SUPERSALUD - Resolución 055 de 2018
Superintendencia de Salud
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Detalles
- Título
- SUPERSALUD - Resolución 055 de 2018
- Autor
- Superintendencia de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2018
REPÚBLICA DE COLOMBIA
)wr SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD RESOLUCIÓN NÚMERO ÜÜ0055oE 2018 ·1 7 ENE 2018 "Por la cual se modifica el artículo tercero de la Resolución Nº1318 del 15 de julio de 2014, por la cual se establece el horario de trabajo y de atención al público en la Superintendencia Nacional de Salud" EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD (E) En ejercicio de sus facultades legales, en espedal las conferidas en los numerales 1 y 4 del articulo r del Decreto 2462 de 2013, el decreto 1744 de 2017, y CONSIDERANDO: Que el Decreto Nº 1876 de 1970 establece que el horario de trabajo y de atención al público en los Ministerios, Departamentos Administrativos, Superintendencias y Establecimientos Públicos, será fijado mediante Resolución por cada uno de los jefes de !os respectivos organismos. Que, en virtud de lo anterior, mediante Resolución Nº 1318 del 15 de julio de 2014, se estableció en la Superintendencia Nacional de Salud el horario de trabajo y de atención al público. Que el artículo tercero de la citada Resolución determinó que, el horario de atención al público en los Centros de Atención a! Ciudadano será de lunes a viernes de ocho de la maI1ana (8:00 a.m.) a cuatro de la tarde (4 00 p.m.) de manera continua. Que e! Superintendente Delegado para !a Protección al Usuario, mediante Memorando NURC 3-2018-000647 del 17 de enero de 2018, requiere se amplíe el horario de atención al público en el Centro de Atención al Ciudadano de la Superintendencia
NURC 3-2018-000647 del 17 de enero de 2018, requiere se amplíe el horario de atención al público en el Centro de Atención al Ciudadano de la Superintendencia Nacional de Salud, de siete de la mañana (7:00 a.m.) a cinco de la tarde (5:00 p.m.) en jornada continua, con el fin de ampliar, con calidad y eficiencia, !a atención a un mayor número de usuarios y facilitar la gestión de peticiones, quejas, redamos, denuncias y brindar orientación frente a diversos temas relacionados con el Sistema Genera! de Seguridad Social en Salud, derechos y deberes, entre otros En mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO. Modificar el articulo tercero de la Resolución Nº1318 del 15 de julio de 2014, por la cual se establece el horario de trabajo y de atención al público en la Superintendencia Nacional de Salud, el cual quedará así:RESOLUCIÓN NÚMERO 000055 DE 2018 __ HOJA No. 2 "Por la cual se mocliffca el articulo lercero de la Resolución Nº1318 del 15 de julio ele 2014. por la cual se establece el horario de trabajo y de atención al ptiblico en la Superintendencia Nacional de Salud·· <<ARTÍCULO TERCERO. - HORARIO DE ATENCIÓN AL PÚBLICO: El horario de atención al público en la Superintendencia Nacional de Salud será de lunes a viernes de ocho de la mañana (8:00 a.m.) a cuatro de ta tarde (4:00 p.m.), en jornada continua. En el Centro de Atención al Ciudadano, ubicado en la Carrera 13 No.28-08 Local 21 y 22 del Centro Internacional en la Ciudad de Bogotá, el horario será de lunes a viernes
En el Centro de Atención al Ciudadano, ubicado en la Carrera 13 No.28-08 Local 21 y 22 del Centro Internacional en la Ciudad de Bogotá, el horario será de lunes a viernes de siete de la mañana (7:00 a.m.) a cinco de la tarde (5:00 p.m.), en jornada continua.>> ARTÍCULO SEGUNDO. La presente Resolución rige a partir del 18 de enero de 2018. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá D.G., el día LUIS FERNANDO CRUZ ARAUJO Superintendente Nacional de Salud (E) 17 ENE 2018