SUPERSALUD - Resolución 001006 de 2013
Superintendencia de Salud
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- SUPERSALUD - Resolución 001006 de 2013
- Autor
- Superintendencia de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2013
REPUBLICA.DE COLOMBIA > EA O; vo
| |
¡SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
U0U1006 . RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2013
A 5 m 2013 ) Por medio -de la cual se remueve y designa Agente Especial Interventor para la Intervención Forzosa Administrativa para Administrar la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL LA CANDELARIA del Municipio de El Banco del Departamento del Magdalena EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD En uso de sus facultades. legales y reglamentarias, en especial las que le confieren el artículo 230 de la Ley 100.de 1993, el artículo 116 del Decreto Ley 663 de 1993, el : Decreto 1018 de 2007, el artículo 9.1.2.1.1. del Decreto 2555 de 2010, y CONSIDERANDO La Superintendencia Nacional de Salud mediante Resolución No.000710 del 3 de junio de 2009 ordenó la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la Intervención Forzosa Administrativa para Administrar la EMPRESA. SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL LA CANDELARIA del Municipio de El Banco del Departamento del Magdalena, identificada con Nit. 800.154,347-3, Que la Superintendencia Nacional de Salud, prorrogó el término de la toma de posesión -inmediata de la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL LA CANDELARIA del Municipio de El -Banco del Departamento del Magdalena mediante las Resoluciones No: 01062 del 5 de agosto de 2009, No. 1363 del 7 de + | octubre de 2009 y No. 817 del 26 de mayo de 2010.
mediante las Resoluciones No: 01062 del 5 de agosto de 2009, No. 1363 del 7 de + | octubre de 2009 y No. 817 del 26 de mayo de 2010. Que el Gobierno Nacional mediante las Resoluciones Ejecutivas No. 000248 del 8 junio de 2011, No. 00418 del 05 de diciembre de 2011, No. 00217 del 06 de junio de 2012 y No. 00165 del 7 de junio de 2013 autorizó la prórroga del término de la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la Intervención Forzosa Administrativa para Administrar la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL LA CANDELARIA del Municipio de El Banco del Departamento del . Magdalena. | De conformidad con lo dispuesto.en el artículo 291 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y concordancia con lo dispuesto en el Decreto 1018 de 2007, le corresponde al Superintendente. Nacional de Salud designar al Agente Especial Liquidador, quien ejercerá las funciones : propias de su cargo de acuerdo con lo previsto en las normas del Sistema General de Seguridad Social, Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y demás normas que le sean aplicables. El Agente Especial Liquidador ejercerá funciones públicas transitorias, previa posesión, lo cual no constituye ni establece relación laboral alguna con la Superintendencia Nacional de Salud, de acuerdo con lo establecido en el numeral 6 del artículo 295 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero. El Comité de Intervenciones, en ejercicio de las funciones que le corresponden según Resolución 000241 de 2013, en sesión del 17 de junio de 2013, según consta en el
del artículo 295 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero. El Comité de Intervenciones, en ejercicio de las funciones que le corresponden según Resolución 000241 de 2013, en sesión del 17 de junio de 2013, según consta en el Acta No 85, recomendó designar a la doctora Luz Jinneth Cuevas Muñoz, identificadaRESOLUCIÓN NÚMERO 001006bz 2013 HOJA No. 2 Por medio de la cual se remueve y designa Agente Especial Interventor para la intervención - forzosa administrativa para administrar la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL LA CANDELARIA del Municipio de El Banco del Departamento del Magdalena con cédula de ciudadanía ¡No::521019.110 de Bogotá, como persona idónea para ejercer las funciones de Agente Especial Interventor para. la intervención forzosa administrativa para administrar la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL LA CANDELARIA del Municipio de El Banco del Departamento del Magdalena, la cual está inscrita en el registro de registro de interventores, liquidadores y contralores a cargo de la Superintendencia Delegada para Medidas.
RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Remover como. Agente Especial Interventor para la intervención forzosa administrativa para administrar la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL LA CANDELARIA del Municipio de El Banco del Departamento del Magdalena al doctor Alejandro Enrique de Jesús López Franco, identificado con |
cédula de ciudadanía No. 4.031.787 de Zambrano - Bolivar.
PARÁGRAFO: El doctor Alejandro Enrique de Jesús López Franco, identificado con
cédula de ciudadanía No. 4.031.787 de Zambrano - Bolivar, deberá rendir un informe
PARÁGRAFO: El doctor Alejandro Enrique de Jesús López Franco, identificado con
cédula de ciudadanía No. 4.031.787 de Zambrano - Bolivar, deberá rendir un informe consolidado de las actividades realizadas como Agente Especial Interventor ante la Delegada para las Medidas Especiales de la Superintendencia Nacional de Salud, dentro de los cinco: (5) días siguientes a la comunicación «del presente. acto. administrativo, so pena de que se inicie la investigación administrativa de rigor.
ARTÍCULO SEGUNDO: Designar como Agente Especial Interventor para la intervención forzosa administrativa para administrar la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL LA CANDELARIA del Municipio de El Banco del Departamento del Magdalena a. la doctora Luz Jinneth Cuevas Muñoz, identificada con cédula de ciudadanía No 52.019.110 de Bogotá; quien ¡ejercerá las funciones propias de su cargo de acuerdo con lo previsto en las normas del Sistema' General de Seguridad Social y del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y demás normas que le sean aplicables. Ejercerá las funciones de Representante Legal de la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL LA CANDELARIA del Municipio ' de El Banco del
Departamento del Magdalena. PARÁGRAFO. El Agente Especial Interventor designado ejercerá funciones públicas transitorias, esto es, ¡tendrá lá condición de auxiliar de la justicia, de conformidad con lo previsto en el numeral: 8 del artículo 291 del Estatuto Orgánico del Sistema | Financiero. En consecuencia este nombramiento y su desempeño, no constituyen ni establecen relación laboral alguna entre el designado y la Entidad objeto de Intervención, ni entre aquel y la Superintendencia Nacional de Salud.
Financiero. En consecuencia este nombramiento y su desempeño, no constituyen ni establecen relación laboral alguna entre el designado y la Entidad objeto de Intervención, ni entre aquel y la Superintendencia Nacional de Salud.
ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR a la doctora Luz' Jinneth Cuevas Muñoz,
identificada con cédula deciudadanía No 52.019.110 de Bogotám para comparecer ante el despacho del Superintendente Delegado para las Medidas Especiales, para tomar posesión del cargo de Agente Especial Interventor, dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación del presente acto administrativo.
ARTÍCULO CUARTO: Comunicar él contenido de la presente resolución al doctor Alejandro Enrique de Jesús López Franco, identificado con cédula de ciudadanía No. 4.031.787 de Zambrano - Bolívar.
ARTÍCULO QUINTO: Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial.E CAS RESOLUCIÓN NÚMERO 001006 D8 2013 HOJAN0o. 3 i : ) Por medio de la cual se remueve y designa Agente Especial Interventor para la intervención forzosa administrativa para administrar la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL LA CANDELARIA del Municipio de El Banco del Departamento del Magdalena ARTÍCULO SEXTO: La presente Resolución rige a partir de su expedición y contra la misma no procede recurso alguno. l |
| NOTIFIQUESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE, | o E poo, Dada en Bogotá | 3 a Jada en ogoté a 10s E po 2.4 J0N, 208 | o
E NAn " GUSTAVO ENRIQUE MORALES COBO .
| o E poo, Dada en Bogotá | 3 a Jada en ogoté a 10s E po 2.4 J0N, 208 | o
E NAn " GUSTAVO ENRIQUE MORALES COBO .
SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD
| | ! .
Proyectó: Diana Ximena García Mez
Revisó: Dra. Rutty Paola Ortiz JargY4
Superintendente Delegada para las Medidas Especialeg Dra. Ángela Patricia Roja Combariz Jefe Asesora Oficina Jurldic y