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SUPERSALUD - Resolución 1051 de 2013

Superintendencia de Salud

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Detalles

Título
SUPERSALUD - Resolución 1051 de 2013
Autor
Superintendencia de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2013

REPÚBLICA DE COLOMBIA

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD RESOLUCIÓN NÚMERO 001051 DE 2013 (04 JUL. 208.) Por la cual se modifica la Resolución 724 de 2008, que emite el Plan Único de Cuentas para las Entidades Promotoras de Salud y Entidades que Administran Planes Adicionales, - hoy voluntarios de Salud y Servicios de Ambulancia por Demanda EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD, En uso de sus atribuciones legales, y en especial las conferidas por.el numeral 30 del artículo 6 del Decreto 1018 del 30 de marzo de 2007, y CONSIDERANDO: Que de acuerdo con lo establecido en el numeral 30 del artículo 6 del Decreto 1018 de 2007 es competencia de la Superintendencia Nacional de Salud, fijar con sujeción a los principios y normas de contabilidad generalmente aceptados en Colombia y a las instrucciones del Contador General de la Nación, cuando sea del caso, los mecanismos y procedimientos contables que deben adoptar las empresas de medicina prepagada y las entidades promotoras de salud, cuando no estén sujetas a la inspección, vigilancia y control de otra autoridad. Que mediante la Resolución 724 de 2008, se adoptó el Plan Único de Cuentas para las Entidades Promotoras de Salud, las Entidades que Administran Planes Adicionales de Salud y Servicios de Ambulancia por Demanda, modificada por las Resoluciones 1424 de 2008, 1687 de 2009, 2093 de 2010, 4361 de 2011 y 189 de 2013. Que el artículo 31 de la Ley 1438 de 2011, faculta al Gobierno Nacional para que

2008, 1687 de 2009, 2093 de 2010, 4361 de 2011 y 189 de 2013. Que el artículo 31 de la Ley 1438 de 2011, faculta al Gobierno Nacional para que establezca un mecanismo que permita agilizar el flujo de recursos dentro del Sistema General de Seguridad Social en Salud del Régimen Subsidiado. Que el artículo 6 del Decreto 971 de 2011, exige que las Entidades Promotoras de Salud remitan al Ministerio de la Protección Social, la información relacionada con el valor a girar anticipadamente a su red prestadora de servicios, tengan o no contratos vigentes con obligaciones aún pendientes de cancelar. Que el artículo 9 de la Resolución 2320 de 2011, señala la obligación a cargo del Ministerio de la Protección Social o quien este delegue, de publicar vía web y mantener el registro histórico del resultado de los giros efectuados a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, ya sea que éstos hubieren sido aprobados, rechazados o no efectuados por inconsistencias en el monto reportado. Que mediante el artículo 275 de la Ley 1450 de 2011, se estableció la exigibilidad de cancelar los recursos adeudados por parte de las entidades territoriales a las Entidades Promotoras de Salud en el Régimen Subsidiado por los contratos de aseguramiento suscritos hasta el 31 de marzo de 2011. Que el artículo 20 de la Ley 1607 de 2012, por la cual se expiden normas en materia tributaria y se dictan otras disposiciones, creó a partir del 1 de enero de 2013 el Impuesto sobre la renta para la equidad (CREE), el cual tiene destinación específica.

tributaria y se dictan otras disposiciones, creó a partir del 1 de enero de 2013 el Impuesto sobre la renta para la equidad (CREE), el cual tiene destinación específica. (2Resolución N 0 0 1 Ú 3) 1 DE 2013 HOJA N 2 Por la cual se modifica la Resolución 724 de 2008, por la cual se emite el Plan Único de Cuentas para las Entidades Promotoras de Salud y Entidades que Administran Planes Adicionales hoy voluntarios de Salud y Servicios de Ambulancia por Demanda Que el artículo 2 del Decreto 862 de 2013, reglamentó el artículo 37 de la Ley 1607 de 2012, estableciendo tas condiciones sobre las cuales se debe determinar la retención en la fuente del impuesto sobre la renta para la equidad (CREE). Que se requiere ajustar y actualizar la estructura y dinámicas del Plan Único de Cuentas para que se reflejen las características propias y la realidad operacional de las Entidades . Promotoras de Salud, así como facilitar el análisis, seguimiento y control de los resultados e indicadores financieros en el cumplimiento de las normas y el análisis, seguimiento y control del flujo de recursos. Que por lo anterior, el Superintendente Nacional de Salud, en ejercicio de sus atribuciones legales, RESUELVE: ARTÍCULO 1.- Incluir los siguientes códigos contables en la estructura del Plan Único de

Cuentas: GRUPO PUC CODIGO DENOMINACION Deuda reconocida no pagada por contratos suscritos con 13054001 Entidades Territoriales hasta el 31 de marzo de 2011 13054003 Deuda conciliada por contratos suscritos con Entidades Territoriales hasta el 31 de marzo de 2011

Deuda reconocida no pagada por contratos suscritos con 13054001 Entidades Territoriales hasta el 31 de marzo de 2011 13054003 Deuda conciliada por contratos suscritos con Entidades Territoriales hasta el 31 de marzo de 2011 13054004 Esfuerzo Propio Territorial (LMA a partir del 1 de abril de 2011) 13054005 Otras fuentes (LMA a partir del 1 de abril de 2011) 135519 - Retención de impuesto sobre la renta para la equidad (CREE) 13551901 Régimen Contributivo 13551902 Régimen Subsidiado 13551903 Planes Adicionales de Salud, PAS 13551905 Servicio de Ambulancia por Demanda 1399050106 | Cuentas por cobrar al Fosyga, radicadas 1399050108 | Cuentas por cobrar a Entidades Territoriales radicadas 1399050110 |Cuentas por Cobrar a IPS o 13 Deudores 1399050115 |Cuotas Moderadoras 1399050120 |Copagos 1399050125 ¡[Recobros ARP 1399050130 | Recobros a Empleadores 1399050135 |Recobro a Aseguradoras en el SGSSS 1399050206 | Cuentas por cobrar al Fosyga, radicadas : 1399050208 _| Cuentas por cobrar a Entidades Territoriales radicadas 1399050210 | Cuentas por Cobrar a IPS 1399050220 | Copagos 1399050235 |Recobro a Aseguradoras en el SGSSS [1399050240 | UPC-S por Cobrar 1399050310 | Cuentas por Cobrar a IPS 1399050345 | Cuotas de inscripción y afiliación a PAS 1399050350 ¡Cuentas por cobrar cuotas PAS

[1399050240 | UPC-S por Cobrar 1399050310 | Cuentas por Cobrar a IPS 1399050345 | Cuotas de inscripción y afiliación a PAS 1399050350 ¡Cuentas por cobrar cuotas PAS 1399050560 |Cuentas por cobrar por servicios de ambulanciaResolución Ny? O00O10591 De 2013 HOJAN? 3 Por la cual se modifica la Resolución 724 de 2008, por la cual se émite el Plan Único de Cuentas para las Entidades Promotoras de Salud y Entidades que Administran Planes Adicionales hoy voluntarios de Salud y Servicios de Ambulancia por Demanda GRUPO PUC CODIGO DENOMINACION : 220515 Giro directo a Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud 22 Proveedores facturación no identificada (db) 22051502 |Régimen Subsidiado 236590 Retención de impuesto sobre la renta para la equidad (CREE) 23659001 Régimen Contributivo L N 3 Cuentas por 23659002 Régimen Subsidiado pagar 23659003 Planes Adicionales de Salud, PAS 23659005 Servicio de Ambulancia por Demanda 2480 IMPUESTO SOBRE LA RENTA PARA LA EQUIDAD (CREE) 248005 Impuesto sobre la renta para la equidad (CREE) 24 Impuestos, — [24800501 |Régimen Contributivo ¡ gravámenes y 1 tasas 24800502 Régimen Subsidiado 24800503 Planes Adicionales de Salud, PAS 24800505 Servicio de Ambulancia por Demanda 261525 Impuesto sobre la renta para la equidad (CREE) 26 Pasivos 26152501 Régimen Contributivo estimados y 26152502 Régimen Subsidiado provisiones 26152503 Planes Adicionales de Salud, PAS

261525 Impuesto sobre la renta para la equidad (CREE) 26 Pasivos 26152501 Régimen Contributivo estimados y 26152502 Régimen Subsidiado provisiones 26152503 Planes Adicionales de Salud, PAS 26152505 Servicio de Ambulancia por Demanda 5410 IMPUESTO SOBRE LA RENTA PARA LA EQUIDAD (CREE) 541005 impuesto sobre la renta para la equidad (CREE) 54 Impuesto de | 54400501 Régimen Contributivo renta y - — complementarios |54100502 Régimen Subsidiado 54100503 Planes Adicionales de Salud, PAS 54100505 Servicio de Ambulancia por Demanda ARTÍCULO 2.- Modificar la denominación en el Catálogo de Cuentas: GRUPO PUC CODIGO DENOMINACION 13054002 Deuda no reconocida por contratos suscritos con Entidades Territoriales hasta el 31 de marzo de 2011 13 Deudores UN j 13990502 - |Régimen Subsidiado 13990503 Planes Adicionales de Salud, PAS 54 Impuesto de renta y 54 PROVISIÓN PARA OBLIGACIONES FISCALES complementarios ARTÍCULO 3".- Modificar y adicionar las descripciones y dinámicas de los siguientes códigos contables: . + Modificar en el subtítulo UPC-S por cobrar, la descripción y dinámica la cual quedará así: UPC-S por cobrar (130540) Registra la causación de la UPC-S, derivada de la liquidación mensual! de afiliadosBase de Datos Unica de Afiliados, a través de las fuentes de recursos que la financian. ¡WEGAResolución N/2BOLOVDA pe 2013 HOJA Ne 4

Base de Datos Unica de Afiliados, a través de las fuentes de recursos que la financian. ¡WEGAResolución N/2BOLOVDA pe 2013 HOJA Ne 4 Por la cual se modifica la Resolución 724 de 2008, por la cual se emite el Plan Único de Cuentas para las Entidades Promotoras de Salud y Entidades que Administran Planes Adicionales hoy voluntarios de Salud y Servicios de Ambulancia por Demanda También se incluyen las cuentas por cobrar que se encuentran pendientes de pago, correspondientes a la liquidación de los contratos de administración de los recursos del . Régimen Subsidiado por parte de las Entidades Territoriales. DEBITOS a) Por la causación de la UPC-S que se derive de la liquidación mensual de afiliados. b) Deudas reflejadas en actas de liquidación de contratos, suscritas por mutuo acuerdo, producto de liquidación unilateral o declarada en fallos judiciales debidamente ejecutoriados. c) Deudas reconocidas por la Entidad Territorial en procesos de conciliación adelantados en sede judicial o administrativa con las EPS. d) Otras deudas reconocidas por la Entidad Territorial con fundamento en las obligaciones establecidas en el respectivo contrato, no' incluidas en los anteriores eventos. e) Por los mayores valores correspondientes a las novedades reportadas. CREDITOS a) Por los pagos recibidos de las diferentes fuentes de la UPC-S. b) Por los pagos efectivamente recibidos de las diferentes Entidades Territoriales por concepto de liquidación contratos. c) Por los ajustes que se origen producto de la liquidación mensual de afiliados y la liquidación de contratos. . Realizar la inclusión en la descripción y dinámica de la siguiente cuenta, la cual quedará así:

concepto de liquidación contratos. c) Por los ajustes que se origen producto de la liquidación mensual de afiliados y la liquidación de contratos. . Realizar la inclusión en la descripción y dinámica de la siguiente cuenta, la cual quedará así: Giro directo a Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud facturación no identificada (db) (220515) Registra el valor pagado como giro directo a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud de los cuales no ha sido identificada la facturación que responde al desembolso de ' dichos recursos. DEBITOS a) Por el valor de la facturación cancelada mediante el giro directo cuyo detalle del pago no ha sido identificado. CREDITOS a) Por el valor de la facturación cancelada mediante el giro directo cuyo detalle del pago ya ha sido identificado e informado a la respectiva IPS. e Adicionar las descripciones y dinámicas de los siguientes grupos y cuentas: CLASE GRUPO | CUENTA > paso 124 IMPUESTOS, | 2480. IMPUESTO SOBRE LA RENTA GRAVAMENES Y TASAS | PARA LA EQUIDAD (CREE) DESCRIPCION: Registra el valor pendiente de pago por concepto de Impuesto sobre la Renta para la Equidad-(CREE) del respectivo período, de acuerdo con la liquidación privada, así como los montos de años anteriores sujetos a revisión oficial y cualquier saldo insoluto, menos los anticipos y retenciones pagados en.los correspondientes períodos. DINAMICA CREDITOS a) Por el valor de la liquidación privada o del traslado de la provisión registrada en la subcuenta del Impuesto sobre la Renta para la Equidad (CREE). b) Por el mayor valor resultante en liquidaciones oficiales.

DEBITOS

CREDITOS a) Por el valor de la liquidación privada o del traslado de la provisión registrada en la subcuenta del Impuesto sobre la Renta para la Equidad (CREE). b) Por el mayor valor resultante en liquidaciones oficiales. DEBITOS a) Por el valor de los pagos del Impuesto sobre la Renta para la Equidad (CREE) aplicables al año en curso.os Resolución N?_O010DÍ_peE2013 HOJA Ne 5 Por la cual se modifica la Resolución 724 de 2008, por.la cual se emite el Plan Único de Cuentas para las Entidades Promotoras de Salud y Entidades que Administran Planes Adicionales hoy voluntarios de Salud y Servicios de Ambulancia por Demanda correspondientes períodos. b) Por el valor de los anticipos, retenciones y cuotas pagadas aplicables a los c) Por el valor reclasificado de otras cuentas aplicadas como pago de impuestos.

CLASE GRUPO CUENTA

5 GASTOS |54 PROVISIÓN PARA

OBLIGACIONES FISCALES DESCRIPCION conformidad con las normas legales vigentes. Corresponde al valor estimado de las obligaciones fiscales a cargo de la entidad, de

CLASE GRUPO CUENTA

5 GASTOS |54 PROVISIÓN PARA

OBLIGACIONES FISCALES

5410 IMPUESTO SOBRE LA RENTA

PARA LA EQUIDAD (CREE) DESCRIPCION Registra el valor del impuesto por concepto conforme a las normas legales vigentes,

DINAMICA

DEBITOS

CREDITOS

PUBLÍQUESE

Dada en Bogotá, D.C. a los ER Aprobó: Claudia Constanza Rivero Betancur de renta para la equidad (CREE) liquidado para aquellas entidades calificadas como

DEBITOS

CREDITOS

PUBLÍQUESE

Dada en Bogotá, D.C. a los ER Aprobó: Claudia Constanza Rivero Betancur de renta para la equidad (CREE) liquidado para aquellas entidades calificadas como contribuyentes declarantes del impuesto sobre la renta y complementarios. a) Por el valor de los impuestos causados o la provisión constituida. a) Por el valor de la disminución de las provisiones constituidas en exceso. b) Por la cancelación del saldo al cierre del ejercicio. ARTÍCULO 4”.- La presente resolución rige a partir de su publicación.

Y CÚMPLASE 08 JUL. 2089

GUSTAVO ENRIQUE MORALES COBO

Superintendente Nacional de Salud

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