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SUPERSALUD - Resolución 011691 de 2018

Superintendencia de Salud

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Detalles

Título
SUPERSALUD - Resolución 011691 de 2018
Autor
Superintendencia de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2018

REPLIJBLICA DE COLOMBIA

4F Uberud y Ord n SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD RESOLUCION NCJMERO 011691 DE 2018 21 DIC 2018 "Por Ia cual se corrige un error de digitaciOn" EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD En uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas en el artIculo 45 de Ia Ley 1437 de 2011, el Decreto 2462 de 2013 y el Decreto 1542 de 2018, CON SIDE RAN DO Que mediante Ia Resolución 008679 de 18 de julio de 2018, Ia Superintendencia Nacional de Salud resolvió actualizar Ia Autorizaciôn de Funcionamiento otorgada mediante Resoluciôn 1692 de 2007 a Ia Entidad Promotora de Salud ASOCIACION MUTUAL SER EMPRESA SOLIDARIA DE SALUD EPS-S NIT. 806008394-7, para Ia operación del Regimen Subsidiado del Sistema General de Seguridad Social en Salud. Que debido a un error de digitacion, en el ArtIculo 2 de Ia citada resoluciôn se ordenó mantener los côdigos ES5207 y ESSC27 asignados a Ia Entidad Promotora de Salud en mención, para el Regimen Subsidiado y movilidad en el Regimen Contributivo, respectivamente cuando debió referirse a los cOdigos ESS207 y ESSC07. Que mediante correo electrOnico radicado el 31 de julio de 2018 con el NURC 1-2018-1 19181, Ia Coordinadora de Control Interno y Calidad de Ia ASOCIACION MUTUAL SER EMPRESA SOLIDARIA DE SALUD EPS-S solicitô Ia corrección del côdigo de movilidad, al haberse registrado

Coordinadora de Control Interno y Calidad de Ia ASOCIACION MUTUAL SER EMPRESA SOLIDARIA DE SALUD EPS-S solicitô Ia corrección del côdigo de movilidad, al haberse registrado el ESSC27, siendo el correcto el ESSC07. Que, de conformidad con lo anterior, se configura un error simplemente formal de digitacián respecto del código de movilidad en el Regimen Contributivo asignado a Ia Entidad Promotora de Salud ASOCIACION MUTUAL SER EMPRESA SOLIDARIA DE SALUD EPS-S NIT. 806008394-7, frente al cual es procedente Ia correcciôn, de conformidad con lo previsto en el artIculo 45 del Código de Procedimiento Administrativo y Contencioso Administrativo: "ART1CULO 45. CORRECCION DE ERRORES FORMALES. En cualquier tiempo, de oficio o a peticiOn de parte, se podran corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitaciOn, de transcripciOn o de omisiOn de palabras. En nm gUn caso Ia correcciOn dará lugar a cambios en el sent/do material de Ia decisiOn, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada Ia correcciOn, esta deberá ser notificada 0 comunicada a todos los interesados, segUn corresponda". Que Ia corrección prevista en Ia presente resolución cumple con los presupuestos del artIculo en cita, por cuanto fue un error que no genera modificaciones en el sentido material de Ia decision adoptada en Ia ResoluciOn 008679 de 18 de julio de 2018. En mérito de lo anteriormente expuesto, este despacho,

RESUELVE

cita, por cuanto fue un error que no genera modificaciones en el sentido material de Ia decision adoptada en Ia ResoluciOn 008679 de 18 de julio de 2018. En mérito de lo anteriormente expuesto, este despacho, RESUELVE ARTICULO PRIMERO: CORREGIR el Articulo 2 de Ia ResoluciOn 008679 de 18 de julio de 2018, el cual quedará asi: "ART1CULO 2. MANTENER los cOdigos ESS207 y ESSC07 asignados a Ia Entidad PromotoraRESOLUCION NUMERO°1169' DE 2018 HOJANo. 2 Continuaciôn de Ia resoluciOn, 'Por Ia cual se corrige un error de digitación" de Salud ASOCIACION MUTUAL SER EMPRESA SOLIDARIA DE SALUD EPS-S identificada con el NIT 806008394-7, para el Regimen Subsidiado y moviidad en el Regimen Con tributivo, respectivamente, con el fin de identificarla para fines del reporte de informaciOn a Ia Superintendencia Nacional de Salud, a! Mm/steno de Salud y ProtecciOn Social, a Ia ADRES, y demás entidades que hagan parte del Sistema General de Seguridad Social en Salud".

ARTICULO SEGUNDO: Las demás disposiciones de la Resolución 008679 de 18 de julio de 2018 se mantienen incólumes y por consiguiente tienen plenos efectos legales.

ARTICULO TERCERO: COMUN!CAR el contenido del presente acto administrativo, a Ia Entidad Promotora de Salud ASOCIACION MUTUAL SER EMPRESA SOLIDARIA DE SALUD EPS-S identificada con el NIT 806008394-7, a través de su representante legal, o de quien haga sus veces, o a quien se designe para tal fin, en Ia cuenta de correo electrónico

identificada con el NIT 806008394-7, a través de su representante legal, o de quien haga sus veces, o a quien se designe para tal fin, en Ia cuenta de correo electrónico notificacionessupersaludmutualser.orq, teniendo en cuenta que Ia vigilada destinataria del presente acto administrativo autorizó a través del sistema NRVCC Ia notificación electrónica de los actos emitidos por Ia Superintendencia Nacional de Salud, segün listado suministrado por Ia Oficina de Tecnologias de Ia lnformación o a Ia direcciôn Carretera Troncal # 71 B - 105 Barrio Ia Concepción, en Ia ciudad de Cartagena (Bolivar), asi como a las entidades territoriales con interés directo a las que hace referencia el artIculo 3 de Ia Resolución 008679 de 2018, a Ia Cuenta de Alto Costo del FOSYGA, al Ministerio de Salud y Protección Social, a Ia Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social -ADRES y en Ia Superintendencia Nacional de Salud a todas Ia Superintendencias Delegadas, a Ia Oficina de Tecnologias de Ia Información y a Ia Secretaria General.

ARTICULO CUARTO: PUBLICAR el contenido de Ia presente resolución en Ia pagina Web de Ia

Superintendencia Nacional de Salud.

ARTICULO QUINTO: La presente resolución rige a partir de Ia fecha de su expedición y contra Ia misma no procede recurso alguno.

Dada en Bogota D.C. a los 21 2P1fl

COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CIJMPLASE

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)FAIO ARISTIZABAL ANGEL

SUPERNDENTE NACIONAL DE SALUD

Proyectd Nubia Carolina Ruiz Castro, Profesional Eizado

21 2P1fl

COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CIJMPLASE

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)FAIO ARISTIZABAL ANGEL

SUPERNDENTE NACIONAL DE SALUD Proyectd Nubia Carolina Ruiz Castro, Profesional Eizado Revisó: Harol Andrés Martinez Orozco - 000rdinador Grupo de HabilitaciOn y Modificaciones de EAPB4. Sandra Milena Ariza Salas - Coordinadora Grupo de Conceptos, rpechos de PeticiOn y Apoyo Legislativo Maria Andrea Godoy Casadiego - Jefe Oficina Asesora Juridica Claudia Maritza GOmez Prada - Asesora del Despacho(e.

AprobO: José Oswaldo Bonilla - Superintendente Delegado para'(a Supervision Institucion

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