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SUPERSALUD - Resolución 004152 de 2014

Superintendencia de Salud

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Detalles

Título
SUPERSALUD - Resolución 004152 de 2014
Autor
Superintendencia de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2014

REPUBLICA DE COLOMBIA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD RESOLUCIÓN NÚMERO 004152pe 20:14 (26DIC. 204 ) Por medio de la cual se prorroga el término de la medida preventiva de vigilancia especial a | la Empresa Mutual para el Desarrollo de la Salud Empresa Solidaria de Salud — EMDISALUD EPS-S, identificada con NIT 811.004.055-5

EL VICEMINISTRO DE PROTECCIÓN SOCIAL DEL MINISTERIO DE SALUD

Y PROTECCIÓN SOCIAL ENCARGADO DEL EMPLEO DE SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD En uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las que le confieren el artículo 233 de la Ley 100 de 1993, el artículo 113 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, el Decreto 2462 de 2013, y CONSIDERANDO QUE La Superintendencia Nacional de Salud mediante Resolución No. 002556 del 31 de diciembre de 2013, adoptó medida preventiva de vigilancia Especial a la Empresa Mutual para el Desarrollo de la Salud Empresa Solidaria de Salud —- EMDISALUD EPS-S por el término de un (1) año. La Superintendencia Delegada para las Medidas Especiales presentó al Comité de Medidas Especiales, en sesión del 23 de diciembre de 2014, informe de seguimiento y monitoreo realizado a la Empresa Mutual para el Desarrollo de la Salud Empresa Solidaria de Salud — EMDISALUD EPS-S, donde señala que la Entidad no ha superado las causales que dieron origen a la medida. La Entidad presenta entre otras a corte 30 de septiembre de 2014 en el componente financiero margen de solvencia negativo ($174.106.076) miles y patrimonio mínimo negativo

origen a la medida. La Entidad presenta entre otras a corte 30 de septiembre de 2014 en el componente financiero margen de solvencia negativo ($174.106.076) miles y patrimonio mínimo negativo ($49.724.542) miles; en el componente técnico científico coberturas no adecuadas para los servicios de UCI Adultos, UCI Pediátrica, UCI Neonatológica y servicio de infectología, necesarias para garantizar la cobertura de las contingencias que la totalidad de su población afiliada demanda, el porcentaje de cobertura de municipios para medicina general y para odontología general son bajos para la garantía al acceso a la prestación de los servicios de salud de la población afiliada, no se encuentra legalizada la totalidad de los contratos de red prestadora y presenta esquemas de vacunación no adecuados en niños menores de un año de 87.21% y razón de mortalidad materna de 184 por cada 100.000 nacidos vivos. Adicionalmente presenta una gestión poco eficiente en la recuperación de los títulos judiciales. El Comité de Medidas Especialés, en ejercicio de la función establecida en el artículo 3 de la Resolución No. 000385 de 2014, en sesión del 23 de diciembre de 2014, según consta en el Acta No. 121, recomendó prorrogar el término de la medida preventiva de vigilancia especial a la Empresa Mutual para el Desarrollo de la Salud Empresa Solidaria de Salud — EMDISALUD EPS-S. En mérito de lo expuesto, este Despacho, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: PRORROGAR la medida preventiva “de vigilancia especial a la Empresa Mutual para el Desarrollo de la Salud Empresa Solidaria de Salud — EMDISALUD

En mérito de lo expuesto, este Despacho, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: PRORROGAR la medida preventiva “de vigilancia especial a la Empresa Mutual para el Desarrollo de la Salud Empresa Solidaria de Salud — EMDISALUD EPS-S, identificada con NIT 811.004.055-5, hasta el 30 de junio de 2015.

ARTÍCULO SEGUNDO: COMUNICAR el contenido de la presente Resolución al.

Representante Legal o quien haga sus veces de la Empresa Mutual para el Desarrollo Be ; AS ES

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