SUPERSALUD - Resolución 1248 de 2016
Superintendencia de Salud
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Detalles
- Título
- SUPERSALUD - Resolución 1248 de 2016
- Autor
- Superintendencia de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2016
REPUBLICA DE COLOMBIA
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD RES OL UCIÓN NÚMER O Ü-;1248 DE 2016 ( O 5 MAY 2016
Por medio de la cual se designa Contralor para la CORPORACION IPS SALUDCOOP en Intervención Forzosa Administrativa para Liquidar, identificada con Nit. 830.106.376-1 y se fijan sus honorarios. EL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE SALUD En ejercicio de las atribuciones legales y reglamentarias que le confieren el parágrafo 2 del artículo 233 de la Ley 100 de 1993, el artículo 295 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero modificado por el artículo 28 de la Ley 51 O de 1999, el Decreto 2462 de 2013, el artículo 1 de la Resolucíón 1947 de 2003, la Resolución 237 de 201 O y la Resolución 2659 de 2011 y CONSIDERANDO Que el parágrafo 2º del artículo 233 de la Ley 100 de 1993 señala que el procedimiento administrativo de la Superintendencia Nacional de Salud será el mismo que se consagra por las disposiciones legales para la Superintendencia Financiera de Colombia. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 º del Decreto 1015 de 2002 • reglamentario del artículo 68 de la Ley 715 de 2001, "la Superintendencia Nacional de Salud aplicará en los procesos de intervención forzosa administrativa, para administrar o para liquidar (. . .) las Empresas Promotoras de Salud, (. . .) las normas de procedimiento previstas en el artículo 116 del Decreto Ley 663 de 1993, la Ley 510 de 1999 y demás disposiciones que lo modifican y desarrollan".
Salud, (. . .) las normas de procedimiento previstas en el artículo 116 del Decreto Ley 663 de 1993, la Ley 510 de 1999 y demás disposiciones que lo modifican y desarrollan". Que la Superintendencia Nacional de Salud, mediante Resolución 00025 del 12 de enero de 2016 ordenó levantar la medida de intervención forzosa administrativa para administrar la CORPORACIÓN IPS SALUDCOOP y en su lugar ordenó la toma de posesión inmediata de los bienes, haberes y negocios y la intervención forzosa administrativa para liquidar, designando como Agente Especial Liquidador al doctor Pedro Alfonso Mestre Carreño identificado con la cédula de ciudadanía número 77.019.424 de Valledupar (Cesar), sin que se designara contralor en su momento., J. 1248 RESOLUCION No .• , DE 2016 PAGINA No, ;;[ Por medio de la cual se designa Contralor para la CORPORAC!ON IPS SALUDCOOP en Intervención Forzosa Admmistrativa para Liquidar, identificada con Nit. 830.106.376-1 y se fijan sus honorarios. Que el numeral 4° del artículo 295 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, modificado por el articulo 28 de la Ley 51 O de 1999 establece que podrá designarse a! liquidador y al contralor, quienes podrán ser personas naturales o jurídicas y quienes podrán ser removidos de sus cargos, cuando a juicio del competente deban ser reemplazados. Que el numeral 6 del articulo 295 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, dispone que el Contralor es un auxiliar de la justicia (particular que ejerce funciones públicas transitorias) y, que por tanto, para ningún efecto podrá
Que el numeral 6 del articulo 295 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, dispone que el Contralor es un auxiliar de la justicia (particular que ejerce funciones públicas transitorias) y, que por tanto, para ningún efecto podrá reputarse trabajador o empleado de la entidad en liquidación o de la Superintendencia Nacional de Salud. Que la Resolución 1947 de 2003 proferida por el Superintendente Nacional de Salud, contiene disposiciones relacionadas con el nombramiento y posesión de Interventores, Liquidadores y Contralores designados por la Superintendencia Nacional de Salud en procesos de intervención forzosa y tomas de posesión que efectúa el ente de control sobre sus vigilados. Que el artículo primero de la citada Resolución dispuso que corresponde al Superintendente Nacional de Salud, previa recomendación del Comité de Intervenciones de la Superintendencia Nacional de Salud, designar y remover discrecionalmente a los Interventores, Liquidadores y Contralores en todo proceso de intervención forzosa administrativa para administrar o liquidar Instituciones Prestadoras de Salud de cualquier naturaleza, entre otras, en los términos de la ley y tos reglamentos. Que el Superintendente Delegado para las Medidas Especiales en sesión del 13 de abril de 2016 del Comité de Medidas Especiales de la Superintendencia Nacional de Salud, sometió a consideración del cuerpo colegiado la designación de Contralor para la CORPORACIÓN IPS SALUDCOOP en Liquidación. Que en virtud de lo anterior y una vez revisados los requisitos de experiencia e idoneidad el Superintendente Delegado para las Medidas Especiales recomendó designar al doctor CAMPO ELIAS MANOTAS MANOTAS identificado con C.C.
Que en virtud de lo anterior y una vez revisados los requisitos de experiencia e idoneidad el Superintendente Delegado para las Medidas Especiales recomendó designar al doctor CAMPO ELIAS MANOTAS MANOTAS identificado con C.C. 8.636.330 de Sabanalarga (Atlántico), como persona idónea para ejercer las funciones de Contralor de la citada entidad. Que el Comité de Medidas Especiales, en ejercicio de las funciones que le corresponden según Resolución Nº 000461 de 2015, recomendó al Superintendente Nacional de Salud designar al doctor CAMPO ELIAS MANOTAS MANOTAS identificado con C.C. 8.636.330 de Sabanalarga (Atlántico) como Contralor de la CORPORACION IPS SALUDCOOP en Liquidación. Que mediante Resolución No. 237 de 2010, modificada por la Resolución 2659 de 2011, la Superintendencia Nacional de Salud estableció el procedimiento para la evaluación, cálculo y fijación de los honorarios definitivos a los Liquidadores, Agentes Especiales y Contralores de las entidades objeto de toma de posesión por parte de la Superintendencia Nacional de Salud. Que la Resolución No. 002659 de 2011, modificó el articulo tercero de la Resolución No. 0237 de 2010, en el cual estableció que los honorarios de los, 0,:1248, , RESOLUCION No. • •• - •DE 2016 PAGINA No. 9Por medio ele fa cual se designa Contralor para la CORPORACION IPS SALUDCOOP en Intervención Forzosa Administrativa para Liquidar, identificada con Nit. 830.106.376-1 y se fijan sus honorarios. contralores, equivaldrán al 80% del monto de los honorarios fijados al interventor o al liquidador.
Intervención Forzosa Administrativa para Liquidar, identificada con Nit. 830.106.376-1 y se fijan sus honorarios. contralores, equivaldrán al 80% del monto de los honorarios fijados al interventor o al liquidador. Que la Superintendencia Nacional de Salud mediante la Resolución No. 696 del 03 de marzo de 2016, fijó en la suma equivalente a TREINTA (30) salarios m,nimos mensuales legales vigentes, es decir VEINTE MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS VEINTE PESOS ($20.683.620), los honorarios mensuales del Agente Liquidador de la CORPORACION IPS SALUDCOOP en Liquidación, designado mediante la Resolución No. 00025 del 12 de enero de 2016. Que en mérito de lo expuesto este Despacho, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. DESIGNAR como Contralor de la CORPORACIÓN IPS SALUDCOOP en Liquidación al doctor CAMPO ELIAS MANOTAS MANOTAS identificado con C.C. 8.636.330 de Sabanalarga (Atlántico). PARÁGRAFO PRIMERO. La persona designada como Contralor, acorde con lo dispuesto en el inciso primero, numeral 3, Capitulo Segundo, Titulo IX de la Circular Única expedida por esta Superintendencia, ejercerá !as funciones propias de un revisor fiscal, conforme al Código de Comercio y demás normas aplicables a la revisoría fiscal y responderá de acuerdo con ellas. PARAGRAFO SEGUNDO. Conforme a lo establecido en la Circular Única, Titulo IX, el Contralor deberá remitir informe preliminar en medio físico a la Superintendencia Delegada para las Medidas Especiales de !a Superintendencia
PARAGRAFO SEGUNDO. Conforme a lo establecido en la Circular Única, Titulo IX, el Contralor deberá remitir informe preliminar en medio físico a la Superintendencia Delegada para las Medidas Especiales de !a Superintendencia Nacional de Salud, dentro de los treinta (30) días calendario posteriores a la posesión del cargo en que incluya las observaciones y recomendaciones sobre aspectos relacionados con la situación administrativa, financiera, Jurídica, laboral y técnicocientífica. En este mismo informe, debe presentar el plan de trabajo que va a adelantar y el acta de nombramiento como Contralor y/o Revisor Fiscal. ARTÍCULO SEGUNDO. FIJAR los honorarios mensuales para el Contralor de la CORPORACION IPS SALUDCOOP en intervención forzosa administrativa para liquidar, designado en el artículo primero de la presente Resolución, en DIECISEIS MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS ($16.546.896) mete, suma equivalente al ochenta por ciento (80%) del monto de los honorarios fijados en el artículo 1º de la Resolución 696 del 03 de marzo de 2016, para el Agente Especial Liquidador de la CORPORACIÓN IPS SALUDCOOP en Liquidación, designado mediante la Resolución No. 00025 del 12 de enero de 2016. PARÁGRAFO. Los honorarios fijados al Contralor serán percibidos a partir de la fecha de su posesión y durante el tiempo que ejerza como contralor de la CORPORACIÓN IPS SALUDCOOP, en intervención forzosa administrativa para liquidar.Ó V ; 1248 RESOLUCI N No, DE 2016 PAGINA No.'!
fecha de su posesión y durante el tiempo que ejerza como contralor de la CORPORACIÓN IPS SALUDCOOP, en intervención forzosa administrativa para liquidar.Ó V ; 1248 RESOLUCI N No, DE 2016 PAGINA No.'! Por medio de la cual se designa Contralor para fa CORPORACION /PS SALUDCOOP en Intervención Forzosa Administrativa para Liquidar. identificada con Nit. 830. 106.376-1 y se fijan sus honorarios. ARTÍCULO TERCERO. NOTIFICAR personalmente el contenido de la presente Resolución al doctor CAMPO ELIAS MANOTAS MANOTAS identificado con C.C. 8.636.330 de Sabanalarga (Atlántico), mediante citación dirigida al domicilio ubicado en la Calle 69E No. 41 - 64 de Barranquilla (Atlántico), o al sitio que se indique para tal fin por el Grupo de Notificaciones de la Superintendencia Nacional de Salud, para que se presente ante la Superintendencia Delegada para las Medidas Especiales a tomar posesión dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación del presente acto administrativo. PARAGRAFO. En caso de no poderse realizar la notificación personal al cabo de los cinco (5) días del envío de la citación, se dará aplicación a lo dispuesto en e! artículo 69 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. ARTÍCULO CUARTO. COMUNICAR el contenido de la presente Resolución al Agente Especial Liquidador, doctor PEDRO ALFONSO MESTRE CARREÑO, identificado con C.C. 77.019.424 de Valledupar (Cesar) o a quien haga sus veces, o a quien se identifique para tal fin como Representante Legal de la
Agente Especial Liquidador, doctor PEDRO ALFONSO MESTRE CARREÑO, identificado con C.C. 77.019.424 de Valledupar (Cesar) o a quien haga sus veces, o a quien se identifique para tal fin como Representante Legal de la CORPORACION IPS SALUDCOOP en Liquidación, domiciliada en la Carrera 69 No 98A11 Centro Comercial Floresta Outlet Local 202 de la ciudad de Bogotá. PARAGRAFO. La CORPORACIÓN IPS SALUDCOOP en Liquidación deberá garantizar el apoyo logístico y de información que requiera el Contralor designado para el cumplimiento de sus funciones de acuerdo al presente proveído. ARTÍCULO QUINTO. La presente Resolución rige a partir de su publicación y contra la misma procede el recurso de reposición, el cual podrá interponerse dentro de los diez (1 O) días siguientes a su notificación, ante este Despacho dentro del término y con los requisitos establecidos en los articulas 76, 77 y siguientes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. ARTÍCULO SEXTO. PUBLICAR la presente Resolución en la página web de la Superintendencia Nacional de Salud. Dada en Bogotá D.G., a los O 5 MAY 2016
Proyectó: Revisó.
Aprobó.
NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE fi
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Jorman Ardila Parra - Profesional Especializado SDME.f /11
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Jorman Ardila Parra - Profesional Especializado SDME.f /11 Francisco Morales Falla - Jefe de Oficina Asesora Jurídica {Efifi . ./'J Javier Antonio Villarreal Villaquírán - Superinteridente Delegado para las Medidas Especiaies. fi Emilia Vargas Aldana - AS€sora;¡jj!!,