SUPERSALUD - Resolución 001422 de 2013
Superintendencia de Salud
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Detalles
- Título
- SUPERSALUD - Resolución 001422 de 2013
- Autor
- Superintendencia de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2013
REPUBLICA DE COLOMBIA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD RESOLUCIÓN NUMEROU 142 2DE 2013 a) 31 JUL 20% Por medio de la cual se remueve y designa a un Agente Especial Interventor para la intervención Forzosa Administrativa para Administrar la EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN FRANCISCO DE ASIS EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD En uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las que le confieren el artículo 230 de la Ley 100 de 1993, el artículo 116 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, el artículo 9.1.2.1.1. del Decreto 2555 de 2010 y el Decreto 1018 de 2007, , y CONSIDERANDO La Superintendencia Nacional de Salud mediante la Resolución No 196 del 06 de marzo de 2007, ordenó la intervención forzosa administrativa de la Empresa Social del Estado HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN FRANCISCO DE ASIS del Municipio de Quibdó, Departamento del Chocó y designó como Agente Especial Interventor a la
FIDUCIARIA LA PREVISORA S.A con NIT. 860.525.148-5.
Mediante la Resolución No 000386 del 24 de Marzo de 2009, la Superintendencia Nacional de Salud aceptó la renuncia como Agente Especial Interventor de la FIDUCIARIA LA PREVISORA SAA, y designó al doctor Octavio Restrepo Castaño identificado con cédula de ciudadanía No 9.890.301 de Quinchía —Risaralda, quien tomó posesión del cargo el 2 de abril de 2009.
identificado con cédula de ciudadanía No 9.890.301 de Quinchía —Risaralda, quien tomó posesión del cargo el 2 de abril de 2009. Mediante Resolución No 001368 del 08 de octubre de 2009, la Superintendencia Nacional de Salud resolvió entre otros, aceptar la renuncia presentada por el doctor Octavio Restrepo Castaño al cargo de Agente Especial Interventor y designó en su lugar al doctor Guillermo Alonso García Peláez, identificado con cédula de ciudadanía No 10.231.191 de ManizalesCaldas, quien tomó posesión del cargo el 21 de octubre de 2009. La Superintendencia Nacional de Salud, mediante las Resoluciones No. 677 del 7 de Mayo de 2007, No 0002 del 5 de julio de 2007 y No 004 del 25 de febrero de 2008, prorrogó el término de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para administrar la Empresa Social del Estado HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN FRACISCO DE ASIS del Municipio de Quibdó, Departamento del Chocó. El Gobierno Nacional, por medio de las Resoluciones Ejecutivas No 065 del 05 de marzo de 2009, No 030 del 05 de marzo de 2010, No 146 del 02 de marzo de 2011, No 043 del 02 de Marzo de 2012, No 055 del 04 de marzo de 2013, y No 206 del 05 de Julio 2013, prorrogó el término de la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para administrar la Empresa Social del Estado HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN FRACISCO DE ASIS
de Julio 2013, prorrogó el término de la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para administrar la Empresa Social del Estado HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN FRACISCO DE ASIS del Municipio de Quibdó, Departamento del Chocórd RESOLUCIÓN NÚMERO (¡429 DE 2013 HOJA No. 2 Por medio de la cual se remueve y designa Agente Especial Interventor para LA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN FRANCISCO DE ASIS De conformidad con lo dispuesto en el artículo 291 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y en concordancia con lo dispuesto en el Decreto 1018 de 2007, le corresponde a la Superintendencia Nacional de Salud, designar al agente Especial Interventor, quien ejercerá las funciones propias de su cargo de acuerdo con lo previsto en las normas del sistema General de Seguridad Social, el Estatuto Orgánico del Sistema financiero y demás normas que le sean aplicables. Conforme a lo previsto el numeral 6 del artículo 295 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, el Agente Especial Liquidador ejercerá funciones públicas transitorias, previa posesión, lo cual no constituye ni establece relación laboral alguna con la Superintendencia Nacional de Salud. Que el Comité de Intervenciones, en ejercicio de las funciones que le corresponden según Resolución No 000241 de 2013, en sesión del día 19 de julio de 2013, según consta en el Acta No 088, recomendó designar a doctor FARID ALONSO VIEIRA GONZALEZ, identificado con cédula de ciudadanía No 92.515.505, como persona
consta en el Acta No 088, recomendó designar a doctor FARID ALONSO VIEIRA GONZALEZ, identificado con cédula de ciudadanía No 92.515.505, como persona idónea para ejercer las funciones de Agente Especial Interventor para la Empresa Social del Estado HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN FRANCISCO DE ASIS, del Municipio de Quibdó, Departamento del Chocó, el cual está inscrito en el registro de interventores, liquidadores y contralores a cargo del a Superintendencia delegada para las Medidas Especiales. En mérito de lo expuesto, este Despacho,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO: REMOVER como Agente Especial Interventor de LA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN FRANCISCO DE ASIS del Municipio de Quibdó, Departamento del Chocó, al doctor Guillermo Alonso García Peláez identificado con cédula de ciudadanía No 10.231.191 de
ManizalesCaldas.
Parágrafo: El doctor Guillermo Alonso García Peláez identificado con cédula de ciudadanía No 10.231.191 de ManizalesCaldas, deberá rendir un informe consolidado de las actividades realizadas durante su permanencia en la entidad objeto de la Intervención ante la Delegada para Medidas Especiales de la Superintendencia Nacional de Salud, dentro de los treinta (30) días siguientes a su retiro.
ARTÍCULO SEGUNDO: DESIGNAR como Agente Especial Interventor de la Empresa Social del Estado HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN FRANCISCO DE ASIS Municipio de Quibdó, Departamento del Chocó, al doctor FARID ALONSO VIEIRA
retiro.
ARTÍCULO SEGUNDO: DESIGNAR como Agente Especial Interventor de la Empresa Social del Estado HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN FRANCISCO DE ASIS Municipio de Quibdó, Departamento del Chocó, al doctor FARID ALONSO VIEIRA GONZALEZ identificado con cédula de ciudadanía No. 92.515.505, quien ejercerá las funciones propias de su cargo de acuerdo con lo previsto en las normas del sistema general de seguridad social y estatuto orgánico del sistema financiero y demás normas que le sean aplicables.
PARÁGRAFO PRIMERO. El Agente Especial Interventor, designado ejercerá las funciones de representante legal de LA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO
HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN FRANCISCO DE ASIS Municipio de Quibdó,
Departamento del Chocó.
PARÁGRAFO SEGUNDO: El Agente Especial Interventor designado ejercerá las funciones públicas transitorias, esto es, tendrá la condición de auxiliar de justicia, de conformidad con lo previsto en el numeral 8 del artículo 291 del Estatuto Orgánico del
Sistema Financiero. En consecuencia este nombramiento y desempeño, noRESOLUCIÓN NÚMERO (01422 DE 2013 HOJA No. 3 Por medio de la cual se remueve y designa Agente Especial Interventor para LA EMPRESA SOCIAL DEL ESTADO HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN FRANCISCO DE ASIS constituyen ni establecen relación laboral alguna entre el designado y la Entidad objeto de Intervención, ni entre aquel y la Superintendencia Nacional de Salud.
ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR el Agente Especial Interventor doctor FARID ALONSO VIEIRA identificado con cédula de ciudadanía No 92.515.505, para
de Intervención, ni entre aquel y la Superintendencia Nacional de Salud.
ARTÍCULO TERCERO: NOTIFICAR el Agente Especial Interventor doctor FARID ALONSO VIEIRA identificado con cédula de ciudadanía No 92.515.505, para comparecer ante el despacho del Superintendente Delegado para Medidas Especiales, a tomar posesión dentro de los cinco (5) días siguientes a la comunicación
del presente acto administrativo, para lo cual se enviará citación a la calle 75 B Hf 4187 apartamento 1407 Torres de San José de la ciudad de Barranquilla.
ARTÍCULO CUARTO: COMUNICAR el contenido de la presente resolución al doctor Guillermo Alonso García Peláez identificado con cédula de ciudadanía No 10.231.191
ManizalesCaldas.
ARTÍCULO QUINTO: PUBLICAR la presente Resolución en el Diario Oficial.
ARTÍCULO SEXTO: La presente Resolución rige a partir de su expedición y contra la misma no procede recurso alguno.
NOTIFIQUESE, COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE, E Lp de Dada en Bogotá a los 3 ? Sil YES
== INN GUSTAVO ENRIQUE MORALES COBO
SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD
Proyectó: Dra. Iris Natalia Benavides Diaz
Revisó: Dra. Rutty Paola Ortiz Jara
Superintendente Delegada para tas Medidas Especiale: Dra. Ángela Patricia Roja Combariz. Jefe Asesora Oficina JurídicaCÓDIGO: | PROCESO DE PLANIFICACIÓN FIPLAN - 110814 -V!
VERSIÓN: 01 NOTIFICACION PERSONAL COPIA CONTROLADA
Superintendencia Nacional de Salud
NOTIFICACIÓN PERSONAL
GRUPO DE NOTIFICACIONES
PROCESO DE PLANIFICACIÓN FIPLAN - 110814 -V!
VERSIÓN: 01 NOTIFICACION PERSONAL COPIA CONTROLADA
Superintendencia Nacional de Salud
NOTIFICACIÓN PERSONAL
GRUPO DE NOTIFICACIONES
SECRETARÍA GENERAL
En Bogotá D.C., a los un (01) días del mes de Agosto de dos mil trece (2013), se hizo presente en las instalaciones de la Superintendencia Nacional de Salud y ante el Grupo de Notificaciones el Doctor FARID ALONSO VIEIRA GONZALEZ, con el fin de notificarse de la Resolución No. 001422 del 31 de Julio de 2013, expedida por el DESPACHO DEL SENOR SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD, para lo cual se identificó con la cédula de ciudadanía No. 92.515.505 de Sincelejo, Sucre. En consecuencia, se surte la notificación personal en los términos de Ley, haciéndole entrega de una fotocopia gratuita del acto administrativo en dos (02) folios, correspondientes a tres (03) páginas de contenido, haciéndole saber que consta en el ARTICULO SEXTO, que contra la misma no procede recurso alguno. dl >
BSO VIEIRA GONZALEZ
Y PECADOS SD: Sucre
ESA RAMIREZ CORAL uncionario Grupo de Notificaciones EN) 01/08/2013 - 10:08:23