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SUPERSALUD - Resolución 000150-17

Superintendencia de Salud

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Detalles

Título
SUPERSALUD - Resolución 000150-17
Autor
Superintendencia de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año

REPÚBLICA DE COLOMBIA

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD

R E S O L U C I Ó N 0 0 0 1 5 0 DE 201 7

(25 enero 2017)

Por la cual se adopta el Plan Estratégico Institucional de la Superintendencia Nacional de Salud, para la vigencia fiscal 2017

EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD

En ejercicio de sus facultades legales, en particular las conferidas por el artículo 7° del Decreto 2462 de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 152 de 1994, por la cual se establece la Ley Orgánica del Plan de Desarrollo determina los procedimientos y mecanismos para la elaboración, aprobación, ejecución, seguimiento, evaluación y control de los planes de desarrollo de la administración pública y en su artículo 26 dispone que “Con base en el Plan Nacional de Desarrollo aprobado cada uno de los organismos públicos de todo orden a los que se aplica esta Ley preparará su correspondiente plan de acción” el cual deberá tener en cuenta los principios generales descritos en el artículo 3 de esa Ley, así como las disposiciones constitucionales y legales pertinentes.

Que por medio de la Ley 1753 de 2015, el Gobierno Nacional expidió el Plan Nacional de Desarrollo 2014 -2018 “Todos por un Nuevo País”, cuyo objetivo principal es “construir una Colombia en paz, equitativa y educada, en armonía con los propósitos del Gobierno nacional, con las mejores prácticas y estándares internacionales, y con la visión de planificación, de largo plazo prevista por los objetivos de desarrollo sostenible”

Colombia en paz, equitativa y educada, en armonía con los propósitos del Gobierno nacional, con las mejores prácticas y estándares internacionales, y con la visión de planificación, de largo plazo prevista por los objetivos de desarrollo sostenible”

Que para lograrlo, teniendo en cuenta las políticas de Buen Gobierno y Gestión Pública Efectiva, todos los sectores en cabeza de sus Ministerios, deben definir y formular los planes estratégicos sectoriales, de acuerdo con los objetivos y metas trazadas en el Plan Nacional de D esarrollo, estableciendo acciones y propósitos que se correspondan con las directrices del M odelo Integrado de Planeación y Gestión.

Que el Decreto 248 2 de 2012 “Por el cual se establecen los lineamientos generales para la integración de la planeación y la gestión”, dando aplicación a los principios constitucionales de la función pública, se adoptó un modelo de gestión que le permite a las entidades Públicas, a través de una planeación integral, simplificar y racionalizar su labor en la generación y presentación de planes, reportes e informes.

Que en consonancia con lo anterior, en octubre de 2016 el Ministerio de Salud y Protección Social a través de la Oficina Asesora de Planeación y Estudios Sectoriales comunicó la publicación del Plan Estratégico Sectorial 2015 – 2018 – Sector Salud y Protección Social en su versión 3, ajustada con la vinculación a los indicadores de SINERGIA , el cual establece Objetivos de la estrategia sectorial – PND, Objetivos específicos, Estrategias del objetivo específico, Indicadores y entidades responsables de acuerdo a la competencia.

Que de acuerdo con lo mandado por el artículo 233 del Decreto – Ley 019 de 2012 “Por el cual

estrategia sectorial – PND, Objetivos específicos, Estrategias del objetivo específico, Indicadores y entidades responsables de acuerdo a la competencia.

Que de acuerdo con lo mandado por el artículo 233 del Decreto – Ley 019 de 2012 “Por el cual se dictan normas para suprimir o reformar regulaciones, procedimientos y trámites innecesariosRESOLUCIÓN NÚMERO 000150 DE 2017 HOJA No. 2

Continuación de la resolución, “Por la cual se adopta el Plan Estratégico Institucional de la Superintendencia Nacional de Salud, para la vigencia fiscal 2017 y se hace una delegación”

existentes en la Administración Pública” que modifica el parágrafo 1° del artículo 17 de la ley 489 de 1988, los planes de acción, sectoriales e institucionales, se deben formular y publicar a más tardar el 31 de enero de cada año.

Que de acuerdo con el numeral 9 del artículo 9 del Decreto 2462 de 2013 corresponde a la Oficina Asesora de Planeación de la Superintendencia Nacional de Salud, tiene la función de “Coordinar el proceso de planeación estratégico institucional acorde con procesos establecidos y políticas públicas sectoriales y realizar el seguimiento y evaluación a su ejecución”.

Que en virtud de lo anterior, la Oficina Asesora de Planeación ha formulado para su aprobaci ón el Plan Estratégico Institucional y de Desarrollo Administrativo 2017 que plantea contribuir a los siguientes objetivos específicos sectoriales, a saber:

1. Aumentar el acceso efectivo a los servicios y mejorar la calidad en la atención.

2. Recuperar la confianza y legitimidad en el SGSSS

siguientes objetivos específicos sectoriales, a saber:

1. Aumentar el acceso efectivo a los servicios y mejorar la calidad en la atención.

2. Recuperar la confianza y legitimidad en el SGSSS

3. Afianzar la lucha contra la corrupción, transparencia y rendición de cuentas

4. Promover la eficiencia y eficacia administrativa

5. Optimizar la gestión de la información

6. Optimizar la gestión de los recursos públicos

Que cada uno de ellos responde a los objetivos de la estrategia sectorial -PNDPlan Nacional de Desarrollo denominados “Mejorar las condiciones de salud de la población colombiana y propiciar el goce efectivo del derecho a la salud, en condiciones de calidad, eficiencia, equidad y sostenibilidad” y el de “Buen Gobierno” y se materializan en los objetivos instit ucionales de la Entidad.

Que de conformidad con lo anterior , la Oficina Asesora de Planeación de la Superintendencia Nacional de Salud diseñó el Plan Estratégico Institucional y de Desarrollo Administrativo para la vigencia 2017, teniendo en cuenta las normas vigentes, las recomendaciones y metodologías diseñadas por el Gobierno Nacional, con el fin de dar cumplimiento a l as metas y objetivos trazados en el Plan Nacional de Desarrollo 2014 – 2018 “Todos por un nuevo país” y colab orar de esta manera en la construcción de un Estado cada día más transparente, incluyente, justo y participativo.

Que dando cumplimiento a lo establecido en el literal g) del artículo 9° de la Ley 1712 de 2014 “Por medio de la cual se crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional y se dictan otras disposiciones ”, además de las políticas institucionales

“Por medio de la cual se crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional y se dictan otras disposiciones ”, además de las políticas institucionales orientadas a realizar una planeación y gestión participativa, democrática y transparente, la Superintendencia Nacional de Salud publicó en su sitio web el Plan Estratégico Institucional y de Desarrollo Administrativo a ejecutar en la vigencia 2017, para someterlo a consideraciones y aportes de los servidores de la entidad y la ciudadanía, durante los días 19 al 24 de Enero del 2017.

Que, trascurrido el plazo señalado, teniendo en cuenta los comentarios, observaciones y sugerencia recibidos, la Oficina Asesora de Planeación realizó los ajustes pertinentes y necesarios al Plan Estratégico Institucional y de Desarrollo Administrativo vigencia 2017, para su publicación, ejecución y seguimiento.

Que el Plan Estratégico Institucional y de Desarrollo Administrativo 2017 deberá ser cumplido por los servidores de la entidad, con criterios de eficiencia, eficacia y efectiv idad, con el fin de contribuir al logro de la misión y objetivos que la ley y los reglamentos le señalan a la entidad

Que en mérito de lo anteriormente expuesto,

RESUELVE

ARTÍCULO 1. Aprobar el Plan Estratégico Institucional y de Desarrollo Administrativo para la vigencia 2017, en la Superintendencia Nacional de Salud, contenido en el documento anexo a laRESOLUCIÓN NÚMERO 000150 DE 2017 HOJA No. 3

Continuación de la resolución, “Por la cual se adopta el Plan Estratégico Institucional de la Superintendencia Nacional de Salud, para la vigencia fiscal 2017 y se hace una delegación”

presente resolución y que hace parte integral de la misma.

ARTÍCULO 2 . Corresponde al (la) Secretario(a) General, a los (as) Superintendentes Delegados(as), los(as) Jefes de Oficinas Asesoras y los(as) Jefes de Oficina, impartir de forma oportuna las orientaciones e instrucciones necesarias para la ejecución, seguimiento y cumplimiento por parte de los servidores públicos a su cargo, del Plan Estratégico Institucional y de Desarrollo Administrativo para la vigencia 2017 de la Superintendencia Nacional de Salud, al igual que la socialización del mismo a sus colaboradores . El seguimiento a su ejec ución será competencia de la Oficina de Control Interno, según las normas vigentes.

ARTÍCULO 3. En el marco de la dinámica del sector y de la gestión pública, las modificaciones a cualquier componente del Plan Estratégico Institucional y de Desarrollo Administrativo para la vigencia 2017, obedecerán únicamente a cambios de política institucional o sectorial, falta de disponibilidad presupuestal comprobada, aumentos del presupuesto asignado o acciones externas a la gobernabilidad de la entidad.

ARTÍCULO 4. Delegar en el Jefe de la Oficina Asesora de Planeación, la facultad de aprobar las modificaciones al Plan Estratégico Institucional y de Desarrollo Administrativo para la vigencia 2017, previo análisis de la justificación presentada y que corresponda a los criterios establecidos en el artículo tercero de la presente resolución.

modificaciones al Plan Estratégico Institucional y de Desarrollo Administrativo para la vigencia 2017, previo análisis de la justificación presentada y que corresponda a los criterios establecidos en el artículo tercero de la presente resolución.

ARTÍCULO 5. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE 25 enero 2017

Dada en Bogotá, D. C., a los

(Original firmado por)

NORMAN JULIO MUÑOZ MUÑOZ

Superintendente Nacional de Salud

Proyectó: Revisó: Daniel Andrés Pinzón Fonseca

Aprobó: Norman Julio Muñoz Muñoz

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