SUPERSALUD - Resolución 001785 de 2013
Superintendencia de Salud
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Detalles
- Título
- SUPERSALUD - Resolución 001785 de 2013
- Autor
- Superintendencia de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2013
REPUBLICA DE COLOMBIA
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD
001785. RESOLUCIÓN NÚMERO 2013 (2751, 208, Por medio de la cual se prorroga el término de la medida cautelar preventiva de vigilancia especial a la'CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR COMFENALCO ANTIOQUIA EPS EN SU PROGRAMA DE ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN CONTRIBUTIVO, identificada con NIT. 890.900.842-6
EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD En Uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las que le confieren el artículo 230 de la Ley 100 de 1993, el artículo 113 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y el Decreto 1018 de 2007, y CONSIDERANDO Mediante Resolución No. 002624 del 24 de agosto de 2012, la Superintendencia Nacional de Salud adoptó MEDIDA CAUTELAR PREVENTIVA DE VIGILANCIA ESPECIAL, COMO INSTITUTO DE SALVAMENTO Y PROTECCIÓN DE LA CONFIANZA PÚBLICA, a la CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR COMFENALCO ANTIOQUIA EPS EN SU PROGRAMA DE ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN CONTRIBUTIVO, como | consecuencia del incumplimiento en el margen de solvencia y patrimonio mínimo, Por Resolución No. 00283 del 20 de febrero de 2013, la Superintendencia Nacional de Salud levantó la restricción de prohibición de realizar nuevas afiliaciones a la CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR COMFENALCO ANTIOQUIA EPS EN SU PROGRAMA DE ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN CONTRIBUTIVO.
Mediante Resoluciones Nos. 283 del 28 de febrero de 2013, y 000512 del 27 de marzo de 2013 la Superintendencia Nacional de Salud prorrogó el término de la medida cautelar de vigilancia especial a la CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR COMFENALCO ANTIOQUIA EPS EN SU PROGRAMA DE ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN CONTRIBUTIVO, hasta el 30 de septiembre de 2013. la Superintendencia Delegada para las Medidas Especiales, señaló que previo análisis de la información financiera de la CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR COMFENALCO ANTIOQUIA EPS EN SU PROGRAMA DE ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN CONTRIBUTIVO, con corte a 30 de junio de 2013, la entidad no ha superado las causas que dieron origen a la imposición de la medida cautelar de vigilancia especial toda vez que mantiene indicadores de permanencia negativos (margen de solvencia y patrimonio negativo). El Comité de Intervenciones, en ejercicio de la función establecida en el artículo 4 de la resolución No. 000241 de 2013, en sesión del 20 de septiembre de 2013, según consta en el Acta No. 91, recomendó prorrogar el término de la medida cautelar de vigilancia especial a la CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR COMFENALCO ANTIOQUIA EPS EN SU PROGRAMA DE ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN CONTRIBUTIVO, hasta el 31 de marzo de 2014, Vo ÓNo A, - sy pue .
RESOLUCIÓN NUMERO. 001 ( 85 DE 2013 HOJA No. 2
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RESOLUCIÓN NUMERO. 001 ( 85 DE 2013 HOJA No. 2
Por medio de la cual se prorroga el término de la medida cautelar preventiva de vigilancia especial a la CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR COMFENALCO ANTIOQUIA EPS EN SU PROGRAMA DE ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN CONTRIBUTIVO, identificada con NIT. 890,900.842-6 En mérito de lo expuesto, este Despacho, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: PRORROGAR la medida cautelar preventiva de Vigilancia Especial a la CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR COMFENALCO ANTIOQUIA EPS EN SU PROGRAMA DE ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN CONTRIBUTIVO, hasta el 31 de marzo de 2014.
ARTICULO SEGUNDO: COMUNICAR el contenido de la presente Resolución, al Representante legal de la CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR COMFENALCO ANTIOQUIA EPS EN SU PROGRAMA DE ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN CONTRIBUTIVO, o quien haga sus veces o a quien se designe para tal fin, en el
domicilio principal de la entidad en la Carrera 50 No. 53 - 43 de la ciudad de Medellín (Antioquia), o al sitio que se indique para tal fin.
ARTÍCULO TERCERO: COMUNICAR el contenido de la presente Resolución al representante legal de la firma RG AUDITORES, como Contralor de la CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR COMFENALCO ANTIOQUIA EPS EN SU PROGRAMA DE ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN CONTRIBUTIVO, o quien haga sus
veces o a quién se designe para tal fin en la Calle 45 No. 6 -58, de la ciudad de
ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN CONTRIBUTIVO, o quien haga sus
veces o a quién se designe para tal fin en la Calle 45 No. 6 -58, de la ciudad de Bogotá, o al sitio que se indique para tal fin y/o al correo electrónico raaudit20040yahoo.com, ARTÍCULO CUARTO: COMUNICAR el contenido de la presente Resolución al Ministerio de Salud y de Protección Social, a la Cuenta de Alto Costo, al Administrador Fiduciario del FOSYGA "CONSORCIO SAYP", y a las Entidades Territoriales en donde la CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR COMFENALCO ANTIOQUIA EPS EN SU PROGRAMA DE ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN CONTRIBUTIVO, tenga cobertura geográfica y poblacional.
ARTÍCULO QUINTO: PUBLICAR la presente Resolución en el Diario Oficial.
ARTÍCULO SEXTO: La presente Resolución rige a partir de su expedición y contra la misma no procede recurso alguno Dada en Bogotá a los 2 7 SET, 2013
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
4 PA GUSTAVO ENRIQUE MORALES COBO
SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD
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Proyectó: Catalina Patricia Espinosa Aguiork Revisó: Dra. Rutty Paola Ortiz Jara E Superintendente Delegada para las Medidas especiales)
Aprobó: Ángela Patricia Rojas Combariza ROLL
Jefe Oficina Asesora Juridica