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SUPERSALUD - Concepto 0025928de 2015

Superintendencia de Salud

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Detalles

Título
SUPERSALUD - Concepto 0025928de 2015
Autor
Superintendencia de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2015

CONCEPTO 25928 DE 2015

(enero - marzo) <Fuente: Archivo interno entidad emisora>

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD

Referencia:

SOLICITUD CONCEPTO REPORTE INFORMACIÓN CIRCULAR 010 DE 2012

Referenciado: 1-2014-060705, 3-2015-003198

En lo relacionado con su solicitud, le informo amablemente que, de conformidad con las funciones establecidas en el artículo 8 del Decreto 2462 de 2013, esta Oficina procede a dar respuesta, de manera general y abstracta, en los siguientes términos: „hƒn Sobre su consulta.- La Superintendencia Delegada para la Supervisión Institucional el día 19 de febrero de 2015 dio traslado de la petición identificada con NURC 1-2014-060705 con el fin de que esta Oficina Asesora emitiera concepto respecto del punto 2o de la referida solicitud, la cual señala lo siguiente: "(…) Informar si la circular externa 0010 de 2012, es aplicable a esta IPS teniendo en cuenta que en la actualidad no recibimos recursos derivados del sistema de seguridad social en salud, por cuanto nuestra contratación se circunscribe a prestación de servicios de salud de carácter privado" „hƒn Desarrollo del tema de consulta y conclusiones.- La Ley 1438 de 2011 define en su artículo 121 cuáles son los sujetos de inspección, vigilancia y control por parte de esta Superintendencia, así: "Artículo 121 . Sujetos de inspección, vigilancia y control de la Superintendencia Nacional de

Salud. Serán sujetos de inspección, vigilancia y control integral de la Superintendencia Nacional de Salud: 121.1 Las Entidades Promotoras de Salud del Régimen Contributivo y Subsidiado, las Empresas Solidarias, las Asociaciones Mutuales en sus actividades de Salud, las Cajas de Compensación Familiar en sus actividades de salud, las actividades de salud que realizan las aseguradoras, las Entidades que administren planes adicionales de salud, las entidades obligadas a compensar, las entidades adaptadas de Salud, las administradoras de riesgos profesionales en sus actividades de salud. Las entidades pertenecientes al régimen de excepción de salud y las universidades en sus actividades de salud, sin perjuicio de las competencias de la Superintendencia de Subsidio Familiar. 121.2 Las Direcciones Territoriales de Salud en el ejercicio de las funciones que las mismas desarrollan en el ámbito del sector salud, tales como el aseguramiento, la inspección, vigilancia y control, la prestación de servicios de salud y demás relacionadas con el sector salud. 121.3 Los prestadores de servicios de salud públicos, privados o mixtos.(...)" (Subrayado fuera de texto) En el marco de la promulgación de la ley previamente citada la Superintendencia Nacional de Salud expidió la Circular Externa No. 010 de 2012, dirigida a las entidades vigiladas por esta entidad, con el " propósito de incorporar cambios normativos y establecer la estructura financiera de los Grupos Económicos" a fin de "definir los anexos técnicos con la información a reportar por el tipo de entidad, y periodicidad para el envío". Visto lo anterior, se tiene entonces que la Circular 010 de 2012 está dirigida a las entidades vigiladas sin hacer ninguna distinción, con lo cual se colige que están obligadas a reportar la información en los términos y con la periodicidad definida en la Circular Externa No. 010

Visto lo anterior, se tiene entonces que la Circular 010 de 2012 está dirigida a las entidades vigiladas sin hacer ninguna distinción, con lo cual se colige que están obligadas a reportar la información en los términos y con la periodicidad definida en la Circular Externa No. 010 de 2012. La presente consulta se absuelve en los términos del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, en virtud del cual los conceptos emitidos por las autoridades como respuesta a peticiones realizadas en ejercicio del derecho a formular consultas, no son de obligatorio cumplimiento o ejecución. Cordialmente,

LINA QUIROGA VERGARA

Asesora Encargada De Las Funciones De La Oficina Asesora Jurídica

Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Superintendencia Nacional de Salud ISSN Pendiente Última actualización: 15 de octubre de 2024 - (Diario Oficial No. 52.894 - 29 de septiembre de 2024)

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