Juego de Apuestas Permanentes o Chance,
determina: "ARTICULO 22. EXPLOTACION iDEL JUEGO DE LAS APUESTAS PERMANENTES O CHANCE. Corresponde a los depar amentos y al Distrito Capital la explotación, como arbitrio rentístico, del juego de las apuesta5 permanentes o chance. La explotación la podrán realizar directamente por intermedio de ias Empresas Industriales y Comerciales del Estado operadoras de loterías, o por intermedio de las Sociedades de Capital Público Departamental (SCPD) que se autoriza y ordena crear en la presente ley. Sólo se podrá operar el juego de apuestas permanentes o chance, a través de terceros seleccionados mediante licitación p íblica, y por un plazo de cinco (5) años. Los operadores privados de esta modalidad de juego deberán tener un patrimonio técnico mínimo, otorgar las garantías y cumplir los demás requisitos que para tal efecto les señale el reglamento exnedido oor el Gobierr10 Nacional. PARAGRAFO. Para los efectos de• la presente ley los ingresos provenientes de juegos de apuestas permanentes de BogoM y Cundinamarca continuarán distribuyéndose en un setenta por ciento (70%) para el Fcando Financiero de Salud de Bogotá y el treinta por ciento (30%) para el Fondo Departamen'fal de Salud de Cundinamarca, descontados los gastos administrativos de la explotación.
setenta por ciento (70%) para el Fcando Financiero de Salud de Bogotá y el treinta por ciento (30%) para el Fondo Departamen'fal de Salud de Cundinamarca, descontados los gastos administrativos de la explotación. ARTICULO 23. DERECHOS DE EXPLOTACION. Los concesionarios del juego de apuestas permanentes o chance pagarán mensualmente a la entidad concedente a título de derecho 1 de explotación, el doce por ciento (fi 2%) de sus ingresos brutos. Al momento de la presentación de a declaración de los derechos de explotación, se pagarán a título de anticipo de derechos de explotación del siguiente período, un valor equivalente al k setenta y cinco por ciento (75%).de los derechos de explotación que se declaran. l.<L--___________ ____. fi G 'I)
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MODIFICACIÓN CIRCULAR NICA - CAPÍTULO JUEGOS DE SUERTE Y AZAR En el caso de nuevos concesionario el primer pago de anticipo se realizará con base en los ingresos brutos esperados, de acue o con el estudio de mercado elaborado para el efecto y presentado en el marco de la licitaci n previa a la celebración del contrato de concesión. Si se trata de concesionarios que y venían operando el juego, el pago de anticipo que se realice a partir de' la vigencia de la resente ley, se hará con base en el promedio simple de los ingresos brutos del concesiona ·o de los doce (12 ) meses anteriores; en todo caso, el anticipo no podrá ser inferior al pro edio de lo pagado como regalía en los últimos doce (1 2) meses. • PARAGRAFO. La diferencia entre e valor total de los derechos liquidados en el periodo y el anticipo pagado en el período ante ior constituirá el remanente o saldo de los derechos de explotación a pagar por el período fi spectivo. En el evento de que el valor total d los derechos de explotación del período sea inferior al anticipo liquidado por el mismo, p ocederá el reconocimiento de compensaciones contra futuros derechos de explotación".
2. Instrucciones Los form ular ios que se relaciona a conti nuación corres ponden a los qu e deben ser dili genciados y remitidos por parte e los oper adores del jue go de Apuestas Permane ntesCha nce -, cualquier a que sea su naturaleza ju rídica; deben remitir en medio im preso la inform ación que específicame nte se solic ite.
No obstante, la Sup erintendenc ia Nacional de Salu d, en cump limiento de sus funciones, en
Cha nce -, cualquier a que sea su naturaleza ju rídica; deben remitir en medio im preso la inform ación que específicame nte se solic ite. No obstante, la Sup erintendenc ia Nacional de Salu d, en cump limiento de sus funciones, en cualqui er mom ento puede sol icitar I envío de docum entaci ón que comp lemen te y/o aclar e la inform ación reportada. Reporte de Derechos de Explotación Premios No Reclamados Reporte de Transferencias Estados Financieros Periodicidad Mensual Mensual Mensual Anual Plazo 5 días siguientes al vencimiento del plazo ara declarar 15 días sigui entes al vencimiento del lazo ara declarar 10 primeros días calendario del mes de abril de cada año Los Estados Financ ieros deben en iarse en archivo plano y adicion almen te remitir en medio im preso, el Balanc e Gener al, el stado de Resultados, las correspondien tes notas a los estados financier os, la certificació de los mi smos y el di ctamen del Revi sor Fisc al. La información a remitir en el ar chi o plano deb e contemplar excl usivamen te los saldos corres pondien tes a la operación de juego de apue stas perm anen tes o cha nce , el enviado en medio impreso debe contener la in ormación corres pond iente a la Em presa, clas ificada por uni dad de negoc io. Los oper ador es del juego de Apues as Perma nentes o Chanc e deben real izar el carg ue de la inform ación de los Estados Financ i ros de acuerdo con la codificaci ón establecida en el Plan Ún ico de Cuen tas (PUC ) vigen te p ra comer cian tes, a seis dí gitos.
inform ación de los Estados Financ i ros de acuerdo con la codificaci ón establecida en el Plan Ún ico de Cuen tas (PUC ) vigen te p ra comer cian tes, a seis dí gitos. Los operador es del juego de puestas perma nentes o chance deben remitir a • la Superinte ndencia en físico por ca a uno de los periodos de liqu idació n, la declar ación de _¡<f erechos de explo tación y el sopo e del pago de la transfer encia de éstos y los intereses / moratorias al Fondo Depar tame nta de Salu d y/o quien haga sus veces, así como el sop orte de gir o del porcentaje esta blecid para los gastos de admin istración para la función de fiscali zaci ón de las entidades conc dentes. n co nco rdancia con lo di spu esto n el Títu lo I de la presente Circul ar, frente al reporte de los arch ivos y_la conexión en lí nea y tiemp o real de apu estas perman entes , son responsab les de la ca lida d, ver cidad y confiabil idad de di chos reportes, además del Representante Leg al, el Revisor Fi cal (si lo hub iere) y el contad or. ' u .. s td () !1 I /' n
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- 11 e Descrioción Tioo de lnformaciór D 10 primeros días de cada mes , p p
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3. Juegos autorizados en materia de apuestas permane ntes o chanc e Los sorteos correspond ientes a juegos autorizad os , cuyos resultados se utilizan exclusivame nte en el juego de a1fiuestas perma nentes o chanc e, deber án cumplir las condiciones mínima s para efectua, los sorteos, en materias de seg uridad y publi cidad, previstas en la Circular Externa Úni c :1 de la Super intendencia Nacional de Salud.
La realización de los menc ion ados sorteos requiere previa presenta ción y aprobación escrita , por parte de la jun ta dir ectiva de a respectiva Entidad Conc edent e, del crono grama de sorteos en el que se in diquen la fecha y hora de su reali zación , así como de un manual de proced imien tos para la realizaci ón <fiel sorteo en el que se descri ban de ma nera precisa y detal lada cada una de las activi dades que lo componen y los responsables de las mi smas. Cualquier cambio o modificaci ón en el cronogr ama de sorteos y en el manual de procedimien tos requier e autoriz ación previa de la jun ta directiva de la respectiva Entidad Concede nte y debe solic itarse con al meno s con ocho (8) dí as hábiles de anticipación a la
procedimien tos requier e autoriz ación previa de la jun ta directiva de la respectiva Entidad Concede nte y debe solic itarse con al meno s con ocho (8) dí as hábiles de anticipación a la im plem entación de la modificaci ón que se pretende. El crono grama de sort eos y el ma nual de procedimien tos para la real izaci ón de sorteos y sus modi ficaci ones deben remitirse a la Diijección Gener al para la. In spección y Vigi lancia de los Gener ador es de Recu rsos de Salu c de esta Sup erin tendenc ia, dentro de los cir,co (5) días calendar io sig uientes a su ap robac ón por parte de la respectiva entidad conceden te jun to con los actos adminis trativos correspondien tes. De conformi dad con lo esta blecido en el Decreto 4643 de 2005 o la norma que lo modi fiq ue o adic ione, las entidades concedent1fis deben remitir la docum entación relacion ada con la autoriz ación del reconocim iento de incentivos a los conces ion arios del ju ego de ap uestas perm ane ntes o chance.
4. Premios no reclam ados "Con el fin de ejercer las funciohe s de inspecci ón, vigi lan cia y control respecto a la desti nación de premio s de los ju egc s de suerte y azar no reclama dos dentro de los términ os que trata el artíc ulo 12 de la Ley 13 93 de 201 O, a partir del 12 de juli o de 201 1 todos los operador es de jue gos de suer te ) azar deben reportar el valor total de los prem ios no reclam ados una vez operado el término de prescri pción o de cad ucidad judic ial (archivo 21 9),
operador es de jue gos de suer te ) azar deben reportar el valor total de los prem ios no reclam ados una vez operado el término de prescri pción o de cad ucidad judic ial (archivo 21 9), qu e se vayan causando dur ante 191 período (mes) a reportar y efectuar la transferencia respectiva en el arch ivo tipo 205 - rieporte de transferenc ias" . Premios No Reclamado s (Loterías, Cor cesionarios de Apuestas Perma nentes, Operador es de Juego s Localizados y la Empr esa Territorial para la Salud - ETESA En Liquidación y/o quien haga sus veces. Archivo Tipo 219 Campo · Dato .. :-. , Descripci_ón • Longitud •. Registro permitido •: máxima 1 Nit Numero de NIT 16 Solo dígitos 2 Digito Verificación Numero del e igito de verificación del Nit 1 Solo dígitos 3 Código entidad Código entid; fid asignado por la Superintendencia 10 Alfanu mérico Nacional de : fialud 4 Periodo de corte Periodo de cI informacion firte para la presentación de la 2 VER TABLA PERIODOS 5 Año Año de corte para la presentación de la 4 Solo díg itos información 6 Tipo de Registro Escriba 219 3 Solo dígitos 7 Código Código del D epartamento al cual se le transfiere 2 Solo dígitos Departamento el impuesto, seQún tabla DANE 8 Código Municipio Código del N unicipio al cual se le transfiere el 5 Solo dígitos impuesto, se Jún tabla DANE Monto acumulado Monto Acum ulado en el mes reportado de los 9 premios no 16 Numéricos reclamados premios no r eclamados Código Entidad Código de la Entidad bancaria donde se
Monto acumulado Monto Acum ulado en el mes reportado de los 9 premios no 16 Numéricos reclamados premios no r eclamados Código Entidad Código de la Entidad bancaria donde se 10 depositan loi recursos, según tabla Entidades 3 Solo dígitos bancaria bancarias 11 Número de cuenta Número de e uenta bancaria 16 Solo dígitos bancaria e 1 11 .. - - 1 1 j 1 1 1 1 1 1 ' 1 ' ::fi ' • fi! .' •. _.:,,_.1 .. .- .. .. ' ' 1 / i '-- l Q:7 rv· CIR CUL AR EXTERN A No. C) o o Q·0·5 DEL 201 1 HOJA No. _____ 8.;;;.,...-_ MODIFICACIÓN CIRCULAR ( NICA -CAPÍTULO JHEGOS DE SUERTE Y AZAR • Adicionar el Reporte de Trans1 eren cias de Apue stas Permanent es Reporte de Transferencias Apuestas Pe, man entes Archivo Tipo 221 Campo 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 Dáto . Nit Diaito verificación Código Entidad Período de Corte Año Tipo de Registro 1 Tipo de Registro 2 Fecha de Giro Mes de Liquidación Año de liauida ción Transferencias a Salud 1 Transferencias a Salud 2 '. Descripción Número del N' . Número del di Oito de verificación del Nit. Código entida fi asignado por la Superintendencia Nacional de Salud
Transferencias a Salud 1 Transferencias a Salud 2 '. Descripción Número del N' . Número del di Oito de verificación del Nit. Código entida fi asignado por la Superintendencia Nacional de Salud Período en el cual reporta a la Superintendencia el valor correspc ndiente a los premios no pagados que han caído en jboder del público y que se encuentran caducados Año de corte ,fiara la presentación de la información Escriba 221 1 Código correspondiente a Transferencias Escriba 221 2 Código correspondiente a· Rendimientos Financieros Fecha en la cual el operador de juegos transfirio el monto corres¡)ondiente a los premios caídos en poder del púb ico fiue no han sido reclamados y que se encuentrar caducados Periodo de ofi eración por el cual se giro el monto correspondier te a los premios caídos en poder del público que n , han sido reclamados y que se encuentran c, ducados Año de liau id,1ción Monto corres1fiondiente a los premios caídos en poder del público que no han sido reclamados y que se encuentran caducados Monto correspondiente a Rendimientos Financieros de los premios caducados transferidos en el período Longitud Máxima 16 10 2 4 4 4 10 2 4 20 20 Registro Permitido Solo dioitos Solo diaitos Alfanumérico Solo digitos Solo diqitos Solo digitos Solo digitos dd/mm/aa Solo digitos Solo diaitos Solo digitos Solo digitos
20 20 Registro Permitido Solo dioitos Solo diaitos Alfanumérico Solo digitos Solo diqitos Solo digitos Solo digitos dd/mm/aa Solo digitos Solo diaitos Solo digitos Solo digitos
- Adicionar Reporte Contratos de Concesión Juegos de Apuestas Permanentes
Reporte Contratos Concesión Apuestas Permanentes Archivo Tipo 21 6 Campo ,, Dato 1 Nit 2 3 4 5 6 7 8 7 9 10 11 12 Digito Verificación Código entidad Fecha Inicio de Concesión Fecha Final ización de Concesión Tipo de Registro Código del Departamento Código Muni cipio Nº del Contrato Monto del Contrato Fecha del Contrato Concesionario Tipo de reporte . Descripción Numero e e NIT entidad concedente Numero e el digito de verificación del Nit Código entidad o Departamento que concede la operación del juego kJe apuestas permanentes o chance, según tabla DANE o tabla entidades asignado por la Superintendencia Fecha de Inicio del contrato Fecha Fil alización de Concesión Escriba 2fi6 Código del Departamento donde se explota el juego de apuestas permanentes, según tabla DANE Código d fiI Municipio donde estén autorizad
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