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SUPERSALUD - Resolución 001882 de 2013

Superintendencia de Salud

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Detalles

Título
SUPERSALUD - Resolución 001882 de 2013
Autor
Superintendencia de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2013

REPUBLICA DE COLOMBIA

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD

RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2013 0300, 20H, Por la cual se aclara la Resolución No. 001786 del 27 de septiembre de 2013 por medio de la cual se prorroga el término de la medida cautelar preventiva de vigilancia especial a la EPSS CONVIDA, identificada con Nit, 899.999.107-9, EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD En Uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las que le confieren el artículo 230 de la Ley 100 de 1993, el artículo 113 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero y el Decreto 1018 de 2007 y, CONSIDERANDO La Superintendencia Nacional de Salud mediante Resolución No. 001786 del 27 de septiembre de 2013, ordenó prorrogar la medida cautelar preventiva de Vigilancia Especial a la EPSS CONVIDA identificada con Nit. 899.999,107-9, hasta el 31 de agosto de 2014. se advierte por parte de la Superintendencia Nacional de Salud, que se presentó un error de transcripción en el nombre de la entidad al señalar en su artículo cuarto que se comunicará su contenido a las Entidades Territoriales en donde la CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR COMFENALCO ANTIOQUIA EPS EN SU PROGRAMA DE ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD DEL REGIMEN CONTRIBUTIVO, tenga cobertura, cuando debió señalarse en donde la EPSS CONVIDA, tenga cobertura. En mérito de lo expuesto, este Despacho, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: ACLARAR la Resolución No. 001786 del 27 de septiembre de 2013.

cuando debió señalarse en donde la EPSS CONVIDA, tenga cobertura. En mérito de lo expuesto, este Despacho, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: ACLARAR la Resolución No. 001786 del 27 de septiembre de 2013.

ARTÍCULO SEGUNDO: En consecuencia el artículo cuarto de la Resolución No. 001786 del 27 de septiembre de 2013, quedará así: "ARTÍCULO CUARTO: COMUNICAR el contenido de la presente resolución al Ministerio de salud y Protección Social, a la Cuenta de Alto Costo, al Administrador Fiduciario del FOSYGA CONSORCIO SAYP”, a la Entidades Territoriales en donde la EPSS CONVIDA, tenga cobertura geográfica.” o

ARTÍCULO TERCERO: COMUNICAR la presente Resolución al Representante legal de la EPSS CONVIDA, o a quien haga sus veces o a quien se designe para tal fin, en el domicilio principal de la entidad en la Av. Calle 26 No. 47-73 de la ciudad de Bogotá, D.C. o al sitio que se indique para tal fin.

2RESOLUCIÓN NÚMERO (001882 be 2013 HOJA No. 2

Por la cual se aclara la Resolución No, 001786 del 27 de septiembre de 2013 por medio de la cual se prorroga el término de la medida cautelar preventiva de vigilancia especial a la EPSS CONVIDA, identificada con Nit. 899,999,107-9, ARTÍCULO CUARTO: COMUNICAR la presente Resolución al Representante Legal de la firma JAHV McGREGOR S.A. ¿AUDITORES CONSULTORES, como Contralor de la EPSS CONVIDA, o quien haga sus vecés o a quien se designe para tal fin en la Calle 93 No.

firma JAHV McGREGOR S.A. ¿AUDITORES CONSULTORES, como Contralor de la EPSS CONVIDA, o quien haga sus vecés o a quien se designe para tal fin en la Calle 93 No. 11 A-11, DE LA CIUDAD DE Bogotá, o al sitio que indique para tal fin y/o al correo electrónico jahvmacagregorOjahvmcgregor.com.co.

ARTÍCULO QUINTO: COMUNICAR la presente Resolución al Ministerio de salud y Protección Social, a la Cuenta de Alto Costo, al Administrador Fiduciario del FOSYGA " CONSORCIO SAYP,” y a las Entidades Territoriales en donde la EPSS CONVIDA, tenga cobertura geográfica poblacional.

ARTÍCULO SEXTO: PUBLICAR la presente Resolución en el Diario Oficial.

ARTÍCULO SEPTIMO: La presente Resolución rige a partir de su expedición.

Dada en Bogotá a los > 03 007. 2083

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

GUSTAVO ENRIQUE MORALES COBO

SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD

Proyectó: Catalina Patricia Espinosa Aguilar '- e

Revisó: Dra. Rutty Paola Ortiz Jard

Superintendente Delegada para las Medidas Especiales Dra. Angela Patricia Roja Combariza NU— Jefe Asesora Oficina Jurídica

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