SUPERSALUD - Resolución 0108 de 2012
Superintendencia de Salud
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Detalles
- Título
- SUPERSALUD - Resolución 0108 de 2012
- Autor
- Superintendencia de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2012
REPUBLICA DE COLOMBIA
SUPERINTENDENCIA fiACIONAL DE SALUD RESOLUCIÓN NÚME RfiQ01Q8 DE 2012 ( i14 ENE. 2012 } Por medio de la cual se prórroga el término de la reapertura del Proceso de Intervención Forzosa Admínístrdtiva Poro Liquidar la entidad UNIMEC EPS S.A., con NIT 800.140.680-0. EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD En ejercicio de sus atribuciones legales y reglamentarias que le confieren los parágrafos 1 y 2 del artículo 230 y el parágrafo 2° del artículo 233 de la Ley l 00 de 1993, el artículo 22 de lo Ley 51 O de 1999. el numeral 42.8 del artículo 42, los incisos l y 5 del artículo 68 de la Ley 715 de 2001. los artículos 35, 36, los numerales l y 5 del artículo 37, literales a. b, c, f y g del artículo 39 de la ley 1122 de 2007, literales a, e, d, e. f y j del artículo 40 de lo Ley 1122 de 2007. el artículo 124 de la Ley 1438 de 2011, el artículo 116 del Decreto Ley 663 de 1993, el artículo 1 º del Decreto 1 O 15 de 2002, el Decreio 1922 de 1994, el Decreto 788 de 1998, el artículo 4 del Decreto 783 de 2000 y en especial con el artículo 1. los numerales l, 2, 4 y 8 del artículo 3. los numerales 1. 6
y 8 y el parágrafo del artículo 4, el artículo 5, los numerales 1. 3, 4, 5, 8, 14, 15, 22, 23, 24. 25. 26. 30. 34, 38. 39. 40 y 45 del artículo 6, los numerales l. 3. 7, 8. 9. 13, 22, 23, 24, 25, y 42 del artículo 8 del Decreto 1018 de 2007, y los artículos 9.1.1.1.1. al 9.l .l.3.3. y del 9.1.3.1. l. al 9.1.3.10.4. del Decreto 2555 de 2010 y.
CONSIDERANDO
1.1. ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS DE LA REAPERTURA DEL PROCESO DE
INTERVENCIÓN FORZOSA ADMINISTRATIVA PARA LIQUIDAR LA ENTIDAD UNIMEC EPS S.A. 1.2. La Superintendencia Nacional de Salud. mediante Resolución No. 0553 del 4 de abril de 2002, ordenó la intervención forzosa administrativa poro liquidar la entidad UNIMEC EPS S.A., en los términos establecidos en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero (Decreto 662 de 1993), adoptando en adelante, la denominación: UNIMEC EPS S.A., en Liquidación. 1.3. Posteriormente, el Agente Especial Liquidador designado, mediante Resolución No. 0669 del 28 de marza de 2006, declaró terminada la existencia legal de
UNIMEC EPS S.A. EN LIQUIDACIÓN. con NIT 800.140.680-0. 1.4. fi
1.5.
No. 0669 del 28 de marza de 2006, declaró terminada la existencia legal de
UNIMEC EPS S.A. EN LIQUIDACIÓN. con NIT 800.140.680-0. 1.4. fi
1.5. Esto Superintendencia por medio de lo Resolución No. 001279 del 29 de julio de 20 l O, ordenó lo reapertura del pr:)ceso liquídotorio de Ui\JIMEC EPS en Liquidación, por el término de seis meses prorrogables, hasta por seis meses más. previa suslentación que haga el Agente Especial Li quidador sobre el estado de la entidad. Así mismo, designó a lo firma JARAMILLO PEREZ Y CONSULTORES ASOCIADOS SRL LTDA, como Agente Especial Liquidador. (Folios 113 al 123) El doctor IVAN JARAMILLO PEREZ, Representante Legal de lo sociedad JARAMILLO PEREZ y CONSULTORES ASOCIADOS SRL LTDA, tomó posesión como Agente Especial Liquidador de UNIMEC EPS S.A. en Liquidación, el día 3 de agosto, tal como consta en Acta de posesión No. 019 de 201 O, visible o folio 124 del expedienle.RESOLUCIÓN NÚMERO _Ü_Ü_(_) ..1.._ 1 _()_8 __ DE 2012 HOJA No. i Por medio de la cual se prórroga el término de lo reopeduro del Proceso de Intervención Forzoso Administroliva Paro Lrquidor lo entidad UNIMEC EPS S.A., con NIT 800. 140.680-0. 1.6. De igual forma, la Superintendencia Nocional de Salud mediante lo Resolución No. 000122 del 28 de enero de 2011. vista a folios 137 al 143, prorrogó el
1.6. De igual forma, la Superintendencia Nocional de Salud mediante lo Resolución No. 000122 del 28 de enero de 2011. vista a folios 137 al 143, prorrogó el término de la reapertura del Proceso Liquidatorio de UNIMEC EPS S.A., por seis (6) meses, contados a partir del día 28 de enero de 2011. hasta el día 27 de julio de 2011 1.7. Posteríormen!e, mediante la Resolución No. 001859 del 27 de julio de 2011. la Superin tendencia Nacional de Salud, prorrogó el término de la reapertura del proceso Liquidatorio de UNIMEC EPS S.A.. en seis (6) meses hasta el 26 de enero de 2012. ( vista a folios 159 a 184 de la carpeta)
2. SOLICITUD DE PRÓRROGA ELEVADA POR EL DOCTOR IVÁN JARAMILLO PÉREZ,
AGENTE ESEPCIAL LIQUIDADOR DE UNIMEC EPS S.A.
El doctor IVÁN JARAMILLO PÉREZ, Representante Legal de la sociedad JARAMILLO PÉREZ Y CONSULTORES ASOCIADOS, Agente Especial Liquidador de UNIMEC EPS S.A. en Liquidación, por medio del oficio radicado con NURC 1-2012-005242 del día 24 de enero de 2012, visible a folios 201 a 205, poro el efecto lo siguiente: ( ... ) "Lo Resolución mencionado dejó esloblf>cido en su porte resoluttvo, que el termino de reoperturo serlo de seis /6) meses inicio/es y o instancias de nuestros solicitudes de prórroga presentado en oportunidad con lodos los sopor tes jurídicos y técnicos exigidos
reoperturo serlo de seis /6) meses inicio/es y o instancias de nuestros solicitudes de prórroga presentado en oportunidad con lodos los sopor tes jurídicos y técnicos exigidos ante lo Delegado po10 Medidos Especiales, se han expedido los Resoluciones 122 del 28 de enero de 2011 y 1859 de ¡unio 27 de 20: 1 en los cuales y previas las consideraciones del coso, se ordenaron los prórrogas al término inicial que vence el próximo 27 de enero de 2012. Poro efectos de to expedición de los actos odminislrolivos citados, lo Superintendencia ha tenido en cuento los expectativas que se generaron en el tema de los recaudos y lo liquidación de los con/rotos de regimen s'Jbsidiado ordenado por el decreto 4976 de 2009 y posteriormente por lo ley 1438 de 2011, 01 frcufo 31, sobre lo cual lo Liquidación ha dispuesto del emprendimiento integral de to actividad ante los entes territorio/es deudores. actividad que mes a mes ho sido reporlado en los respectivos informes que son entregados o lo Superintendencia como lo oblígo Circular Única de lo Superintendencia poro el coso de lo Intervenciones y tas Liquidaciones. Tal y como consta en los informes que mensualmente han sido remilidos o lo Superintendencia, el último de fecha 16 de enero de 2012 son múltiples y diversas los actividades que esto Liquidación ho debido emprender durante el lapso de tiempo de lo reoperturo que ha beneficiado o tos acreedores de lo Uquidoda y que en el último periodo se resumen en: 1) Fortalecimiento en lo Organización administrativo de lo liquidación. sede, cuentos
lo reoperturo que ha beneficiado o tos acreedores de lo Uquidoda y que en el último periodo se resumen en: 1) Fortalecimiento en lo Organización administrativo de lo liquidación. sede, cuentos maestras. manejo de recursos, levontam,ento de p1ocesos internos. mone;o de archivo documentario, expedición de actos odm1nistrotivos, publicaciones, con el fin de consolidar lo operación. 2) Conlinuocion respecto de fo Organizocicn de actos liquidadas con lodos sus soportes que han permilido lo presentacion de lo documenlocion necesario poro lo obtención del reconocimiento de lo cartero incluyendo los actas liquidados con base en el fi decreto 4976 de 2009. Análisis de respuesros y organización de odas. 3/ Seguimiento o gestores locales poro evaluación de informes, cruce de bases de datos. idenlificoción municipios deudores, registro documentorio. 4) Fortalecimiento de los Lx:ises documentonas de lodos las obligaciones de Jo entidad gracias o cuyo trabajo es posible hoy lo consulta permanente del a,chivo vio intronet- í'------------------'t RESOLUCIÓN NÚMERO G001ú8 DE 2012 HOJA No. J Por medio de lo cual se prórroga el termino de la reoperturo del Proceso de lnte,venc,on Forzoso Administrof,vo Paro Liquidar lo entidad UNIMEC EPS S.A .. con NIT 800. 1 40.680-0. ínlernef. Esta documenlacion fie obluvo en (fuentes primarios) en los a,chivos de lo liqwdoción y (fuentes secundarios} bodegas del M1111steno de lo Protección Social. Secretorios de Salud Depo1/ornenfales Municipales y otras fuentc>s. Contrato con lo
liqwdoción y (fuentes secundarios} bodegas del M1111steno de lo Protección Social. Secretorios de Salud Depo1/ornenfales Municipales y otras fuentc>s. Contrato con lo firmo ITDS. 5) Disposic1on del 01ch1vo doc. umPntorro su orgor11wc1ón y atención poI0 el cumplimienlo de lo Ley General de Archivos. 6) Evo/uoc1ón ocios de /rqu1douon en filme conforme o los nuevos pIocesos y los efeclLtodos previamente. 7) Rod1cac.,ón de las cuentas o cargo de las obligaciones de /os entidades lemto11oles deudoras. con los sopor fes drspon,bles. Segu1m1enlo 8) Rod1coc1on de cuentofi ante el Fondo de [stobiluocion Petrolero /f AEPJ prno el pago de los obligaciones no cancelados. 9) Realización de Junios Tecnicos de Direcc.1on y de Junio Asesoro de oc.uerdo con los requerimientos poro ello. 10) Atención o los proceso.s jundicos y loboro1es que obran como demandas en cont,a de lo liquidación y que en p11ncip10 subs,s/en o lo f1no/,zoc1on de lo hqu1doc1on 111iciol y los nuevos que hon surgido 01 do,se a c.onoc.e, lo reopertura (DIANJ. 11 ) Recaudos totales durante la reopertura por valor de $ 1.5 49. 107.362,09 12) Proceso de auditoría de los pagos rec.ib1clos por parte de los Entes Tenitoriales. 13) Elabo1ocion de Actos Adm1r11strof,vofi poro soportar cado uno de los pagos y actuaciones de lo Liquidación.
- Proceso de auditoría de los pagos rec.ib1clos por parte de los Entes Tenitoriales. 13) Elabo1ocion de Actos Adm1r11strof,vofi poro soportar cado uno de los pagos y actuaciones de lo Liquidación. 14) Pagos de la prorrata como consec.uenc,o de la Exped,c,on de lo Reso/ucion de pago Nº 284 de fecha 23 de enero de 20 12 a los acreedores por va/01 de .$ 1.500 millones de Pesos M/Cte. Consignaciones Ges/iones Bancarias pagos. análisis de Canera y saldos evaluación. ( . . . ) Bueno porte de los oclividodes que han sido ode/ontodos durante lo Liquidoc,on. buscan realizo, uno gestión pa,olelo. en/re lo que correspondía o lo Organización de lo entidad ¡unto a los t1e1nos ope1otivos y lo geslion del ,ecaudo· asuntos que si bien se han adelantado en buena mecJiclo el impacto sobIe nuevos recaudos no ha sido el más significativo. debido a distintos circur1stonc10s. en donde los entidades territonoles se han negado o reconocer ob/1gociones pretentos, aduciendo discusiones jurid,cos sobre lo exigibihdod de los mismas. en lo 1ue hemos quendo imponer lo tests. atendido por muchos, de que a los obl1gac.iones derrvodos de los con/rotos de reg,men subsidiado no se les aplican térrninas prescriptívos. por trotarse de recursos administrados. que los entes. como lo entendido lo Ley 1438 de 20 I 1 no pueden deIor poro s1.
De esto manero. lo Junta Asesoro con base en el ocompoñorniento que ha dado o lo
administrados. que los entes. como lo entendido lo Ley 1438 de 20 I 1 no pueden deIor poro s1. De esto manero. lo Junta Asesoro con base en el ocompoñorniento que ha dado o lo L,q uidocion. ha recomendado /1omíto1 to presente solicitt1d o f,n de reoliw1 de uno porte un esfuerzo fino/ poro permili1 la posibilidad de lograr un mejor recaudo du1anle el presente semestre. con base en los sigvíentes circunstoncios: ,,--- 1. Se deben hacer acercamientos mós decididos respecto de enfidodes temtona/es que presentan sumas importantes de 1ecoudo y que hoy cuen/011 L.On nuevos administradores tonto en los Alcold10s como en los Secretano de Salud con tos cuales ya hemos iniciado lo ges11011 co1respond1ente (Cosos Cesar. Bo/1var. Boyocó, Nanño y otI0s)RESOLUCIÓN NÚMERO __._C"-) \,..._J--'-'{)'-- 1L....UC{.)--"-8.,___ DE 2012 HOJA No. 1 Por medio de lo cual se prórroga el término de lo ,eoperturo del Proceso de Intervención Forzoso Administ rativo Po,o Liquida, lo enlicJod UNIMEC EPS S.A., con NIT 800.1 40.680-0.
2. Efectuar los ajustes y lo auditorio necesario, respecto de to totalidad de la cartero pendiente con base en los contratos liquidados bilateral o unilateralmente y aquellos que evenluolmenle puedan ser liquidados.
3. Continuar con el trómile ante el FAEP poro obtener los pagos que corresponden a regalías y que contempló la Ley 1438 de 20 I I una vez se expida el reglamento que aun esto pendienle.
3. Continuar con el trómile ante el FAEP poro obtener los pagos que corresponden a regalías y que contempló la Ley 1438 de 20 I I una vez se expida el reglamento que aun esto pendienle. 4. ln,ciar procesos e1ecutivos con Actos I iqurdodas que no reconozco el FAEP.
5. Utilizar el apoyo poro el recaudo que se ha of1ecido por porte de lo Delegado poro Entidades Territoriales de lo P1ocu,adurío General de lo Nación o en su defecto, paro la iniciacion de los procesos disc1plinorios correspondientes a cargo de dicho entidad.
6. Terminar el pago o los Acreedores. con recursos disponibles pero que no han sido liberados.
7. Fino/izar lo identificación de los acreedor es. paro realizar el pago de tas prorratas que les corresponden.
8. Conduir el prn( ,-=,,o de o¡ustr> ch· li1, Pug1r10fi W[f3 perro'-"/ mr.Hh?IU dr:' i11tor·m(K io11 y doc umPn lono.
9. Finalizar los contratos poro dejar garcmtizodo todo lo documenloción disponible, de conformidad con la Ley General de Archivos-Ley 594 de 2000
10. Adoptar los decisiones respecto de 10 distribución de cartera o los acreedores o en su defeclo, para lo Constitución del Patrimonio Autónomo Fiduciario previo el concepto de la Junto Asesoro de la Uquidoción. 1 1. Expedir los actos administrativos de cierre que se requieran.
Para efectos de todo lo expuesto, debo mencionar que de acuerdo a los informes que han sido presentados o lo Superintendencia, se han mantenido los gastos de
1 1. Expedir los actos administrativos de cierre que se requieran. Para efectos de todo lo expuesto, debo mencionar que de acuerdo a los informes que han sido presentados o lo Superintendencia, se han mantenido los gastos de adminislrocion presupuesta/es aprobados en Junta Aseso1O, dichos gastos se encuentran debidamente garantizados paro lo oµerocrón si as, se determinare por porte del Seña, Superintendente como en efecto fueron oulorizodos por la Junio Asesoro del 20 de enero de 2012. Así mismo tos gastos de cobro de cartera contingente o cuota litis a todo costo. se han mantenido lo que. como es nuestro propósito. deberá permilir importantes recaudos efectivos de esta cor1ero disperso ter1ilorialrnente prescrilo y caduco que oscila entre los 11 y 14 años. De acuerdo con los análisis que he realizado al intenor de lo entidad, he considerado que dado la complejidad de los asuntos planteados, la prórroga que solicrto no debe serlo por menos de seis (6) meses contados desde e1 Aclo Administrativo que así lo dispongo; lo cual de antemano debo agradecerle .... "
3. CONSIDERACIONES DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD Partiendo de la situación expuesta en el presente Acto Admini strativo, le corresponde a este Despacho decidir sobre la solicitud de prórroga del término del proceso de reapertura de la inteNención forzoso administrativa para liquidar UNIMEC EPS., previo los siguientes aspectos de facio y de derecho así: A) Se destaco que el término establecido en lo Resolución No. 001 859 del 27 de julio de 20 11 , en el cual se prorrogó el término de lo reapertura del proceso de
los siguientes aspectos de facio y de derecho así: A) Se destaco que el término establecido en lo Resolución No. 001 859 del 27 de julio de 20 11 , en el cual se prorrogó el término de lo reapertura del proceso de inteNención forzosa admini strativa paro liquidar "UNIMEC EPS" vence el día 26 de enero de 2012 . B) El artículo 68 de la Ley 715 de 2001, preceptúa que: fi "( ... ) Lo Superintendencia Nacional de Salud ejercerá lo intervención Forzosa administrativa poro administrar o liquida, los entidades vigilados que cumplan funciones de explolación u operación de monopolios rentísticos. cedidos al sector salud, Empresas Promotoras de Solud e lnstifuciones Prestadoras de Salud de cualquier naturaleza, así como poro inle1venir técnico y odminislrotivomente los direcciones territoriales de salud, en los terminas de la ley y tos reglamentos.RESOLUCIÓN NÚMERO C (j O 1 ü 8 DE 2012 HOJA No. fi Por medio de lo cual se prorrogo el termino de lo reopertura del Proceso de Intervención Forzosa Adminis1rot1vo Paro Liquidar lcJ e1 1lidud UNIMEC EPS S.A., con NIT 800.1 40.680 O. "Lo intervención de lo Supe11nfenc.Jencia de Salud a las Instituciones Prestodorm de Salud tendrá uno p,imero fose que consistirá en el so/vomenlo / ... )'. C) Ahora bien, el Decreto 1015 de 2002. por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 68 de la Ley 715 de 200 l, dispone los artículos l y 2 lo siguiente:
C) Ahora bien, el Decreto 1015 de 2002. por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 68 de la Ley 715 de 200 l, dispone los artículos l y 2 lo siguiente: "De conformidad con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley 715 de 200 1. la Superintendencia Nacional de Salud aplicará en los procesos de intervención forzosa administrativa, para administrar o para liquidar las entidades vigiladas que cumplan funciones de explotocion u operación de monopolios renlislicos cedidos al sector salud, Empresas Promotoras de Salud e Instituciones Prestadoras de Salud de cualquier naturaleza. asi como en los ele intervención técnico odmin1strolivo de los Direcciones Territoriales de Salud las normas de procedimiento previstas en el artículo 11 6 del Decreto - ley 663 de 19 93, la Ley 510 de 1999. el Decreto 24 18 de l 999 y demás disposiciones que lo modifiquen y desarrollan". ''Lo Superintendencia Nac1onol de Salud. en e1erocio de sus olribuciones y compefencios. se,'íolados por los ar ltculos 42.8 y 68 de lo Ley 715 de 2001 podrá en todo líempo ejerce, lo inferver 1c1ón forzoso odrninisrrotivo poro odm1111strar o /iqwdor los instil'uciones prestadoras de salud sin ánimo de tuero. con los excepciones o/Ir previstas. Poro este efecto. oplicoro el procedimiento administrativo respectivo. conforme a las norma,; o que olucle el ort1culo onlenor. Con et propósito de c¡tJe 5e adopten los medidos concernientes. fa Superintendencia Nacional de SolLd comunicará lo decisión administrativo correspondiente."
conforme a las norma,; o que olucle el ort1culo onlenor. Con et propósito de c¡tJe 5e adopten los medidos concernientes. fa Superintendencia Nacional de SolLd comunicará lo decisión administrativo correspondiente." D) Por otro lado, la Ley l l 22 de 2007 que realiza modif1cacIones al Sistema General de Seguridad Social en Salud previsto en la Ley l 00 de 19 93. crea el Sistema de Inspección, Vigilancia y Control del Sistema General de Seguridad Social en Salud, en cabezo de la Sufienntendencio Nocional de Salud, y para el desarrollo de sus funciones. define o iravés de su ariículo 37, cinco (5) Ejes Temáticos, o saber: [i) Financiamiento; (íi) Aseguramiento; (iii) Prestación de servicios; (iv) Atención al usuario y pa'ticipación social; y, (v) Eje de acciones y medidas especiales. E) Conforme al artículo 12 de la Ley 14 38 de 20 1 1, el objetivo del eje de acciones y medidos especiales es adelantar los procesos de intervención forzosa admin istrativa pard administ rar o liquidar los entidades vigiladas que cumplen funciones de Entidades Promotoras de Salud, Instituciones Prestadoras de Salud de cualquier na turale za y monopolios ren1isticos cedidos al sector salud no asignados a otra entidad, así como para intervenir técnico y adm inistrativamente las direcciones territoriales de salud. Trotándose de liquidaciones voluntarios. lo Superintendencia Nacional de Salud ejercerá inspección, vigilancia y control sobre tos derechos de los afiliados y los recursos del sector salud. En casos en que la Superintendencia Nacional de Salud revoque el certificado de autorización o funcionamiento que le otorgue a los
inspección, vigilancia y control sobre tos derechos de los afiliados y los recursos del sector salud. En casos en que la Superintendencia Nacional de Salud revoque el certificado de autorización o funcionamiento que le otorgue a los Entidades Promotoras de Salud o Instituciones Prestadoras de Salud, deberá decidir sobre su liquidación. F) El nu meral 26, del articulo 6 del Decreto l 018 de 2007 facul1a a la Superintendencia Nacional de Salud poro ejercer lo intervención forzosa para administrar o liquidar las entidades vigiladas que cumplan funciones de administración y operación de monopolios rentísticos, cedidos al sector salud, fintidades Promotoras de Salud de cualquier naturaleza que admin istren cualquier régimen e instituciones Prestadoras de Servicios de salud de cualquier naturaleza, teniendo la intervención de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud siempre una plimera fase de salvamento.ó RESOLUCIÓN NÚMERO ---C-Q_{j 1 D 8 DE 2012 HOJA No. fi Por medio de lo cuol se prórroga el lérmino de la reoperluro del Proceso de ln1ervenc1ón Forzosa Administra1iva Paro Liquidar la enlidod UNIMEC EPS S.A., .con NIT 800.1 40.680-0. G) La expedición del Decreto 1018 de 2007 que modifico lo estructu ro de la Superintendencia Nacional de Salud. crea para el efecto la figura de las delegadas. entre ellas, lo Superintendencia Delegada para Medidas Especiales, con funciones, que se concretan así: "1 . Asumir la inspeccion. vigi!oncio y con trol de los enlidodes que estén sometidos o medidos de salvamento·
Especiales, con funciones, que se concretan así: "1 . Asumir la inspeccion. vigi!oncio y con trol de los enlidodes que estén sometidos o medidos de salvamento· "2. Reo/Izar por orden del Superintendente Nacional de Salud 10 tomo de poses,on y lo correspond1enle inte,vención poro administra, o liquidar los entidades vigilados que c.u,-np/011 func,ones de odrn1nistrac1on exµlolacion u operocrón de monopo lios rentisticos, los Entidades Promolo,os de So/ud del Regimen Contributivo y Subsid1odo, !as Co;os de Compensación Fomi/lar· os, como intervenir tecrnco y adrninistrotivamenle las Direcciones Territorio/es de Salud en los lé,minos establecidos en la ley. ' H) Queda claro entonces que el proced miento aplicado por lo Superin1endencia Nacional de Salud en materia de procesos de intervención forzosa adminis1rotiva. para admi nistrar o liquidar los entidades vigiladas. hasta tanto no se disponga procedimiento diferente en la reglamentación que el Gobierno Nacional lleve a cabo a la Ley 14 38 de 201 l. es el previsto en el Decreto Ley 663 de 19 93. o Estatuto Orgánico del Sistema Financiero. modificado a su vez por la Ley 510 de 19 99. 1) Por su porte. el artículo 9.1 .3.7.2 del Decreto 2555 de 2010, aplicable a los procesos de liquidación realizados por esta Superintendencia consagró lo siguiente: ( .. . ) "ARTICULO 9. 1.3.7.2 REAPERTURA DEL ,ºROCESO L/OUIDATORIO.
procesos de liquidación realizados por esta Superintendencia consagró lo siguiente: ( .. . ) "ARTICULO 9. 1.3.7.2 REAPERTURA DEL ,ºROCESO L/OUIDATORIO.
Fuente original compilado: 0.22 11 /04 ort 55 Mod1ficodo por el D. 331 /08 Arl 2u.
Si con posterioridad o lo term,nacion del proceso Sf' ttene conoc,miento de lo existencia de bienes o derechos cíe propiedad de lo institución financiero, el Fondo de Goront,os de lnstituc,ones Financieros podrá ordenar la reaperturo del proceso liquidatorio respectivo con el f,n de que se adelante la realización de toles activos y el pago de los pasivos imolutos o cargo de lo respectiva imtilucion financiera, hasta concurrencia de fo/es activos. En estos eventos el Director del /-onda de Grnon/10s de Instituciones FinancierosFOGAFIN designo,o u11 liqwdcw!rn µuro que lleve a cabo el proceso de liquidoc,ón en lo que seo pertinente, conforme o los normas previstas en el Estatuto Orgonico del Sistema Financie/O y en este ciecrelo. El liquidador dará a conocer esa de:isión mediante la publicación de dos avisos sucesivos en periódrcos de amplia c1rcu/oc1ón nocional, con un intervalo no menor o tres dios hábiles. Cuando el valor de !os nuevos derechos o activos seo inferior a /os costos en que se incurrina en lo reoperfuro del proceso o los valores o reparta ent,e cado uno de los acreedores seo infe1io1 al diez po, ciento / 10%) del promedio de los saldos
se incurrina en lo reoperfuro del proceso o los valores o reparta ent,e cado uno de los acreedores seo infe1io1 al diez po, ciento / 10%) del promedio de los saldos insolu tos, no p,ocederá lo 1eaperturo del p,oceso y los oc livos remanentes se entregarán en odmrnislracron cJiredumenle al Fondo de Garant,os de Instituciones Financieras. Paro efectos de lo odm1111st,ac.,on de uclivofi remanentes, o que se refiere el inciso anterior, el Fondo de Garont,os de lnslituc,one< F,noncieros podro:RESOLUCIÓN NÚMERO Cno .l.• ;¡8 __ _ v __ v __ DE 2012 HOJA No. Z Por medio de la cual se prórroga el lérmíno de lo 1eoperturo del Proceso de Intervención Fo1zoso Adminis!rolivo Poro Liquido1 lo en11dod UNIMEC EPS S.A., con NIT 800.1 40.680-0. o. Realizo, los gestiones de odrrnrnslroc. 1011 y soneam,ento de los activos reman entes, di1ec/amente o o lrovés de un lercero facultado poro el efecto. b. Eno¡'enor d1rectamen/e o o troves de un tercero dichos activos rerr1onentes, o nomb,e y po, cuenlo de los entidades en /iqu1dacion forzoso administrativo o los cuales se les declaró lo /ern1i11oc1011 de lo ex1stenc1a legal. ap//condo poro teles efectos, lo dispuesto en el porógrofo 1 º del articulo 2.36. /. 1. l. del presente decrelo.
los cuales se les declaró lo /ern1i11oc1011 de lo ex1stenc1a legal. ap//condo poro teles efectos, lo dispuesto en el porógrofo 1 º del articulo 2.36. /. 1. l. del presente decrelo. c. Deduclf del valor del uc. l1vo correspondiente los gastos en que hoyo incurrido poi concepto de adm1nist rae1on. saneamiento y/o eno¡enoc1on del mismo. Por lo anterior el patrimonio del Fondo de Garon/1os de Instituciones Financie,os fOGAFIN, no podra verse oree todo por concepto de /oles gastos o por e ualquie1 otro relocionodo con !os geslione::. de administración. concepto de tales gas tos o por cualquier otro r·elacionado con las gestiones de administración, saneamiento y/ o enajenación prev;stas en el presente articulo; d. Conforrnar uno reservo o nomb1E' ele lo respectivo ent,dacl con los ,ecur·sos obtenidos rnediontf' la aclministroc,on y/o vento de los referidos activos remanentes, la cual deberá mantener y aclmini<;tro, hasto que se cumplan los rf'qu1sitos previstos en el presente articulo poro lo reape1iuro del proceso liquida ro, io. Parágrafo J. También se podrá ordenar la 1e operfuro del proceso liquido tono después de que se hoyo declarudo 5U lerminoción. cuando surjan siluociones que hubieron quedado pendientes s1emµre y cuando el solicitante sufrague los gastos o que hubiera lugar. Parágrafo 2° Así mismo. el Fondo efe Goran fios de lnstlfllc;ones Financieros. podro
hubieron quedado pendientes s1emµre y cuando el solicitante sufrague los gastos o que hubiera lugar. Parágrafo 2° Así mismo. el Fondo efe Goran fios de lnstlfllc;ones Financieros. podro ordenar lo reaperturo del respectivo p10ceso /iquidolo110, cuando (i) el valor de los nuevos derechos o activos seo supe!Íor o los costos en que se incu11i11a en la reapertura del proceso: /ii) los volores o repartir entre coda uno de los acreedores sea infe1io1 o/ diez por ciento / 10"fi1 del prornec/10 de los saldos insolutos, y (iii) existan fundados c1iteriO:, de rozcnobilidod y propo1cronol idad que as1 lo aconsejen. J) La Asesora Encargada de las Funciones de Superintendente Delegada Para Medidas Especiales, el día 25 de enem de 20 1 2, dio el concepto de viabilidad de prorrogar el término del proceso de reaperturo del Proceso de Intervención Forzoso Adminis trativa Para Liquidar UNIMEC EPS S.A., visto a folios 206 al 208 del expediente, de cuyo contenido se trae o colación lo siguiente: ( ... ) "4. CONSIDERACIONES DE LA SUPERINTENDENCIA DELEGADA PARA MEDIDAS ESPECIALES Lo Superintendencia Delegada poro los Medidos Especiales como producto del segU1m1ento efectuado a las odividodes que se estan reo/izando en lo reoperturo del proceso de liquidación y frente al conterndo de la s0l1c1tud de prórroga presentada por el Agente Liquidador. se han venido desarrollando los actividades
del proceso de liquidación y frente al conterndo de la s0l1c1tud de prórroga presentada por el Agente Liquidador. se han venido desarrollando los actividades /endientes a lo ,ecuperacion de lo cartero y al pago gradual a sus acreedores. Existe uno cor/ero pofPnciol poi volo1 de $24. 578 rrnl/ones, con uno expectativo de recaudo del 17"6 opmximociomenff'. tor corno se describe o continuocion:
ESTAD O CARTERA UNIMEC EN L/QUIDAC/ON
DO
CONTRATOS L!OUIDADOS
CART[RA DE DIFICIL RECAU CARTERA CON SOPORTES /cartero soponodo en p Y EXPECTATIVA DE RECAUDO rocesofi de 'ey 550 y procesos e ecutivos TOTAL - $ 8. IQ2.800.889 $12 295.658.831 -$ 4.089.736. 952 i 24.578.196.673RESOLUCIÓN NÚMERO _G_v_· (_) 1_0_8_1 - DE 2012 HOJA No. ª Por medio de la c..ual se prórroga el lérmrno de lo reaperluro del P1oceso de lnlervención FOILOSO Ac:iminisllot,va Para Liquidar lo ,-.111Jdocl UNIMEC EPS S.A., con NIT 800 14 0.680-0 Fuentf.' n1ormoc,on s11ml/l1strodc1 ,,r el Informe cor _ Jrte o Novi embre de 201 1 presen/oUo por el Agente Liq1ndoc/or rneo;onte t!urc , '.'O 12-UU34.'0 cJei 17 de enero de 2012. Segun lo solicttud de p1ó11ogo de lu co,tero real de la entidad po, valor de
por el Agente Liq1ndoc/or rneo;onte t!urc , '.'O 12-UU34.'0 cJei 17 de enero de 2012. Segun lo solicttud de p1ó11ogo de lu co,tero real de la entidad po, valor de $24.578 millones dwonte PI proceso de ,eopetlu, , fie h, rt:"coudodo lo sumo de $ /.5 49 ,rnllones, los cual es tue,on agrfi:'9odos o los reservas recibidm del patrimorno autónomo por vo/01 de $2 782 n 11'/lones. Por otro lodo. se han odd(lnfodo c.c.. c1ones encorninodm o fu ( ons< lidoc.,on y octualiwc,on de la bosP de datos de los CJcreedores occion que se hoce neceso,io teniendo en cuPnlo la ü'lligüedod ele lo rnformoción disponible. Se estiman pagos o los ocreedo1es po, vu/01 cJe 1 500 millones tal (..01110 se establece en la Resoluc,on 284 del 23 de enero de 2012 exJ.)fidido por el Agente L1qu1dador. De igual manero se han venrdo miP/011/ondo los acciones establec,das en el cronoqIomo de lo ,eopt"rlwu de lo /iqu
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