SUPERSALUD - Resolución 002454 de 2014
Superintendencia de Salud
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Detalles
- Título
- SUPERSALUD - Resolución 002454 de 2014
- Autor
- Superintendencia de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2014
REPÚBLICA DE COLOMBIA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD RESOLUCIÓN NúMERO 002454pE 2014 (419 Nov. 2014 “Por medio de la cual se suspende la atención al usuario y los términos procesales en las actuaciones que se surten ante la Superintendencia Nacional de Salud” EL VICEMINISTRO DE PROTECCIÓN SOCIAL DEL MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN
SOCIAL ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DEL. DESPACHO DEI.
SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD En ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el Decreto 2462 de 2013, Decreto 2164 de 2014, y CONSIDERANDO: Que el numera! 2” del artículo 4” del Decreto 943 de 2014 “por ef cual se actualiza el Modelo Estándar de Control interno (MECI)” establece que las entidades y organismos que cuentan con un MEC! implementado, deberán realizar los ajustes necesarios para adaptar en su interior los cambios surtidos en su actualización, dentro de los siete meses siguientes a la publicación del decreto. Para el efecto, las entidades deberán cumplir las fases previstas en la norma citada, esto es, tendrán hasta el 20 de noviembre para culminar la Fase 4 de Ejecución y Seguimiento, y hasta el 20 de diciembre para completar la Fase 5 de Cierre. Que de conformidad con lo señalado en el Decreto citado, uno de los productos mínimos del “Modelo de Operación por Procesos” del "Módulo de Control de Planeación y Gestión” del MECI:2014 es la “divulgación de los procedimientos: instrumentos, herramientas, eventos de difusión y/o demás actividades que demuestren la socialización y difusión del Mapa de
MECI: 2014 es la “divulgación de los procedimientos: instrumentos, herramientas, eventos de difusión y/o demás actividades que demuestren la socialización y difusión del Mapa de procesos y los procedimientos de la entidad (cartillas, correos electrónicos, cartelera de la | Entidad, concursos, actividades entre otros) (...)”.
Que de conformidad con lo señalado en el parágrafo 1” del artículo 2 de la Ley 872 de 2003, “por la cual se crea el sistema de gestión de la calidad en la Rama Ejecutiva del Poder Público y en otras entidades prestadoras de servicios", la máxima autoridad de cada entidad pública tendrá la responsabilidad de desarrollar, implementar, mantener, revisar y perfeccionar el Sistema de Gestión de la Calidad que se establezca de acuerdo con lo dispuesto en dicha norma. Que mediante Decreto 2462 de 2013 se modificó la estructura de la Superintendencia Nacional de Salud, lo cual hace necesario ajustar el Sistema de Gestión de la Calidad a la . nueva estructura institucional. Que mediante la Resolución 678 de 2014 de la Superintendencia Nacional de Salud, se adoptó un Sistema Integrado de Gestión con el fin de implantar y mejorar continuamente un modelo de operación por procesos, que permita desarrollar procedimientos ágiles, confiables y optimizar el funcionamiento dela entidad y la calidad del servicio ai cliente. | Que de acuerdo con las normas que regulan los temas enunciados, es de carácter obligatorio | la implementación y divulgación de! MECI y del Sistema de Gestión de la Calidad, con el fin de socializar y difundir el mapa de procesos y los procedimientos de la entidad. 1 Que con base en lo anterior, para el año 2014 ta Secretaría General de la Superintendencia
de socializar y difundir el mapa de procesos y los procedimientos de la entidad. 1 Que con base en lo anterior, para el año 2014 ta Secretaría General de la Superintendencia | Nacional de Salud, a través del Grupo de Talento Humano, definió un Pian de Bienestar Laboral e Incentivos, una actividad ' cuyo fin es socializar, entre otros, los procesos, | procedimientos y la plataforma estratégica.
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RESOLUCION NUMERO 002454 DE 2014 ____ HOJA No. 2 “Por medio de la cual se "suspende la atención al usuario y los términos procesales en las actuaciones que Se surten ante la Superintendencia Nacional de Salud” Que el Grupo de Talento Humano programó dicha actividad para el 21 de noviembre de 2014, con la participación de todos los funcionarios de la entidad, durante la jornada laboral. Que el desarrollo de estas actividades implica la interrupción del normal funcionamiento de la entidad, razón por la cual se hace necesario suspender el día viernes 21 de noviembre de 2014 la atención al usuario y los términos procesales en las actuaciones administrativas que adelanta la entidad. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1. SUSPENDER el día viernes 21 de noviembre de 2014 la atención al usuario en todos los puntos de atención y los términos procesales en las actuaciones que se surten ante la Superintendencia Nacional de Salud, de conformidad con lo expuesto. Artículo 2. PUBLICAR esta resolución en el Diario Oficial y en la página web de la Superintendencia Nacional de Salud. Arfículo 3. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 1 9 NOV. 2
Superintendencia Nacional de Salud. Arfículo 3. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 1 9 NOV. 2 NORMAN JULIO MUÑOZ MUÑOZ Viceministro de Protección Social del Ministerid de Salud y Protección Social Encargado de las Funciones dei Despacho del Superintendente Nacional de Salud