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SUPERSALUD - Resolución 011464 de 2018

Superintendencia de Salud

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Detalles

Título
SUPERSALUD - Resolución 011464 de 2018
Autor
Superintendencia de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2018

REPUBLICA DE COLOMBIA

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD RESOLUCION NUMERO 011464 DE 2018 12 DT 2018 "Por Ia cual se adopta medida preventiva de VIGILANCIA ESPECIAL a Ia EMPRESA PROMOTORA DE SALUD ECOOPSOS EPS SAS, identif/cada con el NIT. 901.093.846-0" EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD En usa de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas par Ia Ley 100 de 1993, el numeral 1 'del articulo 113 del Decreto Ley 663 de 1993, adicionado par el articulo 19 de Ia Ley 510 de 1999, Ia Ley 1122 de 2007, el articulo 68 de Ia Ley 1753 de 2015, el articulo 2.5.5.1.9 del Decreto 780 de 2016, el Decreto 2462 de 2013, el Decreto 1542 de 2018 y, CONSIDERANDO Que de canformidad con Ia dispuesto en los artIculas 48 y 49 de Ia ConstituciOn Politica, Ia Seguridad Social en su componente de atención en salud se define coma un servicio ptiblico de carácter obligatorlo que se prestará baja Ia direcciOn, coordinaciOn y control del Estado, con sujeción a las principios de eficiencia, universalidad y solidaridad. Que en virtud del articulo 154 de Ia Ley 100 de 1993, el Estado intervendrá en el servicia püblico de seguridad social en salud, con elfin de garantizar los principios consagradas en Ia ConstituciOn Politica y en los artIculos 2 0 y 153 de Ia citada ley, este Ultimo modificado par el articulo 30 de Ia Ley 1438 de 2011.

Politica y en los artIculos 2 0 y 153 de Ia citada ley, este Ultimo modificado par el articulo 30 de Ia Ley 1438 de 2011. Que de conformidad con el articulo 68 de Ia Ley 1753 de 2015, "Las medidas especiales que se ordenen se regirán por lo dispuesto en el Estatuto Organ/co del Sistema Financiero, inc/u/do eI articalo 291 y siguientes de ese estatuto, en lo que resulte pertinente a las rnedidas especiales; el Decreto nürnero 2555 de 2010; las dispos/c/ones api/cables del Sector Salud y las norrnas que los sustituyan, rnodif/quen a corn plernenten". Que en virtud de la remisión anterior, el numeral 10 del articulo 113 del Decreto Ley 663 de 1993 - Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, establece Ia Vigilancia Especial coma una medida preventiva de Ia toma de pasesión como institución de salvamento y pratección de Ia confianza pUblica 1 , ahora aplicable al ejercicia de funciones par Ia Superintendencia Nacional de Salud 2 . Que el articulo 2.5.5.1.9 del Decreto 780 de 2016, Reglamentaria Unica del Sector Salud, dispone que las medidas cautelares y Ia toma de pasesiOn de bienes, haberes y negocios se regirán par las disposiciones cantempladas en el Estatuta Orgánica del Sistema Financiero y serán de aplicaciOn inmediata. En consecuencia, el recurso de repasición que praceda contra las mismas no suspenderá Ia ejecutariedad del acto administrativa. Que Ia Superintendencia Nacional de Salud mediante Resolución 002009 del 29 de octubre de

aplicaciOn inmediata. En consecuencia, el recurso de repasición que praceda contra las mismas no suspenderá Ia ejecutariedad del acto administrativa. Que Ia Superintendencia Nacional de Salud mediante Resolución 002009 del 29 de octubre de 2015, adaptO medida preventiva de vigilancia especial a Ia ENTIDAD COOPERATIVA SOLIDARIA DE SALUD ECOOPSOS ESS EPS-S, identificada con NIT 832.000.760-8, par el 1 Consejo de Estado, Sala de Corisulta y Servicio CMI. Consejero ponente; Edgar Gonzalez Lopez. Bogota D.C., doce (12) de diciembre de dos mil diecisiete (2017). Radicación nümero: 11001-03-06-000-2017-00192-00(2358) Entidad solicitante: Ministerio de Salud y Protección Social 2 IbidenRESOLUCIONNUMERO° 11464 DE 2018 HOJANo. 2 Continuación de Ia resolución, "Porla cual se adopta medida preventiva de VIGILANCIA ESPECIAL a Ia EMPRESA PROMOTORA DE SALUD ECOOPSOS EPS SAS, identificada cone! NIT. 901.093.846-0y se I/in/ta Ia capac/dad para real/zar nuevas afil/aciones y aceptar traslados" término de un (1) año y Iimitô Ia capacidad para realizar nuevas afiliaciones y para aceptar trasl ados. Que mediante las Resoluciones 003425 del 17 de noviembre de 2016, 001575 del 19 de mayo de 2017, 4919 del 29 de septiembre de 2017, Ia Superintendencia Nacional de Salud prorrogO sucesivamente Ia medida preventiva de vigilancia especial adoptada a Ia ENTIDAD

2017, 4919 del 29 de septiembre de 2017, Ia Superintendencia Nacional de Salud prorrogO sucesivamente Ia medida preventiva de vigilancia especial adoptada a Ia ENTIDAD COOPERATIVA SOLIDARIA DE SALUD ECOOPSOS ESS EPS-S, hasta el 31 de enero de 2018. Que mediante ResoluciOn 006200 del 28 de diciembre de 2017, Ia Superintendencia Nacional de Salud aprobó el Plan de ReorganizaciOn lnstitucional presentado por Ia ENTIDAD COOPERATIVA SOLIDARIA DE SALUD "ECOOPSOS" ESS EPS-S (Nit. 832.000.760-8), consistente en Ia escisiOn del programa de Entidad Promotora de Salud a favor de Ia sociedad EMPRESA PROMOTORA DE SALUD ECOOPSOS EPS S.A.S. (Nit. 901.093.846-0) Que Ia Superintendencia Nacional de Salud mediante Resolución 003334 del 31 de enero de 2018 prorrogó Ia medida preventiva de vigilancia especial adoptada a Ia ENTIDAD COOPERATIVA SOLIDARIA DE SALUD ECOOPSOS ESS EPS-S, por el término de seis (6) meses, teniendo en cuenta que para dicha fecha no se encontraba perfeccionada Ia escisión ni el inicio de operaciones de EMPRESA PROMOTORA DE SALUD ECOOPSOS EPS S.A.S. (NIT. 901.093.846-0), de acuerdo con lo dispuesto en el parágrafo segundo del articulo décimo segundo de Ia Resolución 006200 del 28 de diciembre de 2017. Que mediante Resolución 003508 del 21 de febrero de 2018, Ia Superintendencia Nacional de Salud removió a la firma G&T CONSULTORES S.A.S., identificada con NIT 901 .045.783-0 del

Que mediante Resolución 003508 del 21 de febrero de 2018, Ia Superintendencia Nacional de Salud removió a la firma G&T CONSULTORES S.A.S., identificada con NIT 901 .045.783-0 del cargo de Revisor Fiscal de Ia ENTIDAD COOPERATIVA SOLIDARIA DE SALUD ECOOPSOS ESS EPS-S y designO a Gildardo Tijaro Galindo, identificado con cédula de ciudadanIa nümero 19.092.858, como Contralor para Ia medida preventiva de vigilancia especial adoptada. Que, de conformidad con el concepto de Ia Dirección de Medidas Especiales para EAPB de Ia Delegada para las Medidas Especiales, Ia sociedad EMPRESA PROMOTORA DE SALUD ECOOPSOS EPS S.A.S. a partir del 1 de abril de 2018, no se encuentra en medida preventiva de vigilancia especial adoptada por Ia Superintendencia Nacional de Salud. Que el Superintendente Delegado para Ia Supervision Institucional de la Superintendencia Nacional de Salud realizO visita a Ia EMPRESA PROMOTORA DE SALUD ECOOPSOS EPS S.A S., con el objeto de verificar aspectos de las relaciones entre los prestadores de servicios de salud y las entidades responsables del pago de los servicios de salud de Ia poblaciOn a su cargo; informe que concluye lo siguiente: "En el marco de Ia v/s/ta real/zada a Ia Entidad Promotora de Salud ECOOPSOS EPS S.A.S., ordenada mediante Auto No. 0217 del 21 de mayo de 2018, cuyo objeto fue ver/f/carlos aspectos de las relac/ones entre los prestadores de servicios de salud y las entidades responsables del pago de los servicios de salud de Ia poblac/On a so cargo, con forme establec/do en el Decreto 780 de

de las relac/ones entre los prestadores de servicios de salud y las entidades responsables del pago de los servicios de salud de Ia poblac/On a so cargo, con forme establec/do en el Decreto 780 de 2016 y demãs normas que lo regulan: no fue posible contar con Ia total/dad de Ia /nformaciOn so//c/tada en el proceso de aud/toria, no obstante con Ia informac/On y soportes obtenidos, se establec/eron los anal/s/s que conllevaron al resultado de los hallazgos. recomendaciones y condos/ones del presente /nforrne. Corno resultado de Ia v/s/ta, dentro del anal/s/s a Ia contratac/ón real/zada, se observO que Ia EPS: (/) contrata Ia prestac/On de servicios de salud de demanda /nduc/da a travOs de una Empresa que no se encuentra /nscr/ta n/ habil/tada corno prestador de servicios de salud, (/0 delega a través de on contrato de prestac/On de servicios, especif/carnente en lo relacionado con prornoc/On de Ia salud y detecc/On tern prana - P y D, Ia obl/ga c/On del aseguramn/ento para Ia adm/n/stra c/On del nesgo f/na nc/ero, Ia gest/On del r/esgo en salud, Ia art/cLilac/On de los servicios que garant/ce el acceso efect/vo, Ia garantla de Ia cal/dad en Ia prestac/On de los servicios de salud y (11/) traslada en esta so responsabil/dad y competencia como EAPB de const/tu/r el comn/té de vigilancia en salud pOblica /nst/tuc/onal. Respecto del S/sterna Obl/gatorio de Garantia de Ia Cal/dad— SOGC, Ia EAPB, en las act/v/dades

/nst/tuc/onal. Respecto del S/sterna Obl/gatorio de Garantia de Ia Cal/dad— SOGC, Ia EAPB, en las act/v/dades relac/onadas con Ia empresa Demanda Induc/da S.A.S, no cuenta con las acc/ones de aud/torla ex/g/das en Ia normat/v/dad apI/cable en 10 relac/onado con el Programna de Aud/toria para el Mejoram/ento de Ia Cal/dad - PAMECRESOLUCION NUMERO 011464 DE 2018 HOJA No. 3 ContinLiaciOn de Ia resoluciOn, "Por ía coal se adopta med/da prevent/va de VIGILANCIA ESPECIAL a ía EMPRESA PROMOTORA DE SALUD ECOOPSOS EPS SAS, identificada con el NIT. 901.093.846-0y se li,n/ta Ia capac/dad para real/zar nuevas af/l/ac/ones y aceptar traslados" La EPS suscribiO con Ia firma SEP VIP SALUD LTDA, convenios de recaudo para el recaudo del 8% de Ia UPCS, correspondiente a gastos en sa/ud y 8% de Ia UPC-S de gastos admin/strativos, autorizando a través del giro directo a favor de ía referida IPS, estos para postenormente depos/tarlos a tina cuenta a nombre de ECOOPSOS S.A.S, pasando dicha facturaciOn ante el EQS YGA hoy ADRES como si correspond/eran a servic/os contratados bajo Ia modal/dad de evento, reconoc/endo Ia corn/s/On por este servic/os y los gastos financieros, bajo el argurnento del alto Indice de med/das cautelares de embargo y reten c/On de recursos. De lo anterior, rev/.sados los procesos jurid/cos no se ev/denc/O on proceso de defensa judicial

alto Indice de med/das cautelares de embargo y reten c/On de recursos. De lo anterior, rev/.sados los procesos jurid/cos no se ev/denc/O on proceso de defensa judicial soportada en Ia /neinbargabilidad de los recursos del s/sterna, que se refleja en el a/to nitmero de cuentas en estado 'embargada". Esta situac/On se refleja /gualmente, en Ia carencia de una p0/it/ca contable sobre prov/siones que invoIucre iina inetodologia técnicamente vál/da para el cAlculo de pro v/s/ones y cont/ngencias que permitan revelar Ia real/dad f/nanciera de Ia Ent/dad. En cuanto a Ia con t/nu/dad en ía contratac/On, Ia EAPB ha yen/do dando api/cac/On a Ia cláusula de prOrroga automat/ca y ces/On de los contratos suscritos en v/ge nc/a de Ia Empresa SoI/daria de Salud ECOOPSOS ESS EPS-S, s/n embargo, en Ia mayoria de los soportes obten/dos en el marco de Ia v/s/ta, los rnisrnos no se encuentran deb/damente firmados n/ legal/zados, lo que perm/te concluir que Ia red prestadora de serv/c/os de saltid no se encuentra debidarnente con tratada, y en consecuencia incumple ía acivertencia /rnpart/da en el artiCL110 qu/nto de ía Resoluc/On 6200 de 2017. Con relaciOn a/ proceso de rad/cac/On de cuentas presentadas por las IPS, se evidenciaron práct/cas /ndeb/das en el trOrn/te de esta, bajo Ia cons/derac/On que el proceso mencionado se rea//za s/n

Con relaciOn a/ proceso de rad/cac/On de cuentas presentadas por las IPS, se evidenciaron práct/cas /ndeb/das en el trOrn/te de esta, bajo Ia cons/derac/On que el proceso mencionado se rea//za s/n sujec/On a lo establec/do en el manual de procesos y procedimientos establec/do por ECOOPSOS S.A. 5, contrav/niendo adernAs Ia normat/vidad que regula este aspecto, toda vez que (/) crea causales de devoluc/On que no corresponden a las establecidas en eI anexo 6 de Ia ResoIuc/On 3047 de 2008, (ji) genera barreras /njustificadas para Ia rad/cac/On de Ia facturac/On por parte de los prestadores de serv/c/os de saIud, (i/u no realiza los pagos en cond/ciones y tiempos estab/ec/dos en ía norm at/v/dad v/gente. Adicionalmente, en desarrollo de ía v/s/ta se observO que Ia EPS entregO forrnac/On que difiere de Ia reportada en el marco de Ia Circular 016 con code a 30 de abril de 2018, especificarnente en lo relac/onado con cuentas por pagar." Que producto de Ia visita realizada por Ia Delegada para Ia SupervisiOn Institucional de Ia Superintendencia Nacional de Salud, se evidenciaron hallazgos, entre los cuales se encuentran los que se transcriben a continuaciOn:

"6. CUADRO RESUMEN DE HALLAZGOS

Norma Incidencia del Hallazgo No. Descripcion del Hallazçjo Presuntarnente A F D P Violada La Ent/dacI P,omotora de Sa/ud ECOOPSOS EPS

"6. CUADRO RESUMEN DE HALLAZGOS

Norma Incidencia del Hallazgo No. Descripcion del Hallazçjo Presuntarnente A F D P Violada La Ent/dacI P,omotora de Sa/ud ECOOPSOS EPS S.A.S., 00 hizo entrega de Ia total/dad de Ia informaciOn so/icitada cii e/ marco de Ia visit a jea/izacla en cuinp/im/ento del Auto No. 0217 del Articulos 130.12 y mayo 21 de 2018 /0 ciia/ consfifuye i/na conclucta . 130.13 de /a Ley X que vulnera 0/ Sistoma General de Segundad Social 1438 de 2011 en Sa/ud y el Dorec/io ala Salud, yen coiisecuoncia ohstn lye e/ proceso de inspecciOn y v/g//ancia de coinpetencia de /a Suporintendencia Nacional de Salud. La En f/dad P,omotoia de Salud ECOOPSOS EPS S.A.S. al c/e/egar Ia ob//gac/On indole gable el aseguramiento para Ia administraciOn del riesgo f/nancio,o, Ia gestiOn del tiesgo en salud, Ia Numeral 6 del au/cu/ac/On de los seuvicios que gala nt/ce el acceso articulo 178 de Ia Ley 2 efect/vo, Ia garantia de ía ca//clad en Ia prestac/On 100 c/c 1993 y X de los seuvicios de sabud y Ia representac/On del articubo 14 de Ia Ley aPI/ado ante el prestador y los clemás actoros s/n 1122 de 2007

de los seuvicios de sabud y Ia representac/On del articubo 14 de Ia Ley aPI/ado ante el prestador y los clemás actoros s/n 1122 de 2007 peouic/o de Ia aittonomia del usuar/o, a través de on contrato c/c pies facion de seivicios con Ia finna

DEMANDA INDUCIDA S.A.S.RESOLUCION NUMERO 011464 DE 2018 HOJA No. 4

ContinuaciOn de Ia resoluciOn, 'Por Ia ctiaf se adopta med/da prevent/va de VIGILANCIA ESPECIAL a Ia EMPRESA PROMOTORA DE SALUD ECOOPSOS EPS SAS. /dent/f/cada cone! NIT. 901.093.846-0y se I/rn/ta Ia capac/dad para real/zar nuevas af///ac/ones y aceptar tras/ados" La E,it/dad P,omotoia de Salud ECOOPSOS EPS S.A.S. a! contratar Ia prestacion de seivicios de deiianda induc/da a (raves de una empiesa quo no se enccientra /iiscrita iii liabil/tada como piestador de se,v/cios de salud en el Registro Espec/al de Prestadores de Serv/c/os de Salud - REPS DEL Ministeiio de Salud y Piotecc/ón Soc/al. Ailiculo 9 DEL Acuerdo 117 d 1998 del CNSSS. los au/cubs 2.5.3.4.4 y 2.5.1.3.2.4 clef Decreto 780 de 2016 y auliculo 130.7 de Ia Lev 1438 de 2011

del CNSSS. los au/cubs 2.5.3.4.4 y 2.5.1.3.2.4 clef Decreto 780 de 2016 y auliculo 130.7 de Ia Lev 1438 de 2011 La Euit/dad Proinotoia de Salud ECOOPSOS EPS Paragrafo Segundo S.A.S. al tiasladar Ia responsabilidad y competelicia del a,bcuulo 37 del que lene como EAPB de coistituir el coin/to de . Decreto 3518 de vigilancia en salud publica ustitucional a Ia lena 2006 DEMANDA INDUCIDA S.A.S. La Entidaci Proinotora de Salud ECOOPSOS EPS S.A.S. al no contar con las accionos de auc//loula Nunieual 1 del ex/g/clas en Ia nonnatividad apI/cable, cii lo art/cub 2.5.1.4.5 y of relacionaclo con of Pun grarna de Auditor/a para ef pardgrafo 3 del Mejoramiento de Ia Cal/dad— PAMEC, asi como so au/cub 2.5.3.4.6 del no inclusiOn en of clausulado del contrato sciscuito Decreto 780 de 2016

con Ia f/mw DEMANDA INDUCIDA S.A.S.

La Entidad Promotora de Salud ECOOPSOS EPS Art/cub 5 de ía S.A.S. al suscrihir Convon/os de Recaudo con Ia Resofuc/On 1587 de IPS SER VIP SALUD LTDA. para el recudo de hasta 2016, los nil/cu/os on 8% y on 8% de Ia UPCS, corrospond/ente a 1.2.3 y 4 c/c Ia

IPS SER VIP SALUD LTDA. para el recudo de hasta 2016, los nil/cu/os on 8% y on 8% de Ia UPCS, corrospond/ente a 1.2.3 y 4 c/c Ia gastos en salud y gastos admin/stiat/vos, Rosohic/On 4621 de respoct/vamonte, y autouizar of giro de diclios 2016, auliculo 7 de Ia tocursos a tuavOs del mecanisino de gun d/rccto a Ley 1797 de 2016, favor de Ia refer/da IPS para posteriormente instrucciones 1, 2, 3, depositaulos a una cuonla a nombre de 4 y 5 de Ia C/,cular ECOOPSOS, liaciendo pasar diclia facturac/ón Extemna 14 de 2015. ante of FOSYGA boy ADRES como s/ nurnerales 130.7 y coruospondieran a se,v/c/os de salud hajo Ia 130.11 del au/cub modal/dad de eve,ito yin otia modal/dad de 130 de Ia Ley 1438 conbalaciOn. - rIo 2011Que Ia Superintendente Delegada para Ia SupervisiOn de Riesgos de Ia Superintendencia Nacional de Salud, mediante concepto técnico de fecha 1 de noviembre de 2018, concluyó lo s ig UI e nte: "( ... ) 1. Riesgo Financiero ECOOPSOS S.A.S. teg/stra en su primer nies de operac/On (abr/I-2018) una estructcira financ/ora

s ig UI e nte: "( ... ) 1. Riesgo Financiero ECOOPSOS S.A.S. teg/stra en su primer nies de operac/On (abr/I-2018) una estructcira financ/ora do f/c/tar/a al reportar un patr/mon/o negat/vo. Sin embargo, el patr/monio re dc/jo so n/yel deficitano como consecuenc/a de Ia cap/tal/zac/On en cumnpl/m/onto del Plan de Roorgan/zac/On Inst/tuc/onal aprobado por Ia Super/n tendenc/a Nac/onal de Salud med/ante Ia Resoluc/On 6200 de 2017, asi como por efecto de los resultados favorables obton/dos a part/r del mes de jciI/o de 2018. Respocto al d/spon/ble. se observa quo gran parte de los productos en ent/dades f/nancieras tienen rita med/da de embargo. In quo f/rn/ta so d/spon/b/I/dad, en las quo se encuontran las cuentas mnaestras de rocaudo: en conseccienc/a, se ev/donc/a una falta de gest/On porparte de Ia entidad en apl/cac/On de los pr/nc/p/os de /nombargab/I/dad de los rocursos del 5/stoma, ostabbecida en of articulo 91 de ía Ley 715 de , 2001, reiterada en ol artIculo 21 del Decreto Ley 28 de 2008, en of art/cub 2.6.1.2.7 del Decreto 780 de , 2016 y at -ticulo 25 de Ia Ley 1751 de 2015.

La EPS cuonta con on capital pagado /nscm f/c/onto quo le imp/do contar con of respaldo pat r/monial adecuado para soportar Ia oporac/On en ol SGSSS; s/n embargo, en virtud del plan de reorgan/zac/On aprobado, se obseivan avances en las ostrateg/as (procesos de capitalizaciOn y resuftados del ejouc/c/o favorables) en eI per/odo oporado como sociedad. En los 5 moses de oporaciOn. ECOOPSOS EPS S.A.S t/one un incremonto de af/f/ados, In que goneia mayores /ngi osos. y como consocuoncia mayor solvencia, 10 cmmal Idle contemplado en of plan de , roorganizac/On aprobado x xRESOLUCIONNUMEROOI1464 DE 2018 HOJANo. 5 ContinuaciOn de la resolLicion, Por Ia CL/al se adopta medida prevent/va de VIG/LANCIA ESPECIAL a Ia EMPRESA PROMOTORA DE SALUD ECOOPSOS EPS SAS, ident/ficada cone! NIT. 901.09.3.846-0y se I/rn/ta Ia capac/dad para rea/izar nuevas aPI/ac/ones y aceptar tras/ados" La re/ac/On entre los costos por concepto de presta c/On de serv/c/os de salud POS y sos /ngresos por UPC, para agosto de 2018, tiene como resultado una s/n/ostral/dad del 88% con tenclencia a Ia dism/nuc/On, no obstante, se precisa que Ia entidad debe dest/nar corno mIn/mo el 92% de los /ngresos rec/bidos por UPC para Ia operac/On de salud. En este sent/do, Ia EPS debe con trolar

Ia dism/nuc/On, no obstante, se precisa que Ia entidad debe dest/nar corno mIn/mo el 92% de los /ngresos rec/bidos por UPC para Ia operac/On de salud. En este sent/do, Ia EPS debe con trolar d/cha re/ac/On para que dé cL/rnpl/rn/ento a lo establec/do normat/varnente, y estarA sujeto a segu/m/ento y ver/fica c/On por parte de esta Superintendenc/a. Se precisa que las estrate 9/as de recuperac/On financ/era, en n/ngOn momento deben afectar Ia dest/nac/On de recursos para Ia atenc/On en salud, los ctiales deben ser suf/c/entes y necesar/os para lograr en cond/c/ones de ca//dad y oportun/dad Ia presta c/On de los servic/os a so poblac/On af/liada. ECOOPSOS S.A.S. no ha exced/do elporcontaje max/mo establec/do respecto a Ia dest/nac/On de los recursos de UPC para gastos de admin/strac/On, durante los meses de operac/On. Se presentan def/c/enc/as en el reporte, asi corno el reconoc/rn/ento adecuado de hechos econOrn/cos, por lo tanto, Ia v/g/Iada deberá adelantar las acciones tend/entes a garant/zar Ia cal/dad y cons/stenc/a de Ia /nforrnac/On reportada. El defecto por cap/tal mm/mo presenta una reducc/On mb/ma, a pesar de que ex/ste de por med/o un proceso de cap/f al/zac/On y Ia generac/On de resultados posit/vos en los meses operados. En este sent/do, se precisa Ia neces/dad de adelantar las estrateg/as planteadas en el plan de

un proceso de cap/f al/zac/On y Ia generac/On de resultados posit/vos en los meses operados. En este sent/do, se precisa Ia neces/dad de adelantar las estrateg/as planteadas en el plan de reorgan/zac/On y, dernás a cc/ones pert/nentes, con elf/n de conseguir recursos que le perm/tan ol fortalec/rn/ento pat r/mon/aI. Con forme al comportam/ento de los resultados del ejerc/c/o además de ev/denc/ar procesos de cap/tal/zac/On, y en el entend/do que Ia brecha entre Ia est/ma c/On y el defocto calculado para agosto de Ia presente v/genc/a, se entrevé on escenar/o opt/rn/sta frente al cumpl/in/enfo del segundo año de trans/c/On en el marco del Plan de Reorgan/zac/On aprobado, no obstante, no se ptieden afectar los restiltados del modelo de atenc/On en salud con los resultados de los /nd/cadores f/nanc/eros, ten/en do en cuenta que estAn correlac/onados. En el marco del Decreto 2702 de 2014 - comp/lado en el Decreto 780 de 2016las myers/ones que respaldan las reservas técn/cas NO deben estar inclu/das en FONDOS DE INVERSION COLECTIVA y10 ENCARGOS FIDUC/ARIOS, por tal razOn no se t/enen en cuenta corno /nvers/ones cornputables y ECOOPSOS EPS S.A.S. /ncluye corno InversiOn que respalda Ia reserva técn/ca las carteras colect/vas abien'as. La entidad presenta depOs/tos a Ia vista y certif/cados de depOs/tos a term/no CDT que se encuent ran con alguna ined/da de embargo, razOn por Ia CL/al, no son lovers/ones cornputables en

La entidad presenta depOs/tos a Ia vista y certif/cados de depOs/tos a term/no CDT que se encuent ran con alguna ined/da de embargo, razOn por Ia CL/al, no son lovers/ones cornputables en el Regimen de lovers/ones de las Reservas Técn/cas, en consecuencia, no se observa que Ia entidad haya adelanfaclo esfuerzos para const/tu/r ol rOg/men de /nveis/ones que respaldan las reservas técoicas para dar cumpl/rn/onto a! respect/vo /ndicador. Ten/ondo en cuonta el cumplim/enfo del regimen de myers/ones se real/za con base en el valor de reservas técuicas, y que d/cho valor a su vez debe soportarse con Ia ver/fica c/On o aprobac/On de Ia metodologla de cOlculo de reservas técnicas -segOn s/la entidad adoptO aquella pro puesta por Ia Siiper/ntendenc/a Nac/onal de Salud o si formL/lo i.ina prop/a-, hasta tanto Ia v/gilada no rem/ta Ia /nformaciOn necesar/a para lIe var a cabo d/cha verificac/On, Ia Super/n ton denc/a Dole gada para Ia Superv/s/On de Riesgos em/fe concepto negaf/vo frenfe a Ia adecuada apl/cac/On de Ia reseñada metodologia y, consecuenfemente, respecto al cumpl/m/ento del regImen de myers/ones ( ... ) La Dole gada para Ia Suporv/s/On de R/osgos se oncueritra real/zando el respect/vo segu/m/ento al proceso de Ia LMA. En este sent/do, med/ante correo electrOn/co del 1 de nov/ernbre de 2018 esta

La Dole gada para Ia Suporv/s/On de R/osgos se oncueritra real/zando el respect/vo segu/m/ento al proceso de Ia LMA. En este sent/do, med/ante correo electrOn/co del 1 de nov/ernbre de 2018 esta Dole gada solic/tO a Ia Admin/sfradora de los Recursos del S/sterna de Segur/dad Soc/al en Salud — ADRES no efectuar el g/ro aufor/zado por parte de Ia EPS ECOOPSOS S.A.S. al prestador ident/f/cado con NIT 900.284.298 - SERVIR SALUD LTDA.

2. Riesgo en Salud • Se adv/erte que los ind/cadores pr/or/zados en salud para el segu/m/ento al plan de reorgan/zaciOn de Ia EPS muostran dof/c/encias en Ia gest/On /nd/v/dual del r/esgo en pobla c/ones pr/or/tar/as

(pac/onfes con condic/onos crOn/cas y gostantos); resultados nogat/vos en salud en el grupoRESOLUCION NUMERO Oil 464 DE 2018 HOJA No. 6 ContinuaciOn de Ia resolución, "Por Ia cual se adopta rned/da prevent/va de VIGILANCIA ESPECIAL a Ia EMPRESA PROMOTORA DE SALUD ECOOPSOS EPS SAS. /dent/f/cada con el NIT. 901 O93.846-Oy se I/in/ta Ia capac/dad para real/zar nuevas af/I/ac/ones y aceptar tras/ados" rnaterno - per/natal: y alerta en Ia gestion de Ia atenc/ón en salud asoc/ada a Ia tasa de PQR por 10.000personas atend/das en razOn a so tendencia de /ncre,nento. Se adv/eiIe que ECOOPSOS EPS S.A.S presenta r/esgo de aumento en Ia carga de enfermedad

10.000personas atend/das en razOn a so tendencia de /ncre,nento. Se adv/eiIe que ECOOPSOS EPS S.A.S presenta r/esgo de aumento en Ia carga de enfermedad por deb//idades en Ia real/za c/On de act/v/dades de protecc/On especI f/ca y detecc/On temprana de Ia eifermedad, /0 que podria generar sobrecostos en los procesos de atenc/On. De /gua/ manera, el /ncump//m/ento de act/v/dades de detecc/On tempraria refleja una deb/I/dacl en los pro gramas de protecc/On especif/ca y detecc/On teinprana, lo cual, a med/ano y fargo plazo /mpacta los resultados en salud.' Que mediante docurnento del 3 de diciembre de 2018, Ia Delegada para la SupervisiOn de Riesgos dio alcance at concepto técnico de fecha 1 de noviembre de 2018, mediante el cual indicO: 1. (...)"Riesgo Financiero Frente a Ia conclusiOn /nd/cada en el concepto "ECOOPSOS S.A.S. reg/stra en so primer mes de operac/On (abr/I-2018 ) tuia estr'uctura f/nanc/era del/c/tar/a al reportar on patr/mon/o negat/vo. S/n embargo, el patr/inon/o redujo so n/vol def/c/tario coino consecuencia de Ia cap/tal/zac/On en cumpl/m/ento del Plan de Reoigan/zac/on lnst/tuc/onal aprobado por Ia Supei/ntendenc/a Nac/onal de Salud mediante Ia Resoluc/On 6200 de 2017. asI coino por efecto de los resultados favorables

cumpl/m/ento del Plan de Reoigan/zac/on lnst/tuc/onal aprobado por Ia Supei/ntendenc/a Nac/onal de Salud mediante Ia Resoluc/On 6200 de 2017. asI coino por efecto de los resultados favorables obten/dos a part/r del mes dejul/o de 2018, por lo antetior. esta Delegada prec/sa: Si b/en, se señalO que ECOOPSOS S.A. S. redojo el n/vel def/c/tar/o del patr/monio co/no consecuencia de las cap/tal/zac/ones efectuadas y Ia generac/On de util/dades del ejerc/c/o a partir delmes de jul/ode 2018: es de aclararque actualmente Ia ent/dad no cuenta con/a ver/ficaciOii de Ia apl/cac/On de Ia metodologia para el c6lculo de las reseivas Iécn/cas. por lo tanto, los montos reg/strados por Ia v/g/lada prieden no corresponder a on valor que refleje adecuadamente las obl/gac/ones con lerceros generadas como consecuencia de Ia adm/n/strac/On del regimen de segur/dad soc/al en salud - POS, y de oncontrarse def/ciencias en Ia inetodologla, pod//an conllevar a Ia sub valorac/On o sobrevalorac/On de las reservas técnicas. que /mpactarian los resultados 1/nanc/eros de Ia EPS. Asi m/smo, Ia telac/On entre el costo POS y los /ngresos por UPC pa/a agosto de 2018. corresponden a 88% con tendenc/a a Ia d/sm/nuc/On: S/n embargo, con forme al anOlis/s de las PQR generadas por los af/l/ados de Ia EPS se observa que Ia ent/dad ha auinentado Ia tasa de PQR

corresponden a 88% con tendenc/a a Ia d/sm/nuc/On: S/n embargo, con forme al anOlis/s de las PQR generadas por los af/l/ados de Ia EPS se observa que Ia ent/dad ha auinentado Ia tasa de PQR respecto al nOmero de afil/ados y las carisales relac/onadas son Ia rest,/cc/On en el acceso a los serv/c/os de salud y Ia /nsatisfacc/On del usuar/o con el proceso adin/nistrat/vo. En este sentido, Si b/en Ia tondenc/a a d/sm/nu/r Ia relac/On entre costo P05 e /ngresos UPC podrIa estar impactando los resultados en so modelo de atonc/On en salud de forma posit/va, esto puede estar onginado en quo no se estO atond/endo adecuadamente a Ia poblac/On. En consecuencia 5/ b/en Ia siniestralidad puede reflejarse mOs baja y hay on resoltado del ejerc/c/o favorable. No podemos concluir esta circunstanc/a coino on mejoram/ento de Ia gest/On, por cuanto como ya se anotO las PQR son /inportantes y al no poder verif/car Ia reseiva técn/ca de seni/c/os aotor/zados y demOs conceptos que con forman d/cha reseiva. pud/eran estarse generando resultados positwos coino consecuencia de resti/cc/On en Ia prostac/On de serv/c/os de salud a sos afiliados. Asi inismo, si b/en se cuinpl/O con parte de las cap/tal/zac/ones, no se ha cum p//do con Ia expectat/va quo se tenIa con fundamento en el modelo f/nanc/ero presentado en el proceso de reorganizaciOn /nst/tuc/onal.

b/en se cuinpl/O con parte de las cap/tal/zac/ones, no se ha cum p//do con Ia expectat/va quo se tenIa con fundamento en el modelo f/nanc/ero presentado en el proceso de reorganizaciOn /nst/tuc/onal. En efecto, al no haceruso delporcentaje in/n/mo de Ia UPC establec/do en/a Ley 1438 de 2011 y Ia Resoluc/On 4480 de 2012 y no contar con Ia ver/f/cac/On de Ia inetodologia pa/a el calculo de las reseivas técn/cas, no ox/ste certeza s/Ia reducc/On del n/vel def/c/tar/o del patr/mon/o es realmente of resultado de so operac/On, como consecuencia del /ncumpl/m/ento de Ia dest/nac/Oii de recursos para Ia alenc/On en salud o Ia subest/mac/ón del costo. lo cual genera /nceilidumhre frente a Ia razonabil/dad de Ia /nforinac/On f/nanc/era y el complim/ento de so in/s/On, coal es Ia gaiant!a de Ia pro sta c/On de los serv/c/os de salud a sos usuar/os. En relac/Oii a Ia conclusiOn emit/da por esta Delegada en doiido se iiid/ca. "Euì los 5 moses de opetac/On. ECOOPSOS EPS SAS 1/one on /ncremonto de af/liados, lo que genera mnayores /ngrosos, y comno consecuencia mayor solvemìc/a, lo cual foe contemiiplado en el plan de reorgan/zac/On aprobado" se prec/sa:RESOLUCION NUMERO 011464 DE 2018 HOJA No. 7 ContinuaciOn de Ia resoluciOn, "Porla ct/al se adopta medida preventiva de VIGILANCIA ESPECIAL a Ia

reorgan/zac/On aprobado" se prec/sa:RESOLUCION NUMERO 011464 DE 2018 HOJA No. 7 ContinuaciOn de Ia res

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