🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

SUPERSALUD - Resolución 1097 de 2016

Superintendencia de Salud

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
SUPERSALUD - Resolución 1097 de 2016
Autor
Superintendencia de Salud
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Médico
Año
2016

REPÚBLICA DE COLOMBIA ,------------filr--------- 11,fit:I yürd,11 SUPERINTEN DENCIA NACIO NAL DE SALUD RE SOLUCI ÓN NÚMERO 001097 DE 2016 2 1 1\.BR 2016 "Por medio de la cual se adopta fa decisión administrativa de suspender la atención al usuario, recibo y envío de correspondencia, notihcaciones y tos términos procesales en las actuaciones de carácter administrativo que adelanta la Superintendencia Nacional de Salud" EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD En ejercicio de sus atribuciones legales y reglamentarias, en especial las conferidas en el numeral 1 del artículo 7 del Decreto 2462 de 2013 y, CONS IDERA NDO Que mediante Decreto 2462 de 2013 se modificó la estructura de la entidad, señalando en el numeral 1° del artículo 7°, como funcjón del Superintendente Nacional de Salud, "dirigir la acción administrativa de la Superintendencia y el cumplimiento de las funciones que a la Superintendencia Nacional de Salud le corresponden." Que con ocasión de los hechos de público conocimiento acaecido$ en la noche del pasado miércoles 20 de abril en las instalaciones del Centro de Atención al Ciudadano - CAC de la Sede Principal de la Superintendencia Nacional de Salud, ubicada en la Avenida Cuidad de Ca!i No 5166, Local 10 del edificio World Business Center de la ciudad de Bogotá O.C., se generaron un sinnúmero de daños principalmente en el CAC y en otras dependencias en donde funciona y presta los servicios la Superintendencia Nacional de Salud en la dudad de Bogotá D.C. Que los anteriores hechos implican la inmediata interrupción del normal funcionamiento de la

funciona y presta los servicios la Superintendencia Nacional de Salud en la dudad de Bogotá D.C. Que los anteriores hechos implican la inmediata interrupción del normal funcionamiento de la entidad, principalmente en la atención directa a los usuarios, recepción y envió de correspondencia, notificación de actuaciones administrativas emanadas al interior de la entidad, motivo por el cual es imperioso suspender por un término prudencial y razonable la atención al usuario en la ciudad de Bogotá O.C., trámites de notificación, así como los términos procesales derivados de las actuaciones administrativas que se adelantan al interior de la Superintendencia, hasta que se logre contar con la logística e instalaciones necesarias para llevar acabo la atención al usuario y el manejo documental de recepción y envío de correspondencia. Que de manera consecuente no se prestará e! servicio en las áreas encargadas de la atención al usuario, la recepción, radicación y envío de correspondencia y el Grupo de Notificaciones de la Sede Principal de la Superintendencia Nacional de Salud, ubicada en la Avenida Cuidad de Cali No 5166, Local 10 del edificio World Business Center de la ciudad de Bogotá O.C. Que en mérito de lo expuesto, RE SUEL VE ARTÍCULO 1°. SUSPENDER la atención a los usuarios en el Centro de Atención al Ciudadano de la Sede Principal de la Superintendencia Nacional de Salud, ubicada en la Avenida Cuidad de Cali No 51 - 66 Local 10 del edificio World Business Center de la ciudad de Bogotá O.C.,

durante tos días 21 y 22 de abrll de 2016, fechas durante las cuales no se recibirá, radicará, niRESOLUCIÓN NÚMERO ÜÜlÜ97DE 2016 HOJA No. _2_ "Por medio de /a cual se adopta la decisión administrativa de suspender la atención al usua1io, recibo y envío de corrnspondencia, notificaciones y los lénnitws procesa/es en las actuaciones de carecter administrativo que adelanta la Supetintendencia Nacional de Salud" enviará correspondencia, ni se correrán los términos para todos !os efectos de Ley, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva.

PARÁGRAFO: La anterior medid?. se extiende al Grupo de Notificaciones de la Secretaria

General. ARTÍCULO 2°. SUSPENDER los términos procesales en las actuaciones administrativas que adelanta la Superintendencia Nacional de Salud, durante los días 21 y 22 de abril de 2016. ARTÍCULO 3°. PUBLICAR la presente resolución en el Diario Oficial y en la Página web de la entidad. ARTICULO 4°-La presente Resolución rige a partir de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE . 10;7 NORMAN JÚLIO MUNOZ lviuÑ9z SuperintendentfiNacional de Salud Apmh" Fe"º"'º tl"''"' Gawa Sec,e1,.,,, Ger,eral E'"'"''"" El,,b,r,\' Ro,.s', Fe,""''"" A M,.,,.,., G""'""' Mesnr s,,,·,etorrn Ge,w,, 2 1 A8R 2016

Consultar sobre este documento ...