SUPERSALUD - Resolución 011726 de 2018
Superintendencia de Salud
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Detalles
- Título
- SUPERSALUD - Resolución 011726 de 2018
- Autor
- Superintendencia de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2018
REPUBLICA DE COLOMBIA
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD 011726 RESOLUCION NUMERO DE 2018 2 7 NC "Por Ia cual se rem ueve y clesigna Liquidador a Ia ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN FRANCISCO DE AS/S - departamento del ChocO, identificada con el NIT 891.680.047-5, en Intervenc/On Forzosa Administrativa para Liquidar" EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD En uso de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las que le confieren el articulo 233 de Ia Ley 100 de 1993, La ley 663 de 1993, el Decreto 2555 de 2010, el Decreto 2462 de 2013, el articulo 68 de Ia Ley 1753 de 2015, el Decreto 780 de 2016, Ia Resolución 2599 de 2016, el Decreto 1542 de 2018 y, C ONS ID E RAN DO Que de conformidad con lo dispuesto en el artIculo 2.5.5.1.1, del Decreto 780 de 2016, "Ia Superintendencia Nacional de Salud apl/cará en los procesos de intervenc/On forzosa administ rat/va, para ad,n/n/strar o para liqu/dar ( ... ) Inst ituc/ones Prestadoras de Salud de cualqu/er naturaleza, ( ... ) las normas de proced/niento previstas en el articulo 116 del DecretoLey 663 de 1993, Ia Ley 510 de 1999 y demás d/sposic/ones que lo mod/f/can y desarrollan". Que Ia Superintendencia Nacional de Salud mediante el articulo segundo de Ia ResoluciOn 1862
Ley 663 de 1993, Ia Ley 510 de 1999 y demás d/sposic/ones que lo mod/f/can y desarrollan". Que Ia Superintendencia Nacional de Salud mediante el articulo segundo de Ia ResoluciOn 1862 del 5 de julio de 2016 ordenó: "( ... ) Ia toma de poses/On /nmed/ata de los b/enes, haberes y negoc/os y Ia /nte,venc/On Forzosa Administrativa para Liquidar el HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN FRANCISCO DE ASIS — departamento del Chocó por las razones expuestas en/a partemot/va de Ia resoluc/On poreiplazo de doce (12) meses." Que mediante Ia ResoluciOn 003126 del 19 de octubre del 2016, Ia Superintendencia Nacional de Salud, designO como Liquidadora de la ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN FRANCISCO DE ASIS — departamento del Chocó a Ia doctora BLANCA ELVIRA CORTES REYES, identificada con cédula de ciudadania 52.082.898 de Bogota, posesionada segün Acta 026 de 21 de octubre de 2016. Que con Ia Resolución 2025 del 5 de julio del 2017, Ia Superintendencia Nacional de Salud, prorrogO Ia medida de lntervenciOn Forzosa Administrativa para Liquidar Ia ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN FRANCISCO DE ASIS - departamento del ChocO, por el término de siete (7) meses, es decir, del 6 de julio del 2017 hasta el 6 de febrero del 2018. Que mediante Ia ResoluciOn 004951 del 3 de octubre de 2017, Ia Superintendencia Nacional de Salud resolviO remover como Contralora de Ia ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN
Que mediante Ia ResoluciOn 004951 del 3 de octubre de 2017, Ia Superintendencia Nacional de Salud resolviO remover como Contralora de Ia ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN FRANCISCO DE ASIS - departamento del Chocó a Ia doctora YADIRA MAYERLY BLANCO HERNANDEZ y en SU lugar designó como Contralora a la firma INTEGRATED CONSULTANTS SAS, identificada con NIT 900.640.318-7 y representada legalmente por Ia doctora EDIALA
ESPERANZA RODRIGUEZ LOPEZ.
Que con Ia ResoluciOn 003428 del 6 de febrero del 2018, Ia Superintendencia Nacional de Salud, prorrogó Ia medida de IntervenciOn Forzosa Administrativa para Liquidar de Ia ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN FRANCISCO DE ASIS, por el término de tres (3) meses, es decir del 7 de febrero del 2018 hasta el 7 de mayo del 2018.RESOLUCION NUMERO 011726 DE 2018 HOJA No. 2 Continuación de Ia resoluciOn "Por Ia cua/ se remueve y designa Liquidador a Ia ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN FRANCISCO DE AS/S - depaüamento del ChocO, ide/?tificada con el NIT 891.680.047-5, en IntervenciOn Forzosa Administrativa para Liquidar' Que mediante Ia ResoluciOn 005016 del 7 de mayo del 2018, Ia Superintendencia Nacional de Salud, prorrogO Ia medida de IntervenciOn Forzosa Administrativa para Liquidar de Ia ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN FRANCISCO DE ASIS, por el término de dos (2) meses, es decir del 8 de mayo del 2018 hasta el 8 de julio del 2018.
HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN FRANCISCO DE ASIS, por el término de dos (2) meses, es decir del 8 de mayo del 2018 hasta el 8 de julio del 2018. Que el numeral segundo del articulo 117 del Decreto Ley 663 de 1993, establece: ( ... ) 2. Term/no de vigencia de Ia medida. La toma de poses/On de Ia entidad se cot iseivará hasta cuando se declare terminada su existencia legal, salvo cuando se real/ce Ia entrega a/ liquidador designado en asamblea de accionistas. Cuando se disponga Ia liquida c/On. Ia inisma no podrá pro/on garse por más de cuatro (4) años desde su in/do. Lo anterior sin perjuicio de que el Gobierno Ia pueda prorrogar por resoluc/On ejecutiva por on term/no mayor en razOn del tar naño de Ia entidad y las condiciones de Ia liquidación.. Que con fundamento en Ia norma anterior y el inciso primero del articulo 9.1.3.6.1 del Decreto 2555 de 2010 <De conform/dad con el numeral 2 del arliculo 117 del Estatuto Organ/co del Sistema Financiero, modificado por el articulo 23 de Ia Ley 510 de 1999, cuando se disponga Ia 1/qu/daci6n forzosa administrativa de una instituc/On f/nanc/era, Ia rn/sm a no podra pro/on garse por más de cuatro (4) años: Ia IiquidaciOn tiene como limite temporal el plazo previsto en Ia norma inicial y Ia acreditaciOn de las condiciones que alli se prevén y, teniendo en cuenta que no se ha declarado Ia terminaciOn de su existencia legal, en consecuencia, se estima que el proceso se encuentra a Ia fecha vigente hasta que se acrediten las condiciones necesarias para su culminaciOn.
no se ha declarado Ia terminaciOn de su existencia legal, en consecuencia, se estima que el proceso se encuentra a Ia fecha vigente hasta que se acrediten las condiciones necesarias para su culminaciOn. Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5° del articulo 291 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, modificado por el articulo 24 de Ia Ley 510 de 1999 y en concordancia con lo dispuesto en el Decreto 2462 del 2013, y Ia ResoluciOn 2599 del 2016, le corresponde a Ia Superintendencia Nacional de Salud designar a los agentes especiales interventores, liquidadores y contralores, quienes ejercerán las funciones propias de su cargo de acuerdo con lo previsto en las normas del Sistema General de Seguridad Social en Salud y demás normas que le sean aplicables. Que los articulos 291 y 295 del Estatuto Organico del Sistema Financiero y en concordancia con los articulos 9.1.1.2.2 y 9.1.1.2.4 del Decreto 2555 de 2010, se establece que el agente especial interventor es un particular en ejercicio de funciones pUblicas transitorias. Que, de acuerdo con lo anterior, dada Ia naturaleza juridica de las funciones tanto del agente especial interventor como del liquidador, el numeral 4 0 del articulo 295 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, modificado por el articulo 28 de Ia Ley 510 de 1999 establece que podia designarse al liquidador y al contralor, los cuales pueden ser personas naturales o jurIdicas y quienes podrén ser removidos de sus cargos, cuando a juicio del Superintendente Nacional de Salud deban ser reemplazados.
designarse al liquidador y al contralor, los cuales pueden ser personas naturales o jurIdicas y quienes podrén ser removidos de sus cargos, cuando a juicio del Superintendente Nacional de Salud deban ser reemplazados. Que Ia Superintendencia Nacional de Salud expidiO Ia ResoluciOn 002599 del 06 de septiembre de 2016 "Por medio de Ia cual se d/ctan dispos/ciones re/ac/onadas con Ia inscr/pc/On, designac/On, fija c/On de honorar/os, poses/On, funciones, obl/ga c/ones, seguim/ento, sanc/ones, reemp/azo y otros asuntos de los agentes interventores, liquidadores y contralores de las ent/dades objeto, porparte de Ia Superintendencia Nacional de Salud, de las rned/das espec/ales de toma de poses/On e intervenc/On forzosa admin/strat/va y las med/das espec/ales pre vistas en el arficulo 68 de Ia Ley 1753 de 2015" y derogO Ia Resolución 1947 de 2003. Que mediante ResoluciOn 5257 del 31 de octubre de 2017, Ia Superintendencia Nacional de Salud publicó el listado definitivo de inscritos en el Registro de Interventores, Liquidadores y Contralores (RILCO) como efecto de Ia Convocatoria realizada mediante Resolución 1577 del 19 de mayo de 2017. Que el articulo 15 de Ia ResoluciOn 2599 de 2016 establece que Ia escogencia de los agentes interventores, liquidadores y contralores se hará exclusivamente por parte del Superintendente Nacional de Salud, previa presentación de tres (3) candidatos escogidos a juicio del Comité de
interventores, liquidadores y contralores se hará exclusivamente por parte del Superintendente Nacional de Salud, previa presentación de tres (3) candidatos escogidos a juicio del Comité de Medidas Especiales, regulado por Ia Resolución 461 de 2015 expedida por Ia Superintendencia011726 RESOLUCION NUMERO DE 2018 HOJA No. 3 ContinivaciOn de Ia resolución "Por Ia ctial se rerntieve y designa Liquidador a Ia ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN FRANCISCO DE ASIS - departamento del ChocO, identificada con el NIT 891680.047-5, en IntervenciOn Forzosa Administrativa para Liquidar" Nacional de Salud. Que el inciso segundo del articulo antes citado señala que el Comité de Medidas Especiales deberá sugerir a quienes considere como los tres (3) candidatos de las personas que, estando inscritos en la categoria aplicable a Ia entidad objeto de la medida de toma de posesiOn, intervenciOn forzosa administrativa o medida especial de las previstas en el articulo 68 de Ia Ley 1753 de 2015, cumplan los requisitos que el caso exige segün Ia aplicación de los criterios de escogencia. Que el articulo 1 de Ia ResoluciOn 002599 del del 06 de septiembre de 2016 se dispuso que los liquidadores son de Iibre nombramiento y remoción y el articulo 23 de Ia misma resoluciOn modificado por el articulo 2 0 de Ia ResoluciOn 390 de 2017, establece que el Superintendente Nacional de Salud podrá en cualquier momento remover del cargo al liquidador, conforme a Ia facultad discrecional contemplada en el literal a) del numeral 1 del articulo 296 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero.
Nacional de Salud podrá en cualquier momento remover del cargo al liquidador, conforme a Ia facultad discrecional contemplada en el literal a) del numeral 1 del articulo 296 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero. Que en el mismo sentido el articulo 25 de Ia ResoluciOn 2599 del 2016, establece los criterios a tenerse en cuenta para el reemplazo del liquidador. Que, en sesiOn virtual del Comité de Medidas Especiales del 28 de noviembre del 2018, segUn consta en Acta 220 de Ia misma fecha y en cumplimiento de lo previsto en el articulo 3° de Ia ResoluciOn 461 del 13 de abril de 2015, recomendO al Superintendente Nacional de Salud remover y designar al Liquidador de Ia ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN FRANCISCO DE ASIS, en proceso de lntervención Forzosa Administrativa para Liquidar. Que de conformidad con lo anterior, el Despacho del Superintendente Nacional de Salud acoge Ia recornendaciOn del Comité de Medidas Especiales de remover a Ia doctora BLANCA ELVIRA CORTES REYES, identificada con Ia cédula de ciudadanIa 52.082.898 de Bogota y designar al doctor OMAR ALEXANDER PRIETO GARCIA, identificado con cédula de ciudadania 79.686.044 expedida en Bogota, como nuevo Liquidador de Ia ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN FRANCISCO DE ASIS - departamento del ChocO, identificada con el NIT 891.680.047-5. Qué en mérito de lo expuesto, este despacho,
RESUELVE
ARTICULO PRIMERO. REMOVER a Ia doctora BLANCA ELVIRA CORTES REYES,
NIT 891.680.047-5. Qué en mérito de lo expuesto, este despacho, RESUELVE ARTICULO PRIMERO. REMOVER a Ia doctora BLANCA ELVIRA CORTES REYES, identificada con Ia cédula de ciudadanIa 52.082.898 de Bogota, como Liquidadora de la ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN FRANCISCO DE ASIS en IntervenciOn Forzosa Administrativa para Liquidar, a partir de Ia fecha de Ia notificaciOn de la presente resolución. ARTICULO SEGUNDO. La doctora BLANCA ELVIRA CORTES REYES deberá: Hacer entrega de los bienes y haberes rem anentes de Ia ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN FRANCISCO DE ASIS, en intervenciOn forzosa administrativa para Liquidar, para lo cual se realizará el empalme con el nuevo liquidador OMAR ALEXANDER PRIETO GARCIA, que se designO para tal fin. La entrega debe iniciarse inmediatamente notificada Ia presente resoluciOn y en un término máximo de diez (10) dias hábiles, conforme los términos establecidos en Ia Ley 951 de 2005, Ia ResoluciOn orgànica 5674 de 2005 de Ia ContralorIa General de Ia RepUblica y Ia Directiva 6 de 2007 Procuradurla General de Ia Nación.
2. Rendir un informe consolidado de las actividades realizadas y en particular las referidas a los requerimientos efectuados por Ia Entidad con ocasiOn de Ia presentación de Ia RendiciOn de Cuentas de su gestiOn como Liquidadora ante Ia Superintendencia Delegada para las Medidas Especiales de Ia Superintendencia Nacional de Salud, dentro de los diez (10) dias siguientes a Ia separación del cargo, de conformidad con lo
RendiciOn de Cuentas de su gestiOn como Liquidadora ante Ia Superintendencia Delegada para las Medidas Especiales de Ia Superintendencia Nacional de Salud, dentro de los diez (10) dias siguientes a Ia separación del cargo, de conformidad con lo establecido en el numeral 1.4 del capitulo Tercero del Titulo IX de Ia Circular Unica de IaRESOLUCIONNUMERO °11726 DE 2018 HOJA No. 4 Continuación de Ia resoluciOn "Por Ia ct/al seremieve y designa Liquidador a Ia ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN FRANCISCO DE AS/S - departamento del ChocO, identificada con el NIT 891.680.047-5, en IntervenciOn Forzosa Administrat/va para Liquidar" Superintendencia Nacional de Salud, so pena de iniciar las actuaciones administrativas sancionatorias a que haya lugar. ( ... ) PARAGRAFO. En el evento en que no exista colaboraciôn por parte del Liquidador saliente con su reemplazo y/o no proceda con Ia entrega de Ia información requerida, se dará aplicación a lo establecido en el inciso quinto del articulo 25 de Ia ResoluciOn 002599 del 2016. ARTICULO TERCERO. NOTIFICAR PERSONALMENTE el contenido del presente acto administrativo a Ia doctora BLANCA ELVIRA CORTES REYES identificada con Ia cédula de ciudadania nümero 52.082.898 de Bogota, o a quien o se designe para tal efecto, a Ia dirección Calle 31 No. 3 - 29 Piso 2 y 3 del Barrio Cristo Rey del municiplo de Quibdó, departamento del ChocO, o a Ia direcciOn que para tal fin indique el Grupo de Notificaciones de Ia Superintendencia
Calle 31 No. 3 - 29 Piso 2 y 3 del Barrio Cristo Rey del municiplo de Quibdó, departamento del ChocO, o a Ia direcciOn que para tal fin indique el Grupo de Notificaciones de Ia Superintendencia de conformidad con lo establecido en los articulos 67 y 68 del COdigo de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. PARAGRAFO. Si no pudiere practicarse Ia notificaciOn personal, esta deberá surtirse mediante aviso, en los términos y para los efectos de los artIculos 68 y 69 del COdigo de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. ARTICULO CUARTO. DESIGNAR como Liquidador de Ia ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN FRANCISCO DE ASIS en lntervención Forzosa Administrativa para Liquidar, al doctor OMAR ALEXANDER PRIETO GARCIA, identificado con cédula de ciudadania 79.686.044 expedida en Bogota. El Liquidador designado, una vez posesionado, ejercerá las funciones propias de su cargo y tendrá Ia guarda y administraciOn de los bienes que se encuentren en poder de Ia entidad, junto con los dernás deberes y facultades que le asigne Ia ley. De conformidad con lo previsto en el numeral 8 del articulo 291 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, el Liquidador ejerceré funciones pCiblicas transitorias, previa posesiOn, sin perjuicio de Ia aplicabilidad, cuando sea el caso, de las reglas del derecho privado (actos de gestiOn) a los actos que ejecute en nombre de Ia entidad objeto de Ia toma de posesión. En virtud de lo anterior, de conformidad con el numeral 6 del articulo 295 del EOSF, Ia designaciOn del
los actos que ejecute en nombre de Ia entidad objeto de Ia toma de posesión. En virtud de lo anterior, de conformidad con el numeral 6 del articulo 295 del EOSF, Ia designaciOn del Liquidador no constituye relación laboral alguna con Ia Superintendencia Nacional de Salud. El doctor OMAR ALEXANDER PRIETO GARCIA, ejercerá las funciones como Liquidador a partir de Ia fecha de su posesiOn y deberá rendir a Ia Superintendencia Nacional de Salud, Ia informaciOn prevista en las normas del Sistema General de Seguridad Social en Salud, en el Estatuto Orgénico del Sistema Financiero; en el Decreto 2555 de 2010, Ley 254 del 2010 Modificada por Ia Ley 1105 del 2006, en el Capitulo Tercero del Titulo IX de Ia Circular Unica expedida por esta entidad. PARAGRAFO. Si el Liquidador designado rechaza el nombramiento o no se posesiona dentro de los términos indicados en el presente acto administrativo, serà excluido del registro, a menos que, en cumplimiento de su deber de informaciOn, manifieste que está incurso en una situaciOn de conflicto de interés, o acredita Ia ocurrencia de una circunstancia de fuerza mayor que le impida Ilevar a cabo el encargo. En este evento el Superintendente Nacional de Salud designaré una nueva persona de los candidatos restantes que le haya presentado el Comité de Medidas Especiales. ARTICULO QUINTO. NOTIFICAR PERSONALMENTE el contenido de Ia presente resoluciOn al doctor OMAR ALEXANDER PRIETO GARCIA identificado con cédula de ciudadania 79.686.044 expedida en Bogota, remitiendo para tal efecto citaciOn a Ia Carrera 19 A No. 149-47 de Bogota
doctor OMAR ALEXANDER PRIETO GARCIA identificado con cédula de ciudadania 79.686.044 expedida en Bogota, remitiendo para tal efecto citaciOn a Ia Carrera 19 A No. 149-47 de Bogota D.C., o al sitio que se indique para tal fin, por parte del Grupo de Notificaciones de Ia Superintendencia Nacional de Salud, en los términos del articulo 67 de Ia Ley 1437 de 2011. PARAGRAFO. El cargo de Liquidador es de obligatoria aceptación y el designado tendrá un plazo de cinco (5) dias habiles, contados a partir de Ia fecha que sea notificado, para aceptar el cargo y posesionarse del mismo.RESOLUCIONNUMERO 011726 DE 2018 HOJANo.5 ContinuaciOn de Ia resoluciOn "Porla ciial se remueveydesigna Liquidador a la ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN FRANCISCO DE AS/S - departarnento del ChocO, identificada con el NIT 891 680.04 7-5, en IntervenciOn Forzosa Administrativa para Liquidar" ARTICULO SEXTO. ORDENAR al Liquidador de Ia ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN FRANCISCO DE ASIS en intervenciOn Forzosa Administrativa para Liquidar, que una vez posesionado ejecute las siguientes actividades: La recuperaciOn de Ia cartera recuperable adeudada a Ia ESE HOSPITAL
DEPARTAMENTAL SAN FRANCISCO DE ASIS DE QUIBDO - CHOCO EN
LIQUIDAC ION.
DefiniciOn de Ia tenencia del bien inmueble de propiedad de Ia ESE en liquidación, que se encuentra ubicado en el barrio Julio Figueroa Villa de Quibdó - Chocó y que fue subdividido en tres lotes, que están en posesión de terceros tales como: La Cruz Roja
se encuentra ubicado en el barrio Julio Figueroa Villa de Quibdó - Chocó y que fue subdividido en tres lotes, que están en posesión de terceros tales como: La Cruz Roja Colombiana; Ciento Catorce (114) tenedores y Ia sede denominada Hospital Dia. La entrega formal del Archivo Central y Archivo de Ia LiquidaciOn al departamento del ChocO, incluidas las veintisiete (27) acreencias que se encuentran con bases de Giro para su pago con recursos del FONDO DE SALVAMENTO Y GARANTIAS PARA EL
SECTOR SALUD (FONSAET).
Realizar el cierre de Ia contabilidad y llegar a balance 0 de conformidad con el Decreto 2555 de 2010 Articulo 9.1.3.6.5. Entregar el acto administrativo por el cual se decreta el cierre de Ia liquidaciOn del Hospital Departamental San Francisco de Asis de Quibdó - Chocó. Que una vez aprobada Ia rendición de cuentas se deberá proceder a su protocolización y posterior entrega de una copia a Ia Superintendencia Delegada para las Medidas Especiales. PARAGRAFO. El Liquidador de Ia ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN FRANCISCO DE ASIS en intervenciOn Forzosa Administrativa para Liquidar en un término de diez (10) dias siguientes a su posesiOn como liquidador, deberá presentar a Ia Superintendencia Nacional de Salud un plan de trabajo para Ia culminaciOn de las actividades descritas en el presente articulo indicando Ia acción encaminada a Ia culminaciOn de Ia actividad y el plazo previsto para hacerlo. ARTICULO SEPTIMO. COMUNICAR el contenido de la presente resoluciOn a Ia firma Contralora
indicando Ia acción encaminada a Ia culminaciOn de Ia actividad y el plazo previsto para hacerlo. ARTICULO SEPTIMO. COMUNICAR el contenido de la presente resoluciOn a Ia firma Contralora INTEGRATED CONSULTANTS SAS, identificada con el NIT. 900.640.318-7, representada por Ia doctora EDIALA ESPERANZA RODRIGUEZ LOPEZ, identificada con cédula de ciudadania No. 51 .631 .672; mediante citaciOn dirigida al domicilio en Ia calle 106 nCimero 54-73 oficina 303 en Ia ciudad de Bogota D.C., o en el sitio que se indique para tal fin, por el Grupo de Notificaciones de Ia Superintendencia Nacional de Salud, en los términos del articulo 67 de Ia Ley 1437 de 2011. Si no pudiere practicarse Ia notificaciOn personal, esta deberá surtirse mediante aviso, en los términos y para los efectos de los articulos 68 y 69 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. ARTECULO OCTAVO. Contra Ia presente resoluciOn procede el recurso de reposición, que deberá ser interpuesto dentro de los diez (10) dias hábiles siguientes a su notificaciOn, ante el Despacho del Superintendente Nacional de Salud de conformidad con lo previsto en el articulo 76 y siguientes del COdigo de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. PARAGRAFO. Lo ordenado en Ia presente resoluciOn será de ejecuciOn inmediata. En consecuencia, el recurso de reposición que proceda contra Ia misma no suspenderá Ia ejecutoriedad del acto administrativo, en los términos del inciso tercero del articulo 6° del Decreto
consecuencia, el recurso de reposición que proceda contra Ia misma no suspenderá Ia ejecutoriedad del acto administrativo, en los términos del inciso tercero del articulo 6° del Decreto 506 de 2015, el articulo 2.5.5.1.9 del Decreto 780 y el inciso 4 0 del articulo 16 de Ia ResoluciOn 2599 de 2016. ARTECULO NOVENO. COMUNICAR el contenido de Ia presente resolución al Ministerio de Salud y Protección Social, al gobernador del departamento del ChocO y al alcalde del municipioRESOLUCIONNUMEROO11726 DE 2018 HOJANo.6 Continuación de Ia resoluciOn "Por Ia coal se rernueve y designa Liquidador a Ia ESE HOSPITAL DEPARTAMENTAL SAN FRANCISCO DE ASIS - departamento del ChocO. identificada con el NIT 891.680.047-5, en IntervenciOn Forzosa Administrativa pain Liquidar" de QuibdO. ARTICULO DECIMO. PUBLICAR el contenido de Ia presente resoluciOn en Ia página web de la Superintendencia Nacional de Salud. ARTCULO UNDECIMO. La presente resolución rige a partir de su expediciOn.
PUBLIQUESE, NOTIFIQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE FIOARISTI . 27 DIC 2018
ZABAL ANGEL SUPERINNDENTE NACIONAL DE SALUD Flaborn Allan I eerier intip, Mad da-- Profesronal EspecraJZad 7 RevisO Maria Andrea GodoyJefe de Ofrcirre Asesora Jrrri Claudia Mar itza Gdmez Preda Aeesora Despactro del Srrperiirrderrle Nacional de SaIrjd
RevisO Maria Andrea GodoyJefe de Ofrcirre Asesora Jrrri Claudia Mar itza Gdmez Preda Aeesora Despactro del Srrperiirrderrle Nacional de SaIrjd German Augrmslo Guerrero GOrmrez - Direclor de Medidas Especiales pare Presladores de Servicios de Salunl p Enrlidades del Orden Territorial Aprobô: Edna Paola Najar Rodriguez - Superrrrterrdemrte Deleqada pare las Mediclas Especiales El