SUPERSALUD - Resolución 0759 de 2017
Superintendencia de Salud
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Detalles
- Título
- SUPERSALUD - Resolución 0759 de 2017
- Autor
- Superintendencia de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2017
REPUBLICA DE COLOMBIA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD ResoLución Número 0907599nE 2017 (04 MAY 2017 ) Por medio de la cual se fijan los honorarios mensuales al Contralor designado para la medida preventiva de vigilancia especial adoptada por la Superintendencia Nacional de Salud a la Empresa Mutual para el Desarrollo Integral de la Salud E.S.S. "EMDISALUD” E.S.S., identificada con NIT. 811.004.055-5, mediante Resolución 002923 del 29 de septiembre de 2016 EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD En uso de sus atribuciones legales y reglamentarias, en especial las que le confieren el articulo 26 de la Ley 1797 de 2016, el numeral 4 del articulo 295 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, modificado por el artículo 28 de la Ley 510 de 1999, el Decreto 2462 de 2013, la Resolución 002876 de 2012 y CONSIDERANDO Que la Superintendencia Nacional de Salud, de conformidad con lo establecido en el artículo 113 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, que consagra las medidas diseñadas para prevenir la toma de posesión de las entidades sometidas a su inspección, vigilancia y control, mediante Resolución 2556 del 31 de diciembre de 2013, adoptó medida preventiva de vigilancia especial a la Empresa Mutual para el Desarrollo Integral de la Salud E.S.S. "EMDISALUD” E.S.5S., identificada con NIF. 811.004.055-5, por el término de un (1) año prorrogable. Que mediante las Resoluciones 4152 del 26 de diciembre de 2014, 1109 del 26 de junio y
E.S.5S., identificada con NIF. 811.004.055-5, por el término de un (1) año prorrogable. Que mediante las Resoluciones 4152 del 26 de diciembre de 2014, 1109 del 26 de junio y 002809 del 29 de diciembre de 2015, 000867 del 30 de marzo, 002923 del 29 de septiembre de 2016 y 000549 del 31 de marzo de 2017, la Superintendencia Nacional de Salud prorrogó el término de la medida preventiva de vigilancia especial a la Empresa Mutual para el Desarrollo Integral de la Salud E.S.S. "EMDISALUD” E.S.S. Que la Resolución 000549 del 31 de marzo de 2017, citada en el párrafo anterior, prorrogó la medida preventiva de vigilancia especial a la Empresa Mutual para el Desarrollo Integral de la Salud E.S.S. "EMDISALUD” E.S.S. hasta el 30 de septiembre de 2017. Que en el artículo cuarto de la Resolución 002923 del 29 de septiembre de 2016, la Superintendencia Nacional de Salud designó como Contralor para la medida preventiva de vigilancia especial adoptada a la Empresa Mutual para el Desarrollo Integral de la Salud E.S.S. "EMDISALUD” E.S.S. a la Sociedad de Auditorias y Consultorías SAS — Sac Consulting SAS, identificada con Nit. 819.002.575-3, representada legalmente por el doctor Never Enrique Mejía Matute, identificado con C.C. 15.681.137, quien tomó posesión del cargo el día 6 de octubre de 2016, según Acta de Posesión S.D.M.E. 25 de 2016. Que la Superintendencia Nacional de Salud mediante Resolución 002876 del 20 de septiembre
2016, según Acta de Posesión S.D.M.E. 25 de 2016. Que la Superintendencia Nacional de Salud mediante Resolución 002876 del 20 de septiembre de 2012, estableció el procedimiento para la evaluación, cálculo y fijación de los honorarios de los Contralores de las entidades en las cuales se adopte medida preventiva de vigilancia especial. Que la Superintendencia Delegada para las Medidas Especiales efectuó la evaluación y cálculo de los honorarios para el Contralor designado y, de dicho análisis y aplicados los criterios establecidos en el artículo 2 de la Resolución 002876 de 2012, se obtuvo para la entidadRESOLUCIÓN NÚMERO C90'799 De 2017 HOJA No. > "Por medio de la cual se fijan los honorarios mensuales al Contralor designado para la medida preventiva de vigilancia especial adoptada por la Superintendencia Nacional de Salud a la Empresa Mutual para el Desarrollo Integral de la Salud E.S.S. “EMDISALUD" E. S.S.. identificada con NIT. 811.004.055-5, mediante Resolución 002923 del 29 de septiembre de 2016" vigilada un puntaje total de cincuenta y cuatro (54) puntos, clasificándose en la categoría 4”, según la tabla de designación de honorarios, correspondiéndole un monto de honorarios de cincuenta y cuatro (54) Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes. Que en aplicación del inciso 2? del parágrafo del artículo 2” de la Resolución 2876 de 2012, los honorarios de los Contralores designados en las entidades objeto de medida de vigilancia especial, equivaldrán a! 80% del valor obtenido en SMLMYV, según la tabla de asignación de
honorarios de los Contralores designados en las entidades objeto de medida de vigilancia especial, equivaldrán a! 80% del valor obtenido en SMLMYV, según la tabla de asignación de honorarios, es decir, lo equivalente a cuarenta y tres coma veinte (43,20) SMLMYV. Que en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 6 del artículo 26 del Decreto 2462 de 2013, la Superintendencia Delegada para las Medidas Especiales, mediante memorando 3-2017006015, le propuso al Superintendente Nacional de Salud los honorarios que percibirá la Sociedad de Auditorias 84 Consultorías S.A.S. - Sac Consulting S.A.S, en calidad de Contralor designado para medida preventiva de vigilancia especial adoptada a la Empresa Mutual para el Desarrollo Integral de la Salud E.S.S. “EMDISALUD” E.S.S. Que de acuerdo con lo anterior, se procede a fijar los honorarios a la Sociedad de Auditorias $ Consultorías S.A.S. - SAC CONSULTING S.A.S., en cuarenta y tres coma veinte (43,20) SMLMV, los cuales se causarán a partir de la fecha de posesión y con cargo a la Empresa Mutual para el Desarrollo Integral de la Salud E.S.S. "EMDISALUD” E.S.S. Que en mérito de lo expuesto, este Despacho, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. FIJAR los honorarios mensuales a la SOCIEDAD DE AUDITORÍAS 3. CONSULTORÍAS S.A.S. - SAC CONSULTING S.A.S., identificada con Nit 819.002.575-3, designada como Contralor para la medida preventiva de vigilancia espectal adoptada por la Superintendencia Nacional de Salud a la Empresa Mutual para el Desarrollo Integral de la Salud
designada como Contralor para la medida preventiva de vigilancia espectal adoptada por la Superintendencia Nacional de Salud a la Empresa Mutual para el Desarrollo Integral de la Salud E.S.S. "EMDISALUD” E.S.S., identificada con Nit. 811.004.055-5, en la suma equivalente a cuarenta y tres coma veinte (43,20) SMLMV, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente resolución. PARÁGRAFO. Los honorarios fijados en el presente acto administrativo a la SOCIEDAD DE AUDITORÍAS €, CONSULTORÍAS S.A.S. - SAC CONSULTING S.A.S. se causarán a partir de la fecha de posesión y con cargo a la Empresa Mutual para el Desarrollo Integral de la Salud
E.S.S. "EMDISALUD” E.S.S.
ARTÍCULO SEGUNDO. NOTIFICAR PERSONALMENTE el contenido del presente acto administrativo al Representante Legal de la Sociedad de Auditorias 4 Consultorías S.A.S. - Sac Consulting S.A.S, doctor Never Enrique Mejía Matute, identificado con cédula de ciudadanía 15.681.157, 0 a quien haga sus veces o a quien se designe para tal efecto, en la carrera 15 4 95-35 oficina 204 — 205 de la ciudad de Bogotá, o en el sitio que se indique para tal fin, por el Grupo de Notificaciones de la Superintendencia Nacional de Salud, en los términos del artículo 67 de la Ley 1437 de 2011. PARAGRAFO. Si no pudiera practicarse la notificación personal, ésta deberá surtirse mediante aviso, en los términos de los artículos 68 y 69 de la Ley 1437 de 2011. ARTICULO TERCERO. NOTIFICAR PERSONALMENTE el contenido del presente acto
aviso, en los términos de los artículos 68 y 69 de la Ley 1437 de 2011. ARTICULO TERCERO. NOTIFICAR PERSONALMENTE el contenido del presente acto administrativo al Representante Legal de la Empresa Mutual para el Desarrollo Integral de la Salud E.S.S. "EMDISALUD” E.S.S., doctor Jorge Nicolás Olano Mejía, identificado con la cédula de ciudadanía No. 3.347.981 o a quien haga sus veces o a quien se designe para tal efecto, en la Calle 22 No. 8 A-38 de la ciudad de Montería — Córdoba, o en el sitio que se indique para tal fin, por el Grupo de Notificaciones de la Superintendencia Nacional de Salud, en los términos del artículo 67 de la Ley 1437 de 2011.RESOLUCIÓN NÚMERO 000759 De 2017 HOJA No. 3 “Por medio de la cual se fijan los honorarios mensuales al Contralor designado para la medida preventiva de vigilancia especial adoptada por la Superintendencia Nacional de Salud a la Empresa Mutual para el Desarrollo Integral de la Salud E.S.S. “EMDISALUD” E.S.S., identificada con NIT. 811.004. 055-5, mediante Resolución 002923 del 29 de septiembre de 2016” PARAGRAFO. Si no pudiera practicarse la notificación personal, ésta deberá surtirse mediante aviso, en los términos de los artículos 68 y 69 de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Contra la presente resolución procede el recurso de reposición, el cual podrá interponerse por escrito en la diligencia de notificación personal o dentro de los diez (10) dias siguientes a su notificación, dentro del término y con los requisitos establecidos en los
podrá interponerse por escrito en la diligencia de notificación personal o dentro de los diez (10) dias siguientes a su notificación, dentro del término y con los requisitos establecidos en los artículos 76 y 77 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. ARTÍCULO QUINTO. PUBLICAR el contenido del presente acto administrativo en la página web de la Superintendencia Nacional de Salud. ARTICULO SEXTO. La presente Resolución rige a partir de su expedición. Dada en Bogotá, a los 0 4 MAY 2017
NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
NORMAN JULIO MUÑOZ|MUÑOZ
SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD Proyecto Diana Ximena García ne A AP Revisó Walter Romero Alvarez Director de Medidas Especiales paja E Francisco Morales Falla, Jefe Oticina Asesora Juridica 5d Aprobo Javier Antomo Villarreal Willaquirán, Superintendente Delegado para Medidas Especiales