SUPERSALUD - Resolución 000055 de 2017
Superintendencia de Salud
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Detalles
- Título
- SUPERSALUD - Resolución 000055 de 2017
- Autor
- Superintendencia de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2017
REPUBLICA DE COLOMBIA
SUPERINT ENDENCIA NACIONAL DE SALUD RESOLUCI ÓN NÚMERO QQQQ55 DE 2017 ( 1 3 ENE 2017
Por medio de la cual se fijan honorarios al Agente Especial Interventor y Contralor de la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL UNIVERSITARIO DEL CARIBE - Cartagena, departamento de Bolívar, identificada con el Nit. 900.042.103-5 en Intervención Forzosa Administrativa para Administrar. EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD En ejercicio de sus atribuciones legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el parágrafo segundo del artículo 233 de !a Ley 100 de 1993, el numeral cuarto de! artículo 295 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, modificado por el artículo 28 de la Ley 510 de 1999, el Decreto 2462 de 2013, la Resolución 000237 de 201 O modificada por la Resolución 002659 del 12 de octubre de 2011 y, CONSIDERANDO Que la Superintendencia Nacional de Salud mediante Resolución 003569 del 28 de noviembre de 2016, ordenó la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la Intervención Forzosa Administrativa para Administrar la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL UNIVERSITARIO DEL CARIBE - Cartagena, departamento de Salivar, identificada con el Nít. 900.042.103-5, designando como Agente Especial Interventor al doctor Fernando Enrique Trillo Figueroa, identificado con cédula de ciudadanía No_ 79.303.071 de Bogotá, quien tomó posesión del cargo el 28 de noviembre de 2016 según acta S.D.M.E. 031 de dicha fecha.
Fernando Enrique Trillo Figueroa, identificado con cédula de ciudadanía No_ 79.303.071 de Bogotá, quien tomó posesión del cargo el 28 de noviembre de 2016 según acta S.D.M.E. 031 de dicha fecha. Que, en el artículo octavo de la Resolución antes citada, la Superintendencia Nacional de Salud designó como Contralor de la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL UNIVERSITARIO DEL CARIBE - Cartagena, departamento de Bolívar, a la firma Auditoria y Gestión Uda., identificada con Nit. 830.008.673-4, representada legalmente por el doctor Julio Cesar Ftorián identificado con cédula de ciudadanía No. 79.102.029 de Bogotá, quien se posesionó el 28 de noviembre de 2016 según acta S.D.M.E. 032 de esa fecha. Que mediante Resolución 000237 de 2010 modificada por la Resolución 002659 de 2011, la Superintendencia Nacional de Salud estableció el procedimiento para la evaluación, cálculo y fijación de los honorarios definitivos a los agentes especiales interventores, liquidadores y contralores de las entidades objeto de toma de posesión por parte de la Superintendencia Nacional de Salud. Que en virtud de lo previsto en el numeral 6 del artículo 26 del Decreto 2462 de 2013, corresponde a la Superintendencia Delegada para las Medidas Especiales proponer al Superintendente Nacional de Salud, los honorarios que percibirán los interventores, liquidadores y contralores, de conformidad con lo establecido en las disposiciones normativas que regulan la materia. Que de conformidad con lo previsto en el parágrafo del artículo 4 de la Resolución 000237 de
liquidadores y contralores, de conformidad con lo establecido en las disposiciones normativas que regulan la materia. Que de conformidad con lo previsto en el parágrafo del artículo 4 de la Resolución 000237 de 2010, la Superintendencia Delegada para !as Medidas Especiales mediante memorando del 21 de diciembre de 2016 identificado con el NURC 3-2016-023463 certificó que el Agente Especial Interventor de la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL UNIVERSITARIO DEL CARIBE - Cartagena, departamento de Bolívar doctor Fernando Enríque Trillo Figueroa, presentó los documentos comunes para la evaluación, cálculo y fijación de los honorarios definitivos como Agente Especial Interventor y calculó los honorarios que conforme a los /4RESOLUCIÓN NÚMERO __ Qfi·fiC)_QfiQ_5_5 __ DE 2017 HOJA No. __ _,2 __ 'Por medio de la cual se fijan honorarios al Agente Especial lnte1ventor y Con(ra/or de la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL UNIVERSITARIO DEL CARIBE - Cartagena, departamento de Bolfvar, identificada con el Ni/. 900.042.103-5 en Intervención Forzosa Adminislraliva para Administrar." criterios señalados en el numeral 1.1.2., 1.2.2 y 1.3., del artículo 2° de !a Resolución mencionada, correspondía asignarle. Que como consecuencia de lo anterior, la Superintendencia Delegada para las Medidas Especiales propuso un monto de DIECISIETE (17) salarios mínimos legales mensuales vigentes, por concepto de honorarios como Agente Especial Interventor de la EMPRESA
SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL UNIVERSITARIO DEL CARIBE - Cartagena,
Especiales propuso un monto de DIECISIETE (17) salarios mínimos legales mensuales vigentes, por concepto de honorarios como Agente Especial Interventor de la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL UNIVERSITARIO DEL CARIBE - Cartagena, departamento de Bolívar. Que adicionalmente, el articulo 3º de la Resolución No. 000237 de 201 O modificado por el artículo 1 º de !a Resolución No. 002659 de 2011, establece que los honorarios de los contralores equivalen a! ochenta por ciento (80%) de! monto de los honorarios fijados al interventor o al liquidador según fuere el caso. Que en virtud de lo anterior y de conformidad con los honorarios fijados a! Agente Especial Interventor, al contralor !e corresponde el 80% de este monto, es decir TRECE PUNTO SEIS (13.6) Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes, por concepto de honorarios. Que en mérito de lo expuesto este Despacho, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. FIJAR los honorarios mensuales al doctor Fernando Enrique Trillo Figueroa, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.303.071 de Bogotá, designado mediante Resolución 003569 del 28 de noviembre de 2016, como Agente Especial Interventor de la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL UNIVERSITARIO DEL CARIBECartagena, departamento de Bolívar, en Intervención Forzosa Administrativa para Administrar, en la suma de DIECISIETE (17) salarios mínimos legales mensuales vigentes, a partir de la fecha de su posesión y con cargo a dicha entidad. ARTÍCULO SEGUNDO. NOTIFICAR PERSONALMENTE el conlenido de la presente
Administrar, en la suma de DIECISIETE (17) salarios mínimos legales mensuales vigentes, a partir de la fecha de su posesión y con cargo a dicha entidad. ARTÍCULO SEGUNDO. NOTIFICAR PERSONALMENTE el conlenido de la presente Resolución al doctor Fernando Enrique Trillo Figueroa, identificado con cédula de ciudadanía No. 79.303.071 de Bogotá en la Calle 29 No. 50-50, Barrio Zaragocma de !a ciudad de Cartagena de Indias, o en el sitio que se indique para tal fin, por el Grupo de Notificaciones de la Superintendencia Nacional de Salud. PARÁGRAFO. Si no pudiere practicarse la notificación personal, ésta deberá surtirse mediante aviso, en los términos y para los efectos de los artículos 68 y 69 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. ARTÍCULO TERCERO. FIJAR los honorarios mensuales a la firma Auditoria y Gestión Ltda., identificada con Nit. 830.008.673-4, representada legalmente por el doctor Julio Cesar Florián identificado con cédula de ciudadanía No. 79.102.029 de Bogotá, designada mediante Resolución 003569 del 28 de noviembre de 2016, como Contralora de la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL UNIVERSITARIO DEL CARIBE - Cartagena, departamento de Bolívar en Intervención Forzosa Administrativa para Administrar, en la suma de TRECE PUNTO SEIS (13.6) salarios mínimos legales mensuales vigentes, a partir de la fecha de su posesión y con cargo a dicha entidad. ARTÍCULO CUARTO. NOTIFICAR PERSONALMENTE el contenido de la presente Resolución al doctor Julio Cesar Florián Londoño identificado con cédula de ciudadanía No.
posesión y con cargo a dicha entidad. ARTÍCULO CUARTO. NOTIFICAR PERSONALMENTE el contenido de la presente Resolución al doctor Julio Cesar Florián Londoño identificado con cédula de ciudadanía No. 79.102.029 de Bogotá, Representante Legal de la firma Auditoria y Gestión Ltda., identificada con Nit. 830.008.673-4, en la calle 31 No. 6-42, oficina 502 de la ciudad de Bogotá, o en el sitio que se indique para tal fin, por el Grupo de Notificaciones de la Superintendencia Nacional de Salud.RESOLUCIÓN NÚMERO __ Ü_Ü_Ü_0_5_5_ DE 2017 HOJA No. __ =3 __ "Por medio de la cual se ru·an /Jonoralios al Agente Especial /n/etventor y Contralor de la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL UNIVERSITARIO DEL CARIBE - Cartagena, departamento de Bolívar, identificada con el Ni/. 900.042.103-5 en Intervención Forzosa Administrativa para Aclmmistrar." PARÁGRAFO. Si no pudiere practicarse la notificación personal, ésta deberá surtirse mediante aviso, en los términos y para los efectos de los artículos 68 y 69 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. ARTÍCULO QUINTO. Contra la presente Resolución procede el recurso de reposición el cual deberá ser interpuesto dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, ante el despacho del Superintendente Nacional de Salud y en los términos del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. ARTICULO SEXTO. PUBLICAR el contenido del presente acto admlnistrativo en la página web de la Superintendencia Nacional de Salud.
Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. ARTICULO SEXTO. PUBLICAR el contenido del presente acto admlnistrativo en la página web de la Superintendencia Nacional de Salud. ARTÍCULO SÉPTIMO. La presente Resolución rige a partir de su expedición. Dada en Bogotá D.C a 1 3 ENE ?017 Elaboró Revisó· Aprobó
NOTIFIQUESE, PUBLIQ
NOR AN JULIO MUÑ
SUPERINT ND
Y CUMPLASE,
?: MUÑOZ,
AL DE SALUD Jorman A1dIla Parra - Profes,onal Especializado SDMfi fi Francisco Morales Falla - Jefe de ór1cma Asesora JurIdIca ( Em1l,a Vargafildana - Asesora de la Dirección de Medidas speciales para Prestadores de Servicios de Salud y Entidades del Orden Terntonal fi • fi Jav,er Antonio VIllarreal V1llaqu1rán - Supermtendenle Delegado para las Medidas Especiales. fi