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SUPERSALUD - Circular Externa 000001 de 2021

Superintendencia de Salud

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Detalles

Título
SUPERSALUD - Circular Externa 000001 de 2021
Autor
Superintendencia de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2021

PROCESO ADMINISTRACIÓN DE LA CÓDIGO GDFL03

Supersalud 1,i)

GESTIÓN DOCUMENTAL

FORMA TO CIRCULAR EXTERNA

CIRCULAR EXTERNA NÚMEQfi PO O 11 DE 2021

.,.-

VERSIÓN

PARA: EN TI DAD ES PROMOTORAS DE SALUD DEL REGIMEN

CONTRIBUTIVO Y SUBSIDIADO, ENTÍDADES ADAPTADAS DE

SALUD

DE: SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD

ASUNTO: ACLARACIÓN DE LAS FECHAS DE REPORTE DE INFORMACIÓN.

FEC HA: fi 9 ENE 2021

De acuerdo con las Circulares externas 008, 009, 019 del 2020 se aclaran los períodos de reporte para las Entidades Promotoras de Salud y Entidades Adaptadas al Sistema, de los siguientes anexos técnicos: FT001 - Catálogo de información Financiera FT003 - Cuentas por cobrar FT004 - Cuentas por Pagar - Acreedores FT005 - Relación Causación de Costos, Gastos y Pagos Realizados FT006 - Bancos y Carteras Colectivas FT007 - Control de Inversiones Inscritas en el Mercado de Valores de Colombia FT011 - Condiciones Financieras Fecha de corte ' Fecha de reporte Diciembre 31 de 2020 Primeros diez (10) días hábiles de febrero de 2021 Enero 31 de 2021 Primeros diez (1 O) días hábiles de febrero de 2021 A partir del corte del mes de febrero de 2021 y subsiguientes, el reporte deberá realizarse dentro de los diez (1 O) días hábiles del mes siguiente, contados a partir de la fecha de corte, la cual corresponde al último día de cada mes.

A partir del corte del mes de febrero de 2021 y subsiguientes, el reporte deberá realizarse dentro de los diez (1 O) días hábiles del mes siguiente, contados a partir de la fecha de corte, la cual corresponde al último día de cada mes. Cabe resaltar que, con lo ante rior, el cierre de cada vigencia (diciembre) se reportará dentro de los primeros diez (10) días hábiles del mes de febrero de la siguiente vigencia. Los demás meses (enero a noviembre) deben ser reportados dentro de los pri meros diez (1 O) días hábiles del mes siguiente a la fecha de corte. VIGENCIA La presente Circular Externa rige a partir de la fecha de su publicación. Dada en Bogotá, D.C., a los 19 ENE 2021 PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE, • fi i-FABIO ARISTIZABAL ANGEL Superintendente Nacional de Salud Elaboró: Ana Paola Cipagauta - ficina de Metodologías de Supervisión y Análisis de Riesgos fi • fi Revisó: Daniel Andrés Pinzón Fonseca - Jefe de Oficina de Metodologías de Supervisión y Análisis de Riesgofi-. fiMaría de los Angeles Meza Rodríguez - Jefe Oficina Asesora Jurídica Aprobó: José Oswaldo Bonilla Rincón - Superintendente Delegado para la Supervisión Institucional , \ Paola Andrea Castellanos - Superintendente Delegado para la Supervisión de Riesgos (E)fi.,....• Daniel Andrés Pinzón Fonseca - Jefe de Oficina de Metodologías de Supervisión y Análisis de Riesgo 1

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