SUPERSALUD - Resolución 1271 de 2011
Superintendencia de Salud
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Detalles
- Título
- SUPERSALUD - Resolución 1271 de 2011
- Autor
- Superintendencia de Salud
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Médico
- Año
- 2011
REPÚBLICA DE COLOMBIA
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD RESOLUCIÓN NÚMERO -01271 DE 2011 (20 JUN 208, Por medio de la cual se delegan las funciones del Jefe de la Oficina Asesora Jurídica ante el comité de Convivencia Laboral EL JEFE DE LA OFICINA ASESORA JURIDICA En ejercicio de sus atribuciones legales, especialmente las conferidas en el artículo 9” del Decreto 1018 de 2007, los artículos 9? 10? Y 12 de la ley 489 de 1998, y el artículo 5” de la Resolución 280 del 2011. CONSIDERANDO Cue ol arículo 209 de la Constitución Política de Colombia señala que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios, entre otros. de eficacia, economia y celeridad, mediante la descentralización, delegación y desconcentración de funciones. Que el articulo 9” de la Ley 489 de 1998 establece que las autoridades administrativas podrán, mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias. Que el artículo 12” de la Ley 489 1998 establece que la delegación exime de responsabilidad al delegante, la cual corresponderá exclusivamente al delegatorio, sin perjuicio de que en virtud de lo dispuesto en el articulo 211 de la Constitución Política, la autoridad delegante pueda en cualquier tiempo reasumir la competencia y revisar los actos expedidos por el delegatario, con sujeción a las disposiciones del Código Contencioso Administrativo. Que la Ley 1010 de 2008 adoptó medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral y
las disposiciones del Código Contencioso Administrativo. Que la Ley 1010 de 2008 adoptó medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral y otros hostigamientos en el marco de las relaciones de trabajo, y ordenó establecer en los reglamentos de trabajo de las instituciones, mecanismos de prevención de las conductas de acoso laboral y establecer un procedimiento interno, confidencial, conciliatorio y efectivo para superar las que ocurran en el lugar de trabajo. Que en cumplimiento de la Ley 1010 de 2006 la Superintendencia Nacional de Salud, expidió la Resolución 000280 de febrero 28 de 2011 “Por la cual se adoptan medidas preventivas que eviten las conductas de acoso laboral, se crean los comité de convivencia laboral y se establece un ¿.oved+niento interno en la Superintendencia Nacional de Salud” . Que según artículo 5” parágrafo primero de la Resolución 00280 de 2011, el Comité de Convivencia laboral está integrado por el Superintendente Nacional de Salud o su delegado y el Jefe de la Oficina Asesora Juridica o su delegado, como representante de la Entidad y tres representantes de los servidores públicos que se elegirán por votación general. Que mediante Resolución 00793 de mayo 10 de 2011 la Superintendencia Nacional de Salud convocó a la elección de los representantes de los funcionarios para la conformación del Comité de Convivencia laboral en el periodo 2011 — 2013. En mérito de lo expuesto,
ESe E 2 RESOLUCION NUMERO Ml v1 DEL ANO 2011__ HOJA No. 2
Por medio de la cual se delegan las funciones del Jefe de la Oficina Asesora Jurídica ante el Comité de Convivencia Laboral
RESUELVE
ESe E 2 RESOLUCION NUMERO Ml v1 DEL ANO 2011__ HOJA No. 2
Por medio de la cual se delegan las funciones del Jefe de la Oficina Asesora Jurídica ante el Comité de Convivencia Laboral RESUELVE ARTICULO PRIMERO: DELEGAR al profesional JUAN CARLOS VARGAS VIDAL, la competencia relacionada con las funciones del Jefe de la Oficina Asesora Jurídica ante el Comité de Convivencia Laboral de que trata el artículo noveno de la Resolución 00280 de 2011, quien actuará como miembro permanente, con voz y voto, dando fiel y cabal cumplimiento a la Constitución y la Ley, en ejercicio de la delegación conferida.
ARTICULO SEGUNDO: La autoridad delegante podrá en cualquier tiempo reasumir la competencia y revisar los actos expedidos por el delegado, con sujeción a las disposiciones del
Código Contencioso Administrativo.
ARTICULO TERCERO: La delegataría deberá entregar mensualmente un informe a la autoridad delegante de las actividades con motivo de la presente delegación.
ARTICULO CUARTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLACE
20 JUN 204 Dada en Bogotá D.C.. alos