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SUPERSALUD - Resolución 002052 de 2013

Superintendencia de Salud

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Detalles

Título
SUPERSALUD - Resolución 002052 de 2013
Autor
Superintendencia de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2013

REPÚBLICA DE COLOMBIA

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD 002052 RESOLUCIÓN NÚMERO DE 2013 (1801, 208 ) Por la cual se determinan las fechas y lugares para la liquidación y el pago de la cuota anual de la tasa vigencia 2013 a cargo de las entidades sometidas a la Inspección, Vigilancia y Control de la Superintendencia Nacional de Salud. EL SECRETARIO GENERAL DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD En uso de sus atribuciones delegadas mediante la Resolución 285 de 2011 modificada por la Resolución 3367 de 2011 y en desarrollo de lo previsto en los Decretos 1018 de 2007, 1405 de 1999, 1580 de 2002, 1280 de 2008, y 2263 de 2013, y CONSIDERANDO Que mediante el artículo 98 de la Ley 488 de 1998, se creó la tasa a favor de la Superintendencia Nacional de Salud, se determinó que las entidades de derecho público o privado y las entidades sin ánimo de lucro, con excepción de las beneficencias y loterías, cuya Inspección y Vigilancia corresponda a la Superintendencia Nacional de Salud, cancelarán una tasa anual destinada a garantizar el cumplimiento o desarrollo de las funciones propias de la Superintendencia respecto de tales entidades, y se establecieron los sistemas y métodos para la fijación de la tarifa de la Tasa como lo ordena el inciso segundo del artículo 338 de la Constitución Política. Que el Decreto 1405 de 1999, modificado por el Decreto 1280 de 2008, reglamentó el sistema y el método para la fijación de la tasa anual que cancelarán las entidades

artículo 338 de la Constitución Política. Que el Decreto 1405 de 1999, modificado por el Decreto 1280 de 2008, reglamentó el sistema y el método para la fijación de la tasa anual que cancelarán las entidades cuya Inspección, Vigilancia y Control corresponde a la Superintendencia Nacional de Salud. Que, de conformidad con el artículo 3” del Decreto 1405 de 1999, el Superintendente Nacional de Salud, mediante resolución de carácter general, clasificará a los sujetos sometidos a su supervisión y control según se dediquen exclusiva o principalmente al recaudo de recursos, generación de recursos o prestación de servicios. Que mediante el artículo 1” del Decreto 1580 de 2002, la Superintendencia Nacional de Salud podrá liquidar la tasa en varias cuotas, en las fechas que anualmente señale incluyendo la fecha de corte para la liquidación. Que, a través del Decreto 2263 de 2013, el Gobierno Nacional fijó los costos de la supervisión y control de las entidades vigiladas por la Superintendencia Nacional de Salud, a efectos de determinar la tasa que deben cancelar para el año 2013. Que el numeral 7 del artículo 13 del Decreto 1018 de 2007, señala como función de la Secretaría General “Liquidar la tasa a cargo de los sujetos pasivos para el financiamiento de la Superintendencia, de conformidad con lo establecido en la ley o en el reglamento”. Que mediante el artículo 3% del Decreto 1280 de 2008 se facultó a la Superintendencia Nacional de Salud para exigir el pago de la tasa a los sujetos002052, RESOLUCIÓN NÚMERO DE DE 2013 HOJANO. 2

Que mediante el artículo 3% del Decreto 1280 de 2008 se facultó a la Superintendencia Nacional de Salud para exigir el pago de la tasa a los sujetos002052, RESOLUCIÓN NÚMERO DE DE 2013 HOJANO. 2 Continuación de la resolución “Por la cual se determinan las fechas y lugares para la liquidación y el pago de la tasa anual vigencia 2013, a cargo de las entidades sometidas a la Inspección, Vigilancia y Control de la Superintendencia Nacional de Salud. sometidos a su supervisión y control en una o varias cuotas, en las fechas y de la forma que ésta señale. Que a través del artículo 1” de la Resolución 3367 de 2011 expedida por el Superintendente Nacional de Salud, se modificó el artículo segundo de la Resolución 285 de 2011, delegando en la Secretaría General de la Superintendencia, entre otras, la facultad de ordenar la liquidación y cobro de la tasa. Que mediante Resolución No. 002035 de fectra 17 de octubre de 2013, la Superintendencia Nacional de Salud clasificó los sujetos de supervisión y control objeto de liquidación de la tasa en la vigencia 2013, teniendo en cuenta lo ordenado por el artículo 3 del Decreto 1405 de 1999. En mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO.- Establecer las siguientes fechas para la liquidación y el pago de la tasa correspondiente a la vigencia del año 2013 a favor de la Superintendencia Nacional de Salud: - Fecha de información de Estados Financieros para liquidación: 31 de diciembre de 2011 y 31 de diciembre de 2012 - Fecha de liquidación: 23 de Octubre de 2013

  • Fecha de pago oportuno:

Nacional de Salud: - Fecha de información de Estados Financieros para liquidación: 31 de diciembre de 2011 y 31 de diciembre de 2012 - Fecha de liquidación: 23 de Octubre de 2013 - Fecha de pago oportuno: Hasta el 13 de diciembre de 2013

ARTÍCULO SEGUNDO.- El valor de la tasa anual establecida, deberá consignarse en la cuenta corriente nacional No. 126-036897-57 de BANCOLOMBIA S.A. en las fechas establecidas en el artículo 1? de esta resolución, en los formatos que para el efecto suministrarán la Superintendencia Nacional de Salud o el precitado banco. ARTÍCULO TERCERO.- La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C. a los, 1 8 ¡MA 203 CHÁID ERÁNCO GÓMEZ ecfetario General /

Proyectó: Carlos Andrés Merlano Porras

Revisó. Olga Mireya Morales Torr,

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