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SUPERSALUD - Resolución 002116 de 2014

Superintendencia de Salud

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Detalles

Título
SUPERSALUD - Resolución 002116 de 2014
Autor
Superintendencia de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2014

REPÚBLICA DE COLOMBIA

Libertad y Dnién SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD REsoLución número 002118p8 2014 2 5 SET 204 “Por medio de la cual se modifican los artículos 1” y 8” de la Resolución 000678 de 2014 y se dictan otras disposiciones.” EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD En uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 7 del Decreto 2462 de 2013, y CONSIDERANDO Que mediante la Ley 594 de 2000 “por medio de la cual se dicta la Ley General de Archivos y se dictan otras disposiciones”, reglamentada parcialmente por los Decretos 2578 de 2012 » y 1100 de 2014, se establecen las reglas y principios generales que regulan la función archivística det Estado. Que mediante la Ley 1712 de 2014 “Por medio de la cual se crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional y se dictan otras disposiciones”, se regula el derecho de acceso a la información pública y se establecen los lineamientos para el ejercicio y garantía del derecho, así como el manejo de la información al interior de. las entidades, entre ellas las actividades relacionadas con su Gestión Documental. Que en el artículo 6 del Decreto 2609 del 2012, se definen los componentes constitutivos de la política de Gestión Documental que deben formular las entidades públicas. Que en desarrollo de lo dispuesto en el literal d) del artículo 3? del Decreto 2482 de 2012, “en el cual se establecen los lineamientos generales para la integración de la planeación y la gestión” se adoptó la política de Eficiencia Administrativa, orientada a "identificar,

“en el cual se establecen los lineamientos generales para la integración de la planeación y la gestión” se adoptó la política de Eficiencia Administrativa, orientada a "identificar, racionalizar, simplificar y automatizar trámites, procesos, procedimientos y servicios, así como optimizar el uso de rectirsos, con el propósito de contar con organizaciones modernas, innovadoras, flexibles y abiertas al entorno, con capacidad de transformarse, adaptarse y responder en forma ágil y oportuna a las demandas y necesidades de la comunidad, para el logro de tos objetivos del Estado” incluyendo entre sus temas los relacionados con la Gestión Documental. Que a través del Decreto 2462 de 2013 se modificó la estructura de la entidad, señalando en el numeral 1? del artículo 7%, como función del Superintendente Nacional de Salud, “dirigir la acción administrativa de la Superintendencia y el cumplimiento de las funciones que a la entidad le corresponden.” Que el Decreto 943 de 2014, “por el cual se actualiza el Modelo Estándar de Control interno-MECI-” dispone en su artículo 4, numeral 2% que “las entidades y organismos que cuentan con un Modelo implementado, deberán realizar los ajustes necesarios para adaptar en su interior los cambios surtidos en la actualización del MEC!, dentro de los siete meses siguientes a la publicación del presente decreto.” Que a través del Decreto 1443 de 2014 “por el cual se dictan disposiciones para la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST)”, se definen las directrices de obligatorio cumplimiento para la implementación de este ] De jresoLución número DO21Í6 ne 2014 HoJano. 2 7

implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST)”, se definen las directrices de obligatorio cumplimiento para la implementación de este ] De jresoLución número DO21Í6 ne 2014 HoJano. 2 7 Continuación de la resolución, “Por medio de la cual se modifican el artículo 1” y 8 de la Resolución 000678 de 2014 y se dictan otras disposiciones.” Sistema de Gestión. Que mediante la Resolución 000678 de 2014, se adoptó el Sistema Integrado de Gestión de la Superintendencia Nacional de Salud, conformado por (6) seis subsistemas, asi: i) de Gestión de Calidad, ¡ij de Control Interno, iii) de Seguridad en la Información, iv) de Seguridad y Salud Ocupacional, v) de Gestión Ambiental y vi) de Responsabilidad Social. Que para fortalecer la implementación de las disposiciones contenidas en la Ley 1712 de 2014 y en el Decreto 2609 de 2012, se requiere adicionar un nuevo subsistema al Sistema Integrado de Gestión, el de Gestión Documental. Que para implementar las modificaciones introducidas en la actualización del Modelo Estándar de Control Interno (MECI: 2014), en concordancia con lo dispuesto en el Decreto 943 de 2014, se requiere modificar el Subsistema de Control Interno, ajustando la normativa existente a los lineamientos del nuevo modelo. Que para implementar las directrices de obligatorio cumplimiento establecidas en el Decreto 1443 de 2014, se requiere modificar el Subsistema de Seguridad y Salud Ocupacional (S£SO), que en adelante se denominará Subsistema de Seguridad y Salud en el Trabajo (S257). Que para garantizar el cumplimiento de las funciones de los líderes de cada uno de los

(S£SO), que en adelante se denominará Subsistema de Seguridad y Salud en el Trabajo (S257). Que para garantizar el cumplimiento de las funciones de los líderes de cada uno de los subsistemas del Sistema Integrado de Gestión, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Resolución 000678 de 2014, se requiere modificar la dependencia que actúa como lider operativo del Subsistema de Gestión Ambiental. Que en virtud a lo anteriormente expuesto, RESUELVE ARTÍCULO 1. Modificar el artículo 1? de la Resolución 000678 de 2014, el cual quedará asi: “ARTÍCULO 1. Adoptar el Sistema Integrado de Gestión (SIG) de la Superintendencia Nacional de Salud, entendido como el conjunto de orientaciones, procesos, políticas, metodologías, instancias e instrumentos orientados a garantizar un (desempeño institucional articulado y armónico, el cual se encuentra conformado por siete (7) subsistemas que se definen a continuación: a) El subsistema de Gestión de Calidad (SGC): Se enmarca dentro de los principios y requisitos de la Norma Técnica de Calidad en la Gestión Pública NTC-GP 1000:2009, la cual determina las generalidades y requisitos mínimos a establecer, documentar, implementar y mantener en este subsistema, con el propósito de gestionar de forma eficaz las actuaciones de la Entidad, mejorando su desempeño, así como la satisfacción de sus usuarios. La base para la implementación de los lineamientos de esta norma será el uso de un enfoque de procesos en la operación y gestión de la Superintendencia, en los cuales se articularán los elementos de los demás subsistemas. Dichos procesos estarán alineados con la planeación

lineamientos de esta norma será el uso de un enfoque de procesos en la operación y gestión de la Superintendencia, en los cuales se articularán los elementos de los demás subsistemas. Dichos procesos estarán alineados con la planeación estratégica institucional. Se incluirán las directrices entorno a la racionalización de trámites y demás elementos de las Políticas de Desarrollo Administrativo que estén relacionados. b) El Subsistema de Control Interno (SCI): Comprende el conjunto de planes, métodos, principios, normas, procedimientos y mecanismos de verificación y evaluación adoptados por la entidad, con el fin de procurar que todas las actividades, operaciones y actuaciones, así como la administración de la información y los recursos, se realicen de acuerdo con las normas constitucionales y legales vigentes dentro de las políticas trazadas por la dirección y en atención a las metas y objetivos previstos. Los elementos de este subsistema serán establecidos de conformidad con lo dispuesto en el MECI:2014. ON, Yresotución núMERO DOZ118 pe 2014 HOoJANo. 3 O Continuación de la resolución, “Por medio de la cual se modifican el artículo 1” y 8? de la Resolución 000678 de 2014 y se dictan otras disposiciones.” cj El Subsistema de Seguridad en la Información (SSI: Se enmarca dentro de los principios y requisitos de la Norma Técnica Colombiana NTC-ISO/AEC 27001, la cual determina los requisitos de los Sistemas de Gestión de la Seguridad de la Información (SGSI), y éstos son aplicados a todos los procesos, servicios, áreas y dependencias, en todos los niveles jerárquicos de la Entidad, que empleen las

cual determina los requisitos de los Sistemas de Gestión de la Seguridad de la Información (SGSI), y éstos son aplicados a todos los procesos, servicios, áreas y dependencias, en todos los niveles jerárquicos de la Entidad, que empleen las tecnologías de la información y las comunicaciones conforme a la normatividad nacional aplicable. En este subsistema se incluyen los planes, programas, proyectos, metodologías e instrumentos establecidos para dar cumplimiento a los lineamientos de la Estrategia de Gobierno en Linea. d) El Subsistema de Seguridad y Salud en el Trabajo (S£ST): Se enmarca dentro de los principios y requisitos de la Norma Técnica Colombiana GTC-34 y OHSAS 18001:2007 de Sistemas de Gestión de Salud y Seguridad Laboral. Éstos aplican a todos los funcionarios públicos y servidores públicos de fa Entidad vinculados directamente o por medio de contratos de aprendizaje, contratos de servicios temporales de trabajo y otras formas de contratación laboral que establezca la Ley, en los diferentes puestos, centros de trabajo e instalaciones de trabajo y en todos los niveles jerárquicos de esta Superintendencia. El subsistema comprende fa política, el diagnóstico, la planeación, la organización, la ejecución, la evaluación, la auditoría y la implementación de acciones de mejora con el fin de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad y la salud en el trabajo. e) El Subsistema de Gestión Ambiental (SGA): Se enmarca dentro de los principios y requisitos de las normas NTC GP 1000:2009 y NTC ISO 14001:2004. Éstos aplican a todos los procesos estratégicos, misionales, de soporte y de evaluación y

y requisitos de las normas NTC GP 1000:2009 y NTC ISO 14001:2004. Éstos aplican a todos los procesos estratégicos, misionales, de soporte y de evaluación y mejora involucrados en la prestación de los servicios que brinda la Superintendencia a sus usuarios. El subsistema abarca desde la identificación de los aspectos e impactos ambientales, la definición de las políticas y directrices de Gestión Ambiental, la elaboración del Plan Institucional de Gestión Ambiental, la implementación de los planes y programas de Gestión Ambiental, la evaluación y análisis de los indicadores de procesos, hasta la identificación e implementación de acciones correctivas, preventivas y de mejora, conforme a la normatividad aplicable y al plan para la implementación del Subsistema. El Subsistema de Responsabilidad Social (SRS): Comprenden un modelo de gestión institucional que integra el conjunto de acciones que deberá tomar la Entidad para asumir las responsabilidades derivadas del impacto de sus actividades sobre la sociedad y el medio ambiente, basadas en un comportamiento ético, en el cumplimiento de la legistación aplicable, y en ser consistentes con los intereses de la sociedad y el desarrollo sostenible, cuyos principios y elementos contextuales se encuentran contenidos en la norma ¡SO 26000:2010. g) El Subsistema de Gestión Documental (SGD): Es un modelo de gestión institucional, alineado con el direccionamiento estratégico organizacional, que integra las políticas, planes, programas, proyectos, procesos, procedimientos y demás instrumentos documentados, el cual está fundamentado en el concepto de archivo total y está orientado hacia la modernización tecnológica que permita la estandarización de la administración del documento en los distintos soportes

demás instrumentos documentados, el cual está fundamentado en el concepto de archivo total y está orientado hacia la modernización tecnológica que permita la estandarización de la administración del documento en los distintos soportes durante todo su ciclo vital. Lo anterior con el fín de garantizar la integridad, autenticidad, fiabilidad, disponibilidad y usabilidad oportuna de la información en atención de las necesidades de los usuarios. Este modelo se enmarca en los lineamientos establecidos por la normativa archivística legal vigente y las demás normas técnicas complementarias que aseguren la conservación y preservación de fa memoria institucional en el tiempo.” AN,ResoLucióN NUMERO DO21Í6 pe 2014 HoJANo. 4 O Continuación de la resolución, “Por medio de fa cual se modifican el articulo 1 y 8 de la Resolución 000678 de 2014 y se dictan otras disposiciones.” ARTÍCULO 2. Modificar el articulo 8” de la Resolución 000678 de 2014, el cual quedará asi: “ARTÍCULO 8. Líder operativo de Subsistema. Cada uno de los subsistemas definidos en el marco del Sistema integrado de Gestión tendrá un líder operativo, quien de acuerdo con las funciones establecidas en el Decreto 2462 de 2013 de Estructura Orgánica de fa entidad, definirán las directrices y pautas, propias de sus funciones, dentro del Sistema integrado de Gestión, de acuerdo con los lineamientos establetidos por fa Oficina Asesora de Planeación: a) La Oficina Asesora de Planeación será el líder operativo del Subsistema de Gestión de la Calidad (SGC). b) La Oficina Asesora de Planeación será el líder operativo del Subsistema de Control interno (SCI).

a) La Oficina Asesora de Planeación será el líder operativo del Subsistema de Gestión de la Calidad (SGC). b) La Oficina Asesora de Planeación será el líder operativo del Subsistema de Control interno (SCI). c) La Oficina de Tecnologías de la Información será el líder operativo del Subsistema de Seguridad en la información (SSH. d) La Secretaría General será el líder operativo del Subsistema de Seguridad y Salud en el Trabajo (S85ST) e) La Secretaría General será el líder operativo del Subsistema de Gestión Ambiental (SGA). DN La Oficina Asesora de Planeación será el líder operativo del Subsistema de Responsabilidad Social (SRS). q) La Secretaría General será el líder operativo del Subsistema de Gestión Documental (SGD).” ARTÍCULO 3. Publicidad de la información. Los líderes operativos tendrán la responsabilidad de socializar al interior de sus respectivos equipos de trabajo lo establecido por la presente resolución. De igual forma, deberán modificarse las políticas, planes y demás documentación elaborada en el marco de la implementación de cada uno de los subsistemas en la entidad. ARTÍCULO 4. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de su publicación, derogando especialmente los artículos 1 y 8% de la Resolución 000678 de 2014 Dada en Bogotá D.C., 2 5 SET. 204

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

== PO GUSTAVO ENRIQUE MORALES COBO

Ñ Superintendente Nacional de Salud »

Proyecto: Olga Mireya Morales To

Revisó: James Háres Chaid Fi Gómez PAM

Aprobó: Gustavo Enrique Morales a

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