SUPERSALUD - Resolución 0554 de 2011
Superintendencia de Salud
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Detalles
- Título
- SUPERSALUD - Resolución 0554 de 2011
- Autor
- Superintendencia de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2011
REPÚBLICA DE COLOMBIA
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD RESOLUCIÓN NÚMERO 493934 DE 2011 (14 ABR 2011) Por la cual se crean, organizan, y conforman los Grupos Internos de Trabajo en la Superintendencia Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos para la Salud, se determinan sus funciones y se dictan otras disposiciones EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD, en uso de las facultades legales conferidas en el artículo 233 de la Ley 100 de 1993, artículo 68 de la Ley 715 de 2001, artículos 35, 36, 37, 39 y 40 de la Ley 1122 de 2007, artículos 121, 128, 129, 130, 131, 133 y 134 la Ley 1438 de 2011 y, en particular, las señaladas en el numeral 5 del artículo 8 del Decreto 1018 del 30 de marzo de 2007, y CONSIDERANDO: Que el artículo 209 de la Constitución Nacional señala que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento, entre otros, en los principios de eficacia, economía y celeridad, lo cual podrá realizarse a través de mecanismos como la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones. Que el artículo Y de la Ley 489 de 1998 establece que las autoridades administrativas podrán, mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias. Que el mecanismo de delegación puede asumir diversas formas, como la delegación
administrativas podrán, mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias. Que el mecanismo de delegación puede asumir diversas formas, como la delegación entre autoridades pertenecientes a un mismo órgano o autoridad (L. 489/98, art. 9); la delegación entre autoridades públicas (L. 489/98, art. 14); y la delegación de firma (L. 489/98, art. 12) E el artículo 115 de la citada ley señala: 'ARTICULO 115. PLANTA GLOBAL Y GRUPOS INTERNOS DE TRABAJO. El Gobierno Nacional aprobará las plantas de personal de los organismos y entidades de que trata la presente ley de manera global. En todo caso el director del organismo distribuirá los cargos «de acuerdo con ja estructura, las necesidades de la organización y sus planes y programas. Con el fin de atender las necesidades del servicio y cumplir con eficacia y eficiencia los objetivos, políticas y programas del organismo o entidad, su representante legal podrá crear y organizar, con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo. oa. ResoLución Número. U0IOA pe 2011 HOJA No. 2 Continuación de la Resolución por la cual se crean, organizan, y conforman los Grupos Internos de Trabajo en la Superintendencia Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos para la Salud, se determinan sus funciones y se dictan otras disposiciones En el acto de creación de tales grupos se determinarán las tareas que deberán cumplir y las consiguientes responsabilidades y las demás normas necesarias para su funcionamiento.” Que es función del Superintendente Nacional de Salud reasignar y distribuir
En el acto de creación de tales grupos se determinarán las tareas que deberán cumplir y las consiguientes responsabilidades y las demás normas necesarias para su funcionamiento.” Que es función del Superintendente Nacional de Salud reasignar y distribuir competencias entre las distintas dependencias de la Superintendencia, cuando ello resulte necesario para el mejor desempeño de las funciones de inspección, vigilancia y control, así como expedir los actos administrativos correspondientes. Que la finalidad de la distribución es descongestionar los órganos superiores que conforman el aparato administrativo así como facilitar y agilizar la gestión de los asuntos administrativos, con el objeto de realizar y desarrollar los fines del Estado en beneficio de los administrados y en cumplimiento de los preceptos constitucionales. Que es procedente señalar las funciones que les corresponde desempeñar a las distintas dependencias, de acuerdo con la naturaleza de cada una de ellas y las necesidades de la Superintendencia Nacional de Salud, en particular, y del sector Salud, en general. Que según las necesidades del servicio, el Superintendente Nacional de Salud puede establecer, mediante resolución, grupos internos de trabajo sin que con ello modifique la estructura orgánica de la Superintendencia. Que en el marco de las funciones asignadas a este Despacho y en atención a lo expuesto en los anteriores considerandos, se hace necesario reasignar funciones entre las distintas dependencias y señalar lo que le corresponde a cada una de ellas, con el fin de delimitar, especificar y estructurar integralmente las funciones al interior de la Superintendencia Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos para la Salud y al interior de la Superintendencia Nacional de Salud. Que para lograr el adecuado desarrollo de las funciones asignadas a la
de la Superintendencia Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos para la Salud y al interior de la Superintendencia Nacional de Salud. Que para lograr el adecuado desarrollo de las funciones asignadas a la Superintendencia Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos para Salud, se hace necesario ordenar la creación, organización y conformación de Grupos Internos de Trabajo, en la Dirección General para la Inspección y Vigilancia de los Generadores de Recursos de Salud y en la Dirección General para la Inspección y Vigilancia de los Administradores de Recursos de Salud. Que en el acto de creación de los Grupos Internos de Trabajo, es necesario determinar las funciones que debe cumplir cada grupo, las responsabilidades y demás elementos necesarios para su funcionamiento y operación. Que en cada Grupo se designará un coordinador interno de trabajo quien será respo sable y encargado de cumplir con la organización, articulación, seguimiento, monitoreo y supervisión de las funciones asignadas al respectivo grupo, quien podrá firmfíar comunicaciones de conformidad con las orientaciones taxativamente establecidas por el Superintendente Delegado. Que por lo anterior, el Superintendente Nacional de Salud, en ejercicio de sus 1 atribuciones legales, Ñ RESUELVE: ARTÍCULO PRIMERO..- Crear, organizar y conformar en la Dirección General para la Inspección y Vigilancia de los Generadores de Recursos de Salud de la Superintendencia Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos yeRESOLUCIÓN NÚMERO 00554 DEL 2011 HOJA No. _ 3 Continuación de la Resolución por la cual se crean, organizan, y conforman los Grupos Internos de
Superintendencia Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos yeRESOLUCIÓN NÚMERO 00554 DEL 2011 HOJA No. _ 3 Continuación de la Resolución por la cual se crean, organizan, y conforman los Grupos Internos de Trabajo en la Superintendencia Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Económicas para la Salud, se determinan sus funciones y se dictan otras disposiciones Económicos para Salud los siguientes Grupos Internos de Trabajo:
1. Grupo Licores y otras Bebidas
2. Grupo Juegos de Suerte y Azar ARTÍCULO SEGUNDO.- Designar un coordinador de cada grupo interno de trabajo quien, además de las funciones asignadas, será el encargado de articular, organizar y supervisar el desarrollo, seguimiento y monitoreo de las funciones que a
continuación se relacionan:
1. GRUPO LICORES Y OTRAS BEBIDAS 1) Estructurar el sistema de monitoreo y seguimiento con indicadores de alerta temprana, financieros y de gestión que permita la evaluación de la estructura financiera, la identificación de situaciones de riesgo financiero y la toma de correctivos por parte de los sujetos vigilados. 2) En coordinación con la Superintendencia Delegada de Medidas Especiales efectuar seguimiento, monitoreo y evaluación al comportamiento financiero y de los indicadores de las entidades con medida de intervención o en proceso de liquidación. 3) Adelantar el análisis y seguimiento al comportamiento y al cumplimiento de los indicadores. 4) En el marco de los resultados del sistema de monitoreo y seguimiento proponer a la Dirección planes estratégicos, el plan anual de actividades y de visitas. 5) Apoyar la realización de los estudios económicos, administrativos, financieros y
indicadores. 4) En el marco de los resultados del sistema de monitoreo y seguimiento proponer a la Dirección planes estratégicos, el plan anual de actividades y de visitas. 5) Apoyar la realización de los estudios económicos, administrativos, financieros y de gestión de los recursos de la salud, que se requieran de conformidad con las competencias de la Superintendencia Delegada para la Generación y la Gestión de los Recursos Económicos para la Salud. 6) Realizar la inspección y vigilancia permanente de los recursos destinados para el sector salud y verificar integralmente estos recursos en el contexto de la estructura financiera de las entidades territoriales las fuentes y usos, en coordinación con el Grupo de Entidades Territoriales de la Dirección General para la Inspección y Vigilancia de los Administradores de Recursos de Salud. 7) Presentar informes periódicos al Director y al Superintendente Delegado para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos para la Salud, con las acciones a realizar para que se logre el flujo de los recursos por este concepto. 8) Evaluar integralmente al interior de la Dirección el cumplimiento de las metas y el comportamiento de los vigilados para presentar informes a la Superintendencia Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos para la Salud. / 9) Efectuar seguimiento, monitoreo y evaluación permanente al comportamiento de los sistemas de información que soportan la inspección y vigilancia y presentar propuestas para su fortalecimiento. 10)Realizar seguimiento, monitoreo y evaluación permanente a la Circular Única y presentar propuestas de ajuste. 11)Mantener actualizada la información publicada en la página web de la (arE
RESOLUCIÓN NÚMERO 00554 DEL 2011 HOJA No. 4
presentar propuestas de ajuste. 11)Mantener actualizada la información publicada en la página web de la (arE
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Continuación de la Resolución por la cual se crean, organizan, y conforman los Grupos Internos de Trabajo en la Superintendencia Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos para la Salud, se determinan sus funciones y se dictan otras disposiciones Superintendencia Nacional de Salud de acuerdo con la estructura definida para tal fin. 12)Proporcionar asistencia técnica a los vigilados y al interior de la Delegada en lo relacionado con el monopolio de licores y el IVA cedido a salud. 13)Desarrollar y ejecutar acciones para ejercer la inspección y vigilancia permanente de la explotación, organización, administración del monopolio de licores y transferencia de los recursos al sector salud. 14)Desarrollar y ejecutar acciones para la inspección y vigilancia a la liquidación, recaudo, transferencia, giro y cobro del IVA cedido al sector de la salud por los sujetos pasivos del impuesto. 15)Revisar el cumplimiento de las normas, instrucciones, circulares, procedimientos y demás actos administrativos que expida el Ministerio de la Protección Social, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y la Superintendencia, entre otras, en relación con los vigilados relacionados con licores y bebidas. 16)Coordinar con la Federación Nacional de Departamentos para establecer acciones conjuntas relacionadas con el monopolio de licores y el IVA cedido a salud y el fortalecimiento del recaudo del IVA cedido a salud. 17)Adelantar actividades de inspección y vigilancia de los aspectos administrativos,
acciones conjuntas relacionadas con el monopolio de licores y el IVA cedido a salud y el fortalecimiento del recaudo del IVA cedido a salud. 17)Adelantar actividades de inspección y vigilancia de los aspectos administrativos, operacionales, técnicos, financieros (Presupuestales, de Recaudo, Contables) y de riesgos de los vigilados. 18)Verificar la razonabilidad, la calidad y consistencia de las cifras que reflejan la situación financiera de los vigilados, así como los resultados de operación de los periodos contables intermedios y de fin del ejercicio, el comportamiento histórico y los que se requieran. 19) Mantener actualizadas las estadísticas sobre los recursos destinados a salud por el monopolio de licores y el IVA cedido al sector de la salud. 20) Apoyar y asegurar la planeación y ejecución de visitas inspectivas, de carácter regular o especial, necesarias para llevar a cabo las acciones de inspección y vigilancia, teniendo en cuenta el Sistema de Alertas Tempranas, Sistema de Monitoreo y Seguimiento de Indicadores. 21)Elaborar, en cumplimiento del Sistema de Monitoreo y Seguimiento, los informes de visitas con la oportunidad y calidad requeridas. 22)Analizar, verificar y evaluar el cumplimiento de los planes de mejoramiento. 23)Proyectar para firma del Director y/o Delegado los informes a los organismos de control, para lo de su competencia, sobre las irregularidades o presuntas irregularidades de los responsables de la explotación, organización y administración del monopolio de licores y los responsables del IVA cedido a salud. 4)Eh el marco del Sistema de Monitoreo y Seguimiento proyectar las actuaciones administrativas a que haya lugar para la revisión del Director y firma del
administración del monopolio de licores y los responsables del IVA cedido a salud. 4)Eh el marco del Sistema de Monitoreo y Seguimiento proyectar las actuaciones administrativas a que haya lugar para la revisión del Director y firma del Superintendente Delegado para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos para la Salud, así como las restantes actuaciones dentro de las investigaciones administrativas que se surtan, de competencia del Grupo. j Y NSRESOLUCIÓN NÚMERO 0 0 9 9 4 DEL 2011 HOJA No. _ 9 Continuación de la Resolución por la cual se crean, organizan, y conforman los Grupos Internos de Trabajo en la Superintendencia Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos para la Salud, se determinan sus funciones y se dictan otras disposiciones 25)Las actuaciones administrativas relacionadas con el cumplimiento del cargue de la información deben contar previamente con la verificación y certificación de la Oficina de Tecnología de la Información. 26)Adelantar seguimiento y control a los términos de las actuaciones administrativas, en el marco del Código Contencioso Administrativo y los procedimientos establecidos en la Superintendencia Nacional de Salud. 27/)Responder los derechos de petición de competencia del Grupo, con la oportunidad y calidad requeridas. 28)Establecer el control y seguimiento a la correspondencia de entrada y salida. 29)Mantener actualizados los reportes e indicadores del tablero de control. 30)Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del Grupo.
2. GRUPO JUEGOS DE SUERTE Y AZAR 1) Estructurar el sistema de monitoreo y seguimiento con indicadores de alerta temprana, financieros y de gestión que permita la evaluación de la estructura
2. GRUPO JUEGOS DE SUERTE Y AZAR 1) Estructurar el sistema de monitoreo y seguimiento con indicadores de alerta temprana, financieros y de gestión que permita la evaluación de la estructura financiera, la identificación de situaciones de riesgo financiero y la toma de correctivos por parte de los sujetos vigilados. 2) En coordinación con la Superintendencia Delegada de Medidas Especiales efectuar seguimiento, monitoreo y evaluación al comportamiento financiero y de los indicadores de las entidades con medida de intervención o en proceso de liquidación. 3) Adelantar el análisis y seguimiento al comportamiento y al cumplimiento de los indicadores. 4) En el marco de los resultados del sistema de monitoreo y seguimiento proponer a la Dirección planes estratégicos, el plan anual de actividades y de visitas. 5) Apoyar la realización de los estudios económicos, administrativos, financieros y de gestión de los recursos de la salud, que se requieran de conformidad con las competencias de la Superintendencia Delegada para la Generación y la Gestión de los Recursos Económicos para la Salud. 6) Realizar la inspección y vigilancia permanente de los recursos destinados para el sector salud y verificar integralmente estos recursos en el contexto de la estructura financiera de las entidades territoriales las fuentes y usos, en coordinación con el Grupo de Entidades Territoriales de la Dirección General para la Inspección y Vigilancia de los Administradores de Recursos de Salud. '/ 7) Presentar informes periódicos al Director y al Superintendente Delegado para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos para la Salud, con las acciones a realizar para que se logre el flujo de los recursos por este concepto.
'/ 7) Presentar informes periódicos al Director y al Superintendente Delegado para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos para la Salud, con las acciones a realizar para que se logre el flujo de los recursos por este concepto. da Evaluar integralmente al interior de la Dirección el cumplimiento de las metas y el comportamiento de los vigilados para presentar informes a la Superintendencia Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos para la Salud. 9) Efectuar seguimiento, monitoreo y evaluación permanente al comportamiento de dE” (02HE RESOLUCIÓN NÚMERO _ 00534 DEL 2011 HOJA No. _ 6 Continuación de la Resolución por la cual se crean, organizan, y conforman los Grupos Internos de Trabajo en la Superintendencia Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos para la Salud, se determinan sus funciones y se dictan otras disposiciones los sistemas de información que soportan la inspección y vigilancia y presentar propuestas para su fortalecimiento. 10)Realizar seguimiento, monitoreo y evaluación permanente a la Circular Única y presentar propuestas de ajuste. 11)Mantener actualizada la información publicada en la página web de la Superintendencia Nacional de Salud de acuerdo a la estructura definida para tal fin. 12)Proporcionar asistencia técnica a los vigilados y al interior de la Delegada en lo relacionado al monopolio de juegos de suerte y azar, y colaborar con el Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar, en los casos requeridos, en la elaboración de conceptos técnicos. 13)Proponer y diseñar estrategias para mejorar los mecanismos de supervisión de los diferentes operadores de juegos de suerte y azar.
Nacional de Juegos de Suerte y Azar, en los casos requeridos, en la elaboración de conceptos técnicos. 13)Proponer y diseñar estrategias para mejorar los mecanismos de supervisión de los diferentes operadores de juegos de suerte y azar. 14)Desarrollar y ejecutar acciones para ejercer la inspección y vigilancia permanente sobre la liquidación, el recaudo, transferencia y giro de los recursos del monopolio de juegos de suerte y azar, de conformidad con la legislación vigente. 15)Revisar el cumplimiento de las normas, instrucciones, circulares, procedimientos y demás actos administrativos que expida el Ministerio de la Protección Social, el Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar y la Superintendencia, entre otras, en relación con los vigilados. 16)Adelantar actividades de inspección y vigilancia al cumplimiento de la ley del régimen propio y de los reglamentos de las distintas modalidades de juego de suerte y azar. 17) Verificar el cumplimiento de los indicadores aplicados por el Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar para calificar la gestión, eficiencia y rentabilidad de las empresas operadoras del juego de apuestas permanentes o chance, empresas industriales comerciales del Estado, Sociedades de Capital Público Departamental (SCPD), administradoras u operadoras de juegos de suerte y azar, la Cruz Roja y de los particulares, que operen el juego de lotería tradicional o de billetes. 18) Verificar el cumplimiento de los indicadores establecidos por el Consejo Nacional de Juegos de Suerte y Azar para los eventos o situaciones en que las empresas industriales comerciales del Estado, Sociedades de Capital Público Departamental (SCPD), administradoras u operadoras de juegos de suerte y azar,
de Juegos de Suerte y Azar para los eventos o situaciones en que las empresas industriales comerciales del Estado, Sociedades de Capital Público Departamental (SCPD), administradoras u operadoras de juegos de suerte y azar, la Cruz Roja y de los particulares, que operen el juego de lotería tradicional o de billetes deben someterse a los planes de desempeño para recobrar su viabilidad financiera e institucional. V4 9)Realizar seguimiento y evaluación permanente a los contratos de concesión, para verificar el cumplimiento legal y contractual. 20)Realizar seguimiento y evaluación permanente al sistema de monitoreo para la operación en línea y tiempo real del juego de apuestas permanentes o chance. 21)Desarrollar y ejecutar un sistema de monitoreo para la operación de los juegos localizados en línea y en tiempo real. 22)Adelantar actividades de inspección y vigilancia de los aspectos administrativos, LE es= RESOLUCIÓN NÚMERO 0 0 9 Y 4 DEL 2011 HOJA No. __7 Continuación de la Resolución por la cual se crean, organizan, y conforman los Grupos Internos de Trabajo en la Superintendencia Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos para la Salud, se determinan sus funciones y se dictan otras disposiciones operacionales, técnicos, financieros (Presupuestales, de Recaudo, Contables) y de riesgos de los vigilados. 23)Verificar la razonabilidad, la calidad y consistencia de las cifras que reflejan la situación financiera de los vigilados, así como los resultados de operación de los periodos contables intermedios y de fin del ejercicio, el comportamiento histórico y los que se requieran. 24)Mantener actualizadas las estadísticas sobre los recursos destinados a salud por
situación financiera de los vigilados, así como los resultados de operación de los periodos contables intermedios y de fin del ejercicio, el comportamiento histórico y los que se requieran. 24)Mantener actualizadas las estadísticas sobre los recursos destinados a salud por el monopolio de juegos de suerte y azar. 25)Efectuar seguimiento al giro y destinación, por parte de los diferentes operadores, de los premios no reclamados, de conformidad con los parámetros establecidos en el artículo 12 de la Ley 1393 de 2010 y las demás normas que la modifiquen o sustituyan. 26)Apoyar y asegurar la planeación y ejecución de visitas inspectivas, de carácter regular o especial, necesarias para llevar a cabo las acciones de inspección y vigilancia, teniendo en cuenta el Sistema de Alertas Tempranas, Sistema de Monitoreo y Seguimiento de Indicadores. 27)Elaborar, en cumplimiento del Sistema de Monitoreo y Seguimiento, los informes de visitas con la oportunidad y calidad requeridas. 28)Analizar, verificar y evaluar el cumplimiento de los planes de desempeño. 29)En el marco del Sistema de Monitoreo y Seguimiento proyectar las actuaciones administrativas a que haya lugar para la revisión del Director y firma del Superintendente Delegado para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos para la Salud, así como las restantes actuaciones dentro de las investigaciones administrativas que se surtan, de competencia del Grupo. 30)Las actuaciones administrativas relacionadas con el cumplimiento del cargue de la información deben contar previamente con la verificación y certificación de la Oficina de Tecnología de la Información. 31)Adelantar seguimiento y control a los términos de las actuaciones administrativas,
30)Las actuaciones administrativas relacionadas con el cumplimiento del cargue de la información deben contar previamente con la verificación y certificación de la Oficina de Tecnología de la Información. 31)Adelantar seguimiento y control a los términos de las actuaciones administrativas, en el marco del Código Contencioso Administrativo y los procedimientos establecidos en la Superintendencia Nacional de Salud. 32)Responder los derechos de petición de competencia del Grupo, con la oportunidad y calidad requeridas. 33)Establecer el control y seguimiento a la correspondencia de entrada y salida. 34) Mantener actualizados los reportes e indicadores del tablero de control. /á5)Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del Grupo. ARTÍCULO TERCERO.- Crear, organizar y conformar en la Dirección General para a Inspección y Vigilancia de los Administradores de Recursos de Salud de la uperintendencia Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos conómicos para Salud los siguientes Grupos Internos de Trabajo:
1. Grupo Entidades Territoriales
2. Grupo Fondo de Solidaridad y Garantía — FOSYGA
3. Grupo Evaluación y Seguimiento Integral de Prestadores de Servicios de ¡ASE RESOLUCIÓN NÚMERO 00554 DEL 2011 HOJA No. _ 8
Continuación de la Resolución por la cual se crean, organizan, y conforman los Grupos Internos de Trabajo en la Superintendencia Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos para la Salud, se determinan sus funciones y se dictan otras disposiciones Salud
4. Grupo Evaluación y Seguimiento Integral de EAPB
5. Grupo Empleadores ARTÍCULO CUARTO.- Designar un coordinador de cada grupo interno de trabajo
para la Salud, se determinan sus funciones y se dictan otras disposiciones Salud
4. Grupo Evaluación y Seguimiento Integral de EAPB
5. Grupo Empleadores ARTÍCULO CUARTO.- Designar un coordinador de cada grupo interno de trabajo quien, además de las funciones asignadas, será el encargado de articular, organizar y supervisar el desarrollo, seguimiento y monitoreo de las funciones que a
continuación se relacionan:
1. GRUPO ENTIDADES TERRITORIALES 1) Estructurar el sistema de monitoreo y seguimiento con indicadores de alerta temprana, financieros y de gestión que permita la evaluación de la estructura financiera, la identificación de situaciones de riesgo financiero y la toma de correctivos por parte de los sujetos vigilados. 2) En coordinación con la Superintendencia Delegada de Medidas Especiales efectuar seguimiento, monitoreo y evaluación al comportamiento financiero y de los indicadores de las entidades con medida de intervención o en proceso de liquidación. 3) Coordinar con los Grupos Internos de Trabajo de la Superintendencia Delegada para la Atención en Salud para establecer acciones conjuntas relacionadas con las funciones de inspección y vigilancia. 4) Adelantar el análisis y seguimiento al comportamiento y al cumplimiento de los indicadores. 5) En el marco de los resultados del sistema de monitoreo y seguimiento proponer a la Dirección planes estratégicos, el plan anual de actividades y de visitas. 6) Apoyar la realización de los estudios económicos, administrativos, financieros y de gestión de los recursos de la salud, que se requieran de conformidad con las competencias de la Superintendencia Delegada para la Generación y la Gestión de los Recursos Económicos para la Salud.
de gestión de los recursos de la salud, que se requieran de conformidad con las competencias de la Superintendencia Delegada para la Generación y la Gestión de los Recursos Económicos para la Salud. 7) Realizar la inspección y vigilancia permanente de los recursos destinados para el sector salud y verificar integralmente estos recursos en el contexto de la estructura financiera de las entidades territoriales las fuentes y usos, en coordinación con los grupos que se relacionan a continuación: Juegos de Suerte y Azar, Licores y Otras Bebidas, Fondo de Solidaridad y Garantía - FOSYGA Evaluación y seguimiento Integral de EAPB Evaluación y Seguimiento Integral de Prestadores de Servicios de Salud Presentar informes periódicos al Director y al Superintendente Delegado para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos para la Salud, con las acciones a realizar para que se logre el flujo de los recursos por este concepto. Evaluar integralmente al interior de la Dirección el cumplimiento de las metas y el comportamiento de los vigilados para presentar informes a la Superintendencia Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos para la Salud. paA RESOLUCIÓN NÚMERO _ 00554 DEL 2011 HOJA No. _ 9 Continuación de la Resolución por la cual se crean, organizan, y conforman los Grupos Internos de Trabajo en la Superintendencia Delegada para la Generación y Gestión de los Recursos Económicos para la Salud, se determinan sus funciones y se dictan otras disposiciones 10)Efectuar seguimiento, monitoreo y evaluación permanente al comportamiento de los sistemas de información que soportan la inspección y vigilancia y presentar propuestas para su fortalecimiento.
para la Salud, se determinan sus funciones y se dictan otras disposiciones 10)Efectuar seguimiento, monitoreo y evaluación permanente al comportamiento de los sistemas de información que soportan la inspección y vigilancia y presentar propuestas para su fortalecimiento. 11)Realizar seguimiento, monitoreo y evaluación permanente a la Circular Única y presentar propuestas de ajuste. 12)Mantener actualizada la información publicada en la página web de la Superintendencia Nacional de Salud de acuerdo a la estructura definida para tal fin. 13)Proporcionar asistencia técnica a los vigilados y al interior de la Delegada en lo relacionado con los temas de competencia del grupo. 14)Efectuar monitoreo, seguimiento y evaluación permanente a la labor de las entidades territoriales sobre el ajuste y aplicación de las normas relacionadas con el funcionamiento de los fondos de salud, y de la competencia de los departamentos en la dirección, coordinación y vigilancia del sector salud y del Sistema General de Seguridad Social en Salud en el territorio de su jurisdicción. 15)En el marco de las responsabilidades de las entidades territoriales proponer y
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