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SUPERSALUD - Resolución 000737 de 2013

Superintendencia de Salud

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Detalles

Título
SUPERSALUD - Resolución 000737 de 2013
Autor
Superintendencia de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2013

REPÚBLICA DE¡COLOMBIA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD 000737 _. RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2013 (056payY0 2013 ) Por medio del cual se designa a un Contralor EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD En ejercicio de sus atribuciones legales y reglamentarias que le confieren la Ley 100 de 1993, la Ley 715 de 2001, la Ley 1122 de 2007, la Ley 1438 de 2011, el Decreto 1018 de 2007, el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, demás normas concordantes y complementarias y, CONSIDERANDO Que mediante Resolución 000735 de mayo 6 de 2013, se ordenó la toma de posesión para liquidar el PROGRAMA DE ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL RÉGIMEN CONTRIBUTIVO EPS Y EL PROGRAMA DE ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL

RÉGIMEN SUBSIDIADO EPSS DE LA SOCIEDAD SOLIDARIA DE SALUD SOLSALUD

EPS S.A.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 291 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y concordancia con lo dispuesto en el decreto 1018 de 2007, le corresponde al Superintendente Nacional de Salud designar al Agente Especial Liquidador Interventor, quien ejercerá las funciones propias de su cargo de acuerdo con lo previsto en las normas del Sistema General de Seguridad Social, Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y demás normas que le sean aplicables. Que de conformidad con lo previsto el numeral 6 del artículo 295 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, el Agente Especial Liquidador ejercerá funciones públicas transitorias, previa posesión, lo cual no constituye ni establece relación laboral alguna con la

Que de conformidad con lo previsto el numeral 6 del artículo 295 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, el Agente Especial Liquidador ejercerá funciones públicas transitorias, previa posesión, lo cual no constituye ni establece relación laboral alguna con la Superintendencia Nacional de Salud. En mérito de lo expuesto, este Despacho, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: DESIGNAR a la firma Crowe Horwath, identificada con el NIT 830.000.818-9, como Contralora del PROGRAMA DE ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL RÉGIMEN CONTRIBUTIVO EPS Y EL PROGRAMA DE ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL RÉGIMEN SUBSIDIADO EPSS DE LA SOCIEDAD SOLIDARIA DE SALUD SOLSALUD EPS S.A., quien ejercerá las funciones propias de su cargo de acuerdo con lo previsto en las normas del Sistema General de Seguridad Social, Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y demás normas que le sean aplicables. | PARÁGRAFO PRIMERO: La persona jurídica designada como Contralor, acorde a lo dispuesto en el inciso primero, numeral tercero, Capítulo Segundo, Título IX de la Circular Unica expedida por esta Superintendencia, establece que el Contralor designado ejercerá lasRESOLUCIÓN NÚMERO 000737 DEL 2013 HOJA No. 2 Por medio del cual se designa a un Contralor funciones propias de un revisor fiscal, conforme al Código de Comercio y demás normas aplicables a la revisoría fiscal y responderá de acuerdo con ellas.

PARÁGRAFO SEGUNDO: Cohtormélaló establecido en la Circular Única Título IX, Medidas Especiales el. Contralor deberá remitir un informe preliminar en medio físico a la

PARÁGRAFO SEGUNDO: Cohtormélaló establecido en la Circular Única Título IX, Medidas Especiales el. Contralor deberá remitir un informe preliminar en medio físico a la Superintendencia Delegada para las Medidas Especiales de la Superintendencia Nacional de Salud, dentro de los treinta (30) días calendario, siguientes a la posesión funciones de representante legal del PROGRAMA DE ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DELRÉGIMEN CONTRIBUTIVO EPS Y EL PROGRAMA DE ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL RÉGIMEN SUBSIDIADO EPSS DE LA SOCIEDAD SOLIDARIA DE SALUD

SOLSALUD EPS S.A.

ARTÍCULO SEGUNDO: NOTIFICAR al Representante Legal de la firma Crowe Horwath para que para comparecer ante el despacho del Superintendente Delegado para Medidas Especiales, a tomar posesión dentro de los cinco (5) días siguientes a la Comunicación del

presente Acto Administrativo.

ARTÍCULO TERCERO: PUBLICAR la presente Resolución en el Diario Oficial.

ARTÍCULO CUARTO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

Dada en Bogotá D.C., a los | D 6 MAYO 201

NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,

3 MI GUSTAVO ENRIQUE MORALES COBO

SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD

Proyeció: Marla Alejandra Quintero Poveda

Aprobé: Ángela Patricia Rojas Combariza Ñ

Jeíe de Oficina Asesora Juridica

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