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SUPERSALUD - Resolución 001784 de 2013

Superintendencia de Salud

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Detalles

Título
SUPERSALUD - Resolución 001784 de 2013
Autor
Superintendencia de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2013

REPUBLICA DE COLOMBIA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD 01784 . ( RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2013 027 SET 209

Por medio de la cual se prorroga el término de la medida cautelar preventiva de vigilancia especial a la EPS del Régimen Contributivo CAFESALUD S.A., identificada con NIT 800.140.949-6 EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD En Uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las que le confieren el artículo 230 de la Ley 100 de 1993, el artículo 113 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, el Decreto 1018 de 2007, y CONSIDERANDO QUE La Superintendencia Nacional de Salud mediante Resolución No. 000051 del 17 de enero de 2013, adoptó medida cautelar preventiva de vigilancia especial a la EPS del Régimen Contributivo CAFESALUD S.A. por el término de seis (6) meses prorrogables. Mediante Resolución No. 001241del 18 de Julio de 2013, la Superintendencia Nacional de Salud prorrogó la medida cautelar preventiva de vigilancia especial a la EPS del Régimen Contributivo CAFESALUD S.A. la Superintendencia Delegada para las Medidas Especiales señaló que previo análisis de los avances en el plan de acción y teniendo en cuenta que con corte a 30 de junio de 2013, la entidad no ha superado las causales que dieron origen a la medida toda vez que presenta indicadores de permanencia negativos (margen de solvencia y patrimonio mínimo).

El Comité de Intervenciones, en ejercicio de la función establecida en el artículo 4 de la Resolución No. 000241 de 2013, en sesión del 20 de septiembre de 2013, según consta en el Acta No. 91, recomendó prorrogar el término de la medida cautelar de vigilancia especial a la EPS del Régimen Contributivo CAFESALUD S.A. En mérito de lo expuesto, este Despacho, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: PRORROGAR la medida cautelar preventiva de Vigilancia Especial a la Entidad Promotora de Saluda del Régimen Contributivo CAFESALUD S.A., identificada con NIT 800.140.949-6, hasta el 31 de marzo de 2014.

ARTÍCULO SEGUNDO: COMUNÍQUESE el contenido de la presente Resolución, a la Entidad Promotora de Salud del Régimen Contributivo CAFESALUD S.A. al Representante Legal o quien haga sus veces, mediante citación dirigida al domicilio comercial ubicado en la Calle 73 N. 12-02 de la ciudad de Bogotá D.C.o al sitio que se indique para tal fin, ARTÍCULO TERCERO: COMUNÍQUESE el contenido de la presente Resolución al representante legal de la firma BAKER TILLY COLOMBIA LTDA, como contralor de la EPS del Régimen Contributivo CAFESALUD S.A. mediante citación dirigida al domicilio

IA

AN Ao z - YU 160: RESOLUCIÓN NUMERO 294 DE 2013 HOJA No. 2

Por medio de la cual se prorroga el término de la medida cautelar preventiva de vigilancia especial a la EPS del Régimen Contributivo CAFESALUD S.A., identificada con NIT 800.140.949-6 ubicado en la Calle 90 No. 11A-41 pisos 5 y 6 de la ciudad de Bogotá D.C. o al sitio

especial a la EPS del Régimen Contributivo CAFESALUD S.A., identificada con NIT 800.140.949-6 ubicado en la Calle 90 No. 11A-41 pisos 5 y 6 de la ciudad de Bogotá D.C. o al sitio que se indique para tal fin.

ARTÍCULO CUARTO: COMUNÍQUESE el contenido de la presente Resolución al Ministerio de Salud y Protección Social, a la Cuenta de Alto Costo, al Administrador Fiduciario del FOSYGA "CONSORCIO SAYP” y a las Entidades Territoriales donde la EPS del Régimen Contributivo CAFESALUD S.A. tenga cobertura geográfica y poblacional.

ARTÍCULO QUINTO: PUBLÍQUESE el contenido de la presente Resolución en el Diario

Oficial.

ARTÍCULO SEXTO: La presente resolución rige a partir de su expedición y contra la misma no procede recurso alguno,

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D. C, a los 27 SET. 20%

GUSTAVO ENRIQUE MORALES COBO

SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD

(

Proyectó: Dian AS García Meza

Revisó: Dra. Rutty Paota Ortiz Jara

Superintendente Delegada para las Medidas Especiales Dra. Ángela Patricia Roja Combariza Jefe Asesora Oficina Jurídica z

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