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SUPERSALUD - Circular Externa 000005 de 2020

Superintendencia de Salud

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Detalles

Título
SUPERSALUD - Circular Externa 000005 de 2020
Autor
Superintendencia de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2020

ADMINISTRACIÓN DE LA PROCESO CÓDIGO GDFL03

Supersalud fi

GESTIÓN DOCUMENTAL

FORMATO CIRCULAR EXTERNA VERSIÓN

PARA: DE:

ASUNTO:

FECHA: 1

CIRCULAR EXTERNA NÚMERO e 1 DE e 1 2 7 MAR 2020 nnnnnfi . . GOBERNACIONES, ALCALDIAS, SECRETARIAS

DEPARTAMENTALES, DISTRITALES Y LOCALES DE SALUD,

GERENTES DE INSTITUCIONES PRESTADORAS DE

SERVICIOS DE SALUD - IPS ASIGNADAS PARA LA ATENCIÓN

DE COVID-19, ENTIDADES ADMINISTRADORAS DE PLANES

DE BENEFICIOS - EAPB Y DEMAS ENTIDADES DEL SISTEMA

GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD

RELACIONADAS CON LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE

SALUD.

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD.

INSTRUCCIONES Y REQUERIMIENTOS DE INFORMACION EN

EL MARCO DE LA PANDEMIA COVID-19.

l. ANTECEDENTES De acuerdo con la evolución e impacto de la pandemia COVID-19 en el Sistema General de Seguridad Social en Salud - SGSSS, esta Superintendencia imparte instrucciones a las Entidades Territoriales - ET, Entidades Administradoras de Planes de Beneficios - EAPB y a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud - IPS, y demás entidades del sistema general de seguridad social en salud relacionadas con la prestación de servicios de salud, que de acuerdo a sus competencias deben ser adelantadas a fin de mitigar su impacto en la población. Adicionalmente y con el objeto de identificar los principales problemas que se vayan presentando a nivel del Sistema de Salud por la evolución y profundización de los

competencias deben ser adelantadas a fin de mitigar su impacto en la población. Adicionalmente y con el objeto de identificar los principales problemas que se vayan presentando a nivel del Sistema de Salud por la evolución y profundización de los impactos de COVID-19, se solicita a las ET y EAPB el diligenciamiento de los cuestionarios y envío de la información por el medio dispuesto para su reporte por esta Entidad. La información solicitada se debe reportar en los términos y condiciones definidos en la presente circular, la cual corresponde a la mínima requerida para realizar el seguimiento y monitoreo con el fin de evaluar la capacidad de respuesta de las ET y EAPB en la atención del evento, en lo relacionado con la detección temprana de casos, disponibilidad de recurso humano, embalaje, envió y procesamiefie , muestras, así como entrega de resultados, entre otros.

/ "J--..,fPROCESO ADMINISTRACIÓN DE LA CÓDIGO GDFL03 fi

GESTIÓN DOCUMENTAL Supersalud (fjf----+----------f------+----1

FORMATO X lf fiA VERSIÓN 1

Igualmente, tiene el propósito de brindar información que oriente la adopción e implementación de medidas por los actores del sistema y los organismos nacionales para atender y mitigar el impacto del evento, especialmente lo relacionado con la garantía de la prestación de los servicios de salud de la población en general. La Superintendencia Nacional de Salud, en virtud de las competencias asignadas en las Leyes 100 de 1993, 1122 de 2007, 1438 de 2011 y 1949 de 2019 y el Decreto 2462 de 2013 (modificado por el Decreto 1765 de 2019), así como lo

en las Leyes 100 de 1993, 1122 de 2007, 1438 de 2011 y 1949 de 2019 y el Decreto 2462 de 2013 (modificado por el Decreto 1765 de 2019), así como lo establecido en las Leyes 715 de 2001 y 1751 de 2015, Decreto 780 de 2016 y los lineamientos impartidos por el Ministerio de Salud y Protección Social - MSPS a través de las Circulares 0005, 0017 y 0018 de 2020, las Resoluciones 380 y 385 de 2020, la Circular Externa 003 de 2020 de esta Superintendencia y atendiendo además los protocolos de vigilancia en salud pública impartidos por el Instituto Nacional de Salud - INS, para el manejo de Infección respiratoria aguda - IRA códigos 345, 348, 591, 995, los lineamientos para la detección y manejo de casos por los prestadores de servicios de salud, frente a la introducción del SARS-CoV-2 (COVID-19) del MSPS y especialmente lo establecido en el Decreto 457 del 22 de marzo de 2020 "Por el cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19 y el mantenimiento del orden público", como máximo órgano de inspección, vigilancia y control del Sistema General de Seguridad Social en Salud - SGSSS emite las siguientes instrucciones.

11. INSTRUCCIONES: Las Entidades objeto de la presente circular, deberán consultar el enlace

https://www.minsalud.gov.co/salud/publica/PET/Paginas/Covid-19 _ copia.aspx mediante el cual, el Ministerio de Salud y Protección Social publica normatividad, lineamientos, manuales, guías y protocolos, acerca del manejo del COVID-19. Así

mediante el cual, el Ministerio de Salud y Protección Social publica normatividad, lineamientos, manuales, guías y protocolos, acerca del manejo del COVID-19. Así mismo, deberán garantizar la inmediata adopción, socialización, divulgación y capacitación.

PRIMERO: DIRECCIONES DEPARTAMENTALES Y DISTRITALES DE SALUD Las Entidades Territoriales departamentales, distritales y municipales, en virtud de los mandatos establecidos en la Ley 715 de 2001, Decreto 780 de 2016 y las Resoluciones 1536 y 518 de 2015 y 3280 de 2018, entre otras, son las encargadas dirigir y coordinar el sector salud y el Sistema General de Seguridad Social en Salud -SGSS en el ámbito territorial de su competencia, tendiendo como funciones aquellas plasmadas, entre otras disposiciones, en la normativa previamenfi anotada.

V...,

PROCESO ADMINISTRACIÓN DE LA CÓDIGO GDFL03 fi

GESTIÓN DOCUMENTAL Supersalud fi,jt----+----------1-------1----j FORMATO CIRC fiA VERSIÓN 1 -- De acuerdo a las competencias de orden legal y reglamentario establecidas en cabeza de las Entidades Territoriales, se fijan las siguientes instrucciones dirigidas a los actores del SGSSS, con el fin de dar cumplimiento inmediato respecto de las competencias en el marco de los eventos de interés en salud pública, quienes deben actuar de manera articulada y complementaria para garantizar de manera oportuna y efectiva las actividades de prevención y prestación de los servicios a los usuarios del Sistema. a) Como autoridades sanitarias, deben desarrollar dentro de sus funciones de rectoría y gobernanza en salud acciones conjuntas, articuladas e integradas

oportuna y efectiva las actividades de prevención y prestación de los servicios a los usuarios del Sistema. a) Como autoridades sanitarias, deben desarrollar dentro de sus funciones de rectoría y gobernanza en salud acciones conjuntas, articuladas e integradas entre todos los actores presentes en sus territorios, es decir, deben fortalecer las capacidades de liderazgo para lograr efectividad de los planes, programas y/o proyectos que se implementen para prevenir, controlar y contener los eventos en salud pública de interés nacional e internacional tales como el COVID -19. b) Las entidades departamentales y distritales de salud están en la obligación de garantizar la implementación y fortalecimiento de los siguientes procesos en el marco de la gestión de la salud pública: coordinación intersectorial, desarrollo de capacidades, gestión administrativa y financiera, gestión del aseguramiento, gestión del conocimiento, gestión de insumos de interés en salud pública, gestión del talento humano, gestión de las intervenciones colectivas, gestión de la prestación de servicios individuales, participación social, planeación integral en salud, vigilancia en salud pública e inspección, vigilancia y control. c) Garantizar los equipos extramurales necesarios para alcanzar la cobertura de su territorio, para realizar búsqueda activa de casos sospechosos de COVID-19. d) Las Entidades Territoriales del orden departamental y distrital deben contar con una ruta y red de atención definida para el manejo de los casos sospechosos o conformados de IRA - COVID-19, las cuales deberán ser publicadas en la página web de la Entidad Territorial. e) Contar con la disponibilidad, durante todas las vigencias del recurso humano e insumos técnicos, para garantizar el funcionamiento del Sistema de Vigilancia en Salud Pública, que incluye el equipo de respuesta inmediata y los equipos de

e) Contar con la disponibilidad, durante todas las vigencias del recurso humano e insumos técnicos, para garantizar el funcionamiento del Sistema de Vigilancia en Salud Pública, que incluye el equipo de respuesta inmediata y los equipos de vigilancia epidemiológica. Se debe garantizar la continuidad de este talento humano. f) Garantizar el financiamiento, operación y talento humano del Laboratorio de Salud Pública departamental o distrital según el caso. g) Conocer la capacidad instalada de la red prestadora de servicios de salud destinada para la atención de COVID-19 y su capacidad de expansión; considerando recurso humano, disponibilidad de oxígeno, insumos y equipos biomédicos. h) Definir y ejecutar estrategias encaminadas a garantizar el abastecimiento de los insumos esenciales para la atención de casos sospechosos y confirmad!i)'S.. de IRA - COVID-19. fi 0 \.

fiPROCESO ADMINISTRACIÓN DE LA CÓDIGO GDFL03

Supersalud fi GESTIÓN DOCUMENTAL FORMATO CIRl)UfiB f{ofiNA VERSIÓN 1 i) Fortalecer las acciones de vigilancia epidemiológica y control sanitario en los terminales aéreos, portuarios, marítimos, terrestres, fluviales y pasos fronterizos. j) Disponer de un líder como referente para el plan de contingencia del evento COVID-19 quien permanentemente interactuará con esta Entidad, e informar nombre, correo electrónico, número de teléfono móvil (celular) de contacto a esta Superintendencia.

SEGUNDO: DIRECCIONES LOCALES DE SALUD a) Garantizar la implementación y fortalecimiento de los siguientes procesos en el marco de la Gestión de la Salud Pública: coordinación intersectorial, desarrollo

contacto a esta Superintendencia.

SEGUNDO: DIRECCIONES LOCALES DE SALUD a) Garantizar la implementación y fortalecimiento de los siguientes procesos en el marco de la Gestión de la Salud Pública: coordinación intersectorial, desarrollo de capacidades, gestión administrativa y financiera, gestión del aseguramiento, gestión del conocimiento, gestión de insumos de interés en salud pública, gestión del talento humano, gestión de las intervenciones colectivas, gestión de la prestación de servicios individuales, participación social, planeación integral en salud, Vigilancia en salud pública e Inspección, Vigilancia y Control. b) Contar con la disponibilidad del recurso humano e insumos técnicos, para garantizar el funcionamiento del Sistema de Vigilancia en Salud Pública en su jurisdicción acuerdo con lo establecido en los Lineamientos Nacionales de Vigilancia en Salud Publica 2020 del INS. Se debe garantizar la continuidad y disponibilidad de este talento humano durante todas las vigencias. c) Disponer de un líder como referente para el plan de contingencia del evento COVID -19 e informar nombre, correo electrónico, número de teléfono móvil (celular) de contacto a la Entidad Territorial Departamental o Distrital y a esta Superintendencia. d) Publicar en la página web de la Entidad Territorial la ruta dispuesta para la atención de COVID-19 en su jurisdicción.

TERCERO: INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD - IPS

DESTINADAS PARA LA ATENCIÓN DEL COVID-19

Los prestadores de servIcIos de salud deben garantizar con accesibilidad, oportunidad, pertinencia, continuidad y seguridad, la calidad en la atención a sus usuarios sin dilaciones ni barreras de acceso conforme lo establecido en el Sistema Obligatorio de Garantía de

Los prestadores de servIcIos de salud deben garantizar con accesibilidad, oportunidad, pertinencia, continuidad y seguridad, la calidad en la atención a sus usuarios sin dilaciones ni barreras de acceso conforme lo establecido en el Sistema Obligatorio de Garantía de la Calidad - SOGCS, enfocando los resultados en el usuario en virtud de los parámetros de orden legal y reglamentarios de que trata la Ley 9 de 1979, Ley 1122 de 2007, Ley 1751 de 2015, Decreto 780 de 2016, Resolución 1164 de 2002 del Ministerio de Medio Ambiente, Resolución 3280 de 2018 y Resolución 3100 de 2019 del Ministerio de Salud y Protección Social y la Circular 013 de 2016 defi 1 Superintendencia Nacional de Salud. fiPROCESO ADMINISTRACIÓN DE LA CÓDIGO GDFL03 Supersalud fi GESTIÓN DOCUMENTAL FORMATO CIRCU&f 8 fiTºfiA VERSIÓN 1 a) Diseñar el formato de encuesta para indagar los antecedentes de viaje o tránsito en los últimos 14 días o de contacto con un caso confirmado, la cual debe ser aplicada a todos los usuarios antes de ingresar a TRIAGE y el servicio de consulta externa. b) Definir y delimitar las áreas de atención con condiciones óptimas para el manejo independiente de los casos sospechosos o confirmados COVID-19, garantizando los elementos de protección personal -EPP a los pacientes, familiares, personal del área de la salud, administrativo y de aseo de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud. c) Identificar y definir de manera previa, involucrando el cierre de servicios no esenciales, las áreas de expansión para el manejo de casos sospechosos o

Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud. c) Identificar y definir de manera previa, involucrando el cierre de servicios no esenciales, las áreas de expansión para el manejo de casos sospechosos o confirmados de COVID-19, considerando personal e insumos. d) Informar a la entidad territorial el número telefónico y canal virtual habilitados las 24 horas del día, los 7 días de la semana para orientar e informar de manera general a la ciudadanía sobre redes de servicios, protocolos y procedimientos, así como direccionamiento para la toma de pruebas domiciliarias cuando a ello hubiere lugar. La línea deberá publicarse en la página web de la IPS, así como en las salas de espera y demás canales disponibles. e) Informar a la entidad territorial diariamente el número de llamadas recibidas y atendidas de manera efectiva, clasificadas entre consultas de información y/o solicitudes de toma de muestras; así como la capacidad instalada disponible de unidad de cuidados intensivos, unidad de cuidado intermedio, hospitalización y porcentaje ocupacional del servicio de urgencias. f) Informar semanalmente a la entidad territorial la disponibilidad de asistencia ventilatoria (ventilador) que soporten una posible extensión de capacidad instalada de unidad de cuidados intensivos, acorde al recurso humano disponible. g) Realizar capacitación permanente a los funcionarios y usuarios respecto del evento epidemiológico, en aspectos relacionados con detección, diagnóstico y manejo acorde con las guías publicadas por el Ministerio de Salud y Protección Social. h) Disponer de un líder como referente para el plan de contingencia del evento COVID -19.

CUARTO: ENTIDADES ADMINISTRADORAS DE PLANES DE BENEFICIOSEAPB Las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios - EAPB, en virtud de los

evento COVID -19.

CUARTO: ENTIDADES ADMINISTRADORAS DE PLANES DE BENEFICIOSEAPB Las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios - EAPB, en virtud de los mandatos establecidos en la Ley 1122 de 2007, Ley 1438 de 2011, Decreto 780 de 2016 y modificatorios y las resoluciones 1536 y 518 de 2015 y 3280 de 2018 y modificatorias, entre otras, garantizarán la prestación de las intervenciones de promoción de la salud, detección temprana, protección específica, vigilancia epidemiológica y atención de las enfermedades de interés en salud públicafi fi--PROCESO ADMINISTRACIÓN DE LA CÓDIGO GDFL03 fi

GESTIÓN DOCUMENTAL Supersalud (fjt-----+---------1------+--fi

FORMATO CIRCU r VERSIÓN 1

Plan de Beneficios en salud con las redes definidas para la población de su territorio. a) Las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios - EAPB garantizarán el acceso a los servicios de salud en el territorio nacional, a través de acuerdos con prestadores de servicios de salud. b) Las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios - EAPB, son las responsables de cumplir con las funciones indelegables del aseguramiento, quienes deben garantizar entre otros, la articulación de los servicios en el acceso efectivo, la garantía de la calidad en la prestación de los servicios de salud y la representación del afiliado ante el prestador. c) Garantizar la búsqueda activa de casos sospechosos o de riesgo a través de los diferentes mecanismos o canales disponibles. Participar en los análisis de los eventos de salud pública de su población requeridos por la entidad territorial.

c) Garantizar la búsqueda activa de casos sospechosos o de riesgo a través de los diferentes mecanismos o canales disponibles. Participar en los análisis de los eventos de salud pública de su población requeridos por la entidad territorial. d) Disponer de un líder como referente para el plan de contingencia del evento COVID -19 e informar nombre, correo electrónico, número de teléfono móvil (celular) de contacto a la Entidad Territorial Departamental y a esta Superintendencia. e) Las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios - EAPB, Administradores de regímenes especiales y de excepción deberán disponer de una línea telefónica de atención exclusiva para COVID-19 y canal de atención virtual (chat o formulario en página web), que garantizará atención las 24 horas de los 7 días de la semana, donde orientarán e informarán de manera general a la ciudadanía sobre el COVID-19, redes de servicios, protocolos y procedimientos, así como direccionarán lo pertinente para la toma de pruebas domiciliarias cuando a ello hubiere lugar. La línea telefónica y el canal virtual deberá publicarse en la página web de la EPS, así como en las salas de espera, y mediante mensajería de texto. f) Las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios - EAPB, Administradores de regímenes especiales y de excepción deberán reportar semanalmente un seguimiento diario número de llamadas y/o solicitudes virtuales atendidas, clasificación entre consultas de información y/o solicitudes de toma de muestras. g) Las Entidades Administradoras de Planes de Beneficios - EAPB deberán garantizar la oportunidad en el pago a la red de prestadora de servicios de salud.

QUINTO: REPORTE DE INFORMACIÓN Es responsabilidad de los representantes legales de las Entidades Territoriales

garantizar la oportunidad en el pago a la red de prestadora de servicios de salud.

QUINTO: REPORTE DE INFORMACIÓN Es responsabilidad de los representantes legales de las Entidades Territoriales

(Departamentales, Distritales y Municipales) y EAPB, diligenciar en los términfiPROCESO ADMINISTRACIÓN DE LA CÓDIGO GDFL03 Supersaludfi GESTIÓN DOCUMENTAL FORMATO CIRCfiLfififij=fiNA VERSIÓN 1 definidos en la presente circular la información solicitada de manera real, actual, oportuna y de carácter oficial. Para el efecto, el representante legal podrá delegar en un funcionario de la entidad la responsabilidad del diligenciamiento de la información solicitada. Las Entidades Territoriales (Departamentales, Distritales y Municipales) y EAPB, deberán diligenciar la información solicitada de manera única, mensual y semanal, registrándola en los cuestionarios diseñados para ello, en los anexos que hacen parte integral de la presente circular; para lo cual la Superintendencia Nacional de Salud asignará el enlace correspondiente a cada una de las entidades para acceder a la aplicación, bajo el siguiente lineamiento:

1. A las Entidades Territoriales (departamentos, distritos y municipios) previa solicitud del Secretario de Salud, al correo electrónico

nmosguera@supersalud.gov.co ó, dana.rodriguez@supersalud.gov.co.

2. A las EAPB previa solicitud del Representante Legal, al correo electrónico

maria.melo@supersalud.gov.co ó, Luis.soler@supersalud.gov.co. Adicional a la información solicitada en los cuestionarios de la presente Circular, cada EAPB deberá disponer de la información detallada de los usuarios atendidos en el marco de la pandemia COVID 19, relacionada, entre

Adicional a la información solicitada en los cuestionarios de la presente Circular, cada EAPB deberá disponer de la información detallada de los usuarios atendidos en el marco de la pandemia COVID 19, relacionada, entre otras con nombre completo, documento de identidad, edad, departamento, municipio de ubicación y los servicios de salud prestados, los cuales deberán estar disponibles para la consulta de esta Superintendencia en el momento que lo requiera. En este sentido, el primer reporte deberá ser realizado dentro de los dos (2) días calendario siguientes de la publicación de la presente Circular Externa y se refiere a las preguntas identificadas como ÚNICAS. Los demás reportes de información deberán ser enviados según la periodicidad indicada.

111. CONTROL PREVENTIVO La Superintendencia Nacional de Salud frente al cumplimento de las obligaciones a cargo de los actores involucrados en la presente circular, realizará control preventivo, verificando la información reportada, con el fin de que se garanticen las acciones de prevención, atención integral y adecuada gestión de la salud públicfi la población de su jurisdicción, frente al COVID-19. fiPROCESO ADMINISTRACIÓN DE LA CÓDIGO GDFL03 GESTIÓN DOCUMENTAL

Supersaludfi FORMATO CIRRUó-'tffitT5RNA VERSIÓN

IV. VIGENCIA La presente Circular Externa rige a partir de la fecha de su publicación. -2 7 MAR 2020

Proyectó: Revisó:

Aprobó: PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE, fifi FABIO ARISTI ZABAL ANGEL erintendente Na ci onal de Salud

Nataly Mosquera NarvaezProfesional Especializado Entidades Territoriales Zulma Vargas TrujilloContratista Entidades Territoriales

fifi FABIO ARISTI ZABAL ANGEL erintendente Na ci onal de Salud Nataly Mosquera NarvaezProfesional Especializado Entidades Territoriales Zulma Vargas TrujilloContratista Entidades Territoriales Dana Rodríguez González - Contratista Entidades Territoriales Patricia Lozano Guarnizo - Profesional Especializado IPS Nelson Joaquín Malaver - Profesional Especializado IPS Nidia Zoraya Cáceres Moreno - Directora IV Entidades Territoriales Alvaro Jairo Hernández - Director IV IPS Sulby Patricia McBain Millán - Directora IV EAPB Luz Adriana Zuluaga - Directora Riesgos en SaludDelegada de Riesgofi Daniel Pinzon - Jefe Oficina Metodologías • r Marianella Sierra SaaDelegada Protección al usuarifi Mario Camilo León Martínez - Jefe Oficina Jurídica José Oswaldo Bonilla RincónSuperintendente Delegado para la Supervisión Institucional

1PROCESO ADMINISTRACI ÓN DE LA CÓDIGO GD FL03

Supersal udfi

GESTIÓN DOCUMENTAL

FORMATO CIRWfi5 nxófiNA VERSIÓN

ANEXO No. 1

TIPO DE ENTIDAD A LA QUE APLICA EL REPORTE: Entidades Territoriales Distritales y Departamentales.

PERIODICIDAD: Ún ico, semanal y mensual FECHA DE REPORTE Reporte Único: A los dos (2) días calendario siguientes de la publicación Semana l: Los día s lunes Mensual: El primer día habil del mes fi No. Pregunta Cuenta con un plan de contingencia para la 1 atención del COVID-19 ?.

Cuenta con una red y una ruta de atención 2 para manejo de casos probables,

Semana l: Los día s lunes Mensual: El primer día habil del mes fi No. Pregunta Cuenta con un plan de contingencia para la 1 atención del COVID-19 ?.

Cuenta con una red y una ruta de atención 2 para manejo de casos probables, sospechosos o confirmados de COVID-19 . Registre el enlace (link ) de la página web de 3 la Entidad Territorial donde fue publicada la red y la ruta, definida para la atención de

COVID-19 .

Informe el nom bre y datos de contacto del líder referente para la ejecución del plan de continQencia del COVID-19 . 4 Nombre No. Celular Correo electrónico Dirección física de ubicación Número de línea de atención telefónica 24 5 horas los 7 días de la semana, de la entidad territorial depa rtamental o distrital, para la atención y orientación frente al COVID-19 . En el Departamento o Distrito existen 6 labor atorios para el procesamiento de muestras para COVID 19 ? Registre el núme ro de muestras que está en 7 capacidad de tomar el laboratorio de salud pública para diagnostico COVID-19 . Número acumulado de muestras tomadas a 8 la fecha en el Departamento o Distrito. para confirmación de diagnóstico de COVID-19 . 9 De las muestras tomadas para confirmación Unidad Periodicidad de reporte r Únic o Si / No Si/No Único Alfanumérico Únic o Alfanumérico Único Numérico Único Si/No Únic o Numérico Mensual Numérico Ún ico / Semanal Numérico único / Semanal

1PROCESO ADMINISTRACIÓN DE LA CÓDIGO GDFL03

Su persaludfi

Numérico Único Si/No Únic o Numérico Mensual Numérico Ún ico / Semanal Numérico único / Semanal

1PROCESO ADMINISTRACIÓN DE LA CÓDIGO GDFL03

Su persaludfi GESTIÓN DOCUMENTAL FORMATO Cl f fiLtfiEOTfiRNA VERSIÓN 1 No. Pregunta Unidad Periodicidad de reporte de diag nóstico de COVID-19 informe el número acumulado a la fecha de las muestras con resultado. De las muestras tomadas para confirmación de diag nóstico COVID-19 , con resultado, 10 informe a la fecha el númer o acumulado de Numérico Único / Semanal los enviados a las IPS o a quién haya tomado la muestra. Número acumulado a la fecha de solicitudes recibidas y atendidas por parte de los usuarios a través de los diferentes canales 11 dispuestos para COVID 19 Numérico Único / Semanal Llamada telefónica Chat virtual Página web Núm ero acumulado a la fecha de solicitudes recibidas y atendidas respecto de 12 información u orientación a los usuarios Numérico Único / Semanal frente a casos diferentes al proceso de toma de muestras para COVID-19 . Número acumulado a la fecha de solicitudes 13 recibidas y atendidas relacionadas con la Numérico Único / Semanal toma de muestras oara COVID-19 . Informe el número de IPS que se han 1 incorporado a la ruta inicial para la atención Numérico Mensual de COVID-19 . Registre la ampliación de capacidad 2 instalada en: Numérico Mensual No. Camas hospitalarias No. de camas de cuidado intensivo Registre la disponibilidad de capacidad

1 incorporado a la ruta inicial para la atención Numérico Mensual de COVID-19 . Registre la ampliación de capacidad 2 instalada en: Numérico Mensual No. Camas hospitalarias No. de camas de cuidado intensivo Registre la disponibilidad de capacidad 3 in stalada en: Numérico Mensual No. Camas hospitalarias No. de camas de cuidado intensivo Cuenta con los sigui entes insumos y elemen tos para garantizar la toma de Si / No muestra para diacin óstico de COVID-19 : Talento Humano Si / No Mensual 4 Elementos para toma de muestra (isopo, sonda, entre otros) Si / No Em balaje y conservación Si / No i Envío Si / No < fiPROCESO ADMINIST RACIÓN DE LA CÓDIGO GDFL03 fi GESTIÓN DOCUMENT AL Su persalud r;j1-----+---------1-------+-----j

FORMATO CIRCULAR E T

5

RNA VERSIÓN 1

ANEXO No. 2

TIPO DE ENTIDAD A LA QUE APLICA EL REPORTE: Entidades Territoriales del orden municipal PERIODICIDAD: Único y mensual FECHA DE REPORTE Reporte Único: A los dos (2) días calendario siguientes de la publicación Mensual: El primer día hábil del mes No. Pregunta Unidad Periodicidad de reporte 1 Cuenta con un plan de contingencia para la Si / No Único aten ción del COVID-19 ?. Cuenta con una ruta de atención para los 2 casos probables, sospechosos o Si / No Único confirmados de COVID -1 9 Informe nombre y datos de contacto del líder referente de la entidad territorial mun icipal para la ejecución del plan de 3 con tinQencia del COVID-19 .

confirmados de COVID -1 9 Informe nombre y datos de contacto del líder referente de la entidad territorial mun icipal para la ejecución del plan de 3 con tinQencia del COVID-19 .

Nombre: Alfanumér ico Único No. Celular Correo electrónico Dirección física de ubicación 4 Informe el número de IPS asignadas en la Numéric o Único ruta de atención para COVID-19 .

Informe el núme ro de IPS que se han 1 incorporado a la ruta inicial para la aten ción Numé rico Mensual de COVID-19 . Núme ro de equipos extramurales con que cuenta para realizar búsqueda activa de Nu mérico Mensual casos sospechosos de COVID-19. r 'ti'PROCESO ADMINIST RACIÓN DE LA CÓDIGO GDFL03 Supersalud fi

GESTIÓN DOCUMENTAL

FORMATO CIR6Uof rrtT5RNA VERSIÓN 1

ANEXO No. 3

TIPO DE ENTIDAD A LA QUE APLICA EL REPORTE: Entidades Admin istradora de Planes de Beneficios - EAPB PERIODICIDAD: Único y semanal FECHA DE REPORTE Reporte Único: A los dos (2) días calendario sigu ientes de la publicación Semanal: Los días lunes No. Pregunta Unidad Periodicidad de reporte Cuenta con una ruta de atención para 1 el manejo de casos probables, Si/No Único sospechosos y confirmados de

COVID-19.

Informe nombre y datos de contacto del líder para la ejecución, seguim iento y control de las acciones implementadas para el manejo de la 2 oandemia COVID-19 . Alfanumérico Único Nombre No. Celular Correo electrónico Dirección física de ubicación

del líder para la ejecución, seguim iento y control de las acciones implementadas para el manejo de la 2 oandemia COVID-19 . Alfanumérico Único Nombre No. Celular Correo electrónico Dirección física de ubicación Informe núm ero de línea telefónica 24 horas para la atención y orientación de 3 sus afiliados frente a los casos Numérico Único sospechosos y confirmados COVID19 . Informe el enlace (link) de la página 4 dispuesta para la atención virtual. Alfanumérico Únic o Enlace página web Chat Número acumulado de solicitudes recibidas y atendidas a la fecha, de los 5 afiliados, por los diferentes canales: Numérico Único/Semanal Llamada telefónica Chat virtual Página web Número acumulado de solicitudes de 6 información recibidas y atendidas a la Numérico Únic o/Semanal fecha, de los afiliados diferentes al proceso de toma de muestras para f\CÓDIGO GOFL03 No. Pregunta Unidad Periodicidad de reporte

COVI0-19.

Número acumulado a la fecha de Únic o / 7 solicitudes recibidas y atendidas Numérico relacionadas con la toma de muestras Semanal para COVID-19 . Número de casos identificados 1 sospechosos de COVI 0-19 a través de Numérico Semanal los diferentes canales con los cuales cuente la entidad. Número de casos identificados 2 confirmados de COVID-19 a través de Numérico Semanal los diferentes canales con los cuales cuente la entidad. Número de equipos para atención Numérico 3 domi ciliaria disponibles para el COVIDSemanal 19 . Número de atenciones domiciliarias realizadas a:

cuente la entidad. Nú

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