SUPERSALUD - Circular Externa 2023151000000005-5 de 2023
Superintendencia de Salud
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Detalles
- Título
- SUPERSALUD - Circular Externa 2023151000000005-5 de 2023
- Autor
- Superintendencia de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2023
PROCES
O
ADMINISTRACIÓN DE LA
GESTIÓN DOCUMENTAL CÓDIGO GDFL03
FORMAT
O CIRCULAR EXTERNA VERSIÓ
N 1
CIRCULAR EXTERNA 2023151000000005-5 DE 2023
24-03-2023
PARA: GENERADORES DE RECURSOS: JUEGOS LOCALIZADOS Y
NOVEDOSOS E IMPORTADORES DE LICORES, VINOS,
APERITIVOS Y SIMILARES; CERVEZAS Y SIFONES; Y
CIGARRILLOS Y TABACO ELABORADO
DE: SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
ASUNTO: POR LA CUAL SE IMPARTEN INSTRUCCIONES ADICIONALES A
LA CIRCULAR EXTERNA 016 DE 2016 PARA EL REPORTE DE
INFORMACIÓN
FECHA: 24-03-2023
I. ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES.
El artículo 121 de la Ley 1438 de 2011, por la cual se reforma el Sistema General de Seguridad Social en Salud y se dictan otras disposiciones, señala los sujetos y actividades bajo inspección, vigilancia y control de la Superintendencia Nacional de Salud, entre las cuales se encuentran (…) “121.5 los que exploten, produzcan, administren u operen, bajo cualquier modalidad, el monopolio rentístico de loterías, apuestas permanentes y demás modalidades de los juegos de suerte y azar. 121.6 Los que programen, gestionen, recauden, distribuyan, administren, transfieran o asignen los recursos públicos y demás arbitrios rentísticos del Sistema General de
gestionen, recauden, distribuyan, administren, transfieran o asignen los recursos públicos y demás arbitrios rentísticos del Sistema General de Seguridad Social en Salud. 121.7 Las rentas que produzcan cervezas, sifones, refajos, vinos, aperitivos y similares y quienes importen licores, vinos, aperitivos y similares y cervezas. 121.8 Los que exploten, administren u operen, bajo cualquier modalidad, el monopolio rentístico de los licores (…)”. E l Decreto 1080 del 2021, por el cual se modificó la estructura de la Superintendencia Nacional de Salud, indica en su artículo 4°, numeral 23, que la Superintendencia tiene a su cargo, entre otras, las funciones de “.. .Ejercer la inspección, vigilancia y control sobre la explotación, organización y administración del monopolio rentístico de licores; las rentas que produzcan cervezas, sifones, refajos, vinos, aperitivos y similares; quienes importen licores, vinos, aperitivos y similares y cervezas; las rentas de salud originadas en impuestos y sobretasa al consumo de cigarrillo y tabaco elaborado; el IVA cedido al Sector Salud y demás rentas; así como, sobre la oportuna y eficiente explotación, administración y aplicación de dichas
rentas...”. L a Circular Externa 016 de 2016, por la cual se hacen adiciones, modificaciones y eliminaciones a la Circular Externa 047 de 2007 (Circular Única), establece instrucciones para el reporte de información financiera para efectos de supervisión de todos los vigilados. Entre otras instrucciones, se definió la estructura de los conceptos financieros a reportar por todas las entidades vigiladas, en aplicación de los nuevos marcos técnicos normativos definidos por los reguladores de los Grupos 1, 2 y 3 (Ministerio de Hacienda y Crédito Público y Ministerio de Comercio, Industria y Turismo) y por el regulador de las entidades que aplican el Régimen de Contabilidad Pública (Contaduría General de la Nación), conforme a lo establecido en la Ley 1314 de 2009 que reguló los Página 1 de 8PROCESO ADMINISTRACIÓN DE LA
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FORMATO CIRCULAR EXTERNA VERSIÓN 1 2023151000000005-5 principios y normas de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de información aceptados en Colombia. Teniendo en cuenta lo anterior, se emiten las siguientes instrucciones con el fin de adelantar las acciones de inspección y vigilancia para estos vigilados. Página 2 de 8
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II. INSTRUCCIONES.
PRIMERA: Se adicionan los identificadores de negocio para los vigilados: importadores de licores, cervezas y cigarrillos, a la tabla “Identificador de
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II. INSTRUCCIONES.
PRIMERA: Se adicionan los identificadores de negocio para los vigilados: importadores de licores, cervezas y cigarrillos, a la tabla “Identificador de Negocio (Dígitos 7 y 8)” del numeral 2 - Generalidades del título IIInstrucciones de la Circular 016 de 2016, donde se adicionan tres identificadores de negocio, quedando de la siguiente manera: Codificación Identificador de Negocio (Dígitos 7 y 8)
01 Régimen Contributivo RC 02 Régimen Subsidiado RS 03 Plan de Atención Complementaria PAC 04 Empresa de Medicina Prepagada EMP 05 Servicio de Ambulancia Prepagado SAP 06 Prestadores de Servicios de Salud 07 Generadores - Lotería 08 Generadores - Concesionarios de Apuestas Permanentes-Chance 09 Generadores - Juegos Hípicos 10 Generadores - Productores de Licores, Vinos, Aperitivos y SimilaresPrivadas 11 Generadores - Productores de Cerveza y Sifones 12 Generadores - Concesionarios de Licores 13 Generadores - Juegos Localizados 14 Generadores - Juegos Novedosos 15 Generadores - Juegos Promocionales 16 Generadores - Importadores de Licores, Vinos, Aperitivos y Similares 17 Generadores - Importadores de Cervezas y Sifones 18 Generadores - Importadores de Cigarrillos y tabaco elaborado SEGUNDA: Adiciónense los anexos tipo al capítulo de Generadores de Recursos – Importadores al título XI – anexos técnicos de la Circular Única.
18 Generadores - Importadores de Cigarrillos y tabaco elaborado SEGUNDA: Adiciónense los anexos tipo al capítulo de Generadores de Recursos – Importadores al título XI – anexos técnicos de la Circular Única. Archivo Tipo FT001 - Catálogo de Información Financiera con fines de supervisión. Archivo Tipo FT002 - Publicación Estados Financieros. Archivo Tipo FP001 – Conjunto Completo de Estados Financieros y Revelaciones. Archivo Tipo FP002 – Certificación Estados Financieros. Archivo Tipo FP003 – Dictamen Revisor Fiscal. Archivo Tipo FP004 – Informe de Gestión. Archivo Tipo FP005 – Proyecto Distribución de Utilidades.
PARÁGRAFO: Es así como los anteriores archivos tipo aplicarán a importadores de licores, vinos aperitivos y similares; importadores de cervezas y sifones; e importadores de cigarrillos y tabaco elaborado, además de los demás vigilados que ya tienen esta obligación de reporte.
TERCERA: El Archivo Tipo FT001 - Catálogo de Información Financiera con fines de supervisión para los importadores de licores vinos, aperitivos y similares; importadores de cervezas y sifones; e importadores de cigarrillos y tabaco elaborado, corresponderá a la actividad (negocio) exclusiva de estos y no a la información financiera de la persona jurídica como un todo. Se debe
reportar con periodicidad trimestral, en formato XML y firmado digitalmente por Representante Legal, Contador Público y Revisor Fiscal (cuando aplique) . PARÁGRAFO 1: Para el caso que una entidad tenga diversos negocios bajo el mismo NIT, debe hacer un solo cargue para el reporte con el detalle de cada uno de sus negocios, especificando el identificador de negocio que se Página 3 de 8PROCESO ADMINISTRACIÓN DE LA
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FORMATO CIRCULAR EXTERNA VERSIÓN 1 2023151000000005-5 encuentran en la instrucción primera, de acuerdo con cada uno de los catálogos. PARÁGRAFO 2: El primer reporte de este archivo se hará con corte a 31 de diciembre de 2022 por lo que el plazo máximo de reporte es el 10 de abril de
2023. Posteriormente, el reporte del primer trimestre de 2023 se debe realizar hasta el 20 de abril de 2023.
CUARTA: El Archivo Tipo FT002 - Publicación Estados Financieros para los importadores de licores vinos, aperitivos y similares; importadores de cervezas y sifones; e importadores de cigarrillos y tabaco elaborado, incluye información relacionada con el medio, fecha y lugar de publicación de los estados financieros. Se debe reportar con periodicidad anual, en formato XML y firmado digitalmente por Representante Legal, Contador Público y Revisor Fiscal cuando aplique .
PARÁGRAFO: El primer reporte de este archivo se hará con corte a 31 de diciembre de 2022, por lo que el plazo máximo de reporte es hasta el 30 de abril de 2023.
Fiscal cuando aplique .
PARÁGRAFO: El primer reporte de este archivo se hará con corte a 31 de diciembre de 2022, por lo que el plazo máximo de reporte es hasta el 30 de abril de 2023.
QUINTA: Los importadores de licores, vinos aperitivos y similares; importadores de cervezas y sifones; e importadores de cigarrillos y tabaco elaborado, deberán reportar la siguiente información con extensión .PDF, con período de corte a diciembre de cada año, a más tardar el 10 de abril de cada año y firmado por Representante Legal, Contador público y Revisor Fiscal
(cuando aplique).
Archivo Tipo Nombre Archivo Tipo FP001 Conjunto Completo de Estados Financieros y Revelaciones FP002 Certificación Estados Financieros FP003 Dictamen Revisor Fiscal FP004 Informe de Gestión FP005 Proyecto Distribución de Utilidades En caso de ser aplicable a la entidad Elaborados por la persona jurídica como un todo y además para el programa de salud o actividad exclusiva objeto de inspección, vigilancia y control de la Superintendencia Nacional de Salud PARÁGRAFO: El primer reporte de estos archivos se harán con corte a 31 de diciembre de 2022 por lo que el plazo máximo de reporte es hasta el 10 de abril de 2023.
SEXTA: Para los Juegos Novedosos y Localizados con codificación de identificador de negocio 13 y 14 respectivamente, se modifica la periodicidad
del reporte Archivo Tipo FT001 – Catálogo de Información Financiera indicado en la Circular 000016 de 2016, VI. ANEXOS TECNICOS, pasando de anual a trimestral, el cual quedará así a partir del año 2023: TIPO DE ENTIDAD A LA QUE APLICA: Juegos Localizados y Juegos Novedosos. Que no se encuentran obligadas a aplicar el régimen de contabilidad pública PERIODICIDAD: Trimestral FECHA DE CORTE : Marzo 31, Junio 30, Septiembre 30 y Diciembre 31
FECHA DEL REPORTE : 20 días calendario después de la fecha de corte.
Para el cierre de año (diciembre 31) el reporte se hará hasta el 10 de abril del año siguiente.
PARÁGRAFO: Teniendo en cuenta que a partir de la vigencia 2023, la nueva periodicidad para el reporte de este archivo es trimestral, el plazo máximo del Página 4 de 8PROCESO ADMINISTRACIÓN DE LA
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FORMATO CIRCULAR EXTERNA VERSIÓN 1 2023151000000005-5 reporte anual con corte a 31 de diciembre de 2022 es el 10 de abril de 2023. Posteriormente, el primer reporte trimestral con corte 31 de marzo de 2023 se debe realizar máximo hasta el 20 de abril de 2023.
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III. ANEXOS TÉCNICOS ( Importadores de licores, vinos, aperitivos y similares; importadores de cervezas y
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III. ANEXOS TÉCNICOS ( Importadores de licores, vinos, aperitivos y similares; importadores de cervezas y sifones; e importadores de cigarrillos y tabaco elaborado) A continuación, se señalan los anexos técnicos – Archivos Tipo que se deberán diligenciar al momento de efectuar el envío de la información financiera, de acuerdo con la fecha de corte y fecha máxima del reporte:
1. Anexo Técnico Archivo Tipo FT001 – Catálogo Información
Financiera
ARCHIVO TIPO FT001
Catálogo Información Financiera TIPO DE ENTIDAD A LA QUE APLICA: Importadores de licores, vinos aperitivos y similares; importadores de cervezas y sifones; e importadores de cigarrillos y tabaco elaborado PERIODICIDAD: Trimestral FECHA DE CORTE: Marzo 31, Junio 30, Septiembre 30 y Diciembre 31
FECHA DEL REPORTE: 20 días calendario después de la fecha de corte.
Para el cierre de año (diciembre 31), el reporte se hará hasta el 10 de abril del año siguiente.
Elemento FT001 # Identificador Atrib utos Descripción Longit ud máxim a Registro permitido 1 codigoConcep to Códig o del conce pto Corresponde al código del concepto al nivel más desagregado, en el cual se encuentra registrado el saldo contable. A excepción de las IPS que pertenecen a los grupos C2, D1, D2 quienes deben
nivel más desagregado, en el cual se encuentra registrado el saldo contable. A excepción de las IPS que pertenecen a los grupos C2, D1, D2 quienes deben reportar el código del concepto a 6 dígitos. Estos códigos se encuentran en las siguientes Tablas de Referencia relacionadas en la Tabla de Catálogos
Conceptos Financieros:
AT FT001-01: Conceptos Financieros Grupo 1 AT FT001-02: Conceptos Financieros Grupo 2 AT FT001-03: Conceptos Financieros Grupo 3 AT FT001-04: PUC Resolución 724 de 2008 y sus modificatorias (EAPB) AT FT001-05: PUC Resolución 1474 de 2009 y sus modificatorias (IPS) AT FT001-06: Resolución 117 de 2015 y sus modificatorias AT FT001-07: Resolución 139 de 2015 y sus modificatorias AT FT001-08: Resolución 620 de 2015 y sus modificatorias AT FT001-09: Resolución 356 de 2007 y sus modificatorias AT FT001-10: Decreto 2650 de 1993 y sus modificatorias 10 Numérico
Ver Tabla de Catálogos Código Conceptos Financieros
Reportar únicamente los códigos que presenten saldo diferente a cero (0) 2 claseConcept o Clase de conce pto Escriba la clase de cuenta 1:= Corriente 2:= No corriente 3:= No aplica 1 Numérico 3 valor Valor Valor correspondiente al saldo contable
cero (0) 2 claseConcept o Clase de conce pto Escriba la clase de cuenta 1:= Corriente 2:= No corriente 3:= No aplica 1 Numérico 3 valor Valor Valor correspondiente al saldo contable que presente a la fecha de corte 18 Numérico diferente a cero Página 6 de 8PROCESO ADMINISTRACIÓN DE LA
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Nota: Para los Importadores de licores, vinos aperitivos y similares; importadores de cervezas y sifones; e importadores de cigarrillos y tabaco elaborado, se recuerda que las tablas de referencia que les aplican son las 3 primeras (AT FT001-01, AT FT001-02 y AT FT001-03), de acuerdo con las NIIF que apliquen.
2. Archivo Tipo FT002 – Publicación Estados Financieros
ARCHIVO TIPO FT002
Publicación Estados Financieros
TIPO DE ENTIDAD A LA QUE APLICA: Importadores de licores, vinos aperitivos y similares; importadores de cervezas y sifones; e importadores de cigarrillos y tabaco elaborado
PERIODICIDAD: Anual
FECHA DEL REPORTE: Abril 30
Elemento FT002 # Identificador Atributo s Descripción Longitud máxima Registro permitido 1 medioPublicacio n Medio de publicació n Escriba el medio en el que se publica los estados financieros 1:= Página web oficial entidad 2:=Diario Oficial 3:=Prensa de amplia circulación 4:= Página web oficial alcaldía (únicamente ESE) 1 Numérico 2 fechaPublicacio
Escriba el medio en el que se publica los estados financieros 1:= Página web oficial entidad 2:=Diario Oficial 3:=Prensa de amplia circulación 4:= Página web oficial alcaldía (únicamente ESE) 1 Numérico 2 fechaPublicacio n Fecha publicació n Fecha en la cual se realizó la publicación de los estados financieros 10 Numérico Fecha con formato DD/ MM/AAAA 3 lugarPublicacion Lugar publicació n Escribir URL donde publica los estados financieros o número del diario o nombre del periódico 100 Alfanumérico
IV. VIGENCIA.
La presente Circular Externa rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial. Dada en Bogotá D.C., a los 24 días del mes 03 de 2023. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado electrónicamente por: Ulahi Dan Beltrán López
ULAHI DAN BELTRÁN LÓPEZ
Superintendente Nacional de Salud
Proyectó: Dayanna Carolina Páez – Auxiliar Administrativo
Ana Paola Cipagauta - Profesional Especializado César Augusto Piñeros – Profesional Especializado Revisó: Diana Julieta Díaz Castellanos - Dirección de Innovación y Desarrollo Yadeira Cuellar Cuellar - Profesional Especializado Johanna Buitrago Vargas - Profesional Especializado Luz Adriana Zapata - Profesional Especializado
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2023151000000005-5 Deivis Miguel Morris – Profesional Especializado Aprobó: Patricia Lozano Guarnizo - Delegada para Entidades Territoriales y Generadores, Recaudadores y Administradores de Recursos del SGSSS (E) Diana Sofia Chávez Gutiérrez - Directora de Innovación y Desarrollo (E) Diana Cecilia Sarruf – Directora Jurídica Página 8 de 8