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SUPERSALUD - Resolución 10936 de 2018

Superintendencia de Salud

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Detalles

Título
SUPERSALUD - Resolución 10936 de 2018
Autor
Superintendencia de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2018

REPÚBLICA DE COLOMBIA libertad y Orden SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD RESOLUCIÓN NÚMERO 010936 — pe 2018 98 Nov 208 “Por medio de la cual se fija el horario de atención al usuario en la Sede Central, Centro de Atención al Ciudadano en Bogotá Regionales y Puntos de Atención al Ciudadano de la Superintendencia Nacional de Salud para el viernes 30 de noviembre de 2018” LA SECRETARIA GENERAL DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD En ejercicio de sus facultades legales, y en especial las conferidas por el numera! 2? del artículo 1% de la Resolución No 150 de 2014, la Resolución 9505 de 2018, y CONSIDERANDO Que la Superintendencia Nacional de Salud, en el marco de las actividades institucionales de bienestar para sus funcionarios y con el propósito de realizar actividades dirigidas a mejorar el nivel de satisfacción de ios trabajadores de la Superintendencia Nacional de Salud, incentivando tos niveles de efictencia, satisfacción y compromiso con su trabajo, se adoptó el Plan de Bienestar Social, Estímulos e incentivos para fa vigencia 2018 mediante Resolución 4138 de 2018, el cual ha sido desarrollado y ejecutado por la Secretaria General a través del Grupo de Talento Humano. Que el Articulo 2.2.10.9 del Decreto 1083 de 2015, establece que: "El jefe de cada entidad adoptará anualmente el plan de incentivos institucionales y señalará en él los incentivos no pecuniarios que se ofrecerán al mejor empleado de carrera de la entidad, a los mejores empleados de carrera de cada nivel jerárquico y al mejor empleado de libre nombramiento y remoción de la entidad, así como los incentivos pecuniarios y no pecuniarios para los mejores equipos de trabajo. (6)

Que el Articulo 2.2.19.6,7 Ibidem, dispone: “Programas de estímulos. Los programas de estímulos buscarán reconocer públicamente y premiar a los empleados de las superintendencias con niveles de desempeño sobresalientes, para estimular mejores comportamientos y mayores niveles de productividad, Asimismo, podrán contemplar reconocimiento para los mejores equipos de trabajo ( ... )" Que el articulo 2.2.19.6.5. del Decreto 1083 de 2015, establece sobre el Programa Institucional de Estímulos que: ” Cada Superintendencia elaborará anualmente un programa institucional de estímulos, el cual estará conformado por el conjunto interrelacionado y coherente de políficas, actividades, entidades, disposiciones legales y estímulos que interactúan con el propósito de reconocer y premiar los desempeños laborales sobresalientes, así como elevar los niveles de satisfacción, motivación, desarrollo y bienestar de los empleados de las superintendencias.” Que en concordancia con lo dispuesto en el Decreto 1083 de 2015, artículo 2.2.19.6.7, numeral 10, el citado Programa de Bienestar Social conlleva la ejecución de un sinnúmero de actividades con el fin de dar cumplimiento a las metas y objetivos propuestos, encaminados al mejoramiento de la calidad de vida laboral, entre ellos, el reconocimiento público que busca resaltar y premiar a los empleados de la entidad y los mejores equipos de trabajo.

Que en desarrollo de lo anterior, la Superintendencia Nacional de Salud, diseñó una estrategia orientada a la ejecución de actividades que permitan el fortalecimiento de la comunicación interna, a través de una actividad dirigida a reforzar el conocimiento institucional exaltando los resultados de la vigencia, fortateciendo el compromiso de los funcionarios frente a la misión y visión de Ja entidad, en aras de mejorar la gestión realizada en cumplimiento de la función socia! que adelanta la entidad. Que el inciso segundo del artículo 33 del Decreto Ley 1042 de 1978, al fijar la potestad de los jefes de la Administración Pública sobre la jornada laboral establece: (.) Dentro del límite máximo fijado en este artículo, el jefe del respectivo organismo podrá establecer el horario de trabajo y compensar la jomada del sábado con MN010936 RESOLUCIÓN NÚMERO DE_2018 HOJANO._2 ““Por medio de la cual se fija el horario de atención al usuario en la Sede Central, Centro de Atención al Ciudadano en Bogotá Regionales y Puntos de Atención al Ciudadano de la Superintendencia Nacional de Salud para el vienes 30 de noviembre de 2018” tiempo diario adicional de labor, sin que en ningún caso dicho tiempo compensatorio constituya trabajo suplementario o de horas extras. (...) Que con el fin de dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 7% de la Ley 1437 de 2011, sobre los deberes de las autoridades en la atención al público como mínimo durante cuarenta (40) horas a la semana, se garantizará la atención al público dentro del horario establecido para el viernes 30 de noviembre de 2018. Que el viernes 30 de noviembre de 2018 la jornada laboral en la Sede Central, iniciará a partir de las 7:00

semana, se garantizará la atención al público dentro del horario establecido para el viernes 30 de noviembre de 2018. Que el viernes 30 de noviembre de 2018 la jornada laboral en la Sede Central, iniciará a partir de las 7:00 a.m. y culminará a las 10:00 a.m. en horario ininterrumpido, horario durante el cual se prestará la atención al usuario de la Superintendencia Nacional de Salud. Que la ejecución de esta actividad implica la suspensión temporal de la atención al público en la (Sede Central y Centro de Atención al Ciudadano en Bogotá,) razón por la cual se hace necesario fijar el horario de atención al usuario el viernes 30 de noviembre de 2018, en las demás Regionales y Puntos de Atención al Ciudadano a nivel nacional, conforme a la parte resolutiva de la presente. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE Artículo 1. FIJAR como jornada laboral para el viernes 30 de noviembre de 2018 en la Sede Central en Bogotá, el horario a partir de la 7:00 a.m. y las 10:00 a.m., de Manera ininterrumpida. La jornada laboral para las Regionales y Puntos de Atención al Ciudadano a nivel nacional, se fija entre las 8:00 am y las 5:00 p.m. El Centro de Atención al Ciudadano en Bogotá, no prestará sus servicios en esta fecha.

Parágrafo: Los funcionarios del nivel directivo o gerencia pública de la Superintendencia Nacional de Salud adoptarán las medidas necesarias con el fin de garantizar el despacho y atención prioritaria de aquellos procesos y actuaciones cuyo plazo se cumpla por Ley el 30 de noviembre de 2018. De la misma

Salud adoptarán las medidas necesarias con el fin de garantizar el despacho y atención prioritaria de aquellos procesos y actuaciones cuyo plazo se cumpla por Ley el 30 de noviembre de 2018. De la misma forma, velaran por el cumplimiento del numeral 2 del artículo 7 de la Ley 1437 de 2011 acerca de los niveles esenciales (40 horas semanales) de atención al público en la Superintendencia Nacional de Salud. Artículo 2. ORDENAR que el horario de atención al usuario para el viernes 30 de noviembre de 2018 a nivel nacional, en especial en las Regionales y Puntos de Atención al Ciudadano se efectué de manera ininterrumpida entre las 8:00 a.m. y las 5:00 p.m.

Parágrafo: La Sede Central prestará sus servicios a partir de las 7 a.m y hasta las 10 a.m.

Artículo 3. PUBLICAR la presente Resolución en la página web de la Superintendencia Nacional de Salud y remitase a las dependencias de la Entidad para que sea informado lo dispuesto en este acto administrativo mediante aviso visible al público en las ventanillas y puntos de atención al ciudadano. Artículo 4. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

NA FERNANADA ROJAS PU Secretaria General Superintendencia Nacional de Salud Revisó y AprobóliRosa Misaelina Ospina Peña — Coordinadora Grupo de Talento Humano. Proyectó Fer do Alfonso Mantilla Gonzalez- ÁAsesorSecretaria Genera po

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