SUPERSALUD - Resolución 0821 de 2009
Superintendencia de Salud
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Detalles
- Título
- SUPERSALUD - Resolución 0821 de 2009
- Autor
- Superintendencia de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2009
REPUBLICA DE COLOMBIA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD RESOLUCIÓN NÚMERO | 821 DE 2009 “E. A 208 ) Por la cual se modifica la Resolución No. 737 de 2009 EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas en la Ley 100 de 1993, Ley 715 de 2001 y Ley 1122 de 2007, y los Decretos 1018 de 2007, 1015 de 2002, 2211 de 2004, y, CONSIDERANDO IL ANTECEDENTES DEL CASO Que mediante Resolución No. 737 del 8 de junio de 2009 expedida por el Superintendente Nacional de Salud, se ordenó la Intervención Técnica Forzosa Técnica y Administrativa de
la SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE SALUD DE BOLIVAR .
Que en el Artículo Tercero de la mencionada Resolución, se designó como Agente Especial de la Secretaria Departamental de Salud de Bolívar al Dr. JUAN PABLO CONTRERAS LIZARAZO, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.650.494. Il. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Que se decide modificar el contenido de la Resolución Nro 737 de 2009 designando Agente Especial diferente al allí nombrado para el desarrollo del proceso intervención Forzosa Técnica y Administrativa de la Secretaría Departamental de Salud de Bolívar en intervención. Que una vez revisado el registro de interventores, liguidadores, y contralores que lleva la Superintendencia Delegada para Medidas Especiales de la Superintendencia Nacional de Salud, por disposición del numeral cuarto del Artículo 21% del Decreto 1018, se pudo
Superintendencia Delegada para Medidas Especiales de la Superintendencia Nacional de Salud, por disposición del numeral cuarto del Artículo 21% del Decreto 1018, se pudo determinar que existen personas idóneas para ser designadas como agente Especial de la Secretaría Departamental de Salud de Bolívar. Que analizada la documentación por parte de los inscritos como Agentes Interventores, este Despacho procedió a realizar la evaluación de la documentación allegada por las personas naturales y jurídicas para actuar como Agente Interventor en el Registro de interventores de la Superintendencia Nacional de Salud, de cuyo estudio, se concluyó que el Doctor ADOLFO ARTURO CASTILLO VELASCO, resulta ser la persona natural idónea para ejercer como Agente Interventor de la Entidad de autos, habida consideración de su trayectoria y experiencia profesional. En mérito de lo expuesto, este Despacho, E F£ E E E h E RESOLUCIÓN NÚMERO)? OZ L DE 2009. HOJA No. a Por la cual se modifica la resolución No. 737 DE 2009emueve y designa el Agente Interventor Departamento Administrativo de Salud y Seguridad Social del Choco DASALUD en mtervención.
RESUELVEARTÍCULO PRIMERO: Modificar el artículo tercero de la Resolución No. 737 de junio 8 de 2009 el cual quedará así. “DESIGNAR como agente especial de la SECRETARIA DEPARTAMENTAL DE SALUD DE BOLIVAR al doctor ADOLFO ARTURO CASTILLO
VELASCO identificado con la cédula de ciudadanía No.8.637.061 de SabanalargaAtlántico, que para todos los efectos legales será el representante Legal de la intervenida.
VELASCO identificado con la cédula de ciudadanía No.8.637.061 de SabanalargaAtlántico, que para todos los efectos legales será el representante Legal de la intervenida.
PARAGRAFO PRIMERO: El Agente Especial actuará como representante legal de la intervenida y en tal calidad desarrollará todas las actividades necesarias para la administración de la entidad objeto de intervención, presentará cuentas comprobadas de su gestión y ejecutará todos los actos pertinentes para el desarrollo del objeto social.
PARÁGRAFO SEGUNDO: El Agente Especial dentro del mes siguiente a la fecha en que se haya tomado posesión hará un inventario preliminar de los activos y pasivos de la intervenida conforme lo establece el artículo cuarto del Decreto 2221 de 2004, además rendirá un plan de acción dentro de los treinta (30) días siguientes a su asignación, el cual debe contener las actividades a realizar con miras a subsanar los hechos que dan origen al presente acto.
ARTICULO SEGUNDO: COMUNICAR el contenido. de la presente Resolución al Doctor JUAN PABLO CONTRERAS LIZARAZO ARTICULO TERCERO: NOTIFICAR el contenido de la presente Resolución al Doctor
ADOLFO ARTURO CASTILLO VELASCO , en la calle 19 No. 16-72 SabanalargaAtlántico, a efectos de que se presente a tomar posesión dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación de la presente comunicación.
ARTÍCULO CUARTO: COMUNICAR el contenido del presente Acto Administrativo al Señor Ministro de la Protección Social, al Señor Gobernador del Departamento de Bolivar, y al Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud.
ARTICULO QUINTO: La presente Resolución rige a partir de su expedición y contra la misma no procede recurso alguno.
y al Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud.
ARTICULO QUINTO: La presente Resolución rige a partir de su expedición y contra la misma no procede recurso alguno.
Dada en Bogotá a los 18 JUK 2009 ls
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
MARIO MEJIA CARDONA
Superintendente Nacional de Salud
Proyectó: Luz Stella Suárez M__
Revisó: Nancy Rocio Valenzuela TUN. A
Aprobó: Andrés Echevern Arangox.